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Documento BOE-A-2002-25079

Decreto 314/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba la corrección de disfuncionalidades territoriales del enclavamiento de Les Rovires de Baix, perteneciente al municipio de Les Llosses, para su agregación al municipio de Borredà.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 24 de diciembre de 2002, páginas 45260 a 45260 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2002-25079

TEXTO ORIGINAL

En sesión de 26 de julio de 2001 la Comisión de Delimitación Territorial acordó iniciar un expediente de corrección de disfuncionalidades territoriales del enclavamiento de Les Rovires de Baix, del municipio de Les Llosses, para su agregación al municipio de Borredà.

El enclavamiento de Les Rovires de Baix constituye uno de los supuestos de disfuncionalidad territorial que prevé el artículo 41 del Reglamento de Demarcación Territorial de los Entes Locales de Cataluña. La superficie de este enclavamiento de 3,31 kilómetros cuadrados, pertenece a tres propiedades con las fincas principales en el municipio de Borredà.

Tras los trámites de carácter previo que prevén los artículos 42 y siguientes del Reglamento de Demarcación Territorial y Población de los Entes Locales de Cataluña, la Comisión de Delimitación Territorial, en sesión de 5 de marzo de 2002, adoptó el acuerdo de proponer la agregación del enclavamiento de Les Rovires de Baix, del municipio de Les Llosses al municipio de Borredà.

La propuesta de la Comisión de Delimitación Territorial se sometió a informe de los municipios afectados durante un plazo de sesenta días. El Ayuntamiento de Borredà informó favorablemente sobre la citada propuesta, mientras que el Ayuntamiento de Les Llosses no adoptó ningún acuerdo a este respecto.

El 5 de abril de 2002 se puso en conocimiento de la Administración del Estado la tramitación del expediente.

La Comisión Jurídica Asesora, en la sesión de 19 de septiembre de 2002, emitió el dictamen preceptivo sobre el expediente, que fue favorable a la corrección de disfuncionalidades territoriales propuesta en el expediente, señalando que el expediente se ajusta a los requisitos materiales y procedimentales.

Visto el expediente de corrección de disfuncionalidades territoriales del enclavamiento de Les Rovires de Baix, instruido por el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, y tomando en consideración, asimismo, que en el expediente se justifica que el enclavamiento de Les Rovires de Baix constituye uno de los supuestos de disfuncionalidades territoriales previstos en el artículo 41.2 del Reglamento de Demarcación Territorial y Población de los Entes Locales de Cataluña;

Visto lo que disponen los artículos 12.3 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña, y los artículos 42 a 47 del Decreto 140/1988, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Demarcación Territorial y Población de los Entes Locales de Cataluña;

De acuerdo con el informe de la Comisión de Delimitación Territorial y el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del Consejero de Gobernación y Relaciones Institucionales y con la previa deliberación del Gobierno, decreto:

Artículo 1.

Se aprueba el expediente de corrección de disfuncionalidades territoriales del enclavamiento de Les Rovires de Baix, del municipio de Les Llosses, para su agregación al municipio de Borredà.

La delimitación del enclavamiento que pasa a agregarse al municipio de Borredà es la que figura en el acta de 2 de marzo de 1992, de la operación practicada para reconocer la línea de término y establecimiento de los mojones comunes a los términos municipales de Borredà y de Les Llosses, en su parte enclavada dentro del término municipal de Borredà.

Artículo 2.

El Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales y los Ayuntamientos afectados procederán a retirar los mojones de la línea de término correspondiente al enclavamiento. El Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales redactará la correspondiente acta de delimitación.

Artículo 3.

Los bienes de dominio público situados en el enclavamiento de Les Rovires de Baix pasan a ser titularidad del municipio de Borredà.

Artículo 4.

El Ayuntamiento de Les Llosses entregará al de Borredà, mediante copia autenticada, los expedientes en trámite que hagan exclusiva referencia a la zona objeto de agregación.

Disposición final primera.

Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña».

Disposición final segunda.

Se faculta al Consejero de Gobernación y Relaciones Institucionales para la ejecución del presente Decreto.

Barcelona, 19 de noviembre de 2002.‒El Presidente, Jordi Pujol.‒El Consejero de Gobernación y Relaciones Institucionales, Josep M. Pelegrí i Aixut.

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