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Documento BOE-A-2002-15758

Resolución CLT/1928/2002, de 10 de junio, del Departamento de Cultura, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional a favor de las viviendas de la Barceloneta, en Barcelona, y de delimitación de su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2002, páginas 28833 a 28833 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2002-15758

TEXTO ORIGINAL

El 25 de abril de 2002, la Dirección General del Patrimonio Cultural

emitió un informe en el que se propone incoar un expediente para la

declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de

monumento histórico, de las viviendas de la Barceloneta, en Barcelona, y donde

se justifica la necesidad de delimitar su entorno de protección.

Considerando los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre,

del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés

nacional, en la categoría de monumento histórico, de las viviendas de

la Barceloneta, en Barcelona, y de delimitación de su entorno de protección.

Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente.

Segundo.-Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar

traslado de la misma al Alcalde de Barcelona y hacerle saber que, de acuerdo

con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre,

del Patrimonio Cultural Catalán, esta incoación comporta la suspensión

de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo

en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias

ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar

la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores

culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de

la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes

de la publicación de esta Resolución.

Tercero.-Abrir un período de información pública de un mes, a contar

desde la publicación de esta Resolución en el "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña". El expediente estará a disposición de las personas

que lo quieran examinar en la sede de los Servicios Territoriales del

Departamento de Cultura en Barcelona, calle Muntaner, 221, 08036 Barcelona.

Durante este plazo podrá alegarse lo que se considere conveniente sobre

el expediente. Las alegaciones deben dirigirse a los Servicios Territoriales

de Barcelona.

Cuarto.-Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales

de Interés Nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la

misma al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la

Administración del Estado.

Barcelona, 10 de junio de 2002.-El Consejero, Jordi Vilajoana i Rovira.

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