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Documento BOE-A-2002-3386

Orden de 7 de febrero de 2002, de la Consejería de Presidencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2002, páginas 6832 a 6834 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2002-3386

TEXTO ORIGINAL

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2.N) de la Ley

4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de la

Administración de la Diputación Regional de Cantabria, dispongo:

Primero.-Convocar concurso de méritos para la provisión de

los puestos de trabajo que figuran en el anexo I de la presente

convocatoria, el cual se ajustará a lo dispuesto en la Orden de

la Consejería de Presidencia, de 19 de febrero de 2001, por la

que se aprueban las bases generales que regirán los concursos

de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la

Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria reservados

a funcionarios de carrera no docentes, publicada en el "Boletín

Oficial de Cantabria" número 40, de 26 de febrero de 2001.

Segundo.-Podrán participar en la presente convocatoria los

funcionarios de carrera que reúnan los requisitos establecidos en

la base primera de la Orden de la Consejería de Presidencia, de

19 de febrero de 2001, y los establecidos para el desempeño

de los puestos de trabajo relacionados en el anexo I de la presente

convocatoria.

Tercero.-La valoración de los méritos para la adjudicación

de plazas se efectuará de acuerdo con lo establecido en la base

segunda de la Orden de la Consejería de Presidencia, de 19 de

febrero de 2001. Se valorarán los cursos que figuran recogidos

en el anexo I a esta convocatoria, que necesariamente habrán

sido impartidos por el CEARC, INAP, centros oficiales de las

distintas Comunidades Autónomas y los impartidos en planes de

formación continua de los empleados públicos.

Cuarto.-De conformidad con lo establecido en el punto 2.1.2

de la base segunda de la Orden de la Consejería de Presidencia,

de 19 de febrero de 2001, para acceder a la fase segunda de

esta convocatoria será necesario obtener una puntuación mínima

de 2,5 puntos en la fase primera.

Quinto.-Quienes deseen tomar parte en el presente concurso,

presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial, que

será entregado gratuitamente en las Secretarías Generales de cada

Consejería y en el Registro General de la Administración de la

Comunidad Autónoma de Cantabria (calle Casimiro Sainz,

número 4, 39003 Santander), y que se ajustará al modelo publicado

como anexo II a esta convocatoria, en el plazo de quince días

hábiles, contados desde el siguiente a la última publicación de

la misma, ya sea en el "Boletín Oficial de Cantabria" o en el "Boletín

Oficial del Estado".

Las solicitudes irán dirigidas al excelentísimo señor Consejero

de Presidencia y se presentarán por triplicado en el citado Registro

General o, en su caso, en cualesquiera de los lugares y medios

señalados en los artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27).

Junto al anexo II, solicitud de participación, deberá presentarse

la siguiente documentación:

1. Anexo III. Certificación de méritos. Para los funcionarios

pertencientes a la Administración de la Comunidad Autónoma de

Cantabria la presentación de solicitud de participación sirve,

asimismo, como solicitud de emisión de este certificado.

Los participantes de otras Administraciones Públicas deberán

aportar dicho anexo conforme a lo previsto en la base tercera

de la Orden de 19 de febrero de 2001 ("Boletín Oficial de

Cantabria" número 40, del 26), o bien, aportar copia que ponga de

manifiesto que lo han solicitado.

No obstante, para aquellos que estuvieran destinados en

comisión de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma

de Cantabria, la Dirección General de Función Pública expedirá,

además, un certificado de sus datos administrativos desde la fecha

de toma de posesión en el puesto que ocupen en comisión de

servicios hasta la fecha de finalización del plazo de presentación

de solicitudes. La presentación de solicitud de participación en

el concurso sirve como solicitud de emisión de este certificado.

En el anexo III se certificarán los méritos no específicos cuyos

documentos acreditativos figuren en el Registro de Personal a la

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los datos relativos a méritos específicos u otras circunstancias

personales y administrativas de los concursantes se acreditarán

mediante documentos originales o fotocopias compulsadas

presentándose junto con la solicitud de participación y deberán

poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación

de instancias.

2. Y memoria, en su caso.

Sexto.-La Comisión de Valoración tendrá la composición

prevista en la base quinta de la Orden de 19 de febrero de 2001.

Séptimo.-Contra la presente Orden y los actos que de ella

deriven podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de

Gobierno, en el plazo de un mes desde su entrada en vigor.

Santander, 7 de febrero de 2002.-El Consejero, Jesús María

Bermejo Hermoso.

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