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Documento BOE-A-2002-22788

Resolución de 5 de noviembre de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de construcción del gasoducto Alcázar de San Juan-Manzanares-Santa Cruz de Mudela (Ciudad Real), promovido por "Enagás, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2002, páginas 41194 a 41199 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-22788

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación

de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y

su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988,

de 30 de septiembre, establece la obligación de formular Declaración de

Impacto Ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que

se adopte para la realización, o en su caso, autorización de la obra,

instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas

disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de

mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por

el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, por los que se establece la estructura

orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio

Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la

formulación de las Declaraciones de Impacto Ambiental de competencia

estatal, reguladas por la legislación vigente.

Al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto

ambiental, el promotor, "Enagás, Sociedad Anónima" remitió con fecha 29 de

febrero de 2000 a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental

la memoria resumen del proyecto de construcción del gasoducto Alcázar

de San Juan-Manzanares-Santa Cruz de Mudela, que discurre por la

provincia de Ciudad Real.

El gasoducto proyectado está justificado por la creciente demanda de

gas natural en España, tanto para su consumo directo como para su uso

en centrales de ciclo combinado y sistemas de cogeneración. Este gasoducto

forma parte del proyecto global de prolongación del gasoducto

Tarifa-Córdoba, continuación del gasoducto Argelia-Marruecos-Estrecho de Gibraltar,

que prevé unirse con el semianillo de Madrid en Getafe, y cuyo objetivo

principal consiste en incrementar la capacidad de transporte y suministro

de gas a lo largo del eje Sur-Centro. La longitud total del eje

TarifaCórdoba-Madrid es de 378,5 kilómetros.

El gasoducto Alcázar de San Juan-Manzanares-Santa Cruz de Mudela,

con una longitud aproximada de 83 km, discurre íntegramente en la

provincia de Ciudad Real. Uno de sus extremos se sitúa en la Posición K-44,

en el término municipal de Torrenueva, en donde conectará con el

gasoducto Santa Cruz de Mudela-Córdoba y, el otro, en la Pos. K-48, situada

en el término municipal de Alcázar de San Juan, en donde conectará con

el gasoducto Alcázar de San Juan-Quintanar de la Orden, que permitirá

la conexión con el semianillo de Madrid, y con el gasoducto Alcázar de

San Juan-Villarobledo, que permitirá la conexión con el gasoducto

Valencia-Alicante. Este gasoducto, además de formar parte del eje

Tarifa-Córdoba-Madrid, suministrará gas natural a varias poblaciones de la provincia

de Ciudad Real. El proyecto discurre por los términos municipales de

Torrenueva, Valdepeñas, Membrilla, Manzanares, Los Llanos del Caudillo

y Alcázar de San Juan. Este gasoducto, transporta gas natural a una presión

de 80 bares por una tubería con un diámetro nominal de 32 pulgadas.

La anchura habitual de la pista de trabajo es de 24 metros, excepto en

algunos casos especiales en donde esta anchura se reducirá a 18 metros.

Con fecha 3 de mayo de 2000, la Dirección General de Calidad y

Evaluación Ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Real

Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, inició un periodo de consultas,

a personas, instituciones y administraciones sobre el impacto ambiental

del proyecto. Fueron consultadas un total de 34 entidades, entre las que

se incluyen entidades de la Administración Estatal y Autonómica, los

ayuntamientos comprendidos en el área de estudio, un centro de investigación

y algunas asociaciones ecologistas. La relación de consultados y un resumen

de las respuestas recibidas se recogen en el anexo I.

En virtud del artículo 14 del Reglamento, la Dirección General de

Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 18 de octubre de 2000, remitió

al promotor las respuestas recibidas, indicando la opinión del órgano

ambiental con respecto a los aspectos más significativos que debían tenerse

en cuenta en la realización del estudio de impacto ambiental.

Con fecha 10 de abril de 2002, el promotor remitió a la Dirección

General de Calidad y la Evaluación Ambiental un ejemplar del estudio

de impacto ambiental. Analizado dicho estudio, con fecha 19 de abril

de 2002, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicitó

al promotor, "Enagás, Sociedad Anónima", la ampliación de información

necesaria para la correcta evaluación del proyecto del Gasoducto Alcázar

de San Juan-Manzanares-Santa Cruz de Mudela, que fue remitida por el

mismo, con fecha 5 de septiembre de 2002.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 15 del Reglamento, a

instancia del órgano Sustantivo, la Dirección General de Política Energética

y Minas del Ministerio de Economía, se sometió conjuntamente a trámite

de información pública el proyecto de trazado del gasoducto y el estudio

de impacto ambiental en la única provincia afectada, Ciudad Real.

Conforme al artículo 16 del Reglamento, la Dirección General de Política

Energética y Minas, con fecha 2 de julio de 2.002, remitió a la Dirección

General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo

consistente en el proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado

del trámite de información pública.

El anexo II contiene los aspectos más destacables del proyecto, del

estudio de impacto ambiental y de la información complementaria

aportada.

Un resumen del resultado del trámite de información pública del

proyecto y del estudio de impacto ambiental se acompaña como anexo III.

Cabe destacar las alegaciones presentadas por la Dirección General de

Calidad Ambiental de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de

la J. C. de Castilla La Mancha, que han sido tenidas en cuenta en la presente

declaración de impacto ambiental.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente, en el

ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/86,

de 28 de Junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y por los

artículos 4.2, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Real

Decreto 1131/88, de 30 de septiembre, formula, únicamente a efectos

ambientales, la siguiente Declaración de Impacto Ambiental.

Declaración de impacto ambiental

Examinada la documentación se considera que el proyecto es

ambientalmente viable, cumpliendo las siguientes condiciones:

1. Selección del pasillo de menor impacto ambiental.-Se considera

de menor impacto sobre el medio ambiente, entre las alternativas

analizadas, el pasillo propuesto por Enagás en el estudio de impacto ambiental,

que selecciona las alternativas A1 y B1.

El pasillo seleccionado presenta una longitud aproximada de 83

kilómetros, discurre por la provincia de Ciudad Real y tiene una dirección

predominante Sur-Norte. El trazado parte de la Pos. K-44, que deberá

situarse a la altura del km 6 de la carretera CR-P-613, que une Santa Cruz

de Mudela y Torrenueva, dentro del término municipal de Torrenueva.

