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Documento BOE-A-2002-451

Orden de 27 de diciembre de 2001 por la que se convocan plazas de Auxiliares de Conversación de Lengua Española en centros docentes de diversos Estados de los Estados Unidos de América.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 2002, páginas 1046 a 1050 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-451

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de los memoranda suscritos con diversos Estados y Distritos de Estados Unidos de América se viene realizando un Programa de Auxiliares de Conversación con destino en centros docentes del país mencionado.

Este Programa persigue la finalidad de facilitar a los Auxiliares de Conversación el perfeccionamiento del idioma inglés a la vez que enseñan la lengua española.

Para dar cumplimiento a lo anterior,

Este Ministerio ha dispuesto aprobar las siguientes bases reguladoras del procedimiento de selección de los candidatos españoles a Auxiliares de Conversación.

1. Número de puestos

Se convocan 18 plazas de Auxiliares de Conversación de Lengua Española en centros docentes de Estados Unidos de América para el curso escolar 2002-2003 (desde el 1 de octubre de 2002 hasta el 30 de junio de 2003).

2. Requisitos de los candidatos

Los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

b) No haber sido seleccionado Auxiliar de Conversación en países del idioma que se solicita en las tres últimas convocatorias.

c) Poseer alguna de las siguientes titulaciones o equivalentes:

Filología, en la especialidad de Filología Inglesa.

Traducción e Interpretación Lingüística, en el caso de que la primera lengua extranjera sea la lengua inglesa.

Magisterio, especialidad de Lengua Inglesa.

3. Solicitudes

Los interesados formularán por triplicado instancia (anexo I). Esta instancia debidamente cumplimentada y firmada, se acompañará de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Tres fotografías tamaño carné.

c) Certificado médico oficial (original y fotocopia) que acredite que el interesado posee la capacidad funcional necesaria para desempeñar el puesto de Auxiliar de Conversación.

d) Certificación académica de estudios (fotocopia compulsada de la misma) en la que consten las calificaciones obtenidas en cada asignatura, con indicación expresa de que el titular de la certificación tiene aprobadas todas las asignaturas del plan de estudios.

e) Escrito redactado por el interesado en lengua inglesa explicando los motivos que le inducen a solicitar esta estancia.

f) Documentación acreditativa (fotocopias compulsadas) de los méritos alegados conforme al baremo establecido en el anexo II de esta convocatoria.

4. Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes, dirigidas al ilustrísimo señor Secretario general técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid), en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (paseo del Prado, 28, 28071 Madrid), en los Registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas, en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el Extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada, para acreditar la presentación dentro de plazo.

El plazo de presentación de las solicitudes es de cuarenta días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

5. Admisión de solicitudes

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes mencionado en la base anterior, y antes de someter las propuestas de selección de candidatos al órgano competente, se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio de Información del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a través de la página web del Ministerio http://www.mec.es la relación de candidatos excluidos de la participación y las causas que lo motivan.

6. Evaluación

6.1 Los expedientes de los candidatos serán evaluados por una Comisión de Valoración integrada por cinco funcionarios de carrera con destino en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, designados por el ilustrísimo señor Subdirector general de Cooperación Internacional. Dicha Comisión evaluadora podrá recabar, en cualquier momento, la colaboración de expertos.

6.2 La evaluación de los méritos alegados y acreditados documentalmente por los candidatos, se realizará de acuerdo con lo señalado en el baremo que figura como anexo II a la presente convocatoria.

6.3 Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados y justificados debidamente, mediante fotocopias compulsadas, presentados dentro del plazo al que se refiere el apartado IV de la convocatoria.

6.4 La Comisión de Valoración propondrá la lista definitiva de candidatos conforme a la puntuación obtenida, a la Subdirección General de Cooperación Internacional, que realizará la selección definitiva de candidatos.

7. Resolución de la convocatoria y nombramiento

7.1 La Subdirección General de Cooperación Internacional elevará la relación de los candidatos seleccionados al ilustrísimo señor Secretario general técnico.

