Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de
Fundaciones Docentes de esta Consejería, de la Fundación denominada
"Patronato Avemariano de Granada", constituida y domiciliada en Granada,
calle Cuesta del Chapiz, número 18.
Antecedentes de hecho
Primero.-La Fundación "Patronato Avemariano de Granada" fue
constituida en escrituras públicas de fecha 12 de noviembre de 2001, ante
don Julián Peinado Ruano, Notario del Ilustre Colegio de Granada, con
número de protocolo 3.458, fundada por don Francisco Carmona Carmona
en representación de las Escuelas del Ave María.
Segundo.-Tendrá, principalmente, los objetivos y fines siguientes:
Mantener y desarrollar el pensamiento educativo del fundador de las
Escuelas, don Andrés Manjón y Manjón, entre otros.
Tercero.-La dotación inicial de la Fundación está constituida por bienes
inmuebles y bienes muebles según descripción realizada en la escritura
de constitución, ascendiendo la suma de ambos a un total de 7.266.193,08
euros, encontrándose depositada la cantidad que en metálico asciende
a 1.202,02 euros en la Caja General de Ahorros de Granada.
Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación
se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por ocho miembros,
siendo su Presidente don Ramón García-Olmedo Domínguez.
Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de
Andalucía, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos
Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y
el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de
Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, y demás normas de
general y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983,
de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las
competencias que en materia de educación se traspasaron por Real
Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones
docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía,
ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.
Segundo.-Se ha cumplido en la tramitación del expediente todos los
requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre,
de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en
Actividades de Interes General, y el Reglamento de Fundaciones Culturales
Privadas, por lo que procede el reconocimiento del interés público, de
sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones
Docentes.
En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho
hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto
el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:
Primero.-Reconocer el interés público de la entidad e inscribir como
Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación
"Patronato Avemariano de Granada", domiciliada en Granada, calle Cuesta
Chapiz, número 18.
Segundo.-Aprobar los Estatutos, contenidos en las escrituras públicas
de fecha 12 de noviembre de 2001.
Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de
la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que
han aceptado sus cargos.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso
contenciosoadministrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de
la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 16 de julio de 1998,
o en el plazo de un mes potestativamente recurso de reposición ante la
excelentísima señora Consejera de Educación y Ciencia conforme a las
disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero.
Sevilla, 10 de junio de 2002.-La Consejera, Cándida Martínez López.
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