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Documento BOE-A-2002-24426

Resolución de 18 de noviembre de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de "Construcción del aprovechamiento hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta sobre el río Segura, Yeste, Albacete", de "Iberdrola Energías Renovables, S. A. U.".

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 14 de diciembre de 2002, páginas 43643 a 43645 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-24426

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, por los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la realización de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

«Iberdrola Energías Renovables, S. A. U.» remitió, con fecha 11 de abril de 2001, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente la memoria-resumen del aprovechamiento hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta, sobre el río Segura, en el término municipal de Yeste, Albacete, al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Con fecha 16 de mayo de 2001, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, en virtud del artículo 13 del Reglamento, realizó consultas sobre el impacto ambiental del proyecto a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, Ayuntamiento de Yeste (Albacete), Confederación Hidrográfica del Segura, Subdelegación del Gobierno en Albacete, Delegación Provincial en Albacete de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Dirección General de Calidad Ambiental, Dirección General del Medio Natural y Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente; Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura; Dirección General del Agua de la Consejería de Obras Públicas), Diputación Provincial de Albacete, Instituto de Estudios Albacetenses, Ecologistas en Acción, S.E.O., Asociación Castellano-Manchega Defensa del Patrimonio Natural (ACMADEN), Acción Ecologista «Cerro del Águila», ADENA/ FAPAS/FORESTAL, AEDENAT de Albacete y Naturalista del Campo.

Con fecha 2 de octubre de 2001, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento, trasladó al promotor las respuestas recibidas a las consultas efectuadas.

La Confederación Hidrográfica del Segura sometió a información pública el proyecto, en trámite de competencia, a los efectos del artículo 109 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, junto con un estudio de impacto ambiental, cuyo anuncio fue publicado en el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete» de 9 de marzo del 2001.

El resultado de esta información pública arroja una única alegación presentada por la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dado que el trámite de información pública fue realizado con anterioridad al inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, la Confederación Hidrográfica del Segura sometió a un segundo período de información pública el proyecto junto con el estudio de impacto ambiental, cuyo anuncio fue publicado en el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete» el 27 de febrero de 2002, no habiéndose producido alegaciones en este trámite.

Con fecha 21 de mayo de 2002, la Confederación Hidrográfica del Segura remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente al que se refiere el artículo 16 del Reglamento, estudio de impacto ambiental sobre el proyecto y resultado de la información pública.

El proyecto define las actuaciones de construcción de una central hidroeléctrica cuyo objeto es aprovechar el caudal que desagua el embalse de la Fuensanta, propiedad de la Confederación Hidrográfica del Segura.

La central hidroeléctrica está ubicada en la margen derecha del río Segura, en el término municipal de Yeste, a 50 metros aguas abajo del cuenco amortiguador del aliviadero de la presa de la Fuensanta. El proyecto consta de las siguientes actuaciones:

La toma de aguas proyectada aprovecha las obras de toma, realizadas en la presa en 1966 para la implantación de una central, cuya construcción no llegó a concluirse. Como resultado de las actuaciones realizadas entonces existe en la presa una perforación de un diámetro medio de 6,40 metros con eje de entrada situado a la cota 557,54 metros y eje de salida a la cota 557,14 metros.

El edificio de la central tiene planta rectangular, de 28,90 × 12,50metros de dimensiones exteriores, situándose la planta de operaciones a la cota 525,25 metros.

Los accesos a la central se realizan por la carretera que, por la margen izquierda, desciende desde el poblado hasta el cauce del río, en la zona de la estación de aforos y galería de la cámara de válvulas del desagüe de fondo.

El cruce del río se realiza a través de un puente a construir en un lugar situado aproximadamente 100 metros aguas abajo del aforador.

La tubería forzada tiene un diámetro de 2,1 metros y discurre por el paramento de la presa hasta llegar al pie de ésta por su margen derecha y desde este punto se dirige a la central.

Se instalan dos turbinas «Francis» de eje horizontal, con potencia nominal unitaria de 4.317 Kw y caudal nominal unitario de 7 m3/s, dotadas de cámara espiral y tubo de aspiración metálico.

