Vistas las Resoluciones de la Secretaría General de Planificación de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía por las que se acreditan, se cancelan o se renuevan las acreditaciones a los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de las disposiciones reguladoras generales para la acreditación de dichos laboratorios, aprobadas por Real Decreto 1230/1989, de 13 de octubre, esta Dirección General acuerda:
Inscribir en el Registro General de Laboratorios de ensayos acreditados para el control de calidad de la edificación, la acreditación de los laboratorios que figuran en la relación adjunta, en las áreas técnicas de acreditación a que se refiere las siglas que figuran en su número de inscripción que figuran en el anexo 1.
Relación de laboratorios acreditados por la Junta de Andalucía cuya acreditación se inscribe en el Registro General de Laboratorios de ensayo acreditados
Cancelar la inscripción en el Registro General de Laboratorios de ensayos acreditados para el control de calidad de la edificación a los laboratorios que figuran en la relación adjunta, en las áreas técnicas de acreditación a que se refiere las siglas que figuran en su número de inscripción que figuran en el anexo 1.
Relación de laboratorios acreditados por la Junta de Andalucía cuya inscripción se cancela en el Registro General de Laboratorios de ensayo acreditados
Inscribir en el Registro General de Laboratorios de ensayos acreditados para el control de calidad de la edificación, la renovación de la acreditación de los laboratorios que figuran en la relación adjunta, en las áreas técnicas de acreditación a que se refiere las siglas que figuran en su número de inscripción que figuran en el anexo 1.
Relación de laboratorios acreditados la Junta de Andalucía cuya renovación de la acreditación se inscribe en el Registro General de Laboratorios de ensayo acreditados
Se derogan las Resoluciones de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo por las que inscribieron los laboratorios cuya acreditación se cancela o se renueva, que figuran en las relaciones adjuntas.
Madrid, 3 de junio de 2002.–El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.
1. Áreas de hormigón, aprobadas por Orden de 15 de febrero de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 27).
HA: Área de control de hormigón en masa o armado y sus materiales constituyentes: Cemento, áridos, agua, acero para armaduras, adiciones y aditivos.
HC: Área de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua.
HF: Área de control de hormigón fresco.
2. Áreas de acero para estructuras, aprobadas por Orden de 15 de febrero de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 27).
AP: Área de ensayos de laboratorio de perfiles y barras de acero para estructuras.
AS: Área de control «in situ» de la ejecución de la soldadura de elementos estructurales de acero.
3. Áreas de mecánica del suelo, aprobadas por Orden de 15 de febrero de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 27).
SE: Área de ensayos de laboratorio de mecánica del suelo.
ST: Área de toma de muestras inalteradas, ensayos y pruebas «in situ» de suelos.
4. Áreas de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales, aprobadas por Orden de 5 de julio de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de septiembre).
SV: Área de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales.
5. Área de control de firmes flexibles y bituminosos y sus materiales constituyentes, aprobadas por Orden de 7 de abril de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 17).
SF: Área de control de firmes flexibles y bituminosos y sus materiales constituyentes.
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