Desde esta posición el gasoducto discurre en dirección norte-noreste, en

paralelo y a 4 kilómetros, aproximadamente, al este de la carretera N-IV,

hasta la altura de Los Llanos del Caudillo, en donde este paralelismo

se pierde. A lo largo de todo este tramo el pasillo atraviesa distintos

términos municipales (Valdepeñas, Membrilla, Manzanares), varios cursos

hídricos (ríos Jabalón, Azuez, arroyos de La Veguilla, del Peral y el Caz

de los Molinos), carreteras (CR-612, CR-624, CM-412, CM-3109, la CR-6031,

N-430, N-310, CM-3107), vías pecuarias (Vereda de San Carlos del Valle,

los Cordeles de la Plata y el de Manzanares a Alcázar de San Juan, y

la Cañada Real de Cuenca) y otras infraestructuras como el FFCC

Madrid-Sevilla. Una vez perdido este paralelismo con la N-IV, el gasoducto

se mantiene recto en dirección norte atravesando el término municipal

de los Llanos del Caudillo y finalizando en el término municipal de Alcázar

de San Juan. En este último tramo el trazado atraviesa varias vías pecuarias

(las Coladas de la Carrera Vieja de Moratalá y de Cádiz y la Vereda de

las Carretas de Herencia), cursos hídricos (ríos Záncara y Cigüela),

carreteras (CM-3113) y se adentra en la IBA "Complejo Lagunar de Alcázar

de San Juan", evitando por el oeste la afección a la laguna de Cerro Mesado

para finalizar en la Pos. K-48 situada antes del cruce con la N-420, a la

altura del km 280.

Los criterios que justifican la selección de este trazado y sus alternativas

se basan en la menor afección a la vegetación natural y en el alejamiento

a áreas urbanas. El territorio afectado por la obra es muy homogéneo,

con una geomorfología principalmente llana en donde predominan los

cultivos cerealistas. El proyecto afecta a varios espacios de interés ambiental,

la ZEPA "Áreas Esteparias de Campo de Montiel", el IBA "Complejo Lagunar

de Alcázar de San Juan", unas zonas con vegetación natural (matorrales

de "Quercus rotundifolia") en el término municipal de Alcázar de San

Juan, varios cursos hídricos en donde destacan los ríos Cigüela y Záncara,

y discurre próximo, aunque sin afectar de manera directa, a la laguna

de Cerro Mesado, zona húmeda considerada como hábitat natural

prioritario según Real Decreto 1997/1995, y sus formaciones eólicas incluidas

en el Catálogo Regional de Elementos Geológicos y Geomorfológicos de

Protección Especial (Ley 9/1999).

2. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias.-Se adoptarán

las medidas preventivas y correctoras indicadas en el estudio de impacto

ambiental, así como las que se indican a continuación:

2.1 Preservación de los espacios naturales de interés ambiental.

La ejecución del tramo del gasoducto e infraestructuras auxiliares a

su paso por la ZEPA "Áreas esteparias del campo de Montiel", el IBA

"Complejo Lagunar de Alcázar de San Juan" (vértices 149-164), que incluye

a la laguna de Cerro Mesado (vértices 151-152) y el río Cigüela se realizará

con la coordinación de la Delegación Provincial de Agricultura y Medio

Ambiente de Ciudad Real, de acuerdo con lo solicitado en el informe de

dicha Delegación. No obstante, en el caso de que en el momento de ejecución

de las obras la laguna estuviese seca y no se detectase la presencia de

avifauna, el promotor podrá solicitar autorización para la ejecución de

las obras durante los periodos indicados.

En las zonas ambientalmente más sensibles del proyecto, como en el

cruce del río Cigüela y en las zonas de vegetación natural (matorrales

de Quercus rotundifolia) del término municipal de Alcázar de San Juan

(vértices 130-131 y 143-144) y los hábitats de interés comunitario (Cods.

6310 y 82D41) situados al este de Santa Cruz de Mudela, que figuran

en el documento de ampliación de información remitido por el promotor,

se deberá utilizar pista restringida, cuya anchura no superará los 18 m,

que deberá permanecer balizada por ambos lados a lo largo de todo el

periodo de ejecución del proyecto. En estos tramos no se realizará ninguna

actuación fuera de la pista de trabajo, como la creación de áreas auxiliares

para los acopios de tierra, el almacenamiento de material de obra, y el

movimiento y actuación de la maquinaria.

2.2 Protección del suelo y la vegetación:

La anchura de la pista de trabajo, de acuerdo con lo especificado en

el estudio de impacto ambiental, no superará los 24 metros.

Con el fin de evitar el deterioro de la capa orgánica del suelo obtenida

de los desmontes y zanjas de construcción se realizarán acopios de altura

inferior a 1,5 metros realizando riegos de mantenimiento y efectuando

una siembra de gramíneas y leguminosas si dichos acopios no son utilizados

en un periodo superior a seis meses.

Se evitará la suspensión de materiales finos en la atmósfera mediante

riegos con camiones cisterna durante el periodo de circulación de vehículos.

Los camiones deberán, además, circular con lonetas u otros sistemas de

protección.

Se restringirá al máximo la circulación de maquinaria y vehículos fuera

de las pistas, caminos habilitados para tal fin y áreas de aparcamiento.

Para escoger estas áreas se aprovecharán las infraestructuras existentes.

Los materiales de hormigón de rechazo, embalajes, así como otros

residuos generados durante la fase de construcción caracterizados como

inertes tendrán como destino un vertedero de residuos inertes que reúna las

condiciones necesarias.

Para la gestión de los aceites usados y cualquier otro residuo de carácter

peligroso que se genere tanto en la fase de construcción como de

funcionamiento del gasoducto se estará a lo especificado en la Ley 10/1998,

de 21 de abril, de Residuos y normativas específicas. Queda, por tanto,

prohibido su vertido directo o mezclado con otros materiales.

Se prohibirá expresamente la reparación o el cambio de aceite de la

maquinaria en zonas que no estén expresamente destinadas a ello. En

caso de que en zonas próximas a las obras no existiese infraestructura

suficiente para la realización de estas operaciones se deberá habilitar un

área específica para este fin, que estará acotada, dispondrá de suelo

impermeabilizado y de un sistema de recogida de efluentes para evitar la

contaminación del suelo y de las aguas.

