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Documento BOE-A-2002-3456

Resolución de 30 de enero de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2002, páginas 6891 a 6894 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-3456

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 30 de enero de 2002.‒El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales

En Madrid, 30 de noviembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000 de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 12), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Tomás Mañas González, Consejero de Bienestar Social, nombrado por Decreto 45/2000, de 15 de marzo («Diario Oficial de Castilla-La Mancha» número 24, del 17),en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 15 del Estatuto de Autonomía y el artículo 6 de la Ley 7/1997, de 5 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.

Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Segundo.

Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente programas de apoyo a familias en situaciones especiales.

Tercero.

Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 758/96, de 5 de mayo; 839/1996, de 10 de mayo; 1888/1996, de 2 de agosto, y Real Decreto 140/1997, de 31 de enero.

Cuarto.

Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ostenta competencias en materia de Asistencia Social y Servicios Sociales, de acuerdo con el artículo número 31.1, apartado 20 de su Estatuto (Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto) y los Reales Decretos 251/1982, de 15 de enero, y 1975/1984, de 26 de septiembre, de transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Servicios y Asistencia Sociales.

Quinto.

Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.

Sexto.

Que la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2001 («Boletín Oficial del Estado» del día 29), incluye un crédito adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que aparece consignado con la clasificación 19.04.313O.454.01, transferencias corrientes a Comunidades Autónomas para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales, con una dotación de 2.040.000.000 de pesetas (12.260.646,93 euros).

Séptimo.

Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines.

Octavo.

Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas dirigidos a apoyar y prestar atención a familias que se encuentran en situaciones especiales,

así como prevenir que estas situaciones puedan degenerar en situaciones de exclusión social o desintegración familiar.

Noveno.

Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios objetivos de distribución acordados con las Comunidades Autónomas, en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, y, a su vez, fueron aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 23 de marzo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril y corrección de erratas en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio).

Décimo.

Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo seis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, y que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de los programas de apoyo a familias en situaciones especiales siguientes, tal como se especifican en el anexo de este Convenio.

1. Programa para la educación familiar y atención de familias desfavorecidas y en situación de riesgo.

2. Programa de apoyo a familias monoparentales.

3. Programa de orientación y/o mediación familiar.

4. Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia familiar.

Segunda.

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.

Tercera.

Para sufragar los costes de los mencionados programas, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se compromete a aportar la cantidad total de ciento cincuenta y cuatro millones seiscientas veinticuatro mil novecientas ochenta y siete (154.624.987 pesetas) (929.314,89 euros) como participación en la financiación de los programas. Esta cantidad a que se obliga la Comunidad Autónoma puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o la/s Corporación/ciones Local/es, esta/s últimas según el/los acuerdo/s con la Comunidad de acuerdo con el desglose siguiente, tal como se contiene en el anexo de este Convenio:

1. Programa para la educación familiar y atención de familias desfavorecidas y en situación de riesgo: 88.480.001 pesetas 531.775,52 euros.

2. Programa de apoyo a familias monoparentales: 11.541.654 pesetas; 69.366,74 euros.

3. Programa de orientación y/o mediación familiar: 37.683.332 pesetas; 226.481,39 euros.

4. Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia familiar: 16.920.000 pesetas; 101.691,25 euros.

Cuarta.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.313O.454.01 para el ejercicio de 2.001, aporta la cantidad de ciento siete millones trescientas setenta y seis mil setecientas veintinueve (107.376.729 pesetas) (645.347,14 euros) como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose siguiente, tal como se contiene en el anexo de este Convenio.

1. Programa para la educación familiar y atención de familias desfavorecidas y en situación de riesgo: 68.770.000 pesetas; 413.316,02 euros.

2. Programa de apoyo a familias monoparentales: 10.510.060 pesetas; 63.166,73 euros.

3. Programa de orientación y/o mediación familiar: 17.516.669 pesetas; 105.277,30 euros.

4. Programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia familiar: 10.580.000 pesetas; 63.587,08 euros.

Quinta.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha la cantidad prevista en la cláusula cuarta de este convenio o la que reste por transferir en ese momento hasta dicha cantidad, si se hubiese efectuado la transferencia de alguna cantidad al amparo de lo previsto en el último párrafo del Acuerdo del Consejo de Ministros del día 23 de marzo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril y corrección de erratas en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio).

Sexta.

La Comunidad Autónoma deberá:

A) Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de Colaboración.

B) Informar de la puesta en marcha de los proyectos previstos en cada programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.

C) Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los proyectos financiados.

D) Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, de acuerdo con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre).

E) Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.

La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.

Séptima.

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha elaborará, al finalizar la vigencia del convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto que entregará en los seis meses siguientes y que al menos recoja:

Fecha de puesta en marcha.

Información económica.

Actividades realizadas.

Recursos utilizados.

Sectores atendidos.

Resultados obtenidos.

Datos estadísticos.

Dificultades y propuestas. Valoración del programa.

En el supuesto de que la Comunidad Autónoma no presente la citada memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula siguiente.

Octava.

Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos.

Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las Comunidades Autónomas firmantes de los Convenios.

El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será designado por la Directora general de Acción Social, del Menor y de la Familia, y el representante de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha por el Director general de Servicios Sociales.

Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario de la Dirección General de Acción Social, del Menor y de la Familia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora general.

Novena.

En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales.

Décima.

Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año desde la fecha de su firma.

Undécima.

El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se hubieran destinado al/los programa/s previstos en él, sin perjuicio de la ejecución de las actividades en curso.

Duodécima.

Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.‒El Consejero de Bienestar Social (en nombre y representación, por delegación, de la Comunidad Autónoma), Tomás Mañas González.

