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Documento BOE-A-2002-17249

Resolución de 24 de julio de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden ayudas económicas individuales para la asistencia a actividades de formación del personal docente en el exterior.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 29 de agosto de 2002, páginas 31818 a 31819 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-17249

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 20 de febrero de 2002 («Boletín Oficial del Estado» del 14 de marzo) de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del personal docente que presta servicios en el curso 2001-2002 en el exterior, determinándose en la misma que la concesión o denegación de las ayudas se determinará por la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por delegación de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades.

Examinadas las solicitudes relacionadas en los anexos I y II de esta resolución, y en base a los criterios establecidos en la citada Convocatoria de 20 de febrero de 2002,

Esta Secretaría de Estado de Educación y Universidades ha resuelto:

Primero.

Conceder ayudas económicas individuales al personal docente relacionado en el anexo I de la presente resolución, con las cantidades íntegras que en el mismo se detallan.

Segundo.

Denegar las solicitudes de ayuda relacionadas en el anexo II de esta resolución por alguna de las causas que a continuación se indican, correspondiendo los apartados que se citan a la convocatoria de 20 de febrero de 2002, haciéndose público el mencionado anexo II en los tablones de anuncios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en la página de internet http:// www.mec.es/inf/comoinfo/infor.html:

02. Actividad de formación no relacionada con el puesto de trabajo (apartado segundo).

03. Actividad de formación no finalizada en el curso 2001-2002 (apartado segundo).

04. No prestar servicios durante el curso 2001-2002 en centros de titularidad española, centros de titularidad mixta, secciones españolas en centros docentes de titularidad extranjera, escuelas europeas, agrupaciones de lengua y cultura españolas y equipos de asesores técnicos de las Consejerías de Educación todos ellos en el exterior y cuya enseñanza corresponda a modalidades o niveles no universitarios (apartado tercero.a).

07. Solicitud presentada fuera de plazo (apartado quinto).

08. Actividad no relacionada con las necesidades del Centro de destino (apartado sexto 1.b y noveno.2).

09. No existen gastos de matrícula y los gastos de desplazamiento son mínimos (apartado octavo).

Tercero.

1. La percepción de la ayuda se encuentra condicionada a que el beneficiario de la misma justifique debidamente su participación en la actividad de formación una vez finalizada. Para ello deberá remitir la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del documento que justifique la inscripción en el curso o actividad, en el que se especifique únicamente el importe del gasto realizado en concepto de matrícula y/o mensualidades.

b) Fotocopia compulsada del certificado de haber realizado la actividad, expedido por la entidad que desarrolle la actividad, o certificación académica de los estudios realizados, según proceda. En el caso de haber solicitado ayuda en concepto de desplazamiento, deberá constar en el citado certificado el número de días de asistencia.

c) Declaración del interesado manifestando si es o no beneficiario de otra ayuda o beca procedente de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, con especificación, en su caso, de su cuantía y finalidad.

d) En los casos en que se haya solicitado ayuda por desplazamiento, deberá remitirse documento en el que se especifique importe del viaje, así como de los gastos ocasionados por alojamiento y manutención.

2. En aquellos casos en que dicha documentación no hubiera sido remitida con anterioridad como consecuencia de la comunicación individual efectuada sobre la valoración de la solicitud, la indicada documentación será enviada al Instituto Superior de Formación del Profesorado, Paseo del Prado, 28, sexta planta, 28014-Madrid, una vez finalizada la actividad de formación, a la mayor brevedad posible y en todo caso con anterioridad al 1 de noviembre de 2002.

3. En caso de renuncia a la ayuda económica concedida, se comunicará esta circunstancia a dicho Instituto Superior de Formación del Profesorado en el mismo plazo que el establecido en el apartado anterior.

Cuarto.

El importe total de las ayudas económicas concedidas por la presente resolución asciende a un total de veintinueve mil cuatrocientos cincuenta y cuatro euros, cuarenta y seis céntimos (29.454,46 E).

Quinto.

Las ayudas económicas se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 18.09.421B.485.

Sexto.

De acuerdo con el Punto 9.6 de la Convocatoria de 20 de febrero de 2002, la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» surtirá los correspondientes efectos de notificación de la misma a los interesados.

Séptimo.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, ante este Ministerio en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 24 de julio de 2002.‒El Secretario de Estado, P. D. (Resolución de 20 de febrero de 2002, «Boletín Oficial del Estado» del 14 de marzo), la Secretaria general de Educación y Formación Profesional, Isabel Couso Tapia.

Ilmo Sr. Director del Instituto Superior de Formación del Profesorado.

