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Documento BOE-A-2002-5316

Resolución de 6 marzo de2002, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan pruebas para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje en los puertos de Gijón, Huelva, Sevilla, Algeciras, Torrevieja, Alicante, Gandia, Valencia, Sagunto y Tarragona.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2002, páginas 10910 a 10912 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-5316

TEXTO ORIGINAL

La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la

Marina Mercante, establece en su artículo 102.8.b), entre otras

competencias de la administración marítima, el establecimiento y realización

de las pruebas precisas para el reconocimiento de la capacitación para

prestar los servicios de practicaje en un puerto o grupo de puertos

determinado.

Igualmente el artículo 13.2 del Reglamento General de Practicaje,

aprobado por Real Decreto 393/1996, de 1 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

número 66, del 16), dispone que la Dirección General de la Marina Mercante,

una vez determinadas las pruebas teóricas y prácticas, aprobará el

programa de materias a que habrán de ajustarse los ejercicios para el acceso

a la actividad de práctico en un puerto o grupo de puertos determinado,

y convocará y realizará las pruebas pertinentes para acreditar la

capacitación de los aspirantes para prestar los servicios portuarios de

practicaje.

Por otro lado, la Orden de 20 de febrero de 1997 por la que se regula

el reconocimiento de capacitación profesional para la prestación de los

servicios portuarios de practicaje, desarrollada posteriormente por

Resolución de 1 de diciembre de 1998, establece la división de las pruebas

en dos partes, la primera, sobre legislación nacional, internacional e idioma,

que se organizará y llevará a cabo por la Dirección General de la Marina

Mercante, y la segunda, sobre conocimientos específicos del puerto y

resolución teórica de maniobras, que tendrá lugar en el puerto que corresponda.

En su virtud, resuelvo:

Primero.-Convocar a los aspirantes que deseen presentarse y cumplan

los requisitos establecidos en la norma para obtener la habilitación para

prestar servicio como prácticos en los puertos de Gijón, Huelva, Sevilla,

Algeciras, Torrevieja, Alicante, Gandia, Valencia, Sagunto y Tarragona.

Segundo. Solicitudes.-Los aspirantes deberán reunir los requisitos

de titulación y mando que se señalan en el artículo 12 del Reglamento

General de Practicaje y solicitar la admisión a las pruebas en instancia

dirigida al Director general de la Marina Mercante, en la que se hará

mención expresa del puerto o puertos para los que pretenden obtener la

habilitación, y a la que deberán unirse los siguientes documentos:

1. Aspirantes que superaron la primera parte de las pruebas

realizadas en Madrid y que conserven la calificación obtenida de acuerdo

con el plazo previsto en el punto duodécimo de la presente Resolución:

Copia del resguardo de autoliquidación en cualquier entidad

colaboradora por importe de 36 euros de tasa por cada uno de los puertos a

que opten, código 001 derechos de examen (impreso modelo 790, disponible

en Capitanías Marítimas, Dirección General de la Marina Mercante o en

cualquier otra dependencia administrativa).

2. Resto de aspirantes:

2.1 Certificación de la Capitanía Marítima, Consulado, u otro

organismo público, acreditativa de haber tenido el mando de buque o buques

de arqueo superior a 1.000 GT, al menos durante dos años (730 días)

dentro de los últimos diez de actividad profesional que precedan

inmediatamente a la presente convocatoria.

2.2 Fotocopia de la tarjeta profesional de Capitán de la Marina

Mercante.

2.3 Copia del resguardo de autoliquidación en cualquier entidad

colaboradora por importe de 36 euros de tasa por cada uno de los puertos

a que opten, código 001 de derechos de examen (impreso modelo 790,

disponible en Capitanías Marítimas o Dirección General de la Marina

Mercante o en cualquier otra dependencia administrativa).

2.4 Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.

Tercero. Presentación de solicitudes.-Podrán presentarse en la

Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier Capitanía Marítima,

o bien en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días, a contar del siguiente

al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Cuarto.-A los diez días de haber finalizado el plazo de presentación

de solicitudes, la Dirección General de la Marina Mercante publicará la

lista provisional de los solicitantes admitidos y de los excluidos,

señalándose el puerto o puertos a que optan y, en su caso, las causas de

la exclusión, así como las calificaciones obtenidas por los aspirantes que

hubieran superado las tres pruebas de la primera parte en convocatorias

anteriores, concediéndose un período de diez días para subsanación de

errores existentes, al término de los cuales se publicará la lista definitiva

de excluidos. Las citadas listas se publicarán en los tablones de anuncios

de la Dirección General de la Marina Mercante y en las Capitanías Marítimas

de primera categoría, junto con el lugar, fecha y hora señalados para la

realización del primer ejercicio de la primera parte de las pruebas, a realizar

en Madrid.

