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Documento BOE-A-2002-20929

Resolución de 10 de septiembre de 2002, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se autoriza la prórroga de la aprobación de modelo del contador de energía eléctrica marca "Metrega", modelo E82 CDT, otorgado a la firma "Metrega, Sociedad Anónima", con registro de control metrológico número 02-E-04.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2002, páginas 38004 a 38005 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2002-20929

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad "Metrega, Sociedad

Anónima", domiciliada en calle Angli, 6, bajos, de Barcelona, en solicitud de

autorización de prórroga de la aprobación de modelo del contador de

energía eléctrica marca "Metrega", modelo E82 CDT, aprobado por

Resolución de 18 de abril de 1995, de la Dirección General de Seguridad

Industrial, como modificación no sustancial del contador de energía eléctrica

marca "Metrega", modelo E82C,

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del

Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña,

de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real

Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control

metrológico que realiza la Administración del Estado, y el Decreto

199/1991, de 30 de julio, por el cual se determinan los órganos competentes

en materia de control metrológico, ha resuelto:

Primero.-Autorizar la prórroga de la aprobación de modelo a favor

de la entidad "Metrega, Sociedad Anónima", por un plazo de validez de

diez años (a partir de la fecha de caducidad, 9 de abril de 2002), del

contador de energía eléctrica marca "Metrega", modelo E82 CDT, aprobado

por Resolución de 18 de abril de 1995, de la Dirección General de Seguridad

Industrial, como modificación no sustancial del contador de energía

eléctrica marca "Metrega", modelo E82C.

Segundo.-Antes de que finalice el plazo de validez que se concede,

la entidad interesada, si lo desea, solicitará de la Dirección General de

Consumo y Seguridad Industrial nueva prórroga de la aprobación de

modelo.

Tercero.-Siguen vigentes las mismas condiciones que figuraban en la

resolución de aprobación de modelo.

Cuarto.-En caso de que se añada al contador un accesorio de los

definidos en el apartado 8.5.2 de la norma UNE-EN 60521, será necesario

que se cumplan los requisitos de compatibilidad electromagnética definidos

en el apartado 8.5.2 de la mencionada norma UNE-EN 60521.

Barcelona, 10 de septiembre de 2002.-El Director general, P. D.

(Resolución de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de

Cataluña" de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y

Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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