Está Vd. en

Documento BOE-A-2002-14446

Orden ECD/1849/2002, de 12 de julio, por la que se resuelve el concurso público de méritos para la provisión de plazas vacantes de Asesores Técnicos en el exterior por personal docente, convocado por Orden ECD/411/2002, de 22 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2002, páginas 26705 a 26706 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-14446

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/411/2002, de 22 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 28), se convocó concurso público de méritos para

la provisión de plazas vacantes de asesores técnicos en el exterior,

por funcionarios docentes, y por Resolución del 3 de junio ("Boletín

Oficial del Estado" del 8) se aprobaron las listas definitivas de

admitidos y excluidos, las puntuaciones definitivas de la fase

general y los idiomas definitivamente acreditados y se convocó para

la realización de la fase específica.

Realizada la fase específica y concluido el proceso de selección,

la Comisión de Selección, en cumplimiento de lo preceptuado

en el apartado 1 de la base octava, ha remitido a la Dirección

General de Programación Económica, Personal y Servicios la

propuesta de resolución del concurso, con la relación de candidatos

seleccionados y las valoraciones otorgadas a cada uno de ellos.

Cumplidos todos los trámites y requisitos del concurso previstos

en la Orden de convocatoria,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Ordenar la exposición a partir del día 15 de julio

en el Servicio de Información del Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte, en las Direcciones Provinciales del Departamento en

Ceuta y Melilla ; en las Delegaciones y Subdelegaciones del

Gobierno, de la lista de candidatos que han realizado la fase específica

prevista en la base sexta B) de la Orden de convocatoria, con

indicación de las puntuaciones obtenidas en esta fase y la total

alcanzada.

Segundo.-Destinar como Asesores Técnicos, de acuerdo con

la base novena de la convocatoria, a los profesores relacionados

en el anexo a la presente Orden, que desempeñaran sus funciones

en la plaza adjudicada, durante el primer año, en régimen de

comisión de servicios, e indicar las plazas que han resultado

desiertas por falta de candidatos que reunieran los requisitos exigidos.

Tercero.-La adscripción de los Asesores Técnicos

dependientes de las Administraciones educativas de las Comunidades

Autónomas quedará condicionada a la autorización del centro directivo

autonómico correspondiente.

Cuarto.-Los profesores a que se refiere esta Orden tomarán

posesión en sus destinos ante el órgano competente, que remitirá

las certificaciones de toma de posesión, con carácter de urgencia,

a la Dirección General de Programación Económica, Personal y

Servicios, a los efectos de formalizar el documento de inscripción

de la toma de posesión en el Registro Central de Personal.

Quinto.-A los Asesores Técnicos a que se refiere esta Orden,

les será de aplicación el régimen económico y de dedicación

especial contenidos en las bases de la convocatoria.

Las liquidaciones de haberes de los Profesores adscritos

deberán ser remitidas a la Habilitación Central del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte, a los efectos de ser incluídos en la

nómina de personal en el extranjero.

Sexto.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra

la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante

los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo,

conforme a lo establecido en los artículos 9.a) de la Ley 29/1998, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y el 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del

Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998,

de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día

siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida

potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo

órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 12 de julio de 2002.-La Ministra P. D. (Orden de

1 de marzo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2), la Directora

general de Programación Económica, Personal y Servicios,

Engracia Hidalgo Tena.

Ilmos. Sres. Directora general de Programación Económica,

Personal y Servicios y Secretario general técnico.

ANEXO (ver imagen página 26706).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid