Antecedentes de hecho
Se presenta solicitud de aprobación de modelo para el sistema de medida destinado al suministro de carburante líquido a vehículos a motor, marca «Gilbarco», modelo PRO, por parte de don Juan Carlos Iglesias Sánchez, en nombre y representación de la entidad «Iglesias Instalaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima», con domicilio social en la calle Resina, 8, 28021 Madrid.
Adjunta a dicha solicitud se aporta la documentación exigida así como memoria descriptiva del modelo y de su funcionamiento. Se realiza el estudio de dicha documentación comprobando que el diseño del sistema cumple los requisitos establecidos.
La entidad aporta, asimismo, certificados de ensayos favorables emitidos por el Centro Español de Metrología, con referencias CEM-CY-02/0161-6.4 y CEM-CY-IG02/0161-7.1, en el que se acredita que los sistemas presentados a ensayo son conformes con la legislación vigente.
Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, estima que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.
Fundamentos jurídicos
Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio; el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios en materia de Industria, Energía y Minas a la Comunidad de Madrid, y el Decreto 239/2001, de 11 de octubre, que establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.
La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 26 de diciembre de 1988, por la que se regula el control de los contadores volumétricos de líquidos distintos del agua y de sus dispositivos complementarios, y la Orden de 28 de diciembre de 1988, por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, establecen los requisitos reglamentarios para solicitar y obtener la aprobación de modelo de este tipo de sistemas de medida.
Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados,
Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, resuelve:
Conceder aprobación de modelo del sistema de medida destinado al suministro de carburante líquido a vehículos a motor, marca «Gilbarco», modelo PRO, a favor de la entidad «Iglesias Instalaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima», inscrita en el registro de control metrológico con el número 16-H-019.
Las denominaciones y características de los sistemas son:
Marca: Gilbarco.
Modelo: PRO.
Versiones: BR, IP y HH.
El sistema de medida se comercializa integrado en 3 versiones diferentes de aparato surtidor/dispensador denominadas PRO BR, PRO IP y PRO HH. La estructura descriptiva de versión y opciones se define en los siguientes campos:
Campo 1.o | Campo 2.o | Campo 3.o | Campo 4.o | Campo 5.o | Campo 6.o |
---|---|---|---|---|---|
Modelo | Versión | Tipo de sistema | Número de caras |
Número de productos por cara |
Número de mangueras |
PRO | W | T | C | P | MMM |
Campo 1.º: Contendrá la denominación del modelo.
Campo 2.º: Las dos letras de este campo indican la versión a la que pertenece el sistema de medida. Como se ha indicado antes, las versiones a considerar son: BR, IP y HH.
Campo 3.o: Indica si se trata de un sistema de medida con bomba propia o conectado a un sistema central de bombeo: 0 = Dispensador, 1 = Surtidor.
Campo 4.o: Indica el número de caras del aparato, pudiendo tomar los valores: M = Monofronte (una sola cara) o B = Bifronte (dos caras). Campo 5.o: Indica el número de productos por cara que tiene el aparato, pudiendo adoptar los valores 1 = 1 producto o 2 = productos.
Campo 6.o: Tres letras que indican el número de mangueras de cada caudal que tiene el sistema. El primero de los dígitos indica el número de mangueras de caudal máximo 50 l/min, el segundo el número de mangueras de caudal máximo 75 l/min y el tercero toma siempre el valor 0.
A continuación se adjunta un listado de las versiones y opciones existentes:
Opciones de la versión BR: PRO-BR-1-B-1-100, PRO-BR-1-B-1-010, PRO-BR-1-B-1-200, PRO-BR-1-B-2-110, PRO-BR-1-B-2-200, PRO-BR-2-B-1-020, PRO-BR-1-B-2-400, PRO-BR-1-M-1-100, PRO-BR-1-M-1-010, PRO-BR-1-M-2-200, PRO-BR-1-M-2-110, PRO-BR-1-M-2-020, PRO-BR-0-B-1-100, PRO-BR-0-B-1-010, PRO-BR-0-B-1-200, PRO-BR-0-B-2-110, PRO-BR-0-B-2-200, PRO-BR-0-B-2-020, PRO-BR-0-B-2-400, PRO-BR-0-M-1-100, PRO-BR-0-M-1-010, PRO-BR-0-M-2-200, PRO-BR-0-M-2-110, PRO-BR-0-M-2-020.
