Suscrito el Convenio Específico 2002 al Protocolo General suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Ciudad Autónoma de Melilla, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 4 de octubre de 2002.–El Secretario general Técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
En Madrid, a 24 de julio de 2002.
Se reúnen, de una parte: Don Juan José Imbroda Ortiz, Presidente de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, nombrado por Real Decreto 1380/2000, de 19 julio («Boletín Oficial del Estado» número 173, del 20), en nombre y representación de la Administración citada Ciudad Autónoma.
De otra parte: Doña Pilar Dávila del Cerro, Directora general del Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), nombrada mediante Real Decreto 148/2000, de 2 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 21, del 5), en nombre y representación del citado organismo autónomo (Real Decreto 758/1996, de 6 de mayo; Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo; Ley 16/1983, de 24 de octubre, y Real Decreto 774/1997, de 30 de mayo) y, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,
MANIFIESTAN
Que el presente convenio específico se fundamenta en el Protocolo General suscrito el 28 de mayo de 1999 para llevar a cabo conjuntamente programas y actuaciones dirigidos a las mujeres entre el Instituto de la Mujer y la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Que de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda del Protocolo General suscrito el 28 de mayo de 1999, los programas que se llevarán a cabo en el ejercicio de 2002 y que se reflejan en el presente convenio específico, son conformes con la propuesta elaborada por la Comisión de Seguimiento, en reunión celebrada el día 22 de enero de 2002.
Ambas partes, declaran que para la realización de los programas contenidos en el presente Convenio Específico, existe crédito suficiente para el presente ejercicio económico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en los presupuestos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Que el artículo 6, apartado uno, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley de 13 de enero de 1999, habilita a la Administración General de Estado y a los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, para celebrar convenios de colaboración entre sí, y en el ámbito de sus respectivas competencias; y el artículo 3, apartado uno, letra c), del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, excluye del ámbito de aplicación de la ley citada, los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado o sus Organismos Autónomos con las Comunidades Autónomas.
Consecuentemente, la Administración General del Estado, a través del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer y la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería Educación y Mujer, están habilitados para la suscripción de este convenio específico, el cual quedará fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, excepto para la resolución de las dudas y de las lagunas que pudieran presentarse, en cuyo caso serán de aplicación los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000.
Que para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, el Instituto de la Mujer del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, tiene interés y se hace necesaria la colaboración con la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería Educación y Mujer para desarrollar los proyectos que más adelante se reseñan.
Por todo lo manifestado y en virtud de lo dispuesto en el artículo seis de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de la cláusula segunda del convenio suscrito el día 28 de mayo de 1999, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio específico, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La Administración General del Estado y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla realizarán en 2002, los siguientes programas seleccionados de común acuerdo:
1. Estancias de tiempo libre para mujeres solas con hijas e hijos menores, exclusivamente a su cargo.
Este programa va dirigido a mujeres solas con hijas e hijos menores, exclusivamente a su cargo, en situación de precariedad económica y social, y se realizará en el segundo semestre de 2002 en una localidad costera.
Consistirá en la estancia durante diez días en régimen de pensión completa, con actividades complementarias, tanto para las madres como para sus hijas/os.
1.1 La Administración General del Estado, a través del Instituto de la Mujer, se obliga a:
Convocar la concesión de las estancias de tiempo libre que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Contratar los servicios de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cocktail de clausura y transporte al mismo.
Suministrar diverso material de propaganda, relacionado con el programa.
Resolver a propuesta de la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer, las solicitudes presentadas.
1.2 La Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer, se obliga a:
Difundir la convocatoria.
Recibir las solicitudes.
Contratar el transporte de traslado de las personas beneficiarias y
de las monitoras.
Contratar a las monitoras.
Elaborar propuesta de concesión de las beneficiarias, a través de la Comisión correspondiente, y elevar propuesta a la Directora general del Instituto de la Mujer, con al menos, siete días de antelación a la fecha del inicio de las Estancias.
Realizar una memoria de las Estancias al finalizar el programa, en un plazo máximo de dos meses.
