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Documento BOE-A-2002-3423

Resolución de 25 de enero de 2002, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se dispone la publicación de un segundo Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Diputación General de Aragón por el que se amplia la financiación establecida en el Convenio suscrito el 4 de diciembre de 1998, para la rehabilitación de viviendas afectadas por aluminosis y otras patologías estructurales.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2002, páginas 6852 a 6853 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-3423

TEXTO ORIGINAL

Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Fomento y la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el día 17 de diciembre de 2001, un segundo Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Diputación General de Aragón por el que se amplía la financiación establecida en el Convenio suscrito el 4 de diciembre de 1998, para la rehabilitación de viviendas afectadas por aluminosis y otras patologías estructurales y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede la publicación de dicho Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 25 de enero de 2002.–El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.

ANEXO
Segundo Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Diputación General de Aragón, por el que se amplía la financiación establecida en el Convenio suscrito el 4 de diciembre de 1998, para la rehabilitación de viviendas afectadas por aluminosis y otras patologías estructurales

En Madrid a 17 de diciembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte:

El excelentísismo señor don Francisco Álvarez-Cascos Fernández, Ministro de Fomento, que actúa en nombre y representación de la Administración General del Estado, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, según la redacción dada por la Ley 4/1999 de la misma, y previa autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica en fecha 9 de octubre de 2001.

De otra parte:

El excelentísimo señor don Javier Velasco Rodríguez, Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, actuando en nombre y representación de la Diputación General de Aragón, en virtud de Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión del día 4 de diciembre de 2001.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con que cada uno interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este Convenio y al efecto

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Fomento actúa en base a la competencia exclusiva que el artículo 149.1.11.ª y 1.13.ª de la Constitución española atribuye al Estado en materia de ordenación de crédito, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

2. La Comunidad Autónoma de Aragón tiene competencia en materia de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto.

3. Que la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes es el organismo que ejerce la competencia en materia de política de vivienda, a través de su Instituto del Suelo y Vivienda de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/1984, de 25 de mayo.

4. Con fecha 4 de diciembre de 1998 se suscribió un Convenio entre el Ministerio de Fomento y la Diputación General de Aragón, al objeto de regular la financiación de las actuaciones de rehabilitación de viviendas con patologías estructurales, así como establecer las aportaciones económicas de ambas Administraciones.

Cada una de las Instituciones representadas se comprometía a una aportación de 2700 millones de pesetas, de los que se deducían las aportaciones realizadas hasta la fecha de suscripción del citado Convenio.

5. La necesidad de atender las numerosas solicitudes de ayudas para financiar la rehabilitación de viviendas afectadas por aluminosis y otras patologías estructurales, requiere la asignación de nuevos recursos económicos, que permitan afrontar nuevas actuaciones rehabilitadoras.

6. A estos efectos, ambas Administraciones han consignado fondos en los respectivos presupuestos, con la finalidad de atender la fuerte demanda existente en dicha Comunidad Autónoma.

Por ello, las partes reunidas, en la representación que ostentan, formulan el presente Convenio de acuerdo con las siguientes estipulaciones: Primera.–El presente Convenio tiene como finalidad el ampliar la financiación establecida en el Convenio suscrito el 4 de diciembre de 1998, por importe de 500 millones de pesetas, siendo por tanto la aportación de cada Administración de 3.200 millones de pesetas, al objeto dar continuidad al Programa de Actuaciones acordado por las partes y que permita la reparación de las viviendas afectadas por determinados procesos de deterioro estructural.

Segunda.

La Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo del Ministerio de Fomento satisfará con cargo a la aplicación presupuestaria 17.09.431A.759.00, durante el ejercicio de 2001, en concepto de subvención a fondo perdido, las cantidades comprometidas que ascienden a 1.000 millones de pesetas y el incremento establecido en la cláusula anterior por importe de 500 millones de pesetas, hasta un total de mil quinientos millones de pesetas (1.500.000.000 pesetas) (9.015.181,56 €), para financiar las actuaciones de rehabilitación de viviendas afectadas por patologías estructurales.

Tercera.

La Diputación General de Aragón aportará, para esta misma finalidad, como subvención a fondo perdido, las cantidades comprometidas que ascienden a 1.143.831.931 pesetas y el incremento establecido en la cláusula primera por importe de 500 millones de pesetas, hasta un total de mil seiscientos cuarenta y tres millones ochocientas treinta y una mil novecientas treinta y una pesetas (1.643.831.931 pesetas) (9.879.628,88 €), y se compromete a impulsar a través de las unidades y órganos de gestión de los expedientes de ayudas, las actuaciones de rehabilitación a los que se destine la financiación, así como a velar por la correcta aplicación de los fondos comprometidos.

Cuarta.

El Ministerio de Fomento abonará a la Diputación General de Aragón, dos terceras partes de la aportación establecida para el ejercicio 2001, una vez justificados por la Administración Autonómica gastos por importe de 287,7 millones de pesetas. El resto, se abonará mediante la correspondiente acreditación por la Diputación General de Aragón, de los gastos producidos al efecto, en el caso de viviendas de promoción pública, y de acuerdo con las Resoluciones favorables de los expedientes de rehabilitación, en el caso de promoción privada.

Quinta.

En todo lo que no se oponga el presente Acuerdo, será de aplicación lo establecido en el Convenio de 4 de diciembre de 1998.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma el presente Convenio en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.

El Ministro de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos.–El Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Javier Velasco Rodríguez.

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