Opciones de la versión HH: PRO-HH-1-B-1-100, PRO-HH-1-B-1-010, PRO-HH-1-B-1-200, PRO-HH-1-B-2-110, PRO-HH-1-B-2-200, PRO-HH-1-B-2-020, PRO-HH-1-B-2-400, PRO-HH-1-M-1-100, PRO-HH-1-M-1-010, PRO-HH-1-M-2-200, PRO-HH-1-M-2-110, PRO-HH-1-M-2-020, PRO-HH-0-B-1-100, PRO-HH-0-B-1-010, PRO-HH-0-B-1-200, PRO-HH-0-B-2-110, PRO-HH-0-B-2-200, PRO-HH-0-B-2-020, PRO-HH-0-B-2-200, PRO-HH-0-M-1-100, PRO-HH-0-M-1-010, PRO-HH-0-M-2-200, PRO-HH-0-M-2-020.
Opciones de la versión IP: PRO-IP-1-B-1-100, PRO-IP-1-B-1-010, PRO-IP-1-B-1-200, PRO-IP-1-B-2-110, PRO-IP-1-B-2-200, RO-IP-1-B-2-020, PRO-IP-1-B-2-400, PRO-IP-1-M-1-100, PRO-IP-1-M-1-010, PRO-IP-1-M-2-200, PRO-IP-1-M-2-110, PRO-IP-1-M-2-020, PRO-IP-0-B-1-100, PRO-IP-0-B-1-010, PRO-IP-0-B-1-200, PRO-IP-0-B-2-110, PRO-IP-0-B-2-200, PRO-IP-0-B-2-020, 200, PRO-IP-0-B-2-110, PRO-IP-0-B-2-020.
Características metrológicas generales:
Caudal máximo: 50 ó 75 l/min según versión/opción.
Caudal mínimo:5 l/min.
Presión máxima de funcionamiento: 3,1 bar.
Suministro mínimo: 2 litros.
Clases de líquidos a medir: Gasolinas y gasóleos con viscosidad dinámica ≤ 20 mPa · s.
Margen de temperatura de funcionamiento: -10 oC a +50 oC.
Escalón de volumen: 0,01 litros.
Escalón de importe: 0,01 euros.
Escalón de precio unitario: 0,001 euros.
Máxima indicación de volumen: 9.999,99 litros.
Máxima indicación de importe: 9.999,99 euros.
Máxima indicación de precio unitario: 9,999 euros.
El signo de aprobación de modelo asignado será:
Los sistemas correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible e indeleble, las siguientes inscripciones de identificación (en su placa de características), además de las propias de los elementos que los conforman:
Nombre y anagrama del fabricante.
Denominación del modelo, versión y opción.
Número de serie y año de fabricación.
Caudal máximo en l/min.
Caudal mínimo en l/min.
Suministro mínimo en litros.
Presión máxima de funcionamiento, en bares.
Clase de líquidos a medir.
Margen de temperatura de funcionamiento, en grados centígrados.
Signo de aprobación de modelo.
Para garantizar un correcto funcionamiento de los sistemas se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en los planos contenidos en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.
Los sistemas correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.o del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo tiene validez hasta el próximo 6 de septiembre del año 2012, pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa solicitud presentada por el titular de la misma tres meses antes de la fecha de vencimiento.
Contra esta Resolución, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el excelentísimo señor Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por al Ley 4/1999.
Madrid, 6 de septiembre de 2002.–El Director general, Carlos López Jimeno.
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