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Documento BOE-A-2002-12861

Resolución de 10 de junio de 2002, de la Universidad de A Coruña, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 28 de junio de 2002, páginas 23703 a 23707 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2002-12861

TEXTO ORIGINAL

Aprobada por Resolución de 5 de febrero de 2002 la oferta

de empleo público de personal de Administración y Servicios de

la Universidad de A Coruña para el año 2002, y establecido por

la Junta de Gobierno el sistema de concurso-oposición para la

provisión de las vacantes de acuerdo con lo previsto en el

artículo 111.3.o de los Estatutos,

Este Rectorado, en el uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21

de diciembre, de Universidades ("Boletín Oficial del Estado"

del 24), así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados

por Decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre

("Diario Oficial de Galicia" del 17), y modificados por Decreto

de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio ("Diario Oficial

de Galicia" de 28 de agosto), resuelve:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir 53 plazas

de funcionarios de la Escala Auxiliar de la Universidad de A

Coruña, grupo D, destinados a realizar tareas de apoyo administrativo

en el ámbito de la Administración de la Universidad.

Del total de plazas convocadas se reservarán dos plazas para

ser cubiertas entre personas con minusvalía de grado igual o

superior al 33 por 100, de conformidad con lo previsto en la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. Las

plazas reservadas que no resulten cubiertas, se acumularán a las

de acceso libre.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes

1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la instancia según modelo que figura

como anexo IV (impreso que se facilita en el Registro General de

la Universidad). A la instancia se acompañará fotocopia del

documento nacional de identidad, acreditándose además el pago de

los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.

Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad de A

Coruña en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del

siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General

de la Universidad de A Coruña (edificio del Rectorado, rúa de la

Maestranza, sin número, código postal 15001) o en Ferrol

(Vicerrectorado del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, sin número,

código postal 15403), o en las restantes formas previstas en el

artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre),

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del

Estado" del 14).

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través

de las Representaciones Diplomáticas y Consulares Españolas

correspondientes.

1.2 Los aspirantes deberán justificar el pago en la cuenta

corriente 0049-5030-15-2516011262, concursos-oposiciones;

Banco Santander Central Hispano de A Coruña, de la cantidad

de 28,25 euros por derechos de inscripción. La solicitud deberá

ir acompañada del justificante acreditativo del ingreso, cuya falta

determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago

supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y

forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el punto 1.1.

1.3 Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso

deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos

justificativos. Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña

se acreditarán mediante certificación expedida por la Gerencia de

la Universidad. La documentación acreditativa de los méritos estará

referida a la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de esta convocatoria y deberá incorporarse a la solicitud.

1.4 Lo aspirantes que concurran a las plazas reservadas para

los que tengan la condición legal de minusvalía deberán formular

la correspondiente opción con declaración expresa de reunir la

condición exigida al respecto.

1.5 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán

indicarlo en el recuadro número 14 de la instancia y solicitar, en

su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la

realización de los ejercicios en los que esta adopción sea necesaria,

expresándolo en el recuadro número 15.

1.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan

constar en sus solicitudes, y podrán únicamente demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y

discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes

requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

Tratados Internacionales suscritos por la Unión Europea y

ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores en los términos en que esta está definida en el Tratado

Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrá participar

el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los

españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión

Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores

de veintiún años o mayores de la dicha edad que vivan a sus

expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados

Internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por

España.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de

los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación

Profesional de primer grado o equivalente o estar en condiciones

de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo de presentación

de las solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estar

inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia

firme. Los aspirantes de nacionalidad no española deberán acreditar

no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que

impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.3 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de

finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de ellos

durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades

3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el Tribunal

Calificador de éstas establecerá, para las personas con minusvalía

que lo demandasen en la solicitud de admisión, las adaptaciones

posibles de tiempos y medios.

3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas

al Tribunal respecto a la capacidad de los aspirantes con alguna

discapacidad para el desempeño de las actividades propias de la

Escala Auxiliar, podrá solicitar el correspondiente dictamen del

órgano competente de la Comunidad Autónoma.