Quinto. Calificaciones.-En un plazo no mayor de siete días, desde

la celebración del primer ejercicio, se publicará en los tablones de anuncios

citados en el punto anterior la lista de aprobados, así como la fecha, hora

y lugar señalados para la celebración del segundo ejercicio, estableciéndose

iguales plazos y condiciones para la celebración del tercer ejercicio y

publicación de resultados globales correspondientes a esta primera parte.

Sexto. Órgano de evaluación para la primera parte de las

pruebas.-El órgano de evaluación de las tres pruebas que integran esta primera

parte se compondrá como sigue:

Titulares:

Presidente: Don Manuel Nogueira Romero.

Vocal: Don José Hernández Gutiérrez.

Vocal: Don Alfonso Muñoz Fernández.

Vocal: Don Rafael Cabal Álvarez.

Secretario: Don Francisco Ramos Corona.

Suplentes:

Presidente: Don Francisco Suárez Llanos Galán.

Vocal: Don Laureano Fernández Barcia.

Vocal: Don Rafael Sopeña Los Arcos.

Vocal: Don Ángel Caballero Cantero.

Secretario: Don Julián Abril García.

Séptimo.-En la publicación de los resultados del tercer ejercicio, el

Tribunal emplazará a los candidatos que puedan presentarse a la segunda

parte de las pruebas para que presenten, en un plazo no superior a diez

días, las certificaciones, de superación de pruebas físicas, y reconocimiento

médico inicial, descritas en los puntos octavo y segundo respectivamente,

de la Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante, de 29

de julio de 1998.

Octavo.-Finalizado el plazo de aportación de certificaciones que se

menciona en el punto anterior, la Dirección General de la Marina Mercante

publicará, en los mismos lugares que se indica en el punto tercero, la

lista de los aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de celebración

de la segunda parte de las pruebas.

Noveno. Órganos de evaluación de la segunda parte de las pruebas.

Gijón

Titulares:

Presidente: Don Aurelio Ignacio Fernández Fidalgo.

Vocal: Don Laureano Lourido Artime.

Vocal: Don José María García García.

Vocal: Don P. Ramón Pichel Lobato.

Secretario: Don Laureano Fernández Barcia.

Suplentes:

Presidente: Don Ángel Sabino Alonso Fernández.

Vocal: Don Emilio Álvarez Rico.

Vocal: Don Ángel Caballero Cantero.

Vocal: Don Marcelino Fernández Gutiérrez.

Secretario: Don Alfonso Miguel García Muñoz.

Huelva

Titulares:

Presidente: Don Carlos Gago López.

Vocal: Don Juan Manuel Vega Granda.

Vocal: Don José L. Chaves González.

Vocal: Don Filomeno de la Infiesta de Aspe.

Secretario: Don Laureano Fernández Barcia.

Suplentes:

Presidente: Don Gerardo Gil de Montes Paredes.

Vocal: Don Salvador Cala Cava.

Vocal: Don Francisco Rosso Sánchez.

Vocal: Don José M. Ruiz Mingorance.

Secretario: Don Antonio José Valero Múgica.

Sevilla

Titulares:

Presidente: Don Cristóbal González-Aller Suevos.

Vocal: Don Antonio Ruiz-Granados López.

Vocal: Don Federico González Roncero.

Vocal: Don José Antonio Tavora Palazón.

Secretario: Don Francisco Ramos Corona.

Suplentes:

Presidente: Don Gabriel Jiménez del Clos.

Vocal: Don Luis Ibarrola López.

Vocal: Don Pedro Guinea Ortiz.

Vocal: Don Remigio Chaves González.

Secretario: Don Fernando Alés Montes.

Algeciras

Titulares:

Presidente: Don Alfonso Marquina Crespo.

Vocal: Don Rufino Bocanegra Sierra.

Vocal: Don Laureano Fernández Álvarez.

Vocal: Don Marcos A. Socas Alfonso.

Secretario: Don Francisco Ramos Corona.

Suplentes:

Presidente: Don Ángel Montero Talaván.

Vocal: Don Ignacio Ibasate Muñozguren.

Vocal: Don Salvador López Alcaraz.

Vocal: Don José Luis Rodríguez Redondo.

Secretario: Don Karín Breir Moreno.

Torrevieja/Santa Pola

Titulares:

Presidente: Don José Domingo López Zamoul.

Vocal: Don Jorge Moltó López.

Vocal: Don Félíx Moro Fernández.

Vocal: Don Manuel Blanco Iglesias.

