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Documento BOE-A-2002-4426

Resolución de 29 de enero de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de actuaciones encaminadas al desarrollo del Plan del Voluntariado 2001-2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2002, páginas 9003 a 9004 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-4426

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de actuaciones encaminadas al desarrollo del Plan del Voluntariado 2001-2004, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de enero de 2002.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de actuaciones encaminadas al desarrollo del Plan del Voluntariado 2001-2004

En Madrid a 30 de octubre de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 56/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, («Boletín Oficial del Estado» número 12, del día 14), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Alfonso Perales Pizarro, Consejero de Gobernación, nombrado por Decreto del Presidente 7/2000, de 28 de abril («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 50, del 29), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 50, del 29).

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

MANIFIESTAN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en cuanto impulsor y coordinador de la política de voluntariado del Gobierno tiene prevista la realización de diversas actividades durante el año 2001 con objeto de poner en marcha y desarrollar el Plan del Voluntariado 2001-2004, aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de junio de 2001.

Segundo.

Que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene asumidas competencias en materia de voluntariado y está interesada en colaborar en el desarrollo del Plan del Voluntariado 2001-2004, como puso de manifiesto, dándole su apoyo, en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 21 de mayo de 2001.

Tercero.

Que, de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, esta colaboración puede articularse a través de la suscripción del correspondiente Convenio.

Por lo que ambas partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999) acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de los proyectos que se relacionan en el anexo que a este Convenio se acompaña, con objeto de poner en marcha las actuaciones previstas en el Plan del Voluntariado 2001-2004.

Segunda.

La Comunidad Autónoma de Andalucía desarrollará los programas y actividades a que hace referencia la cláusula anterior, por sí sola o en colaboración con otras entidades públicas y privadas interesadas en coadyuvar en el desarrollo del Plan.

Tercera.

La Comunidad Autónoma de Andalucía aportará, al menos, una dotación económica de igual cuantía que la aportada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para hacer frente a los costes de los correspondientes proyectos y actividades.

Cuarta.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.313-L 458 para el ejercicio 2001, aportará la cantidad de 93.432.500 pesetas, como participación en la realización de los citados proyectos y actividades.

Quinta.

Tras la firma del presente Convenio, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Andalucía la cantidad prevista en la cláusula cuarta de este convenio o la que reste por transferir en ese momento hasta dicha cantidad, si se hubiese efectuado anteriormente la transferencia de alguna cantidad al amparo de lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros del día 23 de marzo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril).

Sexta.

La Comunidad Autónoma deberá:

a) Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los proyectos previstos en el anexo a este Convenio de colaboración.

b) Informar sobre el contenido y las características de los mismos y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.

c) Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los proyectos y actividades financiados.

d) Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y de los pagos realizados, de acuerdo con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

e) Comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los proyectos y actividades, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución, etc, con el fin de acordar conjuntamente con el Ministerio, la aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.

Cualquier propuesta de modificación habrá de estar suficientemente motivada y deberá plantearse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y siempre con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto o actividad de que se trate.

Séptima.

La Comunidad Autónoma elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria Financiera y Técnica de cada proyecto o actividad que recoja, al menos, los siguientes puntos:

Fecha de puesta en marcha y de realización.

Actividades realizadas.

Resultados obtenidos.

Datos estadísticos.

Información económica.

Recursos utilizados.

Otras colaboraciones obtenidas.

Dificultades y propuestas.

Valoración del proyecto o actividad.

Octava.

Para el seguimiento del presente Convenio, la Comunidad Autónoma de Andalucía designará un representante en la Comisión de Seguimiento del Plan del Voluntariado formada por representantes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y un representante por cada una de las Comunidades Autónomas que firmen los correspondientes Convenios de colaboración.

La Comisión de Seguimiento tendrá como funciones velar por el cumplimiento de lo establecido en los Convenios, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución de los mismos, prestar asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos y actividades.

Los representantes del Ministerio serán designados por la Directora general de Acción Social, del Menor y de la Familia y el representante de la Comunidad Autónoma por la Viceconsejera de Gobernación.

Novena.

En toda la publicidad y difusión que se realice sobre los proyectos y actividades derivados del presente Convenio se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la colaboración establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía con independencia de otras posibles colaboraciones que, en su caso, pudieran obtenerse.

Décima.

La duración del Convenio se establece para el año 2001 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias de que cada parte dispone para su financiación.

Igualmente, el Convenio se extinguirá en caso de incumplimiento por alguna de las partes firmantes de los compromisos asumidos en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido y que no se hubieran destinado a los proyectos y actividades previstas.

Undécima.

Este Convenio se encuentra excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, en virtud de lo establecido en el artículo 3.1.c) del citado texto legal.

Duodécima.

Dada la naturaleza administrativa del presente Convenio, las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse en su ejecución, se solventarán ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Diligencia: Para hacer constar que este Convenio se ajusta al modelo informado por la Abogacía del Estado-Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con fecha de 7 de mayo de 1.999 y por el Servicio Jurídico de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con fecha 3 de noviembre de 2000.

Y, en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha antes indicados.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.–El Consejero de Gobernación, Alfonso Perales Pizarro.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Aportaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización de actuaciones vinculadas al Plan Estatal del Voluntariado

1. Nombre del proyecto: Promoción de Redes y Plataformas de voluntariado social en Andalucía. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma.

2. Nombre del proyecto: Promoción del voluntariado social de mayores. Ámbito territorial: Almería, Córdoba, Granada, Sevilla, Málaga y Jaén.

3. Nombre del proyecto: Centros de iniciativas de voluntariado de Andalucía (CIVA) en las ocho provincias. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma.

4. Nombre del proyecto: Actuaciones conmemorativas del Año Internacional de los Voluntarios. Ámbito territorial: Granada, Córdoba, Huelva, Jaén, Sevilla, Cádiz y La Línea de la Concepción.

5. Nombre del proyecto: Difusión, publicidad y promoción del voluntariado mediante una publicación monográfica «Summa de Voluntades». Ámbito territorial: Comunidad Autónoma.

6. Nombre del proyecto: Promoción del voluntariado en el ámbito socio sanitario. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma.

7. Nombre del proyecto: Promoción del voluntariado social en los grupos más desfavorecidos. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma.

8. Nombre del proyecto: Actividades de voluntariado social a través de las entidades públicas. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma.

9. Nombre del proyecto: Plan de formación del voluntariado. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma.

10. Nombre del proyecto: Sensibilización en el espacio escolar. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma.

11. Nombre del proyecto: Campaña de sensibilización y captación de voluntarios en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma.

Total aportación de la Comunidad Autónoma: 104.584.999 pesetas

Total aportación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: 93.432.500 pesetas.

El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.–El Consejero de Gobernación, Alfonso Perales Pizarro.

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