La Orden del Ministerio de Economía ECO/126/2002, de 24 de enero,
autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir
Deuda del Estado durante el año 2002 y el mes de enero de 2003, señalando
los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran
los Bonos y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo
las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse, que básicamente
son una prórroga de las vigentes en 2001.
Posteriormente, la Resolución de esta Dirección General de 25 de enero
de 2002 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y
Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de subastas ordinarias
para el año 2002 y el mes de enero de 2003, determinando que, para
flexibilizar dicho calendario, el plazo de los valores a poner en oferta
se fijaría trimestralmente, de acuerdo con los Creadores de Mercado, en
función de las condiciones de los mercados y del desarrollo de las emisiones
durante el año. Además, para facilitar la difusión de las Obligaciones a
diez años en los mercados financieros internacionales se establecía para
este instrumento un nuevo procedimiento de subasta, que difiere del
habitual en la forma en que se determina el precio de adquisición de los valores
y que consiste en que todas las peticiones aceptadas se adjudican al precio
ofrecido incrementado en el importe del cupón corrido.
Para cumplimiento del calendario anunciado por esta Dirección General
respecto de la Deuda a poner en oferta durante el cuarto trimestre de
2002, es necesario fijar las características de las Obligaciones del Estado
a diez años que se pondrán en circulación en el próximo mes de diciembre
y convocar la correspondiente subasta. A tal efecto, dada la posibilidad
de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas
con anterioridad, a fin de completar el volumen que requieren para
garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente
poner en oferta un nuevo tramo de la referencia que se viene emitiendo
y que tiene la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto
en la Orden de 19 de junio de 1997.
Por otra parte, al no emitirse Bonos del Estado en diciembre, y según
se autoriza en el apartado 5.3.2 de la Orden ECO/126/2002, no se convoca
la subasta ordinaria prevista para el día 4 de dicho mes, publicada en
el calendario del apartado 1 de la Resolución de 25 de enero de 2002.
Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la citada
Orden ECO/126/2002, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer la emisión en el mes de diciembre de 2002 de Obligaciones
del Estado a diez años denominadas en euros y convocar la correspondiente
subasta, que habrá de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden
del Ministerio de Economía ECO/126/2002, de 24 de enero, en la Resolución
de 25 de enero de 2002 de la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de las Obligaciones en euros que se emiten:
a) El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y
de vencimiento de cupones serán los mismos que estableció la Resolución
de esta Dirección General de 29 de abril de 2002 para la emisión de
Obligaciones del Estado a diez años al 5,0 por 100, vencimiento el 30 de julio
de 2012, siendo el primer cupón a pagar, por su importe completo, el
de 30 de julio de 2003.
b) De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de
19 de junio de 1997, las Obligaciones que se emiten tienen la calificación
de Bonos segregables.
3. La subasta tendrá lugar el día 5 del próximo mes de diciembre,
conforme al calendario hecho público en el punto 1 de la Resolución de
25 de enero de 2002. En cuanto a la subasta ordinaria prevista en el
citado calendario para el día 4 de diciembre, ésta no se convoca según
se autoriza en el apartado 5.3.2 de la Orden ECO/126/2002, al no emitirse
Bonos del Estado en dicho mes.
4. El precio de las peticiones competitivas que se presenten a la
subasta se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de
los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos
incluidos, y se formulará excupón. A este respecto, el cupón corrido de
los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece
en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden ECO/126/2002, es el 1,82 por 100.
5. La segunda vuelta de la subasta, a la que tendrán acceso en
exclusiva los Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de España,
se desarrollará entre la resolución de la subasta y las doce horas del
segundo día hábil posterior a su celebración, conforme a la normativa reguladora
de dichas entidades.
6. Las Obligaciones a diez años que se emitan se pondrán en
circulación el día 10 de diciembre próximo, fecha de desembolso y adeudo
en cuenta fijada en el apartado 1 de la Resolución de 25 de enero de
2002 para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones, y se
agregarán a la emisión reseñada en el apartado 2.a) anterior, teniendo
la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionarán como
una única emisión a partir de su puesta en circulación.
7. La Dirección General del Tesoro y Política Financiera no pagará
comisión alguna de colocación por las suscripciones que se presenten de
las Obligaciones del Estado que se emiten, sea por cuenta propia o de
terceros y aun cuando los presentadores sean las entidades y personas
enumeradas en el apartado 5.4.6.2 de la Orden ECO/126/2002.
8. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo
a efectos de la participación en la subasta, se incluye una tabla de
equivalencia entre precios y rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya
emisión se dispone, calculada de acuerdo con lo previsto en el número 5,
apartado 4.8.3.d), de la Orden ECO/126/2002, de 24 de enero.
Madrid, 14 de noviembre de 2002.-La Directora general, Gloria
Hernández García.
ANEXO: (Ver imagen página 41628)
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones
del Estado a diez años, al 5,0 por 100, vencimiento 30 de julio de 2012
Subasta mes de diciembre
(Porcentaje)
Precio ex cupón Rendimiento bruto * Precio ex cupón Rendimiento bruto *
102,50 4,669 103,80 4,502
102,55 4,662 103,85 4,496
102,60 4,656 103,90 4,489
102,65 4,649 103,95 4,483
102,70 4,643 104,00 4,477
102,75 4,636 104,05 4,470
102,80 4,630 104,10 4,464
102,85 4,624 104,15 4,458
102,90 4,617 104,20 4,451
102,95 4,611 104,25 4,445
103,00 4,604 104,30 4,439
103,05 4,598 104,35 4,433
103,10 4,592 104,40 4,426
103,15 4,585 104,45 4,420
103,20 4,579 104,50 4,414
103,25 4,572 104,55 4,407
103,30 4,566 104,60 4,401
103,35 4,560 104,65 4,395
103,40 4,553 104,70 4,388
103,45 4,547 104,75 4,382
103,50 4,540 104,80 4,376
103,55 4,534 104,85 4,370
103,60 4,528 104,90 4,363
103,65 4,521 104,95 4,357
103,70 4,515 105,00 4,351
103,75 4,509
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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