Las turbinas se acoplan directamente a sendos generadores síncronos, con potencia nominal aparente de diseño de 4.600 kVA cada uno y un actor de potencia de 0,9 que generan a una tensión nominal de 6.000 V.

En un recinto exterior, situado a 25 metros aproximadamente se dispone un transformador trifásico de exterior, completo, de una potencia de 10.000 kVA y que eleva la tensión de 6.000 V a 20.000 V.

Para la evacuación se construye una línea aérea de 20 Kv que une la central con el dintel de la subestación 132/20 Kv de «La Fuensanta», propiedad de «Iberdrola», situada cerca del cruce de la carretera de acceso a la presa con la CM-3206. El cable previsto es tipo LA-180, la longitud total de la línea de conexión es de 1.780 metros y dispondrá de 10 apoyos normalizados.

De los contenidos de las respuestas a las consultas realizadas, se destacan las siguientes apreciaciones:

La Subdelegación del Gobierno de Albacete indica que es necesario concretar la ubicación de los vertederos donde se llevarán los sobrantes de la excavación, definir en forma y dimensiones de los cubetos de recogida de aceites, especificar los elementos de detección de posibles fugas, cuantificar la vegetación a eliminar, concretar la zona de instalaciones y detallar el proceso constructivo del puente.

La Consejería de Bienes y Actividades Culturales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha relaciona los Bienes de Interés Cultural y los Bienes Culturales Inventariados, existentes en el término municipal de Yeste, sin expresar específicamente afección potencial del proyecto a ninguno de ellos. Estima, asimismo, la necesidad de adoptar medidas precautorias durante las obras por estar estas zonas insuficientemente prospectadas.

La Diputación de Albacete indica que se debe prestar una especial atención a los residuos tóxicos como aceites y restos de fuel para que sean retirados por gestor autorizado, se debe delimitar la zona de instalaciones, se debe definir la revegetación a realizar. Este organismo informa que la zona de actuación se encuentra en la propuesta de LIC «hoces del Segura», advierte de riesgo de realizar voladuras, especialmente entre los meses de enero y mayo y recuerda que la línea de evacuación debe tener en cuenta el Decreto 5/1999, de 2 de febrero, por el que se establecen normas para las instalaciones eléctricas con fines de protección de la avifauna. Indica que en el programa de vigilancia ambiental se deberá incluir el seguimiento de la calidad del agua y de las revegetaciones efectuadas. Indica que se han de presupuestar las medias preventivas y correctoras.

La alegación presentada en información pública por la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, considera:

La implantación de la central está prevista en un terreno de plantación de chopos y algunas plantas de ribera con un impacto compatible, por lo que deberán seguirse las medidas preventivas especialmente en la fase de excavación y en la adecuación de accesos, deberá concentrarse la ejecución de las obras en los meses de agosto a febrero, el camino debe quedar cerrado al tránsito de vehículos a motor, a excepción del mantenimiento de la central, los conductores de la línea deben señalizarse con objeto de proteger a las aves, es necesaria la instalación de estructuras disipadoras de energía a la salida de las turbinas.

Del análisis realizado de la documentación de proyecto y del estudio de impacto ambiental, de los informes emitidos en diferentes momentos del procedimiento, así como de las respuestas dadas por el promotor en la Adenda al estudio de impacto ambiental se señalan los siguientes aspectos relevantes de contenido ambiental, a los que el promotor ha llegado como soluciones finales recogidas en el proyecto:

1. Se dispone un cubeto de separación de aceites para el transformador de intemperie conforme a los planos de proyecto.

2. Se especifican las superficies afectadas por las obras, cuantificándose la masa arbórea a eliminar, y se establece la compensación mediante la definición de las áreas y tipo de revegetación que se va a realizar, presupuestada en 5.711 euros.

En la zona de obras de la central y sus instalaciones se afecta una superficie de 2.850 m2, eliminándose 10 pies de chopos y 70-80 de pino carrasco, compensándose con la repoblación de una superficie de 997 m2 y 160 ejemplares de pino carrasco.

En la construcción de la tubería forzada se eliminan de la ribera del río 20-25 pies de pino carrasco, compensándose con la repoblación de 642 m2 con 103 ejemplares.

En las obras del puente se afectan 420 m2 en la margen derecha con sauces, chopos, carrizales y juncales, compensándose con la repoblación, a base de sauces y chopos, de 261 m2 en zonas contiguas a los estribos del puente.