Se diseñará un Plan de Prevención de Incendios en función de la época

del año y de las características de la vegetación de cada zona.

2.3 Protección de la fauna:

En los tramos próximos a la laguna de Cerro Mesado se deberán respetar

los movimientos migratorios invernales y estivales de la avifauna,

correspondiente a los meses de Octubre-Noviembre y Marzo-Abril,

respectivamente. Por tanto, no se podrá realizar ninguna actuación en su entorno

durante estos meses.

Previo a la entrada de la maquinaria los especialistas realizarán

recorridos sistemáticos para detectar lugares de interés para la fauna

(madrigueras, nidos, dormideros), informando, en su caso, a la Delegación

Provincial de Agricultura y Medio Ambiente de Ciudad Real.

Para evitar que los animales puedan quedar atrapados en las tuberías

durante la fase de construcción los extremos libres serán cerrados

herméticamente al final de cada jornada. Se revisará la zanja todas las mañanas

en previsión de encontrar individuos atrapados.

2.4 Protección de los cursos hídricos:

En los ríos Cigüela y Záncara se deberá realizar una inspección previa

a la ejecución de las obras en la zona de cruce y aledaños, para detectar

la posible presencia de madrigueras de fauna catalogada con alguna figura

de protección.

El cruce con el río Cigüela no se realizará entre los meses de mayo-julio,

para no afectar al periodo de freza del calandino ("Squalius alburnoides").

El cruce con los cursos hídricos se realizará con pista restringida

durante el período de máximo estiaje para minimizar la sedimentación y turbidez

en el cauce fluvial. Los taludes de los cursos de agua -permanentes o

temporales- se protegerán con sistemas de retención de sólidos (mallas

metálicas o materiales plásticos), durante los trabajos de movimientos

de tierras que se realicen en sus inmediaciones.

Se garantizará en todo momento el flujo de caudales de manera que

se afecte, en menor medida, al ecosistema acuático.

Una vez instalada la tubería y cerrada la zanja, se procederá a la

restitución del lecho del río con material procedente del propio lecho,

respetando su morfología original.

El depósito del material de excavación de la zanja y el almacenamiento

de cualquier tipo de material o deshecho, excepto el necesario para la

construcción de la escollera, no ocupará, ni temporal ni permanentemente,

ningún curso de agua superficial (lecho del río y márgenes), ni orillas

durante la construcción. Por tanto, las zonas de acopio de tierra vegetal,

los caminos de acceso, el estacionamiento y la circulación de maquinaria

y vehículos y las tareas de relleno de combustible se situarán al menos

a 40 metros de la orilla y donde las condiciones topográficas permitan

reducir la pérdida de vegetación riparia y las probabilidades de erosión

y desmonte de los taludes.

Se deberá entregar un informe que describa las características de las

pruebas hidráulicas que se prevén realizar, al menos con un mes de

antelación respecto al inicio de esta actividad. Este informe analizará, entre

otros, los puntos previstos de toma y vertido de agua, los caudales y

volúmenes movilizados, la presión de bombeo, el tiempo de duración de las

pruebas y el caudal ecológico de las cuencas afectadas. Se deberá respetar

en todo momento dicho caudal ecológico y se deberá realizar un análisis

de la calidad del agua vertida durante la realización de estas pruebas.

2.5 Protección de los elementos socioeconómicos:

En todo momento se deberá asegurar el tránsito ganadero y de vehículos,

tanto en la fase de construcción como en la de explotación a lo largo

de las vías pecuarias afectadas por la obra.

Se deberán restaurar los caminos y pasos ya existentes y cerrar aquellos

creados para la obra, una vez haya finalizado, especialmente cuando se

trata de vías pecuarias, así como la restauración de todos los elementos

del paisaje agrario tradicional destruidos durante la ejecución de las obras.

2.6 Protección del patrimonio cultural.-En caso de que en los trabajos

de excavación realizados durante la fase de construcción del gasoducto

se detectase la presencia de restos arqueológicos y/o paleontológicos, se

informará inmediatamente al órgano competente de la Comunidad

Autónoma afectada, quien determinará las medidas oportunas a adoptar.

2.7 Restauración ambiental.-Deberá entregarse un proyecto de

revegetación y de restauración de las zonas afectadas por el trazado que deberá

contemplar todas las superficies afectadas por las obras incluyendo

accesos, instalaciones anejas, parque de maquinaria, etc. El proyecto deberá

prever asimismo su cronograma y financiación y abarcará, como mínimo,

los siguientes aspectos:

2.7.1 Restauración edáfica y geomorfológica.-Se restaurará el terreno

a su estado anterior, lo más fielmente posible, tanto en su aspecto

morfológico como en su composición edáfica, debiendo quedar debidamente

descompactado y acondicionado para evitar encharcamientos o

condiciones inadecuadas al uso previsto de los terrenos.

2.7.2 Revegetación.-En los tramos de afección a la vegetación natural

situados en el término municipal de Alcázar de San Juan correspondientes

a los vértices 130-131 y 143-144 se deberá revegetar con las mismas especies

arbustivas y arbóreas eliminadas en la fase de obras.

2.7.3 Restauración fluvial.-El cruce con los ríos deberá garantizar

la estabilidad y restauración de sus márgenes a su condición original.

Para ello, las escolleras deberán tener la anchura mínima que garantice

dicha estabilidad, y deberán ser revegetadas, esparciendo tierra vegetal

y replantando las especies más idóneas lo más tempranamente posible,

en función del ciclo biológico de cada especie. En caso necesario, se

protegerán con geotextil y/o hidrosiembra para recuperar el suelo y evitar

pérdidas por erosión. Asimismo, los márgenes adyacentes a las escolleras

que hayan sido afectados por las obras deberán ser restaurados

inmediatamente después de las escolleras con geotextiles y/o hidrosiembra,

de manera que se asegure la estabilidad de la orilla y se evite el vertido

de tierras al cauce hídrico.

