Habiéndose declarado la desafectación y puesta a disposición de la
Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, del bien
inmueble donde se ubicaba el "Campo de Tiro de Carraclaca", en Lorca (Murcia),
ha dejado de ser necesario mantener la zona de seguridad que se señaló
por Orden 38/1980, de 29 de septiembre ("DO" número 233).
En consecuencia y considerando el informe emitido por el Estado Mayor
del Ejército de Tierra, a propuesta razonada del General Jefe de la Región
Militar Sur, dispongo:
Apartado único.
Se declara suprimida la zona de seguridad de la instalación militar
denominada "Campo de Tiro de Carraclaca" (Lorca).
Disposición derogatoria única.
Queda derogada la Orden 38/1980, de 29 de septiembre, en lo que
se refiere a la instalación militar citada.
Disposición final.-Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación,
en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 2 de septiembre de 2002.
TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid