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Documento BOE-A-2002-19028

Resolución de 2 de septiembre de 2002, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima", con contraseña 02-H-895, embalaje combinado, código 4G, marca y modelo "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima", 50301-H02/07, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2002, páginas 34977 a 34978 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2002-19028

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial

del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad

de Cataluña la solicitud presentada por "Cartonajes M. Petit, Sociedad

Anónima", con domicilio social en calle Sant Josep, 137, polígono industrial

"El Pla", municipio de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona), para la

homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado

por "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima", en su instalación industrial

ubicada en Sant Feliu de Llobregat, embalaje combinado, código 4G, marca

y modelo "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima" 50301-H02/07, para

el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía

aérea ;

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida

por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e

inscripción en el Registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante

informe, certificado y actas con clave VC.BB 33039791/02, ha hecho constar

que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente

establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 ("Boletín Oficial del Estado"

del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones

de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,

he resuelto homologar el tipo del citado producto, con la contraseña de

inscripción 02-H-895, y definir, por último, como características técnicas

para cada marca y modelo registrado, las que se indican a continuación:

Marca y modelo: "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima", 50301-H02/07.

Características y productos autorizados a transportar:

Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17

de marzo de 1986 ("Boletín Oficial del Estado" del 31), modificada por

la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes

destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto, con

independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento

o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad

de la producción con el tipo homologado antes de 2 de septiembre de 2004

(Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida

en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se

puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria,

Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente

de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso

que se considere oportuno.

Barcelona, 2 de septiembre de 2002.-P. D. (Resolución de 7 de octubre

de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" de 13 de noviembre),

el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima", calle Sant

Josep, 137, polígono industrial "El Pla", 08980 Sant Feliu de Llobregat

(Barcelona).

Nombre EIC y número informe: "ICICT, Sociedad Anónima",

VC.BB 33039791/02.

Contraseña de certificación de tipo:

ADR 02-H-895-11

RID/IMDG/OACI 02-H-895

Características del envase/embalaje: 50301-H02-07.

Envases interiores:

Envase primario:

Contenedor de plástico, 1,8 litros, de 135 mm de diámetro, 152 mm

de altura (187 mm con el asa) tapa roscada de color azul, tara 296 g.

O, indistintamente, contenedor de plástico de 0,25 litros, de 48 mm

de diámetro, 195,5 mm de altura, con tapa roscada de color negro, con

aro de polexpán, tara 106 g, sin asa.

Ambos contenedores llevan la referencia: "Biotainer E3 Cortex

(Francia)".

Número de contenedores: Variable, de 1 a 4 por caja.

Cada envase primario contiene un vial de vidrio, cerrado, rodeado

de material absorbente, capaz de absorber todo el contenido líquido, y

en el caso de los contenedores grandes, rodeado de una lámina de plástico

de burbujas de aire.

Envase secundario:

Caja de poliestireno expandido, de medidas 318 x 318 mm. Altura:

311 mm.

Tara: 305 gramos.

Los contenedores quedan fijos dentro del embalaje secundario por

medio de unos separadores de cartón ondulado tipo FEFCO 0933, de un

gramaje de 400 g/m2.

Embalaje exterior:

Caja tipo 0202, de cartón ondulado doble-doble, canales B y C.

Peso de la caja: 682 g.

Dimensiones exteriores: 328 x 328 x 340 mm.

Gramaje total del cartón: 778 g/m2.

Composición del cartón: KB 140/F 125/B 110/F 130/K 125.

Protección (encima del embalaje secundario): Plancha de cartón

ondulado doble-doble, canales B y C.

Gramaje: 918 g/m2.

Composición: K 180/F 160/B 115/F 160/K 180.

Peso del embalaje completo con la nieve carbónica: 20 kg.

Marcado: UN 4G/clase 6.2./*/E/**/***.

-------------

* Fecha de fabricación.

** Anagrama del fabricante.

*** Número de certificación de tipo.

Materias a transportar

Peso bruto máximo del embalaje: 20 kg.

ADR/RID:

Clase 6.2: Materias infecciosas:

Números de identificación ONU: UN 2814 y UN 2900.

(La nieve carbónica, número UN 1845, de la clase 9, no está sometida

a las disposiciones del ADR.)

Materias que deben cumplir con la instrucción: P620.

IMO/IMDG:

Clase 6.2: Materias infecciosas:

Números de identificación ONU: UN 2814 y UN 2900.

Materias que deben cumplir con la instrucción: P620.

Instrucción del embalaje/envasado-P620.

Esta instrucción se aplica a los números ONU 2814 y 2900.