1.3 Condiciones económicas:
El Instituto de la Mujer cubrirá los gastos de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cocktail de clausura y transporte en autocar al cocktail, si procediera desplazarse, de las mujeres, de las/ los menores y las monitoras de todo el programa. El importe total por estos conceptos asciende a trescientos veinticuatro mil quinientos cuarenta y seis euros con cincuenta y tres céntimos (324.546,53 euros), y será distribuido proporcionalmente por el número total de personas beneficiaras, incluidas las monitoras de las Comunidades Autónomas que participan en el programa, con las excepciones que se recogen en el párrafo tercero.
La Administración de la Ciudad Autónoma, a través de la Viceconsejería de la Mujer, correrá con los gastos de transporte por el traslado de las personas beneficiarias desde el lugar de procedencia al destino y viceversa, material para actividades y el pago de las monitoras, por un importe de seis mil ochocientos cincuenta y dos euros (6.852,00 euros), con las excepciones que se recogen en el párrafo tercero. Los gastos que sobrepasen la cantidad establecida por los mismos conceptos, correrán por cuenta de la Ciudad Autónoma de Melilla.
A las personas beneficiarias se les entregará diverso material divulgativo relacionado con el programa. Este servicio y su traslado a los hoteles donde estén hospedadas/os lo contratará el Instituto de la Mujer. Del importe total del gasto de este concepto, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12 euros) que será distribuida proporcionalmente con el número de mujeres entre las Comunidades Autónomas que participen en el programa.
Por su parte, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer, aportará por este concepto, la cantidad de trescientos sesenta y un euros (361,00 euros). Las cantidades que correspondan aportar serán abonadas directamente por cada organismo a la empresa suministradora.
2. Formación para mujeres.
2.1 Acciones.
Como en años anteriores, el Instituto de la Mujer va a promover acciones
formativas dirigidas a colectivos de mujeres y a profesionales de diversos sectores, durante el presente ejercicio, con la colaboración de los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, incluida la Ciudad Autónoma de Melilla.
2.2 Objetivos.
Los objetivos que se pretenden conseguir del programa, entre otros,
son mejorar la cualificación, adaptar la formación a las necesidades del mercado de trabajo, diversificar la formación, proporcionar formación especializada.
2.3 Cursos.
De este programa se llevarán a cabo los cursos siguientes:
a) Cursos dirigidos a mujeres desempleadas (NOVA), cuyo objetivo,
entre otros, es el de facilitar su inserción laboral adaptando la formación a las necesidades del mercado de trabajo.
b) Un curso en colaboración con la Escuela de Organización Industrial (EOI), para apoyo a las mujeres emprendedoras para la creación de su propia empresa.
2.4 Organización.
Ambas partes, aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la celebración de los cursos.
2.5 Condiciones económicas.
Para la realización de este programa que promueve el Instituto de la Mujer, éste aportará la cantidad de un millón quinientos dos mil quinientos treinta euros con veintiséis céntimos (1.502.530,26 euros) para los cursos del apartado a) y ciento sesenta y dos mil doscientos setenta y tres euros con veintisiete cétimos (162.273,27 euros) para los cursos del apartado b), que serán impartidos a las personas beneficiarias de las Comunidades Autónomas que participen en el programa. El Instituto de la Mujer cubrirá los gastos de la organización y ejecución de los cursos que se impartan en la Ciudad Autónoma de Melilla.
La Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer, se hará cargo de los gastos que se deriven de la selección de las personas beneficiarias y del seguimiento de los cursos que se lleven a cabo en su ámbito territorial.
3. Actividades para mujeres.
Para continuar con el trabajo de sensibilización, iniciado en ejercicios
anteriores, ambas partes participarán en la realización de diversos actos
dirigidos a la población en general y, a las mujeres, en particular, de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Objetivos.
Los objetivos que se pretenden conseguir, entre otros, son sensibilizar a la población en general y a l as mujeres, a través de su participación en los actos, de la necesidad que hay de propiciar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos y erradicar la violencia doméstica, para conseguir una sociedad más justa.
Acciones.
Para encaminarse hacia estos objetivos, está prevista la celebración de tres actividades:
III Exposición Melilla, Mujer y Arte.
II Certamen de relatos cortos.
Actividades día 8 de marzo.
Organización.
Ambas partes, aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la realización del programa.
Condiciones económicas.
Para la ejecución del programa, el presupuesto total asciende a la cantidad de quince mil seiscientos veintiséis euros con treinta y dos céntimos (15.626,32 euros), de los cuales el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de ocho mil cuatrocientos catorce euros con diecisiete céntimos (8.414,17 euros) y la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer aportará la cantidad de siete mil doscientos doce euros con quince céntimos (7.212,15 euros).
