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Documento BOE-A-2002-4298

Resolución de 8 de febrero de 2002, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se modifican las fechas de una beca concedida anteriormente, de la convocatoria de becas bilaterales para ciudadanos extranjeros para el curso académico 2001/2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2002, páginas 8680 a 8680 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2002-4298

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de 1992, modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la Resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001) de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario General de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias y, en desarrollo de la Resolución de 19 de mayo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de junio), por la que se aprueba la convocatoria de becas para ciudadanos extranjeros curso académico 2001/2002, esta Agencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 3424/2000 de 15 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 16), y a propuesta de la Comisión Evaluadora, ha resuelto:

Primero.

Modificar las fechas de disfrute de la beca concedida en la Resolución de fecha 20 de diciembre de 2001, de la becaria Ketevan Khuskivadze para hacerla coincidir con los estudios que va a realizar por el período 16 de febrero de 2002/15 de mayo de 2002, este cambio no lleva ningún gasto económico.

La dotación económica es de 781,32 euros mensuales, un seguro médico no farmacéutico, y una ayuda de matricula de hasta 1.202,02 euros.

Segundo.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas reconocidas en esta resolución en los términos previstos por la citada Orden de 26 de marzo de 1992, y Resolución de 19 de mayo de 2001.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el órgano que dicta la Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 8 de febrero de 2002.–El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

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