1. Embalajes/envases interiores que comprendan:

i) Uno o varios receptáculos primarios estancos.

ii) Un embalaje/envase secundario estanco.

iii) No tratándose de substancias infecciosas sólidas, un material

absorbente colocado entre el receptáculo o receptáculos primarios y el

embalaje/envase secundario, en cantidad suficiente para absorber la

totalidad del contenido ; si se colocan varios receptáculos primarios en un

solo envase secundario, se deberán envolver individualmente para evitar

todo contacto entre ellos.

2. Un embalaje/envase exterior suficientemente resistente en función

de su capacidad, masa y uso previsto.

La dimensión exterior más pequeña no debería ser inferior a 100 mm.

Disposiciones adicionales:

1. Los embalajes/envases interiores que contengan sustancias

infecciosas no deberían agruparse con embalajes/envases interiores que

contengan mercancías que no sean afines. Los bultos completos podrán

colocarse en un sobreembalaje/envase de conformidad con lo dispuesto en

las secciones 1.2.1 y 5.1.2 ; ese sobreembalaje/envase podrá contener hielo

seco.

2. No tratándose de remesas excepcionales, como órganos enteros

que requieran un embalaje/envase especial, las sustancias infecciosas

deberían ser embaladas/envasadas en consonancia a las siguientes

disposiciones:

a) Sustancias liofilizadas: Como receptáculos primarios se deberían

utilizar ampollas de vidrio selladas a la llama o viales o frascos de vidrio

con tapón de caucho y provistos de un precinto metálico.

b) Sustancias líquidas o sólidas:

i) Para las sustancias que se transporten a la temperatura ambiente

o a una temperatura superior, los receptáculos primarios deberían ser

de vidrio, metal o plástico. Para asegurar la estanqueidad deberían

utilizarse medios eficaces tales como un termosello, tapones envolventes o

de faldilla, o precintos metálicos de bordes fruncidos. Si se utilizan tapones

roscados, se deberían reforzar con cinta adhesiva ;

ii) En el caso de sustancias que se transportan refrigeradas o

congeladas, se debería colocar hielo, hielo seco u otro producto refrigerante

alrededor del (o de los) embalaje(s)/envase(s) secundario(s) o, si no, en

un sobreembalaje/envase que contenga uno o varios bultos completos

marcados según lo prescrito en 6.3.1.1. Se deberían colocar unos soportes

interiores para que el (los) embalaje(s)/envase(s) secundario(s) o los bultos

se mantengan en posición inicial cuando el hielo o el hielo seco se haya

fundido. Si se utiliza hielo, el embalaje/envase exterior o el

sobreembalaje/envase debería ser estanco. Si se utiliza hielo seco, el embalaje/envase

exterior o el sobreembalaje/envase debería permitir la salida de dióxido

de carbono gaseoso. El receptáculo primario y el embalaje/envase

secundario debería conservar su integridad a la temperatura del refrigerante

utilizado ;

iii) Para las sustancias que se transporten en nitrógeno líquido

deberían utilizarse receptáculos primarios de plástico que puedan resistir

temperaturas muy bajas. El embalaje/envase secundario también debería poder

resistir temperaturas muy bajas y, en la mayoría de casos, debería ajustarse

sobre el receptáculo primario individualmente. Deberían aplicarse,

también, las disposiciones relativas al transporte de nitrógeno líquido. El

receptáculo primario y el embalaje/envase secundario debería conservar su

integridad a la temperatura del nitrógeno líquido.

3. Sea cual fuere la temperatura prevista para la sustancia durante

el transporte, el receptáculo primario o el embalaje/envase secundario

debería poder resistir sin fugas ni derrames una presión interna que

produzca una diferencia de presión de no menos de 95 kPa y temperaturas

comprendidas entre - 40oC y + 55oC.

Número ONU 1845, de la clase 9, dióxido de carbono sólido (hielo

seco) deberá cumplir con la instrucción: P003.

Nota: Los embalajes/envases deberán ser proyectados y fabricados de

manera que permitan el escape de gas dióxido de carbono para evitar

una acumulación de presión.

IATA/OACI:

Dióxido de carbono sólido, número ONU 1845 clase 9.

Instrucción de embalaje: 904 aeronave de carga y pasaje.

Sustancia infecciosa para el hombre, número ONU 2814 clase 6.2.

Instrucción de embalaje: 602 aeronave de carga solamente 4 l o 4 kg.

Sustancia infecciosa para los animales, número ONU 2900 clase 6.2.

Instrucción de embalaje: 602 aeronave de carga solamente 4 l o 4 kg.

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