Secretario: Don Manuel Follaca.

Suplentes:

Presidente: Don Esteban Longares Benito.

Vocal: Don Agustín Lloret Soler.

Vocal: Don Esteban Medina Alonso.

Vocal: Don Antonio Elías Rodríguez.

Secretario: Don Manuel Hernández Lillo.

Alicante

Titulares:

Presidente: Don José Domingo López Zamoul.

Vocal: Don Sergio Campos Ferrera.

Vocal: Don Esteban Medina Alonso.

Vocal: Don Antonio Elías Rodríguez.

Secretario: Don Francisco Suárez-Llanos Galán.

Suplentes:

Presidente: Don Esteban Longares Benito.

Vocal: Don Juan Antonio Ferrero Moll.

Vocal: Don Manuel Blanco Iglesias.

Vocal: Don Félix Moro Fernández.

Secretario: Don Manuel Hernández Lillo.

Gandia

Titulares:

Presidente: Don Luis Díaz de Rivera Mateos.

Vocal: Don Néstor Martínez Roger.

Vocal: Don Melchor Rodríguez Roel.

Vocal: Don Matías Lloret Verdeguer.

Secretario: Don Francisco Sánchez Fariñas.

Suplentes:

Presidente: Don Felipe Cano Navarro.

Vocal: Don Luis García Sauquillo.

Vocal: Don Rafael Martínez Vázquez.

Vocal: Don José Cuenca Plana.

Secretario: Don Francisco Aragonés Carrión.

Valencia

Titulares:

Presidente: Don Felipe Cano Navarro.

Vocal: Don Néstor Martínez Roger.

Vocal: Don Rafael Martínez Vázquez.

Vocal: Don Matías Lloret Verdeguer.

Secretario: Don Francisco Suárez-Llanos Galán.

Suplentes:

Presidente: Don Ricardo Catalá Fabregá.

Vocal: Don Francesc Sánchez Sánchez.

Vocal: Don José Cuenca Plana.

Vocal: Don Melchor Rodríguez Roel.

Secretario: Don Eduardo Caballero Muñoz.

Sagunto

Titulares:

Presidente: Don Eduardo Caballero Muñoz.

Vocal: Don Néstor Martínez Roger.

Vocal: Don José C. Arana García.

Vocal: Don Rafael Martínez Vázquez.

Secretario: Don Francisco Sánchez Fariñas.

Suplentes:

Presidente: Don Felipe Cano Navarro.

Vocal: Don Manuel Guerra Vázquez.

Vocal: Don Matías Lloret Verdeguer.

Vocal: Don Melchor Rodríguez Roel.

Secretario: Don Francisco Aragonés Carrión.

Tarragona

Titulares:

Presidente: Don José Manuel Belotto Morales.

Vocal: Don Jesús Sánchez Icart.

Vocal: Don Ricardo Montiel Grau.

Vocal: Don José Vicente Pérez García-Jarrio.

Secretario: Don Jorge Zaragoza Ramos.

Suplentes:

Presidente: Don Juan Nicolau Casany.

Vocal: Don Ramón Juanola Subirana.

Vocal: Don Lauro Clariana Claros.

Vocal: Don Miguel Camarero Suances.

Secretario: Don Santiago Torre Cobo.

Décimo. Segunda parte de las pruebas.-El órgano de evaluación

publicará en el tablón de anuncios de la Capitanía Marítima

correspondiente, la lista de aspirantes admitidos para el puerto en cuestión, así

como la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio correspondiente

a esta parte, y fecha tope de publicación de resultados, repitiéndose el

mismo proceso para el segundo ejercicio.

Undécimo. Certificaciones, período de prácticas y habilitación.-En

un plazo no mayor de diez días, desde la celebración del segundo ejercicio,

el Tribunal publicará las listas con los resultados obtenidos por cada uno

de los aspirantes, y la remitirá a la Dirección General de la Marina Mercante,

que emitirá la certificación prevista en el artículo 14 del Reglamento

General de Practicaje, señalará el período de prácticas correspondiente a cada

caso, teniendo en cuenta lo que al respecto señala el artículo 16.4, y estará

en lo que a habilitación y nombramiento dispone el mencionado

Reglamento.

Duodécimo.-Los aspirantes que hayan superado la primera parte de

las pruebas, así como aquellos que la superaron en anteriores

convocatorias, conservarán la calificación obtenida en las mismas durante cinco

años, a contar desde la fecha de publicación del tercer ejercicio de las

pruebas celebradas en Madrid.

Disposición final.

La presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de

ella podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley de

Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Madrid, 6 de marzo de 2002.-El Director general, José Luis López-Sors

González.

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