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Visto el expediente de indulto de doña María del Carmen Hidalgo García con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, Sección número 2 de Valladolid, en sentencia de fecha 4 de septiembre de 2001, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, de fecha 28 de mayo de 2001, como autora de un delito de falsedad en documento oficial, a la pena de un año, nueve meses y un día de prisión y multa de siete meses, con una cuota diaria de 500 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de octubre de 2002,
Vengo en conmutar a doña María del Carmen Hidalgo García la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de veintiún meses de multa a satisfacer en cuotas diarias de 3 euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 4 de octubre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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