El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los Consejeros de
Seguridad para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, por
Ferrocarril o por Vía Navegable, ha impuesto a las empresas que
transporten mercancías peligrosas por estos medios, o que sean responsables
de las operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la
obligación de contar con, al menos, un Consejero de Seguridad que deberá
haber superado los exámenes regulados por Orden del Ministro de Fomento
de 21 de octubre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 23) sobre
capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad.
Es competente para convocar las presentes pruebas la Dirección
General de Transportes por Carretera al no haber asumido la ciudad de Ceuta
las competencias correspondientes.
En su virtud, esta Dirección General ha resuelto convocar las pruebas
globales y por especialidades de constatación de la capacitación profesional
para el ejercicio de la actividad de Consejero de Seguridad para el
transporte por carretera y por ferrocarril en la ciudad de Ceuta con arreglo
a las siguientes bases:
Primera. Ámbito de las pruebas.-Se convocan pruebas globales y por
especialidades de constatación de la capacitación profesional para el
ejercicio de la actividad de Consejero de Seguridad para el transporte por
carretera y por ferrocarril, a celebrar en la ciudad de Ceuta.
Segunda. Ejercicios.-Los ejercicios de que constarán los exámenes,
su estructura y forma de calificación serán los establecidos en la Orden
del Ministro de Fomento de 21 de octubre de 1999 ("Boletín Oficial del
Estado" del 23) sobre capacitación profesional de los Consejeros de
Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas.
Los ejercicios que deberán superar los aspirantes versarán sobre las
obligaciones que le corresponden al Consejero determinadas por Real
Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, y sobre las materias recogidas en
el anexo de dicho Real Decreto.
Tercera. Solicitudes.-Las solicitudes para tomar parte en las pruebas
de esta convocatoria, debidamente cumplimentadas de conformidad con
el modelo adjunto a esta Resolución, se presentarán en la Jefatura
Provincial de Transportes Terrestres del Área de Fomento de la Delegación
del Gobierno en Ceuta, sita en explanada de Muelle de Poniente, galería C,
bajo, en el plazo de quince días a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Los derechos de examen serán de 17 euros por examen para cada
especialidad y modo de transporte, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 27 dos 4.2.1 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre. El ingreso
se realizará mediante boletín de ingreso (modelo 790) en cualquiera de
las entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de
Crédito) en las que no es preciso tener cuenta abierta, mediante la
presentación de dicho documento de ingreso.
Tasa: "Prestación de servicios y actuaciones de la Administración en
materia de ordenación de los transportes terrestres".
Código: 061.
Titular: Ministerio de Administraciones Públicas.
Las solicitudes deberán acompañarse del resguardo acreditativo del
pago de los derechos de examen, de fotocopia del documento nacional
de identidad y, en su caso, cuando se produzcan las circunstancias
reglamentarias previstas que posibiliten el presentarse a las pruebas en lugar
distinto de aquél en que el solicitante tenga su domicilio habitual, de los
documentos acreditativos de dichas circunstancias. La falta de justificación
del pago de los derechos de examen dará lugar a la exclusión del aspirante.
Cuarta. Tribunal calificador.-El Tribunal que juzgará las pruebas
está compuesto por las siguientes personas:
Tribunal titular:
Presidente: Don José Antonio Fernández García.
Vocales:
Don José Antonio Terrio Fernández-Muñiz.
Don Felipe Peña Vázquez.
Don Carlos Alberto Guitard Banet.
Secretario: Don Francisco Verdú Abellán.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña Rosario Castillo García.
Vocales:
Don Sergio Moreno Mateos.
Doña Margarita Nieto Pujalte.
Doña Rosa Ana Mendo Ruiz.
Secretario: Don José Antonio González Ruiz.
Quinta. Lugar, fechas y horas de los ejercicios.-Las pruebas se
celebrarán en el lugar, días y horas siguientes:
Lugar: Instituto Enseñanza "Siete Colinas". Avenida de África, sin
número. Ceuta.
Fechas y horas:
Miércoles, 4 de diciembre de 2002:
Ejercicio global de mercancías peligrosas:
Por carretera:
Primera parte: De nueve a diez horas.
Segunda parte: De diez a once horas.
