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Documento BOE-A-2002-20166

Resolución de 4 de octubre de 2002, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar en la Escala Técnica Estadística de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 2002, páginas 36539 a 36542 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2002-20166

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21

de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2 e)

de la misma norma, así como los artículos 48 y 122 de los Estatutos

de Universidad de Jaén, y con el fin de atender las necesidades

de personal de Administración y Servicios, acuerda convocar, con

aplicación del artículo 75.2 de la mencionada Ley Orgánica,

pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Estadística

con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de

Técnico Estadístico de la Universidad de Jaén, mediante el sistema

general de acceso libre.

1.2 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a

lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada por la

Ley 23/1988, de 28 de julio ; el Real Decreto 364/1995, de 11

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado, y a las bases de esta Resolución.

1.3 El procedimiento de selección de aspirantes será el de

oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en

el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir

los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado

miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de

aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros

Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén

separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de

su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores

de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito

de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la

Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de

aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado

la edad de jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Diplomado, Arquitecto técnico, Ingeniero técnico o titulación

equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna

limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones

públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior

deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos

hasta la toma de posesión como funcionario/a de la Escala a que

se aspira.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán solicitarlo en el modelo de instancia que será facilitado

gratuitamente en el Negociado de Información y Evaluación de

la Universidad de Jaén, así como en la página web de la

Universidad de Jaén: www.ujaen.es, o en los modelos normalizados

para ingresar en la Administración Pública, que se facilitan en

las Subdelegaciones de Gobierno y en las Delegaciones del

Gobierno en las Comunidades Autónomas.

A la instancia se acompañarán una fotocopia del documento

nacional de identidad, fotocopia del título académico relacionado

en la base 2.1 c) y el resguardo de haber abonado los derechos

de examen a que se refiere la base 3.4.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo y magnífico

señor Rector de la Universidad de Jaén, en el plazo de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía".

3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad o en los lugares establecidos en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).

3.4 Los derechos de examen, por el importe de 21 euros,

se ingresarán por los solicitantes en la Caja Rural de Jaén, cuenta

número 3067.0109.0200001272, a nombre de la Universidad

de Jaén, indicando en el ingreso: Oposiciones Escala Técnica

Estadística.

3.5 La falta de justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún

caso, la presentación y pago en la Caja Rural supondrá sustitución

del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud

ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.7 Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la

solicitud utilizando el recuadro 5 de la misma, expresando en

el 7 las posibles adaptaciones de tiempo y medios necesarios para

la realización de los ejercicios.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Jaén dictará Resolución en el plazo máximo

de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" y en la que además de declarar aprobada la lista

provisional de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha

de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes

excluidos con mención expresa en todo caso, de los apellidos,

nombre, número de documento nacional de identidad y motivo

que la produce.

4.2 En todo caso, la Resolución a que se refiere la base

anterior establecerá un plazo de diez días para la subsanación de

errores, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose

en el tablón de anuncios del Rectorado. Contra dicha Resolución

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de

acuerdo con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001,

de 21 de diciembre, de Universidades, en el plazo de dos meses,

a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de

anuncios del Rectorado edificio B-1 del campus "Las Lagunillas".

5. Tribunal calificador

5.1 Debido a la urgente necesidad de la publicación de la

convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente

hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real

Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos

de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante

Resolución del Rector al mismo tiempo que se expongan la lista de

excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en

el párrafo anterior.

5.3 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

Celebrará la sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días después de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" y en cualquier caso al menos diez días antes de

la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.4 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad de Jaén.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los

demás opositores, para la realización de los ejercicios.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso

colaboración de los servicios técnicos de la Administración

Laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Consejería de

Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando

para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para

las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 ("Boletín

Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes. El

Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyo ejercicio figuren

marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal

tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Jaén, paraje

Las Lagunillas, sin número, edificio B-1, teléfono 953 01 22 77.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría segunda de las recogidas en el Decreto 54/1989,

de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía"

número 31, de 21 de abril).

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes

superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta

de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se determinará

mediante sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos

anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán

hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan

celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo

si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si el

ejercicio es nuevo.

6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara

a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece

de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,

lo comunicará al Rector de la Universidad, el cual deberá dar

cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades

en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos

procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso

de alzada, ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.

7. Listas de aprobados/as, presentación de documentación

y nombramiento de funcionarios/as de carrera

7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición,

el Tribunal hará pública en los lugares de examen y en el Rectorado

de la Universidad las listas con las puntuaciones correspondientes.

7.2 La puntuación final se obtendrá de la forma establecida

en el anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el

Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados, por

orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de

cada uno de los ejercicios de la oposición y la suma total.

