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Documento BOE-A-2002-15080

Resolución de 5 de julio de 2002, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se convoca el Certamen de Fotografía sobre Cultura Popular, correspondiente a 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2002, páginas 27536 a 27537 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-15080

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 12 de septiembre de 2001 ("Boletín Oficial del Estado"

de 3 de octubre de 2001) regula el Certamen de Fotografía sobre Cultura

Popular.

En el punto primero de la citada Orden se faculta al Director general

de Bellas Artes y Bienes Culturales a convocar anualmente el

correspondiente Certamen.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Convocatoria.-Convocar el Certamen de Fotografía sobre

Cultura Popular correspondiente a 2002.

Segundo. Objeto de la convocatoria.-El Certamen de Fotografía sobre

Cultura Popular pretende destacar los mejores trabajos fotográficos que

pongan de relieve las diferentes formas de vida y pensamiento de

los pueblos e individuos que componen las diversas culturas del Estado

español.

Tercero. Participantes.-Podrán tomar parte en la presente

convocatoria todas las personas físicas que lo soliciten y cumplan con lo

establecido en las bases del Certamen.

Cuarto. Premios.-1. Se concederán tres premios, dotados con las

siguientes cantidades:

Primer premio: 6.010,12 euros.

Segundo premio: 3.005,60 euros.

Tercer premio : 1.502,50 euros.

2. El importe de este premio se abonará con cargo a las dotaciones

presupuestarias asignadas a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes

Culturales (Subdirección General de Museos Estatales, aplicación

presupuestaria 18.13.453A.483).

3. Asimismo, se podrán otorgar menciones honoríficas a las

candidaturas que a juicio del jurado, resulten merecedoras de tal reconocimiento.

4. El fallo del jurado se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

5. La entrega de los premios y las menciones honoríficas se efectuará

en un acto o actos públicos, convocados al efecto, a los que se dotará

de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.

Quinto. Requisitos de los trabajos fotográficos.-1. Los trabajos

fotográficos versarán sobre cualquier aspecto de los modos de vida y

pensamiento que conforman la cultura popular en los distintos territorios

de España, y habrán de significarse por su valor antropológico para el

conocimiento y la difusión de tales expresiones culturales en la sociedad

española.

Podrán plasmar, por consiguiente, creencias religiosas y profanas,

rituales y celebraciones de todo tipo, expresiones musicales o de danza, juegos

y deportes, procesos de socialización y aculturación de grupos e individuos,

sistemas identitarios de carácter grupal o de género y edad, formas de

organización social e instituciones, actividades económicas tanto de tipo

productivo como de distribución o transformación, modos de trabajo,

ocupaciones y construcciones del espacio, aspectos de la alimentación y la

salud, indumentarias y adornos, u otras manifestaciones culturales que

contribuyan a la comprensión y divulgación antropológica de la cultura

popular de España.

2. Se valorará especialmente la calidad fotográfica y artística de los

trabajos, como medio de comunicación y expresión plástica, y de manera

singular que el tema tratado resulte de interés, ya sea por su relevancia

etnográfica y para el estudio antropológico de las distintas culturas

populares del Estado español, por referirse a culturas en contextos de crisis

y cambio o poco conocidas, o por abordar situaciones de actualidad.

3. Los trabajos deberán ser originales e inéditos.

Sexto. Presentación de los trabajos fotográficos.-1. Los trabajos

fotográficos que se presenten al Certamen contendrán un reportaje de

tres a cinco fotografías sobre el mismo tema.

2. El tamaño de las fotografías será de 24 a 30 centímetros (lado

menor), por 30 por 40 centímetros (lado mayor).

3. Las fotografías, cortadas a sangre sin ninguna clase o tipo de

margen, orla y recuadro en el papel fotográfico, se presentarán por duplicado

sobre un cartón rígido del mismo tamaño que la fotografía, sin pegar,

sujetas con esquineras, y en su parte posterior llevarán la numeración

y el lema que se elija para participar en el Certamen.

4. El trabajo guardará siempre el anonimato de sus autores, se

presentará sin firma y bajo un lema identificativo. Además, se acompañará

de dos sobres identificados con el mismo lema elegido:

Un primer sobre que se entregará abierto, contendrá una breve memoria

explicativa del reportaje fotográfico desde un punto de vista antropológico,

escrita a doble espacio y con una extensión mínima de una página y máxima

de dos páginas. Asimismo, se acompañarán los datos técnicos del mismo

(diafragma, velocidad, película, papel, etc.)

