En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,
de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 16), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2002, y con
el fin de atender las necesidades de personal de la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso o acceso
en los siguientes Cuerpos, indicándose el número de plazas y anexo
correspondiente para cada uno de ellos:
Total
plazas
Sistema
general
Reserva
discapac. Anexo
Cuerpo General Auxiliar de la
Administración del Estado
(Ingreso Libre) .................. 235 220 15 I
Cuerpo General Auxiliar de la
Administración del Estado
(Promoción Interna) .............. 20 20 - II
Cuerpo General Administrativo de
la Administración del Estado
(Promoción Interna) .......... 575 558 17 III
Cuerpo Técnicos Auxiliares de
Informática de la
Administración del Estado (Ingreso Libre). 25 23 2 IV
Cuerpo Técnicos Auxiliares de
Informática de la
Administración del Estado (Promoción
Interna) ...................... 30 29 1 V
Cuerpo Gestión de la
Administración Civil del Estado (Ingreso
Libre) ........................ 19 17 2 VI
Cuerpo Gestión de la
Administración Civil del Estado
(Promoción Interna) .................. 93 90 3 VII
Cuerpo Gestión de Sistemas e
Informática de la
Administración del Estado (Ingreso Libre). 12 11 1 VIII
Cuerpo Gestión de Sistemas e
Informática de la
Administración del Estado (Promoción
Interna) ...................... 20 19 1 IX
Las bases de la convocatoria a la que se refiere esta Orden
serán comunes para todos los Cuerpos, a excepción de los aspectos
específicos que vendrán recogidos en el correspondiente Anexo
para cada uno de ellos.
Bases comunes
1. Puestos de trabajo con participación en el ejercicio del poder
público
En el caso de que alguno de los puestos de trabajo que vayan
a ser ofrecidos como destino supongan la participación directa
o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones
que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales
del Estado, quedarán excluidos de la posibilidad de ser elegidos
por los aspirantes que no tengan la nacionalidad española. La
Administración será la competente para determinar cuáles serían
dichos puestos de trabajo.
2. Fase de oposición
Los procesos selectivos constarán, en todo caso, de una fase
de oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que
se especifican en el anexo correspondiente a cada uno de ellos.
3. Programas
Los programas que han de regir las pruebas de la fase de
oposición son los que figuran en las normas específicas recogidas
en el anexo correspondiente a cada proceso selectivo.
4. Inicio de la fase de oposición
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir
del día 2 de septiembre de 2002.
5. Duración de la fase de oposición
La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses
contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.
6. Legislación aplicable
A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de
los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado;
el Real Decreto 198/2002, de 15 de febrero, por el que se aprueba
la oferta de empleo público para