La lista de aprobados no podrá superar el número de plazas

convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación

en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 18 de la Ley 30/1984.

7.3 La relación de aprobados será elevada al Rector de la

Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as

de carrera.

7.4 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la

publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de

aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que

figuren en las mismas deberán presentar en el Servicio de Personal

y Organización Docente, los documentos precisos para acreditar

las condiciones exigidas en la base 2 de la convocatoria y

cumplimentarán la declaración que se incluye como anexo III de la

convocatoria.

7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados

funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad

en la solicitud inicial.

7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/as de

carrera mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía".

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de

fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados, ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas

selectivas presentadas en la Universidad con el apartado

"Reservado para la Administración", debidamente cumplimentado.

8. Norma final

8.1 La convocatoria, sus bases, y cuantos actos

administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal,

podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la

forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.2 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder

a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 4 de octubre de 2002.-El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a

continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario basado

en el contenido íntegro del programa que se relaciona en el

anexo II, pudiendo incluir, además, algunas de carácter

psicotécnico.

No podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la

realización del ejercicio. Las contestaciones erróneas se penalizarán

de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

FÓRMULA: (Ver imagen página 36541)

N = Nota resultante.

A = Número de aciertos.

E = Número de errores.

d = Número de opciones para cada pregunta.

n = Número de preguntas.

Se calificará de cero a 10 puntos siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel

mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos

temas, a elección del opositor de entre cuatro ofertados mediante

sorteo, de los que figuran en el anexo II, excluidos los temas

1, 2 y 3 de esta Resolución.

Se calificará de cero a 10 puntos siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel

mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba, de carácter práctica,

cuya configuración será determinada por el Tribunal sobre el

contenido íntegro del programa que figura en el anexo II, excluidos

los temas 1, 2 y 3. Para la realización de la misma podrá requerirse

la utilización de las siguientes herramientas informáticas: Microsoft

Office 2000 professional (Word, Excel, Access y PowerPoint),

STATGRAPHICS 5.0 y SPSS 10.0.

Se calificará de cero a 10 puntos siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel

mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

Este ejercicio se realizará directamente sobre un

microordenador o bien por escrito si las circunstancias del desarrollo de

las pruebas selectivas así lo aconsejaran.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

determinado por el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar

obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel

mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. En

caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

calificación obtenida en el primer ejercicio.

ANEXO II

Programa

1. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de

Universidades.

2. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la

Reforma de la Función Pública.

3. Estructura del presupuesto de la Universidad de Jaén.

Normas de ejecución presupuestaria.

4. Función estadística pública. El secreto estadístico. Difusión

y conservación de la información estadística. El Instituto Nacional

de Estadística. Otros servicios estadísticos de la Administración

del Estado. El Consejo Superior de Estadística. Relaciones entre

Administraciones Públicas en materia estadística. Relaciones con

las Comunidades Europeas y los organismos internacionales.

5. La actividad estadística pública en las Comunidades

Autónomas. La Ley de Estadística de la Comunidad Autónoma

andaluza. Planificación de la actividad estadística: Plan Estadístico de

Andalucía. Los Programas Estadísticos Anuales. Organización

estadística de la Comunidad Autónoma andaluza. El Instituto de

Estadística de Andalucía. El Consejo Andaluz de Estadística.

6. Estadística. Definición y evolución histórica. Estadística

descriptiva. Población. Caracteres: Definición y clasificación.

Escalas de medida.

7. Variables estadísticas. Tipos de variables estadísticas.

Tablas de frecuencias. Representaciones gráficas.

8. Descripción numérica de una variable estadística

unidimensional. Medidas de tendencia central y de posición. Medidas de

dispersión. Momentos. Medidas de forma. Medidas de

concentración. Representación de Box-Whisker.

9. Distribuciones de dos o más variables. Tablas.

Distribuciones conjunta, marginal y condicionada. Independencia y

dependencia. Representaciones gráficas.

10. Regresión y correlación: Definiciones. Ajuste por mínimos

cuadrados. Curva de regresión. Regresión lineal. Regresión no

lineal: Ajuste parabólico, hiperbólico, exponencial, potencial,

curva logística. Varianza residual. Coeficiente de determinación y de

correlación lineal.

11. Estadística de dos atributos. Variables categóricas. Tablas

de contingencia. Asociación e independencia. Medidas de

asociación. Correlación por rangos: Coeficiente de Spearman.

12. Números índices. Índices simples. Propiedades. Índices

compuestos. Distintas definiciones de índices compuestos,

ventajas e inconvenientes de cada uno. Propiedades. Problemas

asociados a la elaboración y renovación de índices. Deflación.

