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Documento BOE-A-2002-13083

Resolución de 26 de mayo de 2002, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que, en cumplimiento de sentencia, se procede a incluir en la relación definitiva de aspirantes que superaron las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, turno libre, y a nombrar funcionaria de dicho Cuerpo a doña María Jesús González Vázquez.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 2002, páginas 24168 a 24169 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2002-13083

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de sentencia de la Sección Primera de la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de Galicia en el recurso contencioso-administrativo número

432/99, interpuesto por doña María Jesús González Vázquez,

participante en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de

Oficiales de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas

por Orden de 30 de agosto de 1991 ("Boletín Oficial del Estado"de

2 de septiembre),

Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.-Proceder a incluir en la Resolución de 24 de marzo

de 1993 ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de abril), por la que

se aprobó y publicó la relación definitiva de aspirantes que

superaron las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales

de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por

Orden de 30 de agosto de 1991, a doña María Jesús González

Vázquez, con el número 161 bis, y una puntuación de 22,62

puntos.

Segundo.-Nombrar funcionaria del Cuerpo de Oficiales de la

Administración de Justicia a doña María Jesús González Vázquez,

correspondiéndole el número de orden 161 bis, a efectos de

integración en el escalafón de aspirantes que superaron las indicadas

pruebas selectivas, con destino en el Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción número 1 de Marín (Pontevedra), debiendo tomar

posesión del puesto adjudicado dentro de los veinte días naturales

siguientes al de la fecha de publicación de esta Resolución en

el "Boletín Oficial del Estado".

Tercero.-En cumplimiento de la legislación sobre

incompatibilidades del personal al servicio de la Administración pública

(Ley 53/1974, de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio

de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de

la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio;

artículo único de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero, y

artículos 79 y concordantes del vigente Reglamento orgánico (Real

Decreto 249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que

ostenten ya la condición de funcionarios públicos deberán

manifestar opción en el acta de toma de posesión.

En el caso de que un funcionario del Cuerpo de Auxiliares

o Agentes de la Administración de Justicia acceda al Cuerpo de

Oficiales de la Administración de Justicia por el turno libre, deberá

tener en cuenta las siguientes observaciones:

1. Si desea permanecer en activo en el Cuerpo de origen y

en situación de excedencia en aquel al que accede, deberá

manifestar esta opción en el acta de toma de posesión, regresando

a continuación a su destino y Cuerpo de origen.

Copia del acta de toma de posesión, opción y cese será remitida

por el Secretario del órgano judicial a la Gerencia Territorial o

Departamento de Justicia de la Comunidad Autónoma

correspondiente para que le sea concedida la excedencia de oficio en el

nuevo Cuerpo, a la Gerencia Territorial o Departamento de Justicia

de la Comunidad Autónoma del Cuerpo de origen para la anotación

de dicha excedencia, así como a la Subdirección General de Medios

Personales al Servicio de la Administración de Justicia.

2. En el caso de no manifestar la opción citada se entenderá

que opta por el nuevo puesto y la Gerencia Territorial o

Departamento de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente,

dentro de su ámbito territorial, les concederá y anotará la

excedencia de oficio en el Cuerpo de Auxiliares o de Agentes de la

Administración de Justicia, en cuyo destino se le tendrá por

cesados de forma automática con la misma fecha en que se produzca

la toma de posesión en el Cuerpo de Oficiales, al objeto de evitar

interrupción en la percepción de sus haberes.

Copia de dicha acta de posesión y opción será remitida por

el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Gerencia

Territorial o Departamento de Justicia de la Comunidad

Autónoma, Subdirección General de Medios Personales de este

Ministerio y al órgano judicial de origen.

Cuarto.-La Oficial de la Administración de Justicia a la que

se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber

sido destinada con carácter forzoso, no podrá participar en

concurso de traslado hasta que transcurra un año, de acuerdo con

lo establecido en el artículo 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985,

de 1 de julio, del Poder Judicial.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso

potestativo de reposición ante la Secretaría de Estado de Justicia,

en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional en el plazo de los dos meses siguientes a partir del

día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de

la presente Resolución.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 26 de mayo de 2002.-El Secretario de Estado, por

delegación (Orden de 29 de octubre de 1996, "Boletín Oficial

del Estado" de 6 de noviembre), el Director general de Relaciones

con la Administración de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Medios Personales al Servicio

de la Administración de Justicia.

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