Visto el expediente de indulto de doña Sonia Vinaixa Sánchez, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada
por el Juzgado de lo Penal número 3 de Algeciras, en sentencia de fecha 24
de abril de 2000, como autora de un delito contra la salud pública, a
la pena de dos años y seis meses de prisión y multa de 350.000 pesetas,
con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de
sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000,
a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 19 de julio de 2002,
Vengo en conmutar a doña Sonia Vinaixa Sánchez, la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 19 de julio de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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