Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 64/1984, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley de Patrimonio Histórico Español, acuerda:
Incoar procedimiento para la declaración del Palacio Real de los Reyes Católicos o Palacio Testamentario, en Medina del Campo, como bien de interés cultural con categoría de Sitio Histórico, según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución, y que figura en el plano unido al expediente.
Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.
Hacer saber al Ayuntamiento de Medina del Campo que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en la zona delimitada como Sitio Histórico, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por la Dirección General.
Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.
Valladolid, 23 de julio de 2002.–La Directora general, Begoña Hernández Muñoz.
Descripción
El Palacio Real de los Reyes Católicos o Palacio Testamentario, situado en la plaza Mayor de la Villa de Medina del Campo, fue testigo de muchos de los importantes acontecimientos históricos que tuvieron lugar en esta villa, centro de comercio y finanzas que adquiere su máximo esplendor a finales del siglo XV. En este palacio murió y testó la reina Isabel la Católica en 1504, siendo sin duda este acontecimiento el más sobresaliente de los muchos allí ocurridos.
Las primeras noticias que tenemos del palacio corresponden al 1335, año en que el Rey Pedro I «fizo matar en su palacio, en la siesta, a Pero Ruy Villegas... e a Sancho Ruy de Rojas», siendo muy numerosas en las décadas siguientes, bajo los Trastamara, con motivo de las múltiples estancias de los reyes en Medina, en sus «casas» junto a la plaza del mercado hoy plaza mayor. A finales del siglo XIV principios del XV, Fernando de Antequera, promueve una importante transformación del palacio dotándole de una grandiosidad objeto de mención por León de Rosmital en su libro de viajes en 1465. El conjunto residencial fue utilizado intermitentemente durante todo el siglo XV y posteriormente abandonado, de forma que en 1530 ya amenazaba ruina. Pero el acontecimiento más importante se debe a ser el lugar donde mayor tiempo vivió Isabel la Católica como soberana, y al hecho de haber muerto y testado en él. En 1504 se efectuaron obras de acondicionamiento, en 1601 se derriba enteramente la segunda planta, y en 1603 y 1673, se construyen las estancias de la fachada principal de la plaza, instalando en ella un amplio balcón para disfrute del Cabildo Mayor, rehabilitándose la fachada al gusto de la época. Con las desamortizaciones se demolieron las ruinas que quedaban.
Su fachada principal daba a la acera del Potrillo de la plaza Mayor y su solar estaba delimitado por las calles de Almirante, del Rey y Cerradilla. La parte noble del edificio se limita al conjunto edificado hacia la plaza, quedando en la actualidad de la construcción original del Conjunto Palacial algunas dependencias rehabilitadas y algunas tapias donde se ubicaba la huerta, escasos restos de lo que fuera la residencia de los Reyes Católicos en la villa de Medina.
Motivación
Se define como Sitio Histórico el Palacio Real o Testamentario, escenario de gran relevancia para el conocimiento de nuestra historia por ser el lugar donde la Reina Isabel la Católica vivió y llevó a cabo muchas de sus actividades más importantes y por ser el lugar donde testó y falleció en 1504.
Delimitación del área afectada
Se define como Sitio Histórico el sector ocupado de lo que fuera el conjunto del palacio, incluyendo la parte más noble que daba a la plaza así como la zona de patios y huertas, delimitado por el eje de la calle del Almirante, la calle Cerradilla y la calle del Rey.
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