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Documento BOE-A-2002-24596

Resolución de 26 de noviembre de 2002, de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, por la que se da publicidad al Convenio Específico entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas), la Junta de Castilla y León (Consejería de Sanidad y Bienestar Social) y la Universidad de Valladolid para el desarrollo de diversos proyectos de investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2002, páginas 44202 a 44203 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2002-24596

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas), la Junta de Castilla y León (Consejería de Sanidad y Bienestar Social) y la Universidad de Valladolid un Convenio Específico para el año 2002 derivado del Acuerdo Marco entre el Ministerio del Interior y la Junta de Castilla y León para el desarrollo de diversos proyectos de investigación y encumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 26 de noviembre de 2002.–El Delegado del Gobierno, Gonzalo Robles Orozco.

ANEXO

En Madrid, a 22 de julio de 2002.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Ángel Acebes Paniagua, Ministro del Interior.

De otra parte, el excelentísimo señor don Carlos Fernández Carriedo, Consejero de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León.

De otra, el excelentísimo señor don Jesús María Sanz Serna, Rector de la Universidad de Valladolid.

Las partes se reconocen mutua capacidad para la firma del presente Acuerdo en nombre de las Instituciones que representan y, al efecto,

MANIFIESTAN

Que con fecha 6 de julio de 2001 se suscribió un Acuerdo Marco entre el Ministerio del Interior y la Junta de Castilla y León, que tenía por objeto la creación de un Centro de Referencia en Alcohol y otras Drogas del Observatorio Español sobre Drogas y del Observatorio sobre Abuso de Drogas de Castilla y León, especializado en la realización de estudios e investigaciones sobre alcohol y tabaco.

Que la cláusula primera del citado Acuerdo establecía la designación por parte de la Junta de Castilla y León, de acuerdo con el Ministerio del Interior; de centros universitarios de esa Comunidad para que actuasen como Centro de Referencia en Alcohol y otras Drogas del Observatorio Español sobre Drogas y del Observatorio sobre Abuso de Drogas de Castilla y León.

Que la Universidad de Valladolid tiene como cometido el desarrollo de planes académicos que garanticen una adecuada formación científica y técnica en diversas disciplinas, así como el impulso y la colaboración de programas de investigación en diferentes ámbitos de conocimiento.

Que entre otras actuaciones, la Universidad de Valladolid ha venido colaborando con la Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, en la organización de cursos de especialización y post-grado en drogodependencias y en la realización de diferentes investigaciones en este ámbito.

Que el Departamento de Biología Celular y Farmacología de la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid tiene un área de actuación relacionada con el alcohol, el tabaco otras drogas de abuso y las drogodependencias, en la que se desarrollan actividades de docencia, investigación aplicada, asistencia y formación.

Que la cláusula tercera del Acuerdo Marco contemplaba la posibilidad de establecimiento de acuerdos específicos, en virtud de la cual el 12 de julio de 2001 se suscribió un convenio específico entre el Ministerio del Interior, la Comunidad de Castilla y León y la Universidad de Valladolid para el desarrollo de diversos proyectos de investigación, con vigencia hasta el 15 de diciembre de 2001.

Que las tres instituciones firmantes del citado convenio específico valoran positivamente la colaboración mantenida, mostrando su disposición a dar continuidad a la misma, para lo cual se formula el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Finalidad del Acuerdo.

La Universidad de Valladolid queda constituida en Centro de Referencia en Alcohol y otras Drogas del Observatorio Español sobre Drogas y del Observatorio sobre Abuso de Drogas de Castilla y León, para la realización de estudios e investigaciones sobre estas sustancias.

Segunda. Objeto del Acuerdo.

El presente convenio tiene por objeto regular las actividades y el funcionamiento de la Universidad de Valladolid como Centro de Referencia en Alcohol y otras Drogas del Observatorio Español sobre Drogas y del Observatorio sobre Abuso de Drogas de Castilla y León, durante el año 2002.

Tercera. Programa de actividades.

La Universidad de Valladolid se compromete a desarrollar en el período temporal de vigencia del presente convenio los siguientes proyectos de investigación, de acuerdo con las fases y el cronograma que se recogen como anexos:

Proyecto número 1: Demanda de servicios asistenciales por pacientes con problemas de abuso de alcohol.

Proyecto número 2: Alcohol y accidentalidad.

En los citados proyectos se presentarán, con el alcance que sea técnicamente posible, datos diferenciados y representativos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Cuarta. Propiedad de los trabajos.

La propiedad de los resultados de carácter nacional procedentes de las investigaciones y estudios impulsados en virtud del presente Acuerdo será de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional Sobre Drogas. Las restantes partes podrán acceder al contenido de los trabajos a la conclusión de los mismos, debiendo solicitar y obtener por escrito autorización de la Delegación para la publicación parcial o total los mismos.