2.7.4 Restauración ambiental de las infraestructuras afectadas por

las obras.-Todas las infraestructuras e instalaciones afectadas por las

obras del gasoducto serán restauradas a su condición original en la medida

de lo posible. Se desmontarán las instalaciones que existan en la pista

y, antes de abandonar las obras, el equipo constructor restablecerá, entre

otros, los drenajes, los taludes, los accesos y los sistemas de vallado,

utilizando los materiales más acordes con el entorno. Todas estas actuaciones

se llevarán a cabo durante las operaciones de restitución del terreno o

antes si lo solicitase el propietario o la propia Comunidad Autónoma.

También se retirarán los accesos temporales.

2.8 Infraestructuras asociadas. Líneas eléctricas:

La línea eléctrica de acometida a la posición K-44 irá enterrada a lo

largo de todo su recorrido por discurrir por el interior de la ZEPA "Áreas

Esteparias del Campo de Montiel".

Las líneas eléctricas asociadas a las distintas posiciones deberán

cumplir con las prescripciones en materia de protección de avifauna

contempladas en el Decreto 5/1999, de 2 de febrero, de la J. C. de Castilla La

Mancha.

La línea eléctrica asociadas a la posición K-48, dentro del IBA "Complejo

Lagunar de Alcázar de San Juan" (vértice 164), deberá instalar salvapájaros

a lo largo de todo su recorrido.

3. Programa de vigilancia ambiental.-Se redactará un programa de

vigilancia ambiental, tanto para la fase de las obras como para la fase

de funcionamiento del gasoducto, que permita el seguimiento y control

de los impactos y la eficacia de las medidas preventivas y correctoras

establecidas en el estudio de impacto ambiental y en el condicionado de

esta declaración.

Se designará a un responsable, con calificación técnica adecuada, de

la ejecución del programa de vigilancia y, en su caso, el equipo técnico

que se considere necesario para desarrollarlo adecuadamente. Será

necesaria la presencia permanente de un técnico ambiental, a cargo del

promotor, durante todo el periodo de ejecución de la obra, incluida la fase

de restauración ambiental, especialmente en aquellos tramos que requieran

una supervisión especial, como en los tramos de pista restringida indicados

en el apartado 2.1, en el cruce con los cursos hídricos y, en general, en

todos aquello recorridos en donde se produzca una afección a alguna zona

especial de interés ambiental.

El programa de vigilancia detallará el modo de seguimiento de las

actuaciones, y describirá el tipo de informes, la frecuencia y periodo de

su emisión, de manera que se garantice la aplicación y control del programa

de vigilancia ambiental, todo ello sin perjuicio de la información que

corresponda remitir a las autoridad ambiental de la C. A. de Castilla-La Mancha.

El programa contemplará los aspectos indicados en el estudio de

impacto ambiental y en el condicionado de esta declaración e incluirá, en especial,

los siguientes:

3.1 Programa de vigilancia durante la fase de construcción del

gasoducto.-Supervisión del trazado ; adecuación de los accesos, apertura de

la campa y acopio de materiales ; control de las operaciones de

mantenimiento de la maquinaria utilizada ; control de la erosión; adopción de

las medidas de prevención contra incendios ; control de la afecciones sobre

la vegetación natural, la fauna y el patrimonio histórico-cultural, tal y

como se especifica en los apartados 2.1, 2.3 y 2.6, respectivamente ; control

y gestión de los residuos sólidos y de la emisión de vertidos contaminantes

(aceites, combustibles, hormigones) al entorno ; control de las afecciones

sobre los cauces fluviales en los puntos de cruce y aguas abajo de los

mismos, tal y como se especifica en el apartado 2.4 ; control y seguimiento

de las operaciones de talas, podas, desbroces y la eliminación de los

residuos vegetales que se produzcan ; control de las afecciones derivadas de

la instalación de las infraestructuras asociadas al gasoducto ; información

a los trabajadores de las normas y recomendación para el manejo

responsable de materiales y sustancias potencialmente contaminadoras y del

uso adecuado de la maquinaria para no afectar al suelo y a la vegetación.

Antes de la finalización de la obra se efectuará una revisión completa

y exhaustiva del trazado, llevando a cabo las medidas adecuadas para

la corrección de los impactos residuales, comprobando la ejecución del

programa de restauración ambiental descrito en el apartado 2.7 de esta

declaración.

3.2 Programa de vigilancia una vez finalizadas las obras y durante

la explotación del gasoducto.-Se comprobará el cumplimiento de las

condiciones del apartado 2.7 relacionadas con la restauración. Se observarán

visualmente, con anterioridad y posterioridad al periodo más intenso de

precipitaciones, todas las superficies de las que se haya retirado la

cobertura vegetal en algún momento durante las obras. Se observará la formación

de cárcavas por socavamiento del terreno, la erosión de taludes y laderas,

los desprendimientos o deslizamientos del terreno y la profundidad de

la capa vegetal presente. Se vigilará el cumplimiento del programa de

revegetación y la evolución de las replantaciones efectuadas. Se efectuará

un seguimiento de las afecciones sobre los cursos hídricos derivadas de

las obras en los puntos de cruce y aguas abajo de los mismos, especificando

los efectos sobre la vegetación riparia y la fauna acuática y sobre los

efectos de los tendidos eléctricos instalados sobre la avifauna. Esta

evaluación se efectuará con periodicidad semestral coincidiendo con los

períodos de máximo y mínimo estiaje.

3.3 Informes del Programa de Vigilancia.-Sin perjuicio de la

información que corresponda remitir al órgano ambiental de la Comunidad

Autónoma de Castilla La Mancha, y con independencia de los informes

de carácter interno necesarios para garantizar la aplicación y control del

plan de vigilancia, se remitirán los siguientes informes:

3.3.1 Durante la fase de construcción del gasoducto.-Se emitirá un

informe, con periodicidad semestral durante la fase de construcción, que

hará referencia a todos los aspectos indicados en la Condición 3.1.

3.3.2 Una vez finalizadas las obras del gasoducto.-Un informe de

periodicidad anual durante los 3 años siguientes a la finalización de las

obras que recoja todos los puntos referidos en la condición 3.2. Estos

informes incluirán, entre otros, los resultados obtenidos de los planes

de revegetación, debiendo contemplar la posibilidad de efectuar nuevas

revegetaciones si, durante este periodo, no se alcanzan los objetivos

mínimos establecidos en el proyecto inicial de restauración.