Por ferrocarril:
Primera parte:
De once treinta a doce treinta horas.
Segunda parte: De doce treinta a trece treinta horas.
Jueves, 5 de diciembre de 2002:
Ejercicio Clase 1 (materias y objetos explosivos):
Por carretera:
Primera parte: De nueve a diez horas.
Segunda parte: De diez a once horas.
Por ferrocarril:
Primera parte: De once treinta a doce treinta horas.
Segunda parte: De doce treinta a trece treinta horas.
Martes, 10 de diciembre de 2002:
Ejercicio clase 2 (Gases):
Por carretera:
Primera parte: De nueve a diez horas.
Segunda parte: De diez a once horas.
Por ferrocarril:
Primera parte: De once treinta a doce treinta horas.
Segunda parte: de doce treinta a trece treinta horas.
Miércoles, 11 de diciembre de 2002:
Ejercicio Clase 7:
Por carretera:
Primera parte: De nueve a diez horas.
Segunda parte: De diez a once horas.
Por ferrocarril:
Primera parte: De once treinta a doce treinta horas.
Segunda parte: De doce treinta a trece treinta horas.
Jueves, 12 de diciembre de 2002:
Ejercicio Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9:
Por carretera:
Primera parte: De nueve a diez horas.
Segunda parte: De diez a once horas.
Por ferrocarril:
Primera parte: De once treinta a doce treinta horas.
Segunda parte: De doce treinta a trece treinta horas.
Viernes, 13 de diciembre de 2002:
Ejercicio materias líquidas número de identificación ONU 1202, 1203
y 1223:
Por carretera:
Primera parte: De nueve a diez horas.
Segunda parte: De diez a once horas.
Por ferrocarril:
Primera parte: De once treinta a doce treinta horas.
Segunda parte: De doce treinta a trece treinta horas.
Sexta. Domicilio y requisitos de los aspirantes.-Únicamente podrán
concurrir a los ejercicios celebrados en la ciudad de Ceuta, los aspirantes
que tengan su domicilio legal en la misma.
Para ello, deberán presentar al Tribunal correspondiente, en el
momento del comienzo de los ejercicios, el original de su documento nacional
de identidad, debiendo estar el domicilio que figure en éste incluido en
el ámbito territorial a que se extienda la actuación de dicho Tribunal.
Cuando se hayan producido cambios de domicilio que no haya sido posible
reflejar en el documento nacional de identidad, el domicilio se podrá
justificar mediante un certificado de empadronamiento expedido por el
correspondiente Ayuntamiento.
Madrid, 3 de octubre de 2002.-El Director general, Juan Miguel Sánchez
García.
Circunscripción donde se solicita celebrar las pruebas: Ceuta
A. Datos del solicitante
Nombre: .....................................................................................
Apellidos: ...................................................................................
Número del documento nacional de identidad: ....................................
Nacido/a en:
Localidad: ..................................................................................
Provincia: ..................................................................................
Fecha de nacimiento: ....................................................................
Domicilio:
Calle: ........................................................................................
Número: ..................
Localidad: ..................................................................................
Provincia: ..................................................................................
Código postal ..................
Teléfono: ................................
B. Ejercicios a los que se presenta
(Señale con una cruz la casilla o casillas que correspondan)
i Global para todas las especialidades. Por carretera.
i Global para todas las especialidades. Por ferrocarril.
i Para la especialidad clase 1. Por carretera.
i Para la especialidad clase 1. Por ferrocarril.
i Para la especialidad clase 2. Por carretera.
i Para la especialidad clase 2. Por ferrocarril.
i Para la especialidad clase 7. Por carretera.
i Para la especialidad clase 7. Por ferrocarril.
i Para la especialidad clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9.
Por carretera.
i Para la especialidad clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9.
Por ferrocarril.
i Para la especialidad de materias líquidas inflamables con los
números de identificación ONU 1202, 1203 y 1223. Por carretera.
i Para la especialidad de materias líquidas inflamables con los
números de identificación ONU 1202, 1203 y 1223. Por ferrocarril.
C. Documentación que se aporta
i Fotocopia del documento nacional de identidad.
i Justificante de ingreso de los derechos de examen.
Fecha y firma del solicitante,
Ilmo. Sr. Director general de Transportes por Carretera.
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