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Documento BOE-A-2002-15845

Orden MAM/1996/2002, de 23 de julio, por la que se convocan becas para ciudadanos extranjeros para la realización durante el último cuatrimestre de 2002 de estancias en determinadas unidades técnicas del Instituto Nacional de Meteorología de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2002, páginas 28897 a 28899 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-15845

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Dirección General del Instituto Nacional de

Meteorología, en virtud de sus competencias señaladas en el artículo 7 del Real

Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por Real Decreto 376/2001,

de 6 de abril, y existiendo dotación presupuestaria para ello en la aplicación

23.03.551B.480, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 81 del texto

refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto

Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y con el Reglamento del

Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas,

aprobado por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, dispongo:

Primero.-Convocar hasta un máximo de quince becas de estudio a

favor de ciudadanos extranjeros, conforme a las condiciones que se recogen

en el anexo de la presente Orden.

Las becas objeto de esta convocatoria se otorgarán en régimen de

concurrencia competitiva, y las estancias o pasantías concedidas deberán

realizarse durante el último cuatrimestre de 2002.

El Instituto Nacional de Meteorología facilitará al Departamento de

Enseñanza y Formación Profesional de la Organización Meteorológica

Mundial, con sede en Ginebra (Suiza), información oportuna sobre la

convocatoria, con objeto de que pueda ser difundida a los Servicios

Meteorológicos Nacionales de los países beneficiarios.

Segundo.-El titular del Departamento concederá, en el ámbito de esta

convocatoria, las becas solicitadas y dictará, en su caso, cuantas normas

e instrucciones sean precisas para la interpretación, desarrollo y ejecución

de esta convocatoria.

La Orden del titular del Departamento concediendo las becas pone

fin a la vía administrativa.

Madrid, 23 de julio de 2002.

MATAS I PALOU

ANEXO I

Bases

I. Objeto y finalidad de las becas

1.1 El Instituto Nacional de Meteorología podrá otorgar becas de corta

duración para la realización de estancias o pasantías en determinadas

unidades técnicas del Instituto Nacional de Meteorología, tanto de sus

Servicios centrales como periféricos o en departamentos universitarios

con los que el Instituto Nacional de Meteorología tenga suscritos convenios

de colaboración al respecto, en períodos de dos meses, para ciudadanos

de las nacionalidades que se determinan en la base 2 de este anexo.

1.2 La finalidad de estas becas es la realización de estudios y

actividades en las siguientes Unidades del Instituto Nacional de Meteorología:

a) Servicios Centrales (Madrid):

Área de Redes y Sistemas de Observación (una plaza).

Área de Telemática Meteorológica (una plaza).

Área de Predicción y Aplicaciones (una plaza).

Área de Atención a Usuarios (una plaza).

Área de Modelización (una plaza).

Servicio de Desarrollos Climatológicos (una plaza).

b) Servicios Periféricos:

Centro Meteorológico Territorial en Andalucía Occidental y Ceuta (una

plaza).

Centro Meteorológico Territorial en Andalucía Oriental y Melilla (dos

plazas).

Centro Meteorológico Territorial en Castilla y León (dos plazas).

Centro Meteorológico Territorial en Illes Balears y la Universidad de

Illes Balears (dos plazas).

Centro Meteorológico Territorial en Valencia (dos plazas).

El objetivo último de las estancias radica en permitir al becario una

profundización en el conocimiento de las técnicas meteorológicas

avanzadas que se utilizan en nuestro país con objeto de que la aplicación de

las mismas sirva para mejorar las actividades de los Servicios

Meteorológicos de los países de origen de los becarios.

1.3 La dotación de cada beca será de 721,21 euros en concepto de

bolsa de viaje fija y una cuantía de alojamiento y manutención que se

cifra en 901,52 euros mensuales. Al ser las estancias de dos meses, la

cuantía total de cada beca se eleva a 2.524,25 euros.

II. Condiciones que deben reunir los beneficiarios

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

Ser ciudadano preferiblemente de países iberoamericanos o, en su caso,

de países árabes o africanos o de las naciones de Europa del Este y Asia

Central que se denominan países con economía de transición en la

terminología utilizada por la Organización Meteorológica Mundial.

Pertenecer a algún Servicio Meteorológico o institución equivalente

o universitaria de los mencionados países.

Tener conocimiento de la lengua española o, en su defecto, de la inglesa

o francesa, suficiente para la realización de la estancia.

Poseer aptitud psicofísica para realizar las estancias proyectadas y

no padecer enfermedades infecto-contagiosas.

III. Solicitud y forma de concesión de la beca

3.1 Los interesados presentarán una solicitud de la beca dirigida al

Director General del Instituto Nacional de Meteorología, que deberá ser

remitida por la autoridad meteorológica que ostente la representación

permanente ante la Organización Meteorológica Mundial de cualquiera de

los países mencionados en la base 2 de este anexo, expresando la

conveniencia de la realización de la estancia o suscribiendo el conforme

correspondiente si se utiliza el modelo de solicitud de este anexo. Asimismo,

de formular dicha solicitud sin emplear este modelo, detallará el contenido

y finalidad de la estancia a realizar en determinadas Unidades técnicas

del Instituto Nacional de Meteorología, haciendo constar que los candidatos

reúnen los requisitos establecidos en la base 2.

Se adjuntarán los documentos justificativos oportunos y un breve

currículo profesional que permita conocer la preparación del candidato para

realizar la estancia solicitada.

3.2 Los candidatos, por el hecho de solicitar estas becas, se entiende

que aceptan en todos sus términos las bases de la presente convocatoria,

así como las condiciones que señale la Dirección General del Instituto

Nacional de Meteorología en su contestación favorable.