4. Listas de admitidos y excluidos

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el

plazo máximo de veinte días naturales, el Rector de la Universidad

dictará Resolución, que será publicada en el "Diario Oficial de

Galicia", declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y

excluidos, que será hecha pública en el tablón de anuncios del Rectorado

de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol,

con mención expresa del nombre, apellidos y documento nacional

de identidad y, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,

contados a partir de la publicación de la referida Resolución, para

corregir el defecto que motivara la exclusión. Transcurrido dicho

plazo, el Rector dictará Resolución declarando aprobada la lista

definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en el "Diario

Oficial de Galicia".

4.2 El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga

que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos

exigidos, cuestión que tendrán que acreditar en su momento, de

acuerdo con lo previsto en la base 10.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo

5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el

de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios y

puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2 El programa de los ejercicios de la fase de oposición es

el que figura como anexo II.

6. Tribunal Calificador

6.1 El Tribunal Calificador es el que figura como anexo III

de la presente convocatoria.

6.2 El Tribunal, en su constitución, composición y

funcionamiento, se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Personal de

Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

6.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas en el número que considere necesario.

Asimismo, también podrá disponer la incorporación de funcionarios

que colaboren en el desarrollo de los procesos de selección.

6.4 El Tribunal tendrá la categoría cuarta de las recogidas

en el Decreto 144/2001, de 7 de junio ("Diario Oficial de Galicia"

del 25).

6.5 Para efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de A

Coruña (rúa Maestranza, sin número).

7. Calendario de las pruebas

7.1 El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho

público en la Resolución que apruebe las listas definitivas de

aspirantes admitidos y excluidos.

7.2 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con

la Resolución de la Consellería de Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública de 27 de febrero de 2002

("Diario Oficial de Galicia" de 6 de marzo).

7.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

un único llamamiento quedando decaídos en su derecho los que

no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados y libremente considerados por el Tribunal. En

cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el

Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

8. Aspirantes de nacionalidad extranjera

Con carácter previo a la realización de los ejercicios de la fase

de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española

deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la

realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un

nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta

lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se

calificará con apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración

de apto para pasar a realizar los ejercicios de la fase de oposición.

Quedan eximidos de realizar esta prueba los aspirantes que

acrediten, mediante fotocopia compulsada, estar en posesión del

diploma superior de español como lengua extranjera, establecido por

el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado

por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado

de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas

Oficiales de Idiomas. De no presentar esta documentación no

podrán ser declarados exentos y deberán, en consecuencia, realizar

la prueba descrita en el párrafo anterior.

9. Lista de aprobados

9.1 El Tribunal hará pública la valoración de los méritos de

la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la fase

de oposición.

9.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, el Tribunal Calificador hará pública en el Rectorado de A

Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol y en el lugar

o lugares de realización del ejercicio, así como en aquellos otros

que considere oportuno, la puntuación obtenida por los aspirantes,

así como, en su caso, la de cada una de las pruebas que lo

compongan.

Posteriormente, el Tribunal hará pública, en esos mismos

lugares, la relación definitiva de aprobados, que en ningún caso podrá

contener un número de candidatos superior al de plazas

convocadas, en la que constará el nombre y la puntuación de los

aspirantes que, habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida para

superar los ejercicios de la fase de oposición, obtuvieran la mayor

puntuación final calculada de acuerdo con el sistema previsto en

el anexo I. Los opositores que no se hallen incluidos en las

respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptos para todos

los efectos, único extremo acerca del que el Tribunal podrá

certificar.

9.3 El Tribunal elevará al Rector la relación definitiva de

aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final, en la que

se especificarán, además, las calificaciones de las fases de concurso

y de oposición, con propuesta de que se extienda a su favor

nombramiento de funcionarios de carrera.

10. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

10.1 En el plazo de veinte días naturales a partir del día

siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de

aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en la

Gerencia de la Universidad de A Coruña (rúa de la Maestranza,

sin número) los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las

pruebas.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna

Administración Pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad

española deberán presentar declaración o promesa de no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su

Estado" el acceso a la función pública.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que lo imposibiliten para el servicio.

d) Certificado de los órganos competentes de la Comunidad

Autónoma que acredite la condición legal de minusvalía, en su

caso.

