Conforme a lo dispuesto en la Orden de 26 de marzo de 1992 ("Boletín
Oficial del Estado" de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de
enero de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de febrero), en la que
se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la AECI,
y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de
formación, investigación y promoción cultural, científica o de intercambio;
el Real Decreto 2225/93 de 17 diciembre ("Boletín Oficial del Estado"del 30),
por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión
de subvenciones públicas, el Real Decreto 3424/2000 de 15 de diciembre
de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), por el que se aprueba el
Estatuto de la AECI; la Resolución de 25 de enero de 2002 ("Boletín Oficial
del Estado" de 25 de febrero), por la que se aprueba la convocatoria de
ayudas para lectores en universidades extranjeras, curso 2002/2003; las
Resoluciones de 31 de mayo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" de 4
de julio) y de 19 de julio de 2002 ("Boletín Oficial del Estado"de 29 de
agosto) por las que se adjudican dichas ayudas, y en atención a lo
establecido en la Resolución de 29 de diciembre de 2000 ("Boletín Oficial
del Estado" de 12 de febrero de 2001) de la Secretaría de Estado para
la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la
Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el
Secretario General de la AECI y otras autoridades y funcionarios
determinadas competencias, a propuesta de la Comisión de valoración de fecha
12 de julio de 2002,
Esta Agencia ha resuelto:
Primero.-Conceder a don Germán Reyes Suárez la ayuda de lector
en la Universidad de Al Quds, por renuncia de la lectora doña Angélica
Morata Rabasco, a partir del 15 de octubre de 2002, sin que se derive
gasto alguno.
Segundo.-Dejar sin concesión de ayuda al lectorado de la Universidad
de Nablus durante el curso académico 2002/03 por razones de seguridad
y aplazamiento indeterminado del comienzo del curso.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestivamentee podrá
interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso
de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que
dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la
Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13
de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14). Todo ello, sin perjuicio de
que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Madrid, 15 de octubre de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución de 29
de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero de
2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.
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