Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso
de traslados convocado por Orden de 19 de diciembre de 2001
("Boletín Oficial del País Vasco" de 28 de diciembre de 2001 y
"Boletín Oficial del Estado" de 29 de diciembre de 2001), para
cubrir plazas vacantes entre Oficiales, Auxiliares y Agentes de
la Administración de Justicia.
Este Departamento, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y los artículos 54, 55 y 57 del Real
Decreto 249/1996, de 16 de febrero por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de
la Administración de Justicia, ha dispuesto:
Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter
definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado
en el concurso de traslados convocado por Orden de fecha
mencionada anteriormente, que se corresponden con los relacionados
en el anexo I de la Orden de convocatoria.
Segundo.-Excluir del concurso de traslados los funcionarios
que en anexo II se relacionan.
Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por
los participantes en el presente concurso que no han obtenido
destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos
de traslados.
Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el
presente concurso salvo que se pretendan amortizar mediante
modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de
un centro de trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista
en el art. 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por
funcionarios de nuevo ingreso.
Quinto.-El cese deberá efectuarse en las fechas que a
continuación se indican: Auxiliares, el 4 de septiembre. Oficiales y
Agentes, el 16 de septiembre. La toma de posesión del nuevo
destino obtenido por concurso se producirá en los tres días
naturales siguientes al cese si no hay cambio de localidad o en los
diez días naturales siguientes en caso contrario. El plazo posesorio
será retribuido por la Administración competente respecto a la
plaza obtenida en concurso.
Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la
Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y
Agentes el plazo posesorio deberá de computarse desde el día
siguiente al de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial
del Estado", pero en el presente caso dicho plazo no resulta
retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en
los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no puede
ser computado como de servicios efectivos.
En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del
presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no
quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la
Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,
Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso
retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en
caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse
a Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso
podrá ser de hasta tres días (artículo 66.1.g del Reglamento
Orgánico), teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha
inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza
de reingreso.
Por el Ilmo. Sr. Director de Recursos Humanos se les concederá
la excedencia de oficio en el Cuerpo de procedencia si ésta se
produce en un cuerpo al servicio de la Administración de Justicia,
en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior
a la de su posesión en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o
Agentes al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus
haberes.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas
que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la
posesión del titular.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses desde el
día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Vitoria-Gasteiz, 30 de julio de 2002.- El Consejero de Justicia,
Empleo y Seguridad Social, Joseba Azkarraga Rodero.
ANEXO I (ver imágenes páginas 30014 a 30020).
ANEXO II
Excluidos
DNI Apellidosynombre Código
exclusion
20.204.413 Gónzalez Diego M.a Pilar ............. 10
50.089.233 Honrado Galván, María Yolanda ...... 10
Códigos de exclusión:
1. No llevar un año en su anterior destino (base segunda, 1)
2. Presentación instancia fuera de plazo (base cuarta, 1, 2, 3
y 4)
3. Faltar fotocopia de la instancia del funcionario/a con
quien condiciona (base quinta).
4. Renuncia dentro del plazo (base cuarta, 7)
5. Por no haber firmado la instancia (base cuarta, 1, 2 y 3)
6. Por haber participado para dos Cuerpos (base cuarta, 6)
7. Por no pertenecer a ningún Cuerpo de la Administración
de Justicia.
8. Por no indicar el Cuerpo para el que participa.
9. Por no pertenecer al Cuerpo para el que participa.
10. Por haber cambiado de situación administrativa o haberse
jubilado.
11. Por no cumplir el plazo mínimo establecido en el
artículo 34.b) del R. O.
12. Por renuncia en ejecución de sentencia.
13. Por no haber tomado posesión en su puesto de trabajo
por motivo de licencia por razón de enfermedad (artículo 75
del R. O.).
14. Por estar incurso en expediente disciplinario por falta muy
grave [artículo 57.d) del R. O.].
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid