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Documento BOE-A-2002-15625

Resolución de 21 de junio de 2002, de la Secretaría General de Gestión y Cooperación Sanitaria, por la que se da publicidad al Acuerdo de colaboración entre el Instituto Nacional del Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto Gallego de Consumo de la Xunta de Galicia para la realización del Seminario Interministerial "Diálogo Euro Latino Americano".

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2002, páginas 28580 a 28581 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2002-15625

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 28 de mayo de 2002, Acuerdo de colaboración entre el Instituto Nacional del Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto Gallego de Consumo de la Xunta de Galicia para la realización del Seminario Interministerial «Diálogo Euro Latino Americano», en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 21 de junio de 2002.‒El Secretario general, Rubén F. Moreno Palanques.

ANEXO
Acuerdo de colaboración entre el Instituto Nacional del Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto Gallego de Consumo de la Xunta de Galicia para la realización del Seminario Interministerial «Diálogo Euro Latino Americano»

En Madrid, a 28 de mayo de 2002.

REUNIDOS

De una parte la Ilma. Sra. D.ª Dolores Flores Cerdán, Vicepresidenta del Instituto Nacional del Consumo, en virtud del Real Decreto 1450/2000, de 28 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio).

Y de otra el Ilmo. Sr. D. Víctor Tello Calvo, actuando como Presidente del Instituto Gallego de Consumo, en ejercicio de las facultades que le confieren la Ley 8/1994, de 30 de diciembre, de creación del Instituto Gallego de Consumo.

EXPONEN

Que el fenómeno de la globalización ha traído consigo, entre otros efectos, el de la caída efectiva de barreras a la libre circulación de mercancías, ya que los medios de comunicación actuales hacen posible cualquier intercambio económico.

Que productos y servicios similares llegan a partes muy distantes y distintas del mundo. Los mismos problemas y las mismas necesidades de protección de los intereses de los consumidores, frente a ellos, se reproducen en áreas geográficas y políticas muy diferentes.

Que en este escenario la política de protección al consumidor adquiere una importancia creciente, pero sobre todo requiere soluciones y herramientas que vayan más allá del ámbito de actuación y decisión de un solo país.

Que tales soluciones e instrumentos han de ser determinados para ser efectivos, de forma conjunta, por los Gobiernos, para lo cual se hace necesario establecer un foro de encuentro, de comunicación y acuerdo donde se reúnan los máximos responsables gubernamentales en la materia a fin de que los compromisos adquiridos lo sean con el aval suficiente que garantice su cumplimiento.

Que evidentemente el entendimiento se hace más fácil entre países del mismo área de influencia. En este sentido España, que siempre ha sido un referente para Iberoamérica, lo es aún más hoy por ser su puerta hacia Europa, sus instituciones y el trabajo que allí se realiza en materia de protección al consumidor.

Que por este motivo, aprovechando el período de Presidencia de la Unión Europea, España se ha propuesto favorecer esa mesa de trabajo internacional donde puedan intercambiar pareceres y tomar decisiones, los representantes de los Estados miembros de la Unión Europea y de Iberoamérica, en ámbitos tan importantes como la participación de los consumidores en la adopción de las decisiones que les afectan, la creación de un mercado más justo, transparente y competitivo desde la perspectiva del consumidor y propiciar un consumo más racional con el medio ambiente.

Que el Gobierno español, a través del Instituto Nacional del Consumo, como responsable de la política de protección al consumidor, será el encargado de organizar el mencionado encuentro.

Que el Instituto Gallego de Consumo ha ofrecido su colaboración al Instituto Nacional del Consumo para la organización del evento.

En base a lo cual, y para establecer los términos de esa colaboración, ambas partes, deciden suscribir el presente Acuerdo, en base a las siguientes

Estipulaciones

Primera.

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los términos de la participación del Instituto Gallego de Consumo de la Xunta de Galicia en la organización del «Seminario Ministerial Diálogo sobre Consumo», que llevará a cabo el Instituto Nacional del Consumo, en Santiago de Compostela los días 5, 6 y 7 de junio del año 2002.

Segunda.

El Instituto Nacional del Consumo será el organismo responsable de la organización, dirección y coordinación institucional del Seminario. Para ello se contratarán los servicios de una empresa especializada en la materia, siguiendo, para ello, el procedimiento exigido por nuestro ordenamiento, para la contratación de servicios por las Administraciones Públicas.

Tercera.

Por su parte, el Instituto Gallego de Consumo de la Xunta de Galicia, se compromete a llevar a cabo con cargo a su propio presupuesto los siguientes servicios:

Traslado de los asistentes durante su estancia en Santiago de Compostela, incluyendo los traslados desde el aeropuerto de Santiago a los hoteles a la llegada y, viceversa, a la salida.

Alojamiento y manutención de los asistentes durante los días de estancia en Santiago.

Alquiler de salas para la celebración de las Jornadas, así como de los medios técnicos y audiovisuales necesarios.

Secretaría de las Jornadas.

Contratación de azafatas bilingües.

Confección y elaboración de los carteles anunciadores de las Jornadas siguiendo las indicaciones de los organismos firmantes de este Acuerdo.

Decoración de las salas.

Traducción simultánea a español, francés, inglés y alemán.

Cuarta.

El presente Acuerdo estará vigente hasta el 15 de junio de 2002, pudiéndose, no obstante, resolver en cualquier momento, desde su firma, a petición de una de las partes, sin que este hecho pudiese dar lugar a indemnización alguna por presuntos perjuicios causados.

Quinta.

Ambas partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo las incidencias que pudieran sobrevenir de la aplicación del Acuerdo relativas a la interpretación, resolución y efectos del mismo, a través de una Comisión de Seguimiento, que se constituirá dentro de los quince días siguientes a la firma de este Acuerdo.

Sexta.

El presente Acuerdo queda excluido de la aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido en su artículo 3.1.c).

Y en prueba de conformidad, firman el presente Acuerdo por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.‒La Vicepresidenta del Instituto Nacional del Consumo, Dolores Flores Cerdán.‒El Presidente del Instituto Gallego de Consumo, Víctor Tello Calvo.

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