ANEXO I
Relación de solicitudes de ayuda concedidas
N.o Apellidos y nombre NIF Sol.n.o

Importe

Euros

1 Adrover Llinares, Matilde. 21.376.846-W 1 223,23
2 Aguilera Rodríguez, Raquel. 26.224.638-S 1 231,64
3 Alcaraz Pérez, Salvador. 22.932.208-N 1 236,57
4 Alloza Losana, Fernando. 419.627-S 1 223,23
5 Alonso Fernández, Rosa María. 52.519.284-A 1 223,23
6 Álvarez Acero, Carmen. 10.587.257-N 1 1.239,50
7 Canalda Piñana, Francesc Xavier. 2.834.622-X 1 248,11
8 Canalda Piñana, Francesc Xavier. 2.834.622-X 2 231,64
9 Cano Ortega, Andrés. 12.352.258-Q 1 111,61
10 Carmona García, Ana. 74.427.259-H 1 941,00
11 Cascón Fransesch, María José. 29.471.970-T 1 138,00
12 De la Hoz Lara, Ana María. 45.054.746-T 1 1.017,00
13 De la Torre García, María Gloria. 51.635.424-X 1 385,71
14 Deza Bello, María Jesús. 51.320.078-V 1 223,23
15 Fons Sastre, Josep Ramón. 19.971.299-P 1 223,23
16 Galarraga González, María Esperanza. 2.494.585-M 1 223,23
17 García Ares, Jesús. 17.151.061-F 1 223,23
18 García Pardo, María Carmen. 22.476.366-F 1 223,23
19 García Pérez, María Rosario. 19.076.904-Z 1 1.300,00
20 Garrido Sastre, María Teresa. 5.882.079-J 1 248,60
21 Gracia Montoya, José Antonio. 22.000.186-L 1 540,00
22 Granados García, Francisco A. 75.008.178-A 1 111,60
23 Guitarte Goñi, Nicolás. 15.802.949-V 1 408,69
24 Gutiérrez González, Heliodoro Javier. 11.712.307-V 1 408,69
25 Gutiérrez Martín, María Auxiliadora. 7.877.299-Y 1 223,00
26 Ibarra Ibarriaga, Jesús Ignacio. 389.181-K 1 273,90
27 Ibarra Ibarriaga, Jesús Ignacio. 389.181-K 2 223,23
28 Jiménez Suárez, María Isabel. 10.557.725-N 1 227,00
29 Lago Vázquez, Josefa María. 33.212.474-Z 1 458,00
30 López Moraleja, María Ángeles. 680.180-R 1 1.300,00
31 López Ollero, María. 28.380.788-F 1 1.070,00
32 Marín Guallar, Alfonso. 17.151.815-W 1 650,00
33 Martínez Alfaro, Mercedes. 39.023.548-T 1 106,64
34 Martínez Alfaro, Mercedes. 39.023.548-T 2 223,23
35 Martínez Requejo, José María. 14.939.361-X 1 682,23
36 Martínez Requejo, José María. 14.939.361-X 2 328,10
37 Navarro García, Juan. 22.909.296-P 1 231,64
38 Ochoa Domingo, María Jesús. 78.149.728-Y 1 1.300,00
39 Orejas Gandullo, Elia. 50.682.856-X 1 1.300,00
40 Ortells Ramón, Ana Isabel. 17.706.992-M 1 273,90
41 Ortells Ramón, Ana Isabel. 17.706.992-M 2 223,23
42 Ortiz Castilla, Gloria. 6.973.243-B 4 208,50
43 Pareja Ortiz, Francisco. 24.074.068-Z 1 285,00
44 Parés Codina, Ramón. 78.041.146-F 1 223,23
45 Parra Méndez, Josefa. 22.479.702-P 1 341,00
46 Parra Méndez, Josefa. 22.479.702-P 2 223,23
47 Peris Cañete, Josefa. 85.028.989-J 1 223,23
48 Pifarre Solano, María. 41.074.198-Q 1 1.300,00
49 Piró Bellmunt, María Rosa. 78.058.479-K 1 168,40
50 Piró Bellmunt, María Rosa. 78.058.479-K 2 144,72
51 Prats Coca, José Daniel. 19.461.538-L 1 930,35
52 Puente Mazariegos, María Aránzazu. 11.961.582-H 1 231,64
53 Rivera Garrido, Rafael. 74.996.950-E 1 221,17
54 Rodríguez Antón, María Carmen. 45.055.436-T 1 142,86
55 Romo Pérez, María Pilar. 689.339-Y 1 223,23
56 Rubio Vidal, Alfonso. 15.223.516-T 1 1.035,00
57 Sada García, Ignacio. 50.283.929-H 1 223,23
58 Salas Sánchez, José Luis. 1.095.798-D 1 223,23
59 Santos Raposo, Natalia María. 35.472.505-L 1 1.300,00
60 Serra Salamé, Anna. 43.418.507-G 1 248,60
61 Soto Moreno, Juan. 23.212.745-H 1 223,23
62 Suñol De Amilibia, Nuria. 37.613.144-W 1 223,22
63 Tomás Rodríguez, María Belén. 52.519.280-E 1 223,23
64 Torralba Marco, Mercedes. 17.121.113-M 1 458,00
65 Valbuena Santos, Antonio. 9.667.821-R 1 225,38
66 Valera Muñoz, Gregorio. 22.942.074-B 1 111,61
67 Valero Casado, Juan Antonio. 45.042.890-N 1 144,72
68 Valero Casado, Juan Antonio. 45.042.890-N 3 168,40
69 Verdú Pons, Jordi Raúl. 21.634.203-N 1 511,28
70 Villa Del Brío, Carmen Begoña. 9.254.465-R 1 76,00
71 Villa Del Brío, Carmen Begoña. 9.254.465-R 2 76,00
72 Villa Del Brío, Carmen Begoña. 9.254.465-R 3 63,24
73 Villa Del Brío, Carmen Begoña. 9.254.465-R 4 152,00
74 Villa Del Brío, Carmen Begoña. 9.254.465-R 5 223,23
 Importe total. 29.545,46

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