La Resolución de la Secretaría de Estado para la Cooperación
Internacional y para Iberoamérica, SECIPI y presidencia de la Agencia Española
de Cooperación Internacional, AECI, de 18 de enero de 2002, publicada
en el "Boletín Oficial del Estado" del 31, convocó becas de estudio en
España para ciudadanos extranjeros y en el exterior para españoles para
el verano de 2002 y curso académico 2002/2003, cuyo periodo abarca
del día uno de julio del año 2002 al día 31 de diciembre del año 2003,
conforme a las bases generales que se recogen en el anexo de la misma.
La Resolución de la Presidencia de la AECI, de 1 de julio de 2002,
resolvió, con indicación de titulares y suplentes, conceder las becas de
los capítulos, I.A, I.B., I.C y III.A a los ciudadanos extranjeros y españoles
seleccionados.
Los señores: Magda Aslamadze (Georgia), Lidia Kazacova (Ucrania),
Larysa Kupinetz (Ucrania), Roberta de Souza Palhares (Brasil) y Najoua
Hachmi Ben Mohamed Gharbi (Túnez), han renunciado a sus respectivas
becas.
En virtud de lo previsto en las mencionadas Resoluciones, procede
conceder las becas a los suplentes, a propuesta de la Dirección General
de Relaciones Culturales y Científicas.
Por ello, resuelvo:
1. Declarar sin efecto las becas concedidas a los señores: Magda
Aslamadze (Georgia), Lidia Kazacova (Ucrania), Larysa Kupinetz (Ucrania),
Roberta de Souza Palhares (Brasil) y Najoua Hachmi Ben Mohamed Gharbi
(Túnez).
2. Conceder becas a los nuevos beneficiarios que eran suplentes:
Salomé Nikuradze (Georgia), Lesya Bilyk (Ucrania), Viktoria Zadorozhnya
(Ucrania), María Aparecida Ferreira Gonzaga (Brasil) y Feirouz Lahamar
(Túnez).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente
podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso
de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que
dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la
Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13
de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14). Todo ello, sin perjuicio de
que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Madrid, 24 de julio de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución de 29
de diciembre de 2000, ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero
de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.
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