Ambas cantidades servirán conjuntamente para cubrir los gastos de dirección, organización, gestión, difusión y seguimiento del proyecto.
4. Centro Integral de Información y Asesoramiento de la Mujer.
4.1 La Ciudad Autónoma de Melilla, a través del Consejo de Gobierno
de 27 de julio de 2001 aprobó la construcción del Centro Integral de Información y Asesoramiento de la Mujer, cuya ubicación será en calle Querol. La finalidad fundamental de este Centro será prestar un servicio a las mujeres que cubra el asesoramiento e información de sus derechos, atención en los casos de malos tratos, proporcionarles formación, asesoramiento y acompañamiento en la búsqueda de empleo.
Los objetivos que se persiguen, entre otros, son la promoción de las condiciones para conseguir la igualdad dentre hombres y mujeres, potenciar la participación y presencia de la mujer en todos los ámbitos de la vida laboral, cultural, económica y social.
4.2 Para su consecución, ambas partes se comprometen a colaborar conjuntamente en el proyecto de construcción y ejecución del citado Centro.
4.3 Corresponderá a la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Mujer, la contratación del proyecto de construcción y ejecución del Centro Integral.
4.4 El Instituto de la Mujer colaborará con la Consejería facilitando los estudios, informes y personal técnico que disponga cuando sea requerido.
4.5 El costo total asciende a cincuenta y ocho mil cuatrocientos setenta y tres euros (58.473,00 euros), de los cuales el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de cincuenta y cinco mil doscientos noventa y tres euros con once céntimos (55.293,11 euros), correspondiendo a la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer, la cantidad de tres mil ciento setenta y nueve euros con ochenta y nueve céntimos (3.179,89 euros).
5. Programa de prevención de la violencia y educación en los centros escolares.
Se llevarán a cabo determinadas acciones encaminadas a prevenir la violencia dentro y fuera del ámbito educativo, tanto en centros escolares de infantil y primaria, como de secundaria. Estas acciones se llevarán a cabo a través de charlas, seminarios y talleres de juego y ocio para los más pequeños.
Ambas partes pondrán la infraestructura, los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para la realización del programa.
El costo total asciende a cuatro mil doscientos siete euros con ocho céntimos (4.207,08 euros), de los cuales el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de tres mil cinco euros con seis céntimos (3.005,06 euros), correspondiendo a la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Vice-consejería de la Mujer, la cantidad de mil doscientos dos euros con dos céntimos (1.202,02 euros).
6. Programa Kanguras.
El Programa Kanguras está dirigido a la población en general, aunque sus beneficiarios más directos son aquellos núcleos familiares que tengan hijas e hijos en edades comprendidas entre cero y diez años.
El objetivo fundamental que se pretende conseguir es avanzar en las medidas propuestas para el desarrollo de la Ley 39/1999, para que la mujer de Melilla pueda compatibilizar la vida laboral con la familiar.
Este programa será ejecutado con un convenio de colaboración con una entidad sin ánimo de lucro con experiencia en este campo.
Ambas partes pondrán la infraestructura, los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para la realización del programa.
El costo total asciende a treinta mil cincuenta euros con sesenta céntimos (30.050,60 euros), de los cuales el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de seis mil seiscientos once euros con trece céntimos (6.611,13 euros), correspondiendo a la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer, la cantidad de veintitrés mil cuatrocientos treinta y nueve euros con cuarenta y siete céntimos (23.439,47 euros).
7. Programa Relaciona.
El Instituto de la Mujer va a promover en el presente ejercicio el proyecto «Relaciona», en colaboración con los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, incluida la Consejería de Educación, Juventud y Mujer de la Ciudad Autónoma de Melilla. Este proyecto se enmarca en el Plan de Acción contra la violencia doméstica.
Se trata de un proyecto de prevención de la violencia de género desde el ámbito escolar, dirigido al profesorado.
Los objetivos que se pretenden conseguir son:
Analizar las situaciones de violencia que se producen en los centros educativos desde una perspectiva de género.
Reflexionar sobre la importancia de la práctica docente en este tema y sobre los modelos y los valores que se asocian a la masculinidad y a la feminidad.