13. Series temporales. Componentes de una serie temporal.

Determinación de la tendencia. Determinación de la componente

estacional. Desestacionalización. Estimación.

14. Introducción al concepto de probabilidad. Introducción

histórica. Nociones sobre conjuntos y clases de conjuntos.

Operaciones sobre conjuntos y estructuras relacionadas. Experimentos

aleatorios. Espacio muestral y sucesos. Concepto de probabilidad.

Axiomática de Kolmogorov. Propiedades de la probabilidad.

Combinatoria. Probabilidad condicionada. Sucesos independientes.

Teoremas de la probabilidad total y de Bayes.

15. Variables aleatorias: Concepto. Distribución de

probabilidad y función de distribución. Propiedades. Distribuciones de

variables aleatorias discretas. Funciones de distribución y de

probabilidad (masa de probabilidad). Distribuciones de variables

aleatorias continuas: Función de distribución y función de densidad.

Propiedades.

16. Características de una variable aleatoria unidimensional.

Esperanza matemática. Momentos centrados y no centrados.

Varianza. Desigualdad de Tchebyshef. Función característica:

Propiedades. Función generatriz de momentos. Cálculo de momentos.

Otras características: Moda, mediana, cuantiles, medidas de

dispersión, coeficientes de asimetría y de curtosis.

17. Modelos de probabilidad para variables aleatorias

discretas: Distribución uniforme en n puntos. Distribución binomial.

Distribución geométrica. Distribución binomial negativa. Distribución

hipergeométrica. Distribución de Poisson.

18. Modelos de probabilidad para variables aleatorias

continuas: Distribución uniforme. Distribución normal. Distribución

gamma. Distribución exponencial. Distribución de Erlang.

Distribución beta. Distribución de Cauchy. Distribución de Pareto.

Distribución de Weibull. Distribución de Rayleigh.

19. Variables aleatorias multidimensionales: Definición.

Distribución de un vector aleatorio. Distribuciones marginales y

distribuciones condicionadas. Independencia de variables aleatorias.

Características de un vector aleatorio: Esperanza matemática.

Momentos. Valor medio y varianza de sumas y productos de

variables aleatorias. Esperanza condicionada. Varianza condicionada.

20. Regresión y correlación para dos variables aleatorias.

Curvas de regresión. Regresión mínimo-cuadrática. Varianza residual.

Razón de correlación. Coeficiente de correlación lineal.

21. Regresión y correlación para n variables aleatorias. Matriz

de covarianzas. Matriz de correlación. Hipersuperficies e

hiperplanos de regresión. Varianza residual. Correlación parcial y

múltiple.

22. Algunas distribuciones multivariantes: Distribución

multinomial. Distribución hipergeométrica k-variante. Distribución de

Poisson k-variante. Distribución normal multivariante.

23. Inferencia: Concepto. Población y muestra. Función de

distribución empírica. Estadístico. Estadísticos muestrales.

Distribución de estadísticos muestrales.

24. Estimación puntual. Definición y propiedades de los

estimadores. Métodos de construcción de estimadores.

25. Estimación por intervalos de confianza. Métodos de

construcción. Intervalos en poblaciones normales.

26. Contrastes de hipótesis: Conceptos. Tipos de errores. El

enfoque de Newman y Pearson. Potencia de un test. Intervalos

de confianza y contraste de hipótesis. Contrastes en poblaciones

normales.

27. Inferencia no paramétrica. Contrastes relacionados con

una muestra, con dos muestras y con tres o más muestras.

28. Control estadístico de la calidad. Conceptos. Control por

variables. Control por atributos. Los gráficos de control.

29. Muestreo y censos en la estadística pública: Utilización.

Población y muestra. Diseño y selección de la muestra. Errores

asociados. Planificación y realización de la encuesta: Fases y

contenidos. Depuración, imputación y plan de tabulación.

30. Muestreo aleatorio simple: Muestra, estimadores y errores

del muestreo. Muestreo estratificado: Muestra, estimadores y

errores.

31. Muestreo sistemático: Población y selección de la

muestra. Estimadores y errores asociados. Muestreo por

conglomerados: Muestra, estimadores y errores.

32. Introducción al análisis de datos multivariantes:

Estimación de los parámetros de una distribución normal multivariante.

Propiedades. Técnicas multivariantes: Análisis de componentes

principales. Análisis factorial. Análisis Cluster. MDS.

ANEXO III

Declaración jurada/promesa

Don/doña ........................................................

con domicilio en .................... y documento nacional de

identidad número ................., a efectos de ser nombrado/a

funcionario/a de carrera de la Escala Técnica Estadística de la

Universidad de Jaén, declara bajo juramento o promete, que no

ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones

Públicas.

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