10.2 Cumplidos debidamente por los aspirantes que superaron

las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos,

serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala Auxiliar de

la Universidad de A Coruña, mediante Resolución que se publicará

en el "Diario Oficial de Galicia".

Segundo.-Estas pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto

en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba

el Reglamento de Personal de Administración de la Comunidad

Autónoma de Galicia, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" de 14), y a los Estatutos

de esta Universidad, aprobados por Decreto de la Xunta de Galicia

253/1992, de 10 de septiembre ("Diario Oficial de Galicia" del

17), modificados por el Decreto 245/1998, de 30 de julio ("Diario

Oficial de Galicia" de 28 de agosto); la Ley 17/1993, de 23 de

diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24), sobre acceso a

determinados sectores de la función pública de los nacionales de los

demás Estados miembros de la Unión Europea, y las bases de esta

convocatoria.

Tercero.-Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados ante la

jurisdicción contencioso-administrativa en los casos y en la forma

establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27),

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del

Estado" del 14).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada

contra los actos del Tribunal Calificador de las pruebas, ante el

Rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos

en el artículo 114 y concordantes de la mencionada Ley.

A Coruña, 10 de junio de 2002.-El Rector, José Luis Meilán

Gil.

ANEXO I

Procedimiento de selección

A) Fase de oposición.

La fase de oposición estará constituida por los siguientes

ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un

cuestionario de ochenta preguntas tipo test, con cuatro respuestas

alternativas, de las que sólo una será correcta, basado en el contenido

del programa que figura como anexo II. Tendrá carácter obligatorio

y eliminatorio.

El tiempo máximo para su realización será de noventa minutos.

Se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario obtener

10 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un

cuestionario de sesenta preguntas tipo test, con cuatro respuestas

alternativas, de las que sólo una será correcta, sobre uno o varios

supuestos teórico-prácticos, que versarán sobre Procedimiento

Administrativo; Gestión de Personal; Gestión Económica, y Gestión

Universitaria.

El tiempo máximo de realización será de noventa minutos.

Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Se calificará de cero

a veinte puntos, siendo necesario obtener diez puntos para

superarlo.

Tercer ejercicio:

Primera parte: Consistirá en una prueba práctica dirigida a

apreciar y valorar los conocimientos informáticos y la capacidad

en el manejo de paquetes ofimáticos: Procesador de textos

WORD 2000. El tiempo para la realización de este ejercicio será

fijado por el Tribunal.

Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Se calificará de cero

a diez puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para

superarla.

Segunda parte: Consistirá en la traducción, sin diccionario, de

dos textos propuestos por el Tribunal, uno del gallego al español

y otro del español al gallego.

El tiempo máximo de realización será de treinta minutos.

Tendrá carácter obligatorio y no eliminatorio. Se calificará

de 0 a 5 puntos.

B) Fase de concurso.

Tendrá una valoración máxima de quince puntos.

Se valorarán los servicios prestados en la Universidad de A

Coruña como Auxiliar Administrativo, en régimen de contrato temporal

o funcionario iterino, a razón de 0,40 puntos por cada mes

completo.

Se valorará igualmente el desempeño de puestos de naturaleza

administrativa en el grupo D en cualquier Administración Pública,

certificado por la correspondiente Unidad de Personal, a razón de

0,05 puntos por mes completo.

C) Calificación final de las pruebas.

La calificación final del proceso selectivo vendrá dada por la

suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y,

en su caso, en la fase de concurso. En caso de empate, tendrá

preferencia el candidato con mayor puntuación en el conjunto de

la fase de oposición; de persistir, se dirimirá a favor de la mayor

puntuación en los ejercicios de la fase de oposición, atendiendo

al orden de realización.

ANEXO II

Programa

1. Normas básicas y procedimiento

Tema 1. La Constitución Española. El Estatuto de Autonomía

de Galicia. Los Estatutos de la Universidad de A Coruña.

Tema 2. La Ley Orgánica de Universidades. Autonomía de las

Universidades, régimen jurídico y estructura.

Tema 3. El procedimiento administrativo: Las

Administraciones Públicas y sus relaciones. Órgano de las Administraciones

Públicas: Principios generales y competencia. Órganos colegiados.

