Por Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria de 11 de enero de 2002 fueron
nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo Técnico de Hacienda
los aspirantes aprobados en las correspondientes pruebas
selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.3
y anexo I de la convocatoria de las pruebas selectivas, por el
sistema de promoción interna, aprobada por Resolución de la
Dirección General de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria de 4 de diciembre de 2000 ("Boletín Oficial del Estado"
del 14), procede el nombramiento de funcionarios de carrera en
el citado Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984,
de 28 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de diciembre),
de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta
de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera, por el sistema de
promoción interna, del Cuerpo Técnico de Hacienda a los
aspirantes aprobados que se relacionan en el anexo de esta Resolución,
ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con
expresión de los destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
"Boletín Oficial del Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a
partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio
de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 18 de julio de 2002.-El Secretario de Estado para
la Administración Pública, Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Director general de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y Directora general de la Función Pública.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid