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Documento BOE-A-2002-196

Resolución de 26 de noviembre de 2001, de la Dirección General de Universidades, por la que se conceden becas de postgrado para la formación de profesorado universitario por haber sido estimados recursos de reposición.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2002, páginas 497 a 497 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-196

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, de 7 de noviembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 21), se convocaron becas en el marco del programa de postgrado para la formación de profesorado universitario.

Publicada la Resolución de 10 de abril de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de mayo) de concesión de las becas, se interpusieron recursos de reposición que a la vista de las alegaciones formuladas se han estimado por Resolución del Director general de Universidades de fecha 16 de noviembre de 2001.

Por ello, en uso de la delegación otorgada por la Resolución de convocatoria, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Conceder las becas a los candidatos que se relacionan en el anexo de esta Resolución, por haber sido estimados los recursos de reposición presentados en fecha y forma.

Segundo.

La concesión de estas becas se realiza con efectos de 1 de enero de 2002, pudiéndose prorrogar anualmente hasta un máximo de cuarenta y ocho meses, de conformidad con lo establecido en la base 10 de la Resolución de 17 de agosto de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de septiembre).

Tercero.

Los beneficiarios de las becas concedidas en esta Resolución quedan sujetos a las obligaciones, requisitos y condiciones que rigen este programa y que se indican en la mencionada Resolución de 7 de noviembre de 2000.

Cuarto.

El gasto resultante de las concesiones será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado y, en su caso, con los recursos procedentes del Fondo Social Europeo.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 26 de noviembre de 2001.‒El Director general, Ismael Crespo Martínez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, y Movilidad de Profesorado Universitario.

ANEXO
Organismo Nombre DNI
Universidad de Almería. M.a de los Ángeles Asensio Hita. 46.027.052-G
Universidad de Vigo. Raquel González Álvarez. 44.088.552-J

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