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Documento BOE-A-2002-16554

Resolución de 18 de julio de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de "Conexión de Sequieta Nova con Acequia Llonga", término municipal de Sueca (Valencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 15 de agosto de 2002, páginas 30558 a 30559 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-16554

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación

de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001 de 8 de mayo, y

su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de

30 de septiembre, establecen que los proyectos, públicos o privados,

consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier

otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo,

sólo deberán someterse a una declaración de impacto ambiental cuando

así lo decida el órgano ambiental en cada caso. La decisión que deberá

ser motivada y pública se ajustará a los criterios establecidos en el

anexo III.

El proyecto se tipifica en la categoría de proyectos del anejo II de

la Ley 6/2001, grupo 9, otros proyectos; letra k) "Cualquier cambio o

ampliación de los proyectos que figuran en los anexos I y II ya autorizados,

ejecutados o en proceso de ejecución que puedan tener efectos

significativos sobre el medio ambiente, es decir cuando se produzca alguna de

las incidencias siguientes: 5.a "Afección a áreas de especial protección

designadas en aplicación de las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE, o

a humedales incluidos en la lista del Convenio Ramsar.

La Confederación Hidrográfica del Júcar de acuerdo con lo establecido

en el artículo 2.3 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, según la redacción

dada en la Ley 6/2001, de 8 de mayo, remitió a la Dirección General

de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 21 de junio de 2002, la

documentación relativa al proyecto "Conexión de Sequieta Nova con

Acequia Llonga" TM: Sueca (Valencia), incluyendo sus características,

ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su

sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Asimismo, con el fin de agilizar los trámites de consultas previas necesarias,

se adjuntan informes del Director Conservador del Parque Natural de la

Albufera de Valencia y del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental

de la Consejería de Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana.

El proyecto de conexión de Sequieta Nova con Acequia Llonga tiene

por objeto evitar problemas de salinización en las redes de riego de

determinadas zonas, todas ellas situadas dentro del Parque Natural de la

Albufera de Valencia. Sabido es que algunas acequias de la red de riego tienen

la doble función de drenaje, recogiendo las escorrentías y sobrantes, y

de acequia de riego propiamente dicha, de la que se abastecen los campos

de aguas abajo. Este es el caso de la Acequia Llonga, que recoge únicamente

escorrentías de los campos colindantes, al alimentarse exclusivamente de

esta agua, las redes de riego que de ella dependen se encuentran en peligro

de salinización, siendo necesario el aporte de nuevos caudales directos

de agua dulce. De esta forma, la nueva Acequia de Cuatro Reales conectará

la acequia principal de Sequieta Nova con la Acequia Llonga, consiguiendo

aumentar la carga de agua dulce de esta última, evitando con ello la

salinización de una zona de 3000 hanegadas (medida de superficie) dentro

del Parque Natural de la Albufera de Valencia. Las obras correspondientes

al presente proyecto comprenden la ejecución de una acequia de 400 metros

de longitud y 1,00 ^ 1,20 m2 de sección construida en hormigón armado.

El área de ubicación de las obras está constituido por campos de arroz,

teniendo una extensión de 0,5 Ha.

Se han recibido informes favorables emitidos por el

Director-Conservador del Parque Natural de la Albufera y por la Consejería de Medio

Ambiente de la Generalitat Valenciana que consideran que este proyecto

es beneficioso para dicho espacio natural. Para una correcta ejecución

del proyecto y habida cuenta de la gran importancia medioambiental que

posee este humedal, se recomienda el estricto cumplimiento de todas las

medidas correctoras expuestas tanto en la memoria resumen del proyecto

como en los informes emitidos por el Director-Conservador del Parque

y por la Consejería de Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana. Entre

otras medidas correctoras, destacan las siguientes: control en el plazo

de ejecución de la obra, acotamiento en la época de realización de las

obras fuera de los períodos de cultivo e inundación, disposición de pasos

sobre la acequia para evitar el efecto barrera, reutilización de las tierras

de la propia excavación, utilización de vertederos autorizados, seguimiento

de las obras por parte de la Oficina Técnica del Parque Natural de la

Albufera.

Considerando los informes recibidos, y los criterios del anexo III de

la Ley 6/2001 y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la

posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen

someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, y teniendo

en cuenta lo expuesto anteriormente, la Secretaría General de Medio

Ambiente considera que no es necesario someter al procedimiento de

evaluación de impacto ambiental el proyecto de "Conexión de Sequieta Nova

con Acequia Llonga en el término municipal de Sueca (Valencia).

Madrid, 18 de julio de 2002.-La Secretaria general, Carmen Martorell

Pallás.

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