Los informes de este programa incluirán un capítulo de conclusiones

en el que se evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas

en esta declaración, la eficacia de las medidas correctoras utilizadas, las

posibles desviaciones respecto de los impactos residuales previstos en

el estudio de impacto ambiental y, en su caso, propondrá las medidas

correctoras adicionales o las modificaciones en la periodicidad de los

controles realizados. Se emitirá un informe especial cuando se presenten

circunstancias excepcionales que impliquen deterioros ambientales o

situaciones de riesgo, tanto en la fase de construcción como en la de

funcionamiento, sin perjuicio de la comunicación inmediata, que en su caso

proceda a los órganos competentes.

Al finalizar el período de tres años indicado, en el informe anual

correspondiente al tercer año, basándose en la experiencia y conclusiones

obtenidas, se propondrá, en su caso, el programa de vigilancia a cumplir en

los años sucesivos, para su aprobación por parte de la Dirección General

de Calidad y Evaluación Ambiental.

Todos los informes indicados en la condición 3.3 serán remitidos a

la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de

Economía y a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del

Ministerio de Medio Ambiente.

Del examen de la documentación por parte de esta Dirección podrán

derivarse modificaciones de las actuaciones previstas, con el objeto de

conseguir una mejor consecución de los objetivos de la presente declaración

de impacto ambiental.

4. Documentación adicional.-El promotor remitirá a la Dirección

General de Política Energética y Minas y a la Dirección General de Calidad

y Evaluación Ambiental para su aprobación los estudios que se indican

a continuación:

4.1 Con anterioridad al inicio de las obras:

Programa de vigilancia durante la fase de construcción del gasoducto

que recoja, entre otras, las condiciones expresadas en el apartado 3.1.

Proyecto de restauración ambiental indicado en la condición 2.7.

4.2 Durante la ejecución de las obras del gasoducto y con anterioridad

a su finalización.-Propuesta de programa de vigilancia ambiental, tal y

como se indica en la condición 3.2.

5. Financiación de las medidas correctoras y del plan de vigilancia

ambiental.-Deberán incorporarse al proyecto de ejecución, con el nivel

de detalle que corresponda, las medidas correctoras propuestas en el

estudio de impacto ambiental y las contenidas en esta declaración, así como

las actividades derivadas de la realización del programa de vigilancia.

Todos los datos y conceptos relacionados con la ejecución de las

medidas correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en

las condiciones establecidas figurarán con memoria, planos, pliego de

prescripciones y presupuesto. También se valorarán los gastos derivados del

programa de vigilancia ambiental. Estas condiciones se exigirán a todos

los contratos y subcontratos que el promotor efectúe para la realización

de las obras y el funcionamiento de las instalaciones.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento

de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del

Real Decreto Legislativo 1302/86, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto

Ambiental.

Madrid, 5 de noviembre de 2002.-La Secretaria general, Carmen

Martorell Pallás.

ANEXO I: (Ver imagen página 41197)

Consultas previas sobre el impacto ambiental del proyecto

Respuestas

recibidas

Relación de consultados

Dirección General de Conservación de la Naturaleza del

Ministerio de Medio Ambiente ..............................................

-Confederación Hidrográfica del Guadiana ........................... X

Delegación del Gobierno en la J. C. de Castilla La-Mancha .......

-Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real ........................ X

Dirección General de Medio Natural de la J. C. de Castilla

La-Mancha ................................................................ X

Dirección General de Calidad Ambiental de la J. C. de Castilla

La-Mancha ................................................................ X

Dirección General de Desarrollo Industrial de la J. C. de Castilla

La-Mancha ................................................................

-Dirección General de Patrimonio y Museos de la J. C. de Castilla

La-Mancha ................................................................

-Diputación Provincial de Ciudad Real ................................

-Instituto Geológico y Minero de España .............................. *

Ayuntamiento de Alcázar de San Juan ................................

-Ayuntamiento de Manzanares .......................................... X

Ayuntamiento de Membrilla ............................................. X

Ayuntamiento de Valdepeñas ...........................................

-Ayuntamiento de Torrenueva ...........................................

-A.D.E.N.A. ...................................................................

-Ecologistas en Acción, A.E.D.E.N.A.T. ................................

-Coordinadora Organizaciones Agricultores y Ganaderos

(COAG) ....................................................................

-F.A.T. .........................................................................

-Greenpeace ..................................................................

-S.E.O. .........................................................................

-Sociedad de Conservación de Vertebrados (SCV) ..................

-Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental ...... X

Asociación Ecologista Cabañeros de Ciudad Real ..................

-Asociación Ecologista Litra ..............................................

-Respuestas

recibidas

Relación de consultados

Colectivo Ecologista Mesiega ............................................

-Colectivo Ecologista Valle de Alcudia (C.E.V.A.) ....................

-Colectivo Naturalista Jabalón ...........................................

-Esparvel ......................................................................

-Grupo Ecologista Cantueso ..............................................

-Asociación Castellano-Manchega Defensa del Patrimonio

Natural ..........................................................................

-Asociación Naturalista para la Defensa de Castilla-La Mancha .

-Ardeidas .....................................................................

-

* El Instituto Geológico y Minero de España participa en la fase de traslado

de consultas, asesorando al Ministerio de Medio Ambiente en la definición de las

directrices a seguir por el promotor en la elaboración del estudio de impacto ambiental.

Se han consultado un total de 33 entidades habiéndose recibido 7

contestaciones de las cuales se resumen 3 que presentan un contenido

ambiental de interés:

Confederación Hidrográfica del Guadiana.-Enumera una serie de

afecciones previsibles del proyecto, como la alteración de la red de drenaje

natural y el exceso de arrastre de sedimentos, y recomienda que el estudio

de impacto ambiental contemple determinados aspectos, como la

justificación de la elección del punto de cruce, la restitución al estado inicial

de los cauces y zonas húmedas afectadas, las medidas de seguridad que

se adopten para impedir los arrastres de los sedimentos hacia los cauces,

las medidas que minimicen los impactos en las llanuras de inundación

y marismas de las cuencas del Cigüela y Záncara y riberas del resto de

cauces y, finalmente, las medidas encaminadas a prevenir los riesgos de

contaminación de las aguas superficiales y subterráneas durante la

construcción y explotación del gasoducto.