3.3 La remisión de las solicitudes a la Dirección General del Instituto

Nacional de Meteorología se realizará en el plazo de treinta días naturales

a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

3.4 La evaluación de las solicitudes y la propuesta de resolución de

la selección de los candidatos se efectuará por una Comisión que, presidida

por el Director General del Instituto Nacional de Meteorología, estará

integrada por un representante de cada una de las Subdirecciones Generales

y del Área de Relaciones Internacionales del Instituto Nacional de

Meteorología, así como un funcionario del Centro de Formación Meteorológica,

que actuará de Secretario. La designación de los Vocales y Secretario de

la Comisión se efectuará por el Director General del Instituto Nacional

de Meteorología.

La Comisión propondrá la concesión de las becas utilizando criterios

de valoración que tengan en cuenta la mayor idoneidad de los candidatos

para realizar las estancias en función de los perfiles profesionales y

currículos aportados en las solicitudes, así como criterios de distribución

geográfica entre candidatos de los distintos países, de modo que la concesión

de las becas abarque el mayor número de nacionalidades diversas. A la

vista de dicha propuesta, el Director General del Instituto Nacional de

Meteorología elevará al Ministro de Medio Ambiente propuesta de

concesión de las becas. El titular del Departamento resolverá la concesión

definitivamente y ésta se notificará mediante telegrama, fax o medio

equivalente, a las autoridades meteorológicas que ostenten las representaciones

permanentes ante la Organización Meteorológica Mundial de los países

de los candidatos seleccionados para su remisión a éstos. En dicha

concesión se fijará la naturaleza y duración de la estancia y la cuantía de

la beca, así como la fecha de incorporación del aspirante.

IV. Obligaciones de los becarios

4.1 Los adjudicatarios de las becas están obligados a:

Comunicar a la Dirección General del Instituto Nacional de

Meteorología, en el período que fije la contestación favorable, su aceptación

expresa.

Presentarse en la sede central del Instituto Nacional de Meteorología

o en la del correspondiente Centro Meteorológico Territorial, en el día

de iniciación de la beca. Si transcurre una semana sin que se haya podido

presentar ni medie la debida justificación, la beca será anulada. En el

caso de existir causa justificada, el período previsto de duración de la

estancia se prorrogaría el tiempo necesario hasta donde fuera posible.

Aportar a su presentación un certificado médico de poseer aptitud

psicofísica para realizar la estancia proyectada y no padecer enfermedades

infecto-contagiosas, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

Suscribir, en el plazo máximo de una semana a partir de la fecha

de su presentación, una póliza de seguro que cubra los gastos de

enfermedad o accidente durante su estancia en España.

A título orientativo los interesados podrán recabar de la Dirección

General de Seguros, con domicilio en Paseo de la Castellana, 44, 28046

Madrid, las entidades aseguradoras que proporcionen la cobertura

adecuada a la póliza indicada.

4.2 El becario se adaptará al sistema de trabajo establecido por la

Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, estando obligado,

al final de su estancia, a entregar un informe-memoria de las actividades

realizadas.

4.3 El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones, así como

la falta de asistencia o dedicación al trabajo, será motivo de revocación

de la beca.

V. Forma de pago de la beca

5.1 Una vez concedida la estancia, el pago de la parte de la beca

de carácter mensual se hará por meses anticipados, previa presentación

del certificado del Jefe de la Unidad donde se ha concedido la estancia

acreditativa de la presentación del becario en las condiciones previstas

en la base 4, que deberá emitirse antes del día 10 del primer mes. De

igual forma durante el segundo mes, el mencionado Jefe emitirá, antes

del día 10, certificación relativa al cumplimiento de la estancia en las

condiciones previstas en la citada base.

5.2 La parte correspondiente a bolsa de viaje fija, por importe de

721,21 euros, se pagará también previa presentación del certificado al

que se ha hecho referencia en el apartado anterior correspondiente al

primer mes.

VI. Modelo de solicitud

SOLICITUD DE BECA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS

EN UNIDADES TÉCNICAS DEL INM

Año 2002

A remitir al ilustrísimo señor Director general del Instituto Nacional

de Meteorología. Apartado de Correos n.o 285. Ciudad Universitaria.

28040 Madrid. España (Fax: 34 91/581 98 92).

(Escribir a máquina o con letras de imprenta) Fotografía

6.1 Datos personales:

Primer apellido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Segundo apellido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Nombre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha de nacimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . Lugar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Nacionalidad . . . . . . . . . . . . . . Estado Civil . . . . . . . . . . . . . . Domicilio . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Profesión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.2 Empleo actual:

Categoría laboral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Empresa o centro de trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Dirección postal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Dirección telegráfica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Télex . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fax . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.3 Estudios universitarios cursados (se acompañará certificación

académica):

Centro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

de (fecha) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . a (fecha) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Estudios cursados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Grado obtenido, en su caso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.4 Cursos y experiencia profesional en Meteorología . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.5 Relación de Unidades que solicita por orden de prioridad (se

enumerarán como máximo tres de las relacionadas en la base 1.2 de este

anexo):

1.a: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2.a: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3.a: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Esta relación no implica forzosamente que la estancia concedida al

candidato seleccionado haya de desarrollarse en alguna o todas ellas, sino

que el aspirante puede ser destinado a cualesquier otra de las relacionadas

en la base 1.2.

6.6 Certificado médico aportado:

Autoridad sanitaria que lo suscribe: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha de la certificación: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.7 Relación de certificados que presenta:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.8 Observaciones adicionales:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Conforme: Fecha

El representante permanente El candidato,

. . . . . . . . . .ante la OMM

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