El 25 de abril de 2002, la Dirección General del Patrimonio Cultural
emitió un informe en el que se propone incoar un expediente para la
declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de
monumento histórico, de las viviendas de la Barceloneta, en Barcelona, y donde
se justifica la necesidad de delimitar su entorno de protección.
Considerando los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre,
del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:
Primero.-Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés
nacional, en la categoría de monumento histórico, de las viviendas de
la Barceloneta, en Barcelona, y de delimitación de su entorno de protección.
Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente.
Segundo.-Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar
traslado de la misma al Alcalde de Barcelona y hacerle saber que, de acuerdo
con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre,
del Patrimonio Cultural Catalán, esta incoación comporta la suspensión
de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo
en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias
ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar
la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores
culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de
la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes
de la publicación de esta Resolución.
Tercero.-Abrir un período de información pública de un mes, a contar
desde la publicación de esta Resolución en el "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña". El expediente estará a disposición de las personas
que lo quieran examinar en la sede de los Servicios Territoriales del
Departamento de Cultura en Barcelona, calle Muntaner, 221, 08036 Barcelona.
Durante este plazo podrá alegarse lo que se considere conveniente sobre
el expediente. Las alegaciones deben dirigirse a los Servicios Territoriales
de Barcelona.
Cuarto.-Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales
de Interés Nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la
misma al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la
Administración del Estado.
Barcelona, 10 de junio de 2002.-El Consejero, Jordi Vilajoana i Rovira.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid