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Documento BOE-A-2002-18279

Resolución 432/38186/2002, de 10 de septiembre, de la Dirección General de Personal, por la que se elevan a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada (acceso libre).

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 20 de septiembre de 2002, páginas 33524 a 33525 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2002-18279

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de esta Dirección General de Personal, de fecha

22 de julio de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" de 2 de agosto),

se aprobó la relación provisional de aspirantes admitidos y se

publicó la relación de opositores excluidos a las pruebas selectivas

para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo

de Oficiales de Arsenales de la Armada, convocadas por Orden

DEF/1441/2002, de 12 de junio, de este Ministerio de Defensa.

Expirado el plazo de reclamaciones, examinadas las mismas

y efectuadas las rectificaciones oportunas sobre los listados

provisionales,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Elevar a definitivas las listas de aspirantes admitidos

que se encuentran expuestas al público en los siguientes centros

de Madrid: Dirección General de la Función Pública y Centro de

Información Administrativa (ambos en la calle María de Molina,

número 50), Ministerio de Defensa (paseo de la Castellana, 109),

Delegaciones de Defensa, Cuarteles Generales de cada Zona

Marítima y en todas las sedes de las Delegaciones del Gobierno en

las Comunidades Autónomas y en las Subdelegaciones del

Gobierno en las provincias.

Segundo.-Elevar, asimismo, a definitivas las listas de

aspirantes excluidos que figuran como anexo a esta Resolución, con

expresión de las causas de no admisión.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo

de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde

tengan su domicilio los interesados, a elección de los mismos,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de

1 de julio, del Poder Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, será potestativo de los interesados interponer

recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante

el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes,

de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la

Ley 30/1992, según redacción dada por el artículo primero,

números 31 y 32, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 10 de septiembre de 2002.-El Director general de

Personal, Joaquín Pita da Veiga Jáudenes.

ANEXO

Oficiales de Arsenales

TURNO LIBRE

Lista definitiva de excluidos

Causas

de

exclusión

Apellidosynombre DNI

(1) (3) Aguilar García, Susana ............ 75.814.240F

(2) Amor Cambón, Luis Manuel ....... 34.893.410H

(1) Batista Zuazo, Alfonso ............. 75.812.111V

(4) De Celis Fernández, María del Mar . 52.927.503H

(5) Denia Orenes, Federico ............ 23.009.456A

(6) García Salazar, Edelmiro........... 11.408.906D

(1) Marín del Pino, José Antonio....... 31.665.557P

(1) Marín Rodríguez, Joaquín Manuel .. 31.251.275W

(4) Núñez Pérez, Roberto Antonio ..... 34.048.441T

(1) Rodríguez Picallo, Icíar María ...... 32.686.110M

Causas de exclusión:

1. No aportar fotocopia del DNI, fotocopia del DNI defectuosa

o DNI. caducado.

2. Solicitud fuera de plazo.

3. No aportar certificación de la Oficina del Servicio Público

de Empleo relativa a la condición de demandante de empleo.

4. No aportar certificación de la Oficina del Servicio Público

de Empleo acreditativa de no haber rechazado oferta de empleo

adecuado y de no haberse negado a participar en acciones de

promoción, formación o reconversión profesional.

5. No abonar la tasa por derechos de examen recogida en

la base 3.4 de la convocatoria.

6. No aportar declaración jurada o promesa escrita de que

carece de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional.

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