7.2 El Secretario general técnico por delegación de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, dictará Resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados, así como los que quedan en lista de espera.

7.3 Esta Resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Simultáneamente se pondrá a disposición de los interesados dicha información a través de la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: http://www.mec.es.

7.4 Contra esta de Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

7.5 Las autoridades norteamericanas comunicarán directamente a los candidatos que resulten seleccionados de forma definitiva los centros en los que ejercerán sus funciones, otorgándoles la correspondiente credencial o nombramiento.

7.6 El plazo máximo para resolver este procedimiento, cuyo objeto se ha indicado anteriormente, es de seis meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

8. Aceptaciones y renuncias

8.1 Tras recibir la credencial anteriormente citada, con indicación del centro docente, los interesados comunicarán su aceptación a la Consejería de Educación en Estados Unidos, 2375 Pennsylvania Av., N.W. Washington D.C. 20037.

8.2 En el caso de resultar imposible la aceptación del centro adjudicado por parte del candidato, éste deberá remitir su escrito de renuncia, con la máxima urgencia, a las autoridades educativas del país de destino. Copia de este escrito será enviada a la Consejería de Educación en Estados Unidos y a la Subdirección General de Cooperación Internacional. La no aceptación del centro por parte del interesado no obliga a dichas autoridades a ofrecerle otro diferente.

8.3 Transcurrido un mes desde la publicación de las listas de seleccionados en el «Boletín Oficial del Estado», no se aceptará renuncia alguna, salvo casos excepcionales acreditados documentalmente y así estimados por la Subdirección General de Cooperación Internacional.

9. Régimen

9.1 Los Auxiliares de Conversación de Lengua Española serán adscritos por las autoridades norteamericanas a un centro de enseñanza primaria o secundaria y ejercerán sus funciones como Ayudantes de Prácticas de Conversación, bajo la dirección del Profesor titular, de dieciséis a veinte horas semanales.

9.2 Al finalizar el curso académico la Subdirección General de Cooperación Internacional expedirá a los Auxiliares de Conversación que así lo soliciten un certificado acreditativo de las horas impartidas conforme al punto anterior.

9.3 Los Auxiliares de Conversación percibirán, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.134.B.481 de los Presupuestos Generales del Estado, la suma de 750 dólares mensuales. Igualmente las autoridades educativas españoles asumirán los costes que asegura la correcta cobertura de los riesgos médicos sanitarios, por un importe de 3.000.000 de pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.134.B.481. El alojamiento, facilitado por las autoridades competentes norteamericanas, será gratuito en familias o apartamentos y, en todo caso, con derecho a una habitación individual.

9.4 Los gastos de desplazamiento al país de destino y regreso correrán a cargo del Auxiliar.

9.5 Los candidatos seleccionados serán convocados a unas Jornadas de Información que según el caso, se celebrarán en Estados Unidos o Madrid. En el último caso, los gastos de alojamiento y manutención que ascenderán a un total de 500.000 pesetas, serán asumidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con cargo a los créditos correspondientes.

9.6 Se autoriza a la Secretaría General Técnica a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

10. Retirada de la documentación

Transcurrido un mes desde la publicación de la Resolución de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», la documentación presentada por los candidatos no seleccionados como titulares o como reservas podrá retirarse de la Subdirección General de Cooperación Internacional (paseo del Prado, 28, 2.ª planta, 28071 Madrid), hasta el 30 de noviembre de 2002, directamente por los interesados o por persona autorizada o solicitar su devolución por correo. En el mismo período la Subdirección General de Cooperación Internacional podrá realizar su devolución por correo.

11. Recurso

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

12. Información

Cualquier información sobre esta convocatoria podrá obtenerse en el Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Alcalá, 36, 28071 Madrid), así como a través de la página web del Ministerio: http://www.mec.es, en los teléfonos: 91 506 55 94 ó 91 506 56 00.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 27 de diciembre de 2001.

DEL CASTILLO VERA

Ilmo. Sr. Secretario general técnico.

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ANEXO II
Baremos Auxiliares de Conversación

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