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Agricultura

y Medio Ambiente de la J. C. de Castilla-La Mancha.-Enumeran una serie

de consideraciones relacionadas con la protección a hábitats naturales,

a la fauna, al suelo, a las vías pecuarias y al patrimonio arqueológico

presente en el área de estudio. De todo ello se destacan las afecciones

sobre la laguna de Cerro Mesado, las formaciones eólicas presentes en

sus inmediaciones y la ZEPA denominada Áreas Esteparias del Campo

de Montiel. Asimismo incluyen una serie de medidas de restauración

relativas al suelo y a la gestión de los residuos generados durante la obra.

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Agricultura

y Medio Ambiente de la J. C. de Castilla-La Mancha.-De manera similar

a lo mencionado en el párrafo anterior, relacionan una serie de factores

que deben ser considerados relativos a la protección de los hábitats

naturales, de las vías pecuarias, de las afecciones sobre la laguna de Cerro

Mesado, de las formaciones eólicas presentes en sus inmediaciones y de

la ZEPA "Áreas Esteparias del Campo de Montiel".

ANEXO II

RESUMEN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Contenido

El estudio de impacto ambiental realizado por Iima Consultora a

solicitud del promotor, "Enagás, Sociedad Anónima", describe las

características fundamentales del proyecto de construcción del gasoducto, justifica

esta actuación, especifica su marco legal, la metodología a aplicar, realiza

el inventario ambiental de la zona de estudio, selecciona una alternativa

de trazado, indica un conjunto de medidas preventivas y correctoras en

cada fase del proyecto, evalúa los impactos residuales, esboza un plan

de vigilancia ambiental y aporta un documento de síntesis.

Adicionalmente, a solicitud de la Dirección General de Calidad y

Evaluación Ambiental, el promotor aportó, con fecha 5 de septiembre de 2002,

la documentación correspondiente a la ampliación de información del

proyecto del gasoducto Alcázar de San Juan-Manzanares-Santa Cruz de Mudela.

Justificación del proyecto

El objeto de este proyecto consiste en la construcción de un gasoducto

de 83 kilómetros de longitud aproximada, que forma parte del proyecto

de conexión de los gasoductos Tarifa-Córdoba con el semianillo de Madrid

y el gasoducto Valencia-Alicante. Por otra parte, este gasoducto refuerza

el suministro de gas natural en la provincia de Ciudad Real.

Descripción del proyecto

Ubicación del proyecto

El proyecto se localiza en la Comunidad Autónoma de Castilla-La

Mancha, en la provincia de Ciudad Real y afecta a los términos municipales

de Torrenueva, Valdepeñas, Membrilla, Manzanares, Los Llanos del

Caudillo y Alcázar de San Juan. Uno de sus extremos se sitúa en la Posición

K-44, en el término municipal de Torrenueva, en donde conectará con

el gasoducto Santa Cruz de Mudela-Córdoba y el otro, en la Pos. K-48,

situada en el término municipal de Alcázar de San Juan, en donde conectará

con los gasoductos Alcázar de San Juan-Quintanar de la Orden, que

permitirá la conexión con el semianillo de Madrid, y Alcázar de San

Juan-Villarobledo, que permitirá la conexión con el gasoducto Valencia-Alicante.

Características técnicas

El gasoducto proyectado por Enagás tiene una longitud aproximada

de 83 kilómetros y un diámetro nominal de 32 pulgadas. La tubería irá

enterrada, como mínimo, a 0,8 metros de profundidad sobre su generatriz

superior y canalizará gas natural a una presión máxima de 80 bares. La

anchura habitual de la pista de trabajo es de 24 metros, excepto en algunos

casos especiales en donde esta anchura se reducirá a 18 metros, y la

de la apertura de la zanja es de 1,41 metros. La profundidad de trabajo

para la remoción de la capa superficial del suelo es de 20 o 30 centímetros.

La ejecución de la obra pasa por varias fases sucesivas que son: el

replanteo y balizado del trazado ; la apertura de la pista de trabajo y de

la zanja, ambas con las dimensiones especificadas anteriormente ; la carga,

el transporte, la descarga, el almacenamiento y la distribución de los

materiales durante la obra, lo cual se realizará en las playas de acopio situadas

cada 3-5 kilómetros a lo largo del trazado ; el curvado, la soldadura, la

protección de la tubería y su puesta en zanja y la restitución y restauración

del terreno. En esta fase es necesario descompactar el suelo apisonado

por el paso de las máquinas, restituir la capa de tierra vegetal, retirar

las piedras y restablecer a su forma original los accesos, cercas, vallas,

etc. Finalmente, se instalarán los hitos de señalización del gasoducto, que

sirven de referencia para la delimitación de las zonas de servidumbre

permanente y que se extienden 2 metros a cada lado del eje de la tubería.

En el cruce con los cursos hídricos afectados por el proyecto se abrirá

la pista de trabajo desbrozando las márgenes del río, se desmontarán los

taludes, se excavará la zanja desde ambas márgenes, se preparará la tubería

en la pista de trabajo, se procederá a la puesta en zanja del tubo, se

rellenará la zanja y se restaurarán los márgenes afectados.

Durante las fases de explotación y mantenimiento se aplicarán los

oportunos sistemas de seguridad y se vigilarán las instalaciones de acuerdo

con lo establecido en el Reglamento de Redes y Acometidas de combustibles

gaseosos en los Planes de Operación, Mantenimiento, Vigilancia, Inspección

y Control que son elaborados y revisados anualmente. En relación con

las infraestructuras asociadas a este proyecto, se construirán las siguientes

instalaciones complementarias y sus correspondientes acometidas

eléctricas de 15 kV cada una: Pos. K-44 (Torrenueva), Pos. K-45 (Valdepeñas),

Pos. K-46 (Manzanares) y Pos. K-47 y K-48 (Alcázar de San Juan). La longitud

de las distintas acometidas es, aproximadamente: para la K-44, 133 metros ;

para la K-45, 455 metros ; para la K-46, 3600 metros; para la K-47, 320

metros y para la K-48, 27 metros.