Dar importancia a la relación y a la convivencia escolar.
Para llevar a cabo este programa que promueve el Instituto de la Mujer, el presupuesto asciende a cuarenta y dos mil setenta euros con ochenta y cinco céntimos (42.070,85 euros), que será distribuido proporcionalmente por las Comunidades Autónomas que participen en el Programa. Los gastos que se deriven de la organización y ejecución del programa en la Ciudad Autónoma de Melilla serán abonados por el Instituto de la Mujer.
Por su parte, la Consejería de Educación, Juventud y Mujer de Melilla cubrirá los gastos de difusión y coordinación de las acciones del programa que se ejecuten en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Ambas partes, aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la celebración del proyecto.
En el caso de que el costo total de los programas 3 al 6, ambos inclusive, fuera superior al estipulado, el Instituto de la Mujer únicamente aportará la cantidad a que se obliga en cada programa o si el coste total fuera inferior al estipulado, la baja repercutirá proporcionalmente en las cantidades que corresponde aportar a ambos organismos.
Todas las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer, serán abonadas a la firma del presente Convenio Específico.
La Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer, deberá acreditar que el importe total de los programas reseñados en la cláusula segunda, ha sido destinado al cumplimiento de su objeto, mediante certificado del/de la Interventor/a de la Ciudad Autónoma, y reintegrar el sobrante, si procediera, antes del día 30 de diciembre de 2002.
El Instituto de la Mujer, una vez firmado el convenio, aceptará, en la acreditación de los gastos, los que se hayan realizado para el desarrollo de las actividades comprometidas, antes de la fecha de la firma de este documento siempre que se hayan emitido en el ejercicio presupuestario corriente y amparen actuaciones encaminadas a asegurar el correcto cumplimiento de los acuerdos alcanzados.
Las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer irán con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes, del presupuesto de gastos de 2002 del organismo:
Programas 2.3 b), 3, 5 y 6: 19.105.323B.226.10.
Programas 1, 2.3 a) y 7: 19.105.323B.227.06.
Programa 4: 19.105.323 B.751.
Todas las cantidades que corresponde aportar a la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer, irán con cargo a la aplicación presupuestaria del «Área de la Mujer» número 1432302226 del presupuesto de gastos del organismo para 2002.
En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga de los programas, deberá constar la colaboración de ambos organismos y figurar expresamente sus logotipos.
El seguimiento de los programas tal y como establece la cláusula cuarta del convenio marco vigente, corresponderá a la Comisión de Seguimiento.
Además, la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer, se compromete a entregar al Instituto de la Mujer una Memoria de las actividades realizadas en la ejecución del convenio.
El presente convenio específico surtirá efectos a partir de su firma y tendrá vigencia hasta el cumplimiento de su objeto y de las obligaciones de cada una de las partes, incluida la obligación de la acreditación económica de los programas por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de Educación, Juverntud y Mujer.
Ambas partes, de común acuerdo, podrán prorrogar la vigencia de este convenio específico, cuando fuere necesario continuar con la ejecución de alguno o de algunos de los programas por no haberse concluido en el plazo inicialmente pactado, siempre que se condicione a la previa existencia de crédito adecuado y suficiente y así se acuerde con anterioridad a la fecha de expiración del presente convenio.
El incumplimiento de las cláusulas del presente convenio por cualquiera de las partes, será causa de su extinción, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula siguiente.
El incumplimiento por parte del Instituto de la Mujer, determinará para éste el pago de los daños y perjuicios que por tal causa se irroguen a la otra parte. El incumplimiento por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer, determinará para ésta la obligación de restituir al Instituto de la Mujer las cantidades que se hubieran percibido injustificadamente y la de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.
En ambos casos se respetarán los derechos adquiridos por los terceros de buena fe.
También será causa de resolución, el mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir las actividades descritas.
Este convenio tiene naturaleza administrativa; se regirá por las estipulaciones en él contenidas, y en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por los principios de la Ley 13/1995 de Contratos de las Administraciones Públicas.
Dada la naturaleza jurídico-administrativa de este Convenio, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo.
Y, estando conformes ambas partes con el contenido del presente documento, lo firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Presidente de la Asamblea Autónoma de Melilla, Juan José Imbroda Ortiz.–La Directora general del Instituto de la Mujer, Pilar Dávila del Cerro.
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