Abstención y recusación. Normas generales de la actividad de las

Administraciones Públicas. Términos y plazos. Disposiciones y actos

administrativos. Requisitos y eficacia de los actos. Nulidad y

anulabilidad.

Tema 4. El procedimiento administrativo: Iniciación,

ordenación, instrucción del expediente, participación de los interesados,

finalización y ejecución. Revisión de los actos administrativos:

Revisión de oficio. Los recursos administrativos: Los recursos de alzada,

potestativo de reposición y recurso de revisión.

Tema 5. La responsabilidad de las Administraciones Públicas:

La responsabilidad patrimonial de la Administración. Exigencia de

la responsabilidad del personal al servicio de las Administraciones

Públicas.

2. Gestión de personal

Tema 1. Régimen jurídico del personal al servicio de la

Administración General del Estado y de la Administración de la

Comunidad Autónoma de Galicia: Adquisición y pérdida de la condición

de funcionario. Ingreso y sistemas de provisión de puestos de

trabajo. Promoción profesional. Situaciones administrativas. Derechos

y deberes. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 2. Clases y régimen jurídico del personal al servicio de

las Universidades Públicas: Personal docente y personal funcionario

de Administración y Servicios.

Tema 3. Régimen retributivo del personal docente y

funcionario y laboral de Administración y Servicios: Conceptos

retributivos. El sistema de Seguridad Social. Campo de aplicación y

estructura. Afiliación, altas y bajas. Régimen general: Cotización. Acción

protectora. Concepto y clases de prestaciones.

3. Gestión económica

Tema 1. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres

y clases. Elementos, sujetos, objeto, causa y forma. Formas de

adjudicación de los contratos.

Tema 2. Contenido y efectos de los contratos administrativos:

Prerrogativas de la Administración y equilibrio financiero.

Cumplimiento de los contratos administrativos, resolución, rescisión

y renuncia.

Tema 3. El presupuesto: Contenido y justificación. Principios

presupuestarios. Legislación presupuestaria del Estado y

Comunidad Autónoma de Galicia. Los presupuestos de las Universidades.

Tema 4. Modificaciones presupuestarias. Execución

presupuestaria. El control presupuestario.

4. Gestión universitaria

Tema 1. El acceso a la Universidad: Pruebas de aptitud para

acceso a las Facultades, Escuelas Técnicas Superiores y Escuelas

Universitarias. Otras vías de acceso.

Tema 2. Procedimientos de ingreso en Centros Universitarios:

Traslados de expedientes.

Tema 3. Estructura de los estudios universitarios: De primer

y segundo ciclo. De sólo segundo ciclo. Estudios de Doctorado

y postgrado.

Tema 4. Becas y ayudas al estudio: Clases. Requisitos de

carácter económico y académico. Procedimiento. Otras ayudas.

Programa Erasmus.

Tema 5. Obtención, expedición y homologación de títulos.

Convalidación de estudios.

ANEXO III

Tribunal Calificador

Titulares:

Presidente: Don José Luis Meilán Gil, Rector de la Universidad

de A Coruña.

Vocales:

Don José Vicente Echevarría González, Vicegerente de Recursos

Humanos.

Don Gonzalo A. Barrio García, Letrado-Asesor del Servicio de

Asesoría Jurídica.

Doña Pilar Mahía-Porto. En representación de la Junta de

Personal.

Doña Teresa González Martínez. En representación de la Junta

de Personal.

Secretario: Don Juan Andrés Pombo Prieto, Jefe de la Sección

de Tesorería y Caja, que actuará con voz y sin voto.

Suplentes:

Presidenta: Doña Marta María García Pérez, Secretaria general

de la Universidad.

Vocales:

Don Juan Ramón Rego Álvarez de Mon, Vicegerente de Asuntos

Económicos.

Don Jesús Fernández Jiménez, Vicegerente de Control Interno.

Doña Aurora Carballido Balseiro. En representación de la Junta

de Personal.

Don José Antonio Rilo López. En representación de la Junta

de Personal.

Secretario: Don Daniel Miguélez Costa. Jefe de la Sección de

Selección y Formación de Personal, que actuará con voz y sin

voto.

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