Inventario ambiental

Inventario ambiental del medio físico

El estudio describe la geología y climatología del área de estudio. El

suelo descrito son entisoles en las márgenes del río Jabalón e inceptisoles,

asociados a alfisoles o a aridisoles, en el resto del trazado. La red fluvial

de Ciudad Real pertenece a la cuenca del Guadiana. Los cursos hídricos

afectados por el proyecto con caudal permanente son los ríos Jabalón,

Azuez, Záncara y Cigüela y los de carácter temporal, los arroyos de la

Muela, de la Veguilla, del Peral y el Caz de los Molinos.

Inventario ambiental del medio biológico

El proyecto se sitúa en un área llana caracterizada por el uso agrario

del suelo, con explotaciones de tamaño medio-grande de cereal, viñedo

y olivo. En las riberas de los ríos y lagunas está presente la vegetación

natural y en los escasos cerros y elevaciones aparecen manchas de monte

bajo. La serie de vegetación en el área de estudio es la castellano-aragonense

seca basófila de la encina, cuyo clímax se corresponde con un bosque

denso de encinas entremezcladas ocasionalmente con enebros, quejigos

y sotobosque arbustivo poco denso. Sin embargo, la vegetación real, muy

antropizada, está principalmente representada por terrenos de cultivo de

secano (cereal y viñedo, fundamentalmente). Además, el trazado afecta

a dos zonas de matorral de carrasca, retama, tomillo, romero y esparto

en el término municipal de Alcázar de San Juan (vértices 130-131 y

143-144). Según el estudio de impacto ambiental no se detecta la presencia

de ninguna especie florística incluida en el Catálogo Regional de Especies

Amenazadas de Castilla-La Mancha (Decreto 33/98). El proyecto afecta

a varios espacios de interés ambiental, como la ZEPA "Áreas Esteparias

de Campo de Montiel", el IBA "Complejo Lagunar de Alcázar de San Juan",

unas zonas con vegetación natural (matorrales de "Quercus rotundifolia")

en el término municipal de Alcázar de San Juan, y discurre próximo,

sin afectar de manera directa, a la laguna de Cerro Mesado, zona húmeda

considerada como hábitat natural prioritario según Real Decreto

1997/1995, y sus formaciones eólicas incluidas en el Catálogo Regional

de Elementos Geológicos y Geomorfológicos de Protección Especial (Ley

9/1999). La fauna afectada por el proyecto está constituida, principalmente

por las aves acuáticas localizadas, fundamentalmente, dentro del IBA

anteriormente mencionado, y por la ictiofauna de los cursos hídricos afectados.

El Es.I.A. enumera algunas de las especies potencialmente afectadas por

el proyecto, entre las que destacan las que presentan alguna figura de

protección, como la malvasía cabeciblanca, la cigüeñela común, la

colmilleja, el calandino, etc.

Inventario ambiental del medio socioeconómico

El estudio examina el medio socioeconómico a través del análisis de

la densidad de población, y los sectores productivos. Las vías pecuarias

afectadas por el trazado del gasoducto son: la Cañada Real de Cuenca,

la Cañada de Barbera, las Coladas de los Pozarrancones, de la Carrera

Vieja de Moratalá, y la de Cádiz ; los Cordeles de la Plata y el de Manzanares

a Alcázar, y las Veredas de las Carretas de Herencia y de San Carlos

del Valle. Las infraestructuras afectadas por el proyectos son: las carreteras

N-310, CR-612, CR-624, CR-6041, CR-6031, CM-412, CM-3109, CM-3113,

CM-3107, la de los Llanos del Caudillo a la estación de Herrera de La

Mancha, la de Santa Cruz de Mudela a Torrenueva y la futura autovía

de Ciudad Real N-430 a Atalaya de Cañabate A-31 ; el FFCC Madrid-Sevilla

y todo un conjunto de conducciones subterráneas. En relación con las

infraestructuras asociadas a este proyecto, se construirán una serie de

instalaciones complementarias, como las Posiciones y acometidas

eléctricas especificadas anteriormente. En el área estudiada se encuentran

inventariados dos yacimientos arqueológicos con restos de tipo cerámicos y

constructivos, que no se ven directamente afectados por las obras: el

primero se sitúa al nordeste de la localidad de Valdepeñas y, el segundo,

al sureste del término municipal de Membrilla.

Descripción del trazado, comparación de alternativas y selección del

pasillo óptimo

El trazado parte de la Pos. K-44, situada a la altura del km 6 de la

carretera CR-P-613, que une Santa Cruz de Mudela y Torrenueva, dentro

de la ZEPA "Áreas Esteparias del Campo de Montiel", en el término

municipal de Torrenueva. Esta posición lleva asociada una línea eléctrica

enterrada de 15 kV y 133 metros de longitud, aproximadamente. Desde

esta posición, el trazado discurre en dirección norte, atraviesa el río

Jabalón, y adopta dirección noreste cruzando en su recorrido a la CR-612.

A continuación mantiene dirección norte-noreste y se adentra en el término

municipal de Valdepeñas cruzando la Colada de Pozarrancones y la Cañada

de Barbera. El terreno que ocupa el tramo descrito es llano y está ocupado,

fundamentalmente, por viñedos y por numerosas infraestructuras. A

continuación y siguiendo una línea aproximadamente recta en dirección

noreste el trazado atraviesa una zona con pendientes moderadas durante

aproximadamente 3,5 kilómetros, cruza la Cañada del Alamillo y forma un arco

bordeando Valdepeñas por el este, cruza el arroyo de La Veguilla y atraviesa

las carreteras CR-624 (a la altura del km 2) y CM-412 (en el km 62). Antes

de que el trazado cruce la CR-6041, a la altura del km 2, se sitúa la Pos.

K-45, que lleva asociada una línea eléctrica a 15 kV de 455 metros de

longitud aproximadamente, en dirección oeste, y que discurre por terrenos

de cultivos de secano. A continuación, el trazado continua en dirección

norte, cruza la CM-3109 (entre los km 4 y 5), el arroyo del Peral, la CR-6031

y se adentra en el término municipal de Membrilla, bordeando por el

oeste a la Sierra de los Bailones y discurriendo en paralelo a la CR-6031.

