Por Resolución de la AECI de 3 de agosto de 2001, la AECI concede
una beca a don Yaisel Iván Borrell Pichs de la Convocatoria de Becas
Unilaterales para ciudadanos extranjeros, para el curso académico
2001/2002 por el periodo 1-10-2001/31-3-2002.
En uso de las facultades conferidas por la Orden Ministerial de 26
de marzo de 1992, modificada por la Orden Ministerial de 21 de enero
de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de febrero), por la que se regula
la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio,
promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación
Internacional, y la resolución de 29 de diciembre de 2000 ("Boletín Oficial
del Estado" de 12 de febrero de 2001) de la Secretaría de Estado para
la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la
Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el
Secretario General de la AECI y otras Autoridades y funcionarios de la
misma determinadas competencias y, en desarrollo de la resolución de
22 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de abril de 2001),
por la que se aprueba la convocatoria de Becas Unilaterales para
ciudadanos extranjeros curso académico 2001/2002, esta Agencia, en virtud
de las competencias atribuidas en el Real Decreto 3424/2000, de 15 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado"del 16), y a propuesta de la Comisión
Evaluadora reunida al efecto, ha resuelto:
Primero.-Modificar las fechas de disfrute de la beca concedida a don
Yaisel Borrell Pichs a la vista de que viajará durante los meses de enero,
febrero y marzo de 2002 a su país a realizar parte de la investigación
necesaria para su tesis doctoral. Por tal motivo se trasladan estas tres
mensualidades para que las perciba durante el período 1-10-2002/31-12-2002.
Este cambio de fechas no supone modificación económica.
La dotación económica es de 781,32 euros mensuales y un seguro
médico no farmacéutico, durante el período de vigencia de la beca.
Segundo.-Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de
la ampliación de la beca reconocida en esta resolución en los términos
previstos por la citada Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992, y
resolución de 22 de marzo de 2001.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente
podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso
administrativo, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que
dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13
de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14). Todo ello, sin perjuicio de
que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Madrid, 16 de septiembre de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución
de 29 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero),
el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.
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