ANEXO
Pesetas Euros
1. Aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Corporaciones Locales y del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización del programa para la educación familiar y atención de familias desfavorecidas y en situación de riesgo   
2001
1. Programa de atención psicosocial a familias con hijos adolescentes en Albacete, Hellín y La Roda.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales. 6.000.000 36.060,73
Aportación MTAS. 6.000.000 36.060,73
2. Centro de Atención a Familias en situación de riesgo en Almansa.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 6.037.729 36.287,48
Aportación MTAS. 5.525.200 33.207,12
3. Programa de Asesoramiento Psicopedagógico e Intervención Familiar en Villarrobledo.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 2.712.200 16.300,65
Aportación MTAS. 2.500.000 15.025,30
4. Centro de Día en Villarrobledo.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 6.000.000 36.060,73
Aportación MTAS. 3.500.000 21.035,42
5. Programa de Apoyo Familiar en Alcázar de San Juan.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 14.409.806 86.604,68
Aportación MTAS. 7.204.903 43.302,34
6. Programa de intervención con familias en situación de riesgo en Daimiel.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 3.473.190 20.874,29
Aportación MTAS. 3.473.190 20.874,29
7. Programa de Apoyo a Familias Desfavorecidas en Iniesta.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 1.182.500 7.106,97
Aportación MTAS. 1.182.500 7.106,97
8. Programa de Mediación Social con Familias en situación de riesgo en Tarancón.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 1.420.000 8.534,37
Aportación MTAS. 1.420.000 8.534,37
9. Programa de Compensación Social en Tarancón.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 5.206.703 31.292,92
Aportación MTAS. 3.716.221 22.334,94
10. Programa de Compensación Social en Cuenca.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 4.638.300 27.876,74
Aportación MTAS. 3.819.150 22.953,55
11. Programa de Apoyo a Familias en situaciones especiales en Guadalajara.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 2.960.961 17.795,73
Aportación MTAS. 2.960.961 17.795,73
12. Programa de intervención Socioeducativa y Familiar en Fontanar.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 3.339.496 20.070,78
Aportación MTAS. 3.339.496 20.070,78
13. Programa de intervención con familias en situación de riesgo en Azuqueca de Henares.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 2.159.358 12.978
Aportación MTAS. 2.158.500 12.972,85
14. Centro de Atención Familiar en Villacañas.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 7.487.250 44.999,28
Aportación MTAS. 5.243.625 31.514,82
15. Centro de Día en Toledo.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 5.132.830 30.848,93
Aportación MTAS. 4.066.415 24.439,65
16. Centro de Atención a la Familia en Talavera de la Reina.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 5.939.696 35.698,29
Aportación MTAS. 4.469.848 26.864,33
17. Programa de Apoyo a Familias en situación de riesgo en Sonseca.

Aportación Comunidad Autónoma y

Corporación Local.

5.577.580 33.521,93
Aportación MTAS. 4.288.790 25.776,15
18. Centro de Atención Psicosocial en La Puebla de Almoradiel.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 4.802.402 28.863,02
Aportación MTAS. 3.901.201 23.446,69
 Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales. 88.480.001 531.775,52
 Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 68.770.000 413.316,02
2. Aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Corporaciones Locales y del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización del programa de apoyo a familias monoparentales
2001
1. Proyecto «Canguro 2» en Albacete.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 2.500.000 15.025,30
Aportación MTAS. 2.500.000 15.025,30
2. Programa «Educar en solitario» en Iniesta.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 500.000 3.005,06
Aportación MTAS. 500.000 3.005,06
3. Programa «Educar en Solitario» en Fuente de Pedro Naharro.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 500.000 3.005,06
Aportación MTAS. 500.000 3.005,06
4. Programa «Educar en Solitario» en Cuenca.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 3.725.857 22.392,85
Aportación MTAS. 3.725.856 22.392,85
5. Programa de apoyo a Familias Monoparentales en Motilla del Palancar.
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. 4.315.797 25.938,46
Aportación MTAS. 3.284.204  19.738,46 
 Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales. 11.541.654 69.366,74
 Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 10.510.060 63.166,73
3. Aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización del programa de orientación y/o mediación familiar
2001
1. Programa de Orientación y Mediación Familiar en Albacete.
Aportación Comunidad Autónoma 9.420.833 56.620,35
Aportación MTAS. 4.379.167 26.319,32
2. Programa de Orientación y Mediación Familiar en Ciudad Real.
Aportación Comunidad Autónoma. 9.420.833 56.620,35
Aportación MTAS. 4.379.167 26.319,32
3. Programa de Orientación y Mediación Familiar en Cuenca.
Aportación Comunidad Autónoma. 9.420.833 56.620,35
Aportación MTAS. 4.379.167 26.319,32
4. Programa de Orientación y Mediación Familiar en Toledo.
Aportación Comunidad Autónoma. 9.420.833 56.620,35
Aportación MTAS. 4.379.168 26.319,32
 Total aportación Comunidad Autónoma. 37.683.332 226.481,39
 Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 17.516.669 105.277,30
4. Aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la realización del programa de apoyo a familias en cuyo seno se produce violencia familiar 
2001
1. Programa de Prevención en violencia Familiar (AMFORMAD) en Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.
Aportación Comunidad Autónoma. 16.920.000 101.691,25
Aportación MTAS. 10.580.000 63.587,08
Total aportación Comunidad Autónoma. 16.920.000 101.691,25
Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 10.580.000 63.587,08
Total de las aportaciones para los programas de apoyo a las familias en situaciones especiales:
 Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales. 154.624.987 929.314,89
 Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 107.376.729 645.347,14

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