Aproximadamente 1,5 kilómetros antes del cruce con el Caz de los Molinos

surgen las dos Alternativa (A1 y A2), que discurren en paralelo y en

dirección norte hasta volver a confluir en la Pos. K-46 al noreste de la localidad

de Manzanares, a la altura de la Peña del Gallo. Ambas alternativas cruzan

el Caz de los Molinos y el río Azuez, la CR-6031, la Vereda de San Carlos

del Valle, el Cordel de la Plata, la N-430 (entre los km 368-370) y se adentran

en el término municipal de Manzanares. El Es.I.A. selecciona la alternativa

A1 porque discurre más alejada de los núcleos de población y de los

albardinales presentes al este de Membrilla. La Pos. K-46 lleva asociada una

línea eléctrica a 15 kV de 3600 metros de longitud aproximadamente, en

dirección oeste, que cruza por terrenos de cultivos de secano y viñedos

y finaliza en las cercanías de la N-IV. Dentro del término municipal de

Manzanares el trazado del gasoducto discurre recto en dirección norte

por terrenos de cultivo atravesando numerosas infraestructuras como la

N-310, el FFCC Madrid-Sevilla, la Cañada Real de Cuenca, el Cordel de

Manzanares a Alcázar de San Juan y la CM-3107. Manteniéndose recto

en dirección norte el gasoducto atraviesa el término municipal de los Llanos

del Caudillo en una franja pequeña y continúa por el término municipal

de Alcázar de San Juan atravesando la Colada de la Carrera Vieja de

Moratalá y cruzando la CM-3113 (entre los km 6-7). Poco después de este

cruzamiento se ubica la Pos. K-47, que lleva asociada una línea eléctrica

a 15 kV de 320 metros de longitud, aproximadamente, en dirección este

y cruza por terrenos de cultivo de secano. El trazado continúa en dirección

norte atravesando viñedos y zonas de regadío, hasta que a la altura del

vértice geodésico denominado Guerra, surgen las alternativas B1 y B2.

Ambas alternativas discurren paralelas en dirección norte-noroeste, se

adentran en la IBA "Complejo Lagunar de Alcázar de San Juan", cruzan

el río Záncara, evitan por el oeste la afección a la laguna de Cerro Mesado,

cruzan la Colada de Cádiz y confluyen antes del cruce con el río Cigüela.

El Es.I.A. selecciona la alternativa B1 frente a la B2 dado que atraviesa

el Záncara por una zona con escasa vegetación de ribera y porque no

afecta al arroyo de los Baenes. Una vez atravesado el río Cigüela el trazado,

siguiendo orientación norte, cruza la Vereda de las Carretas de Herencia

y finaliza en la Pos. K-48 situada antes del cruce con la N-420, a la altura

del km 280.

El territorio afectado por la obra es muy homogéneo, con una

geomorfología principalmente llana en donde predominan los cultivos

cerealistas. El proyecto afecta a varios espacios de interés ambiental, la ZEPA

"Áreas Esteparias de Campo de Montiel", el IBA "Complejo Lagunar de

Alcázar de San Juan", unas zonas con vegetación natural (matorrales de

Quercus rotundifolia) en el término municipal de Alcázar de San Juan,

varios cursos hídricos en donde destacan los ríos Cigüela y Záncara, y

discurre próximo, aunque sin afectar de manera directa, a la laguna de

Cerro Mesado, zona húmeda considerada como hábitat natural prioritario

según Real Decreto 1997/1995, y sus formaciones eólicas incluidas en el

Catálogo Regional de Elementos Geológicos y Geomorfológicos de

Protección Especial (Ley 9/1999).

Análisis del impacto del gasoducto

Según el Es.I.A. los impactos que el proyecto de construcción del

gasoducto genera se producen, principalmente, durante su fase de construcción.

Los más significativos se ejercerán como consecuencia de la apertura de

pista y la excavación de la zanja. Durante esta fase los impactos

relacionados con la eliminación de la cubierta vegetal, con el patrimonio

arqueológico, con el almacenamiento de los materiales de obras y

sustancias peligrosas y el cruce con cursos hídricos, son considerados

moderados ; los relacionados con la fauna, geomorfología, paisaje e impacto

acústico son considerados compatibles. Durante la fase de explotación los

impactos que se generan se relacionan con la presencia de postes de

señalización, con las servidumbres permanentes y con las poblaciones

afectadas. En los dos primeros casos se considera un impacto compatible y,

en el tercero, positivo.

Medidas preventivas y correctoras

El estudio de impacto ambiental propone un amplio rango de medidas

preventivas y correctoras de carácter general, incluyendo otras más

concretas que no se considera necesario reflejar ya que quedan contempladas

en el condicionado de esta declaración de impacto ambiental.

Programa de Vigilancia Ambiental

El estudio de impacto ambiental propone un programa de vigilancia

ambiental que incluye un Asistente Técnico Ambiental (A.T.A.), en caso

de su requerimiento por la J. C. Castilla-La Mancha, contratado por el

promotor como responsable de la ejecución de este programa durante

las fases de ejecución y restauración del proyecto. Las actividades de este

programa comprenden la supervisión de: el replanteo de la obra en el

proyecto, de modo que las actuaciones sobre el terreno se ajusten a lo

dispuesto en el proyecto ; la tala de las especies arbustivas y arbóreas;

los movimientos de tierra y elección de préstamos y vertederos ; el acopio

de materiales ; la retirada de material de desecho y su vertido y

almacenamiento en zonas controladas y, en general, de la correcta ejecución

de cualquier disposición referente al medio ambiente.

ANEXO III

Resultado de la información pública

Relación de entidades que han presentado alegaciones con contenido

ambiental y resumen de su contenido:

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Agricultura

y Medio Ambiente de la J. C. de Castilla-La Mancha: solicitan que se adopte

la alternativa 2 para la ubicación de la Pos. K-44 ; asimismo, requieren la

coordinación de la Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente

de Ciudad Real en la ejecución de las obras por las inmediaciones de la

laguna de Cerro Mesado, el río Cigüela y la ZEPA "Áreas esteparias del

campo de Montiel", con el fin de no afectar a las comunidades halófilas,

a las formaciones eólicas y a la avifauna presentes en la zona de estudio.

Confederación Hidrográfica del Guadiana: informan favorablemente a

la solicitud de ejecución de obras al considerar que no se produce perjuicio

al dominio público hidráulico, ni a la zona de servidumbre ni a la de

policía y enumeran una serie de condicionantes que deberán ser

considerados en la ejecución de las obras y durante la fase de explotación

del gasoducto.

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