Sin perjuicio de lo anterior, la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León será la propietaria de los resultados obtenidos en el contexto de las distintas investigaciones cuando se refieran exclusivamente al ámbito territorial específico de la Comunidad de Castilla y León.

La Universidad de Valladolid podrá efectuar la utilización científica y docente de dichos resultados, todo ello sin perjuicio de los derechos de sus autores.

Quinta.

La Universidad de Valladolid se compromete a la contratación del personal responsable de la dirección y ejecución de los proyectos de investigación recogidos en la cláusula tercera.

La Universidad de Valladolid presentará tanto al Ministerio del Interior, a través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional Sobre Drogas, como a la Consejería de Sanidad y Bienestar Social liquidación y rendición de cuentas económicas tras la ejecución de las actividades conveniadas antes del 15 de diciembre de 2002.

Sexta.

Para facilitar la realización de las actividades que constituyen el objeto del convenio el Ministerio del Interior, a través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional Sobre Drogas, transferirá a la Universidad de Valladolid 24.040 E, con cargo a la aplicación presupuestaria 16.06.313G.227.11 del presupuesto de gastos de dicha institución para el 2002.

Séptima.

El pago de dicha cantidad se realizará contra factura emitida por la Universidad de Valladolid en dos plazos del 50 por 100 cada uno. El primero a la firma del convenio se destinará a cubrir los gastos necesarios para iniciar los proyectos de investigación; esta cantidad deberá justificarse mediante certificación de las actividades y gastos realizados, antes de proceder al último pago. El segundo pago se efectuará a la entrega de los informes finales y previa recepción de conformidad por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Octava.

Por su parte, la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León aportará a la Universidad de Valladolid 12.020 euros. La citada aportación se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.04.413A01.64900.00 y se transferirá y justificará en las mismas condiciones que las previstas para la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional Sobre Drogas. Asimismo, la Consejería de Sanidad y Bienestar Social prestará todo tipo de colaboración al Observatorio Español Sobre Drogas para el cumplimiento de los fines del convenio.

Novena. Alcance y duración.

El presente Acuerdo tendrá vigencia desde su firma hasta el 15 de diciembre de 2002, fecha en la que deberán estar en poder de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, y en su caso de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, los informes finales con los resultados de las investigaciones a que hace referencia la cláusula tercera.

Décima.

El presente Convenio queda excluido de la aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Dada la naturaleza administrativa de este Convenio, las controversias que pudieran surgir serán conocidas por la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y, en prueba de conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Ministro del Interior, Ángel Acebes Paniagua.–El Consejero de Sanidad y Bienestar Social, Carlos Fernández Carriedo.–El Rector de la Universidad de Valladolid, Jesús María Sanz Serna.

ANEXO I
Proyecto número 1: Demanda de servicios asistenciales por pacientes con problemas de abuso de alcohol

Objetivo 1: Registrar las demandas de tratamiento que se producen por problemas de abuso y/o dependencia al alcohol.

Elaboración de una propuesta de «Indicador demanda de tratamiento por abuso y/o dependencia al alcohol» susceptible de utilización conjunta por parte de los diferentes recursos que en la actualidad atienden estas demandas (centros específicos de atención a las drogodependencias, la Red de Atención Primaria de Salud, los centros específicos de tratamiento del alcoholismo, red de salud mental, etc.).

Análisis de la viabilidad de instauración de dicho indicador.

Instauración experimental del «Indicador demanda de tratamiento por abuso y/o dependencia al alcohol», con aplicación del mismo en centros de algunas Comunidades Autónomas y de manera particular en Castilla y León.

Análisis de la información del indicador demanda de tratamiento.

Objetivo 2: Conocer las demandas asistenciales por alcoholismo que se registran en la Red de Atención Primaria de Salud y en el medio hospitalario.

Aproximación al fenómeno del alcoholismo en atención primaria.

Aproximación al fenómeno del alcoholismo en el medio hospitalario.

Objetivo 3: Profundizar en el conocimiento de la «demanda latente» y de la sobreutilización de los recursos asistenciales disponibles por ciertos pacientes alcohólicos.

Elaboración de una memoria final con los resultados del proyecto.

ANEXO II
Proyecto número 2: Alcohol y accidentalidad

Ámbito 1: Alcohol y accidentes laborales.

Identificación de las fuentes de información e indicadores disponibles relacionados con el alcohol y la accidentalidad en el medio laboral.

Valoración de dichas fuentes de información e indicadores disponibles: Calidad de la información, accesibilidad de la misma, rapidez en la obtención de dicha información.

Valoración de las necesidades de recogida de información e indicadores relacionados con el alcohol y la accidentalidad laboral.

Ámbito 2: Alcohol y accidentes de tráfico.

Análisis y evolución de la presencia de alcohol en conductores fallecidos en accidentes de circulación en España, actualización año 2001.

Análisis y evolución de los resultados de las pruebas de alcoholemia realizadas en conductores de vehículos en España, actualización año 2001.

Elaboración de una memoria final con los resultados del proyecto.

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