Transcurrido el plazo otorgado para formular reclamaciones
y subsanar los defectos advertidos en las relaciones provisionales
de aspirantes admitidos y excluidos para tomar parte en las
pruebas selectivas para provisión de 124 plazas de alumnos de la
Escuela Judicial para su posterior acceso a la carrera judicial por
la categoría de Juez y 75 plazas de alumnos del Centro de Estudios
Jurídicos de la Administración de Justicia para su posterior ingreso
en la carrera fiscal por la categoría de Abogado Fiscal, convocadas
por Acuerdo de 27 de febrero de 2002 ("Boletín Oficial del Estado"
del día 20 de marzo), la Comisión de Selección de las pruebas
de acceso a las carreras judicial y fiscal, en reunión del día 10
de junio de 2002, en aplicación de la norma D de la convocatoria,
ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.-Aprobar las relaciones de aspirantes definitivamente
admitidos y excluidos contenidas en los anexos al presente
Acuerdo, incorporándolas a las del anexo al Acuerdo correspondiente
de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder
Judicial, por el que se aprueba la relación definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos para tomar parte en las pruebas selectivas
para la provisión de 31 plazas de alumnos de la Escuela Judicial
para su posterior acceso a la carrera judicial por la categoría de
Juez, entre licenciados en Derecho con seis años de ejercicio
profesional.
Segundo.-Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía
administrativa, los aspirantes excluidos del turno libre podrán
interponer potestativamente recurso de reposición ante la Comisión
de Selección de las pruebas de acceso a las carreras judicial y
fiscal en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
o de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial y disposiciones concordantes,
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, contados igualmente a partir del día siguiente al de la
publicación del presente Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado",
ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
Tercero.-Por su parte, los aspirantes excluidos en la modalidad
de concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 113 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (modificada por Ley
4/1999, de 13 de enero), podrán formular recurso de alzada ante
el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de
un mes, a partir del día siguiente a la publicación del presente
Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado".
Cuarto.-Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial del
Estado", con la relación definitiva de aspirantes excluidos tanto
en la modalidad de oposición por el turno libre como en la de
concurso-oposición, indicándose que en los tablones de anuncios
del Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia,
Fiscalía General del Estado, Tribunales Superiores de Justicia,
Audiencias Provinciales y Gerencias Territoriales del Ministerio
de Justicia se insertarán las listas de aspirantes definitivamente
admitidos y excluidos, para que sean expuestas al público a fin
de facilitar la comprobación de inclusión o no en las mismas.
Madrid, 10 de junio de 2002.-El Presidente de la Comisión
de Selección, José María Luzón Cuesta.
ANEXO I
(1) Apellidosynombre DNI
G Abad Téllez, Mercedes ................. 25.051.947
B Alcalde del Castillo, José Carlos ........ 17.216.055
A Avilés Martín, Ignacio .................. 4.198.334
A Baeza Narros, José David .............. 51.423.775
A-D Barceló Dupuy, María José ............. 52.658.676
A Beades Escujuri, Marta ................ 33.430.833
E Blázquez Cuadrado, María del Pilar .... 4.184.334
A Borreguero Cabello, María Francisca ... 52.960.890
D Calvo Martínez, Mónica ................ 44.032.023
A Cangado Civeira, Elvira ................ 76.826.393
E1-E2 Carrasco Rodríguez, Antonio ........... 34.780.862
E2 Conde Prada, Víctor Pablo ............. 5.206.518
E3 Coromina Casas, Joaquín María ........ 50.460.778
E2 De la Hoz García, Guillermo ............ 9.788.386
D Delgado Díaz, María Belén ............. 48.295.433
B Díaz Azorín, Emilia .................... 29.075.770
D Domínguez Gómez, Raquel ............ 75.785.562
E2 Durán González, Gema ................ 50.187.087
E1 Echeguren Conde, María Marta ......... 13.301.675
B Fernández Abella, José María .......... 32.818.062
A Fernández Villafranca, José ............ 21.476.385
E2 Fuentes Olivares, María Vanessa ....... 25.697.341
A García Espínola, Emilio Manuel ........ 24.210.639
B Gómez León, Fco. Javier ............... 39.680.433
A González Mahe, Gaelle ................. 51.414.419
B Hermosilla López, Manuel ............. 13.778.276
E2 Hernández Pérez, María Isabel ......... 52.770.581
E2 Lozano Mesas, Gracia Maravill ......... 52.519.473
A Llinares Buchón, Juan Francisco ....... 52.712.145
G Martín Posadas, José Manuel .......... 13.757.918
B Martínez Ribera, Pablo ................. 44.851.153
B Muñoz Divar, María Begoña ............ 13.794.831
A Navarro González, Ana ................ 85.090.689
D Ortiz Gajino, Laura María .............. 45.590.327
A Palahi Garrido, Narciso ................ 40.528.381
B Pereda Onaindi, Ainhoa ............... 16.059.960
G Pérez López, María Sandra ............. 45.431.745
E2 Ramos Onis, César .................... 20.171.235
B Saiz Garitaonandia, Alberto ............ 44.971.134
E3 San Sebastián Lobato, Miguel Félix ..... 50.866.755
D Serrano Guzmán, Cristina .............. 52.463.212
E3 Sierra Marray, Susana ................. 8.837.304
A Trinidad Santos, María Teresa ......... 34.098.672
A Villar Fernández, Jorge ................ 34.981.442
G Zapata Muñoz, Ana María .............. 8.928.024
(1) Causas de exclusión:
A: Instancia presentada fuera de plazo.
B: No aportar fotocopia del documento nacional de identidad.
C: No haber firmado la solicitud.
D: No justificar el abono de la tasa por derechos de examen
o realizarlo indebidamente.
E: No acreditar el derecho a la exención de la tasa por derechos
de examen (E.1, E.2 y E.3 simultáneamente).
E.1: No acreditar la ausencia de rechazo de oferta de empleo
adecuado ni la negativa a participar en acciones de promoción,
formación o reconversión profesionales en los términos exigidos
en la convocatoria.
E.2: No acreditar correctamente la exención de la tasa por
derechos de examen por no demostrar su condición de demandante
de empleo en los términos exigidos en la convocatoria.
E.3: No aportar declaración jurada de percepción de rentas
en los términos exigidos en la convocatoria.
E.4: No acreditar la discapacidad igual o superior al 33 por
100 en los términos exigidos en la convocatoria.
G: No presentar el impreso de solicitud normalizado.
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