En un segundo sobre que se entregará lacrado, se dirigirá escrito al

Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales, solicitando participar

en el concurso, conforme los requisitos exigidos por el artículo 70 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero, al que el autor o los autores adjuntarán

la siguiente documentación:

a) Datos personales del autor, domicilio, teléfono, fax, e-mail, etc.

b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento

acreditativo.

c) Currículum vitae del autor o autores que remiten el trabajo.

d) Declaración firmada aceptando expresamente las bases y

condiciones del Certamen, garantizando que la obra no se halla pendiente del

fallo de ningún otro Premio y que el autor o autores tienen, directa o

indirectamente, la libre disposición de todos los derechos de explotación

en sus diferentes modalidades sobre su obra. Se hará constar, asimismo,

en esta declaración que el trabajo presentado no se ha publicado, expuesto

o difundido de algún otro modo en España o en el extranjero.

5. El plazo de presentación de los trabajos será de dos meses a contar

desde la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

6. Los trabajos fotográficos dirigidos al Director general de Bellas

Artes y Bienes Culturales podrán presentarse en el Museo Nacional de

Antropología (sede avenida Juan de Herrera, 2, 28040 Madrid) y en el

Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Igualmente, se podrán emplear cualesquiera de las vías establecidas en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14). Los candidatos podrán solicitar de los Registros de los organismos

que se mencionan recibo que acredite la fecha de presentación de sus

trabajos fotográficos.

Séptimo. Jurado.-1. El jurado será designado por la persona titular

del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Director

general de Bellas Artes y Bienes Culturales y estará compuesto por los

siguientes miembros:

Presidente: El Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales

o persona en quien delegue.

Vocales:

Dos fotógrafos de reconocido prestigio profesional.

Tres expertos especializados en la temática del Certamen.

Secretario: Un funcionario del Ministerio de Educación, Cultura y

Deporte, designado por el Director general de Bellas Artes y Bienes

Culturales, que actuará con voz pero sin voto.

2. La Orden de designación del jurado será publicada en el "Boletín

Oficial del Estado".

3. El funcionamiento del Jurado se regulará por las normas contenidas

en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

4. Los miembros del jurado tendrán derecho a percibir las

gratificaciones correspondientes por sus trabajos de asesoramiento, con las

limitaciones establecidas por la legislación vigente sobre incompatibilidades

y, en su caso, los gastos de locomoción y alojamiento en que pudieran

incurrir para el desarrollo de dichos trabajos.

Octavo. Resolución del Certamen.-1. El Jurado elevará la propuesta

del fallo del Certamen y, en su caso, de las menciones honoríficas a través

de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales a la persona

titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. El Certamen podrá

ser declarado desierto en todas o algunas de sus categorías.

2. La Orden por la que se resuelva el Certamen se hará pública antes

de la primera quincena del mes de diciembre.

Noveno. Obligaciones de los participantes.-1. Los participantes

deberán comprometerse, en el propio escrito de presentación al Certamen,

a ceder los derechos de publicación y exposición de los trabajos fotográficos

de una primera edición en el caso de que resultaran premiados o con

menciones honoríficas. Este compromiso no implica la cesión o limitación

de los derechos de propiedad intelectual de los autores de esos trabajos.

2. A los efectos de la percepción del importe económico del premio,

sujeto a retención fiscal de acuerdo a lo establecido en el artículo 16

de la Ley 40/1998, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas, y en el Reglamento de la misma (Real Decreto 1968/1999), los

premiados deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones

tributarias y con la Seguridad Social.

3. Los trabajos fotográficos no premiados serán devueltos a petición

de los autores en el plazo de dos meses, una vez publicado el fallo del

jurado. Finalizado este plazo los trabajos pasarán a formar parte de los

fondos documentales del Museo Nacional de Antropología (sede avenida

Juan de Herrera, 2). Los trabajos premiados o con menciones honoríficas

pasarán directamente a integrar los fondos documentales del Museo

Nacional de Antropología (sede avenida Juan de Herrera, 2).

4. La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales se reserva

el derecho de publicar y exponer los trabajos premiados o con menciones

honoríficas.

Décimo. Entrada en vigor.-La presente Resolución entrará en vigor

el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 5 julio de 2002.-El Director general, Joaquín Puig de la

Bellacasa Alberola.

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