La construcción del camino de acceso a la central afecta a una superficie total de 4.558 m2, con 55-60 pinos y 25-30 chopos. Se compensa esta afección, realizando hidrosiembra en los taludes en una superficie de 1.367 m2 en la central, 1.659 m2 a lo largo del camino; asimismo, se realiza una plantación de 137 ejemplares de pino carrasco en los taludes del camino en una superficie de 895 m2.

La superficie del vertedero de 3.000 m2, tras su regularización, se cubre con tierra vegetal y se revegeta con 480 ejemplares de pino carrasco.

3. En razón a evitar afecciones a las aves que nidifican en los cortados fluviales del río Segura, las obras se ejecutan sin la utilización de explosivos durante los meses de enero a mayo.

Asimismo, se prevé la instalación de salvapájaros a lo largo de la línea proyectada.

4. El puente estará formado por dos estribos y una pila central sobre los que se apoyan tres vigas prefabricadas por cada vano. Los estribos se sitúan en las márgenes del río, fuera del cauce, por lo que su ejecución se realiza en seco no afectado al normal discurrir del agua. La pila central se ejecuta sobre una península de gravas existentes actualmente en el cauce y consiste en dos pila-pilotes. Para su ejecución se terraplena sobre la citada península, con una altura no superior a 0,5 metros, una plataforma de 8 × 8 metros para situación de la máquina pilotadora. El pilotaje se realiza con camisa metálica hasta una cota igual a –0,5 metros, desde donde comienza el encofrado de la pila-pilote de 7 metros de altura; de esta manera se evitan pérdidas al río.

5. Se ha previsto la zona específica para el mantenimiento de la maquinaria durante las obras, el lugar donde se dispondrán los 9.000 m3 de sobrantes de la excavación, y se ha definido en detalle la ataguía de protección de las obras.

6. La integración en el entorno de la tubería forzada en el tramo que discurre por la margen derecha del río, se realiza mediante el relleno del trasdos y revegetación de la superficie comprendida entre la tubería y la ladera, al objeto de conseguir una apariencia del cauce similar a la existente 100 metros aguas abajo, donde el muro de hormigón del encauzamiento de la margen izquierda se encuentra recubierto de arbolado.

Se definen un conjunto de medidas preventivas y correctoras que atienden a las precauciones durante la obra para evitar contaminaciones en la aguas, a la recuperación y reposición de la capa de tierra vegetal, a la emisión de partículas a la atmósfera, a la recuperación ambiental de los espacios afectados por las obras, a la preservación de la vegetación de ribera existente.

Asimismo se define un plan de vigilancia ambiental que cubre el seguimiento y control de la eficacia de las medidas correctoras aplicadas, incluyendo la inspección de la calidad del agua, la comunicación a la Consejería de Bienes y Actividades Culturales del inicio de las obras de excavación y de las posibles apariciones de elementos arqueológicos, paleontológicos o patrimoniales.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y los artículos 4.1, 16.1 y 18 de su Reglamento de Ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula la siguiente declaración de impacto ambiental del proyecto de construcción del aprovechamiento hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta, sobre el río Segura, de «Iberdrola Energías Renovables, S. A. U.».

Se considera válida la evaluación de impacto ambiental del citado proyecto tramitado conforme al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Teniendo en cuenta que la cerrada del embalse de la Fuensanta se localiza en el río Segura y que el proyecto se realiza en el tramo inmediato al paramento aguas abajo.

Teniendo en cuenta que dicho tramo del río Segura forma parte del espacio propuesto como lugar de interés comunitario LIC ES 4210008, denominado Sierras de Alcaraz y de Segura y Cañones del Segura y del Mundo, y que, de acuerdo con lo manifestado en su día por la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el impacto ambiental se considera compatible aplicando determinadas medidas correctoras, no se aprecian potenciales impactos adversos residuales significativos sobre el medio ambiente derivados de la ejecución del proyecto de construcción del aprovechamiento hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta, sobre el río Segura, de «Iberdrola Energías Renovables, S. A. U.».

Lo que se hace público, para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre.

Madrid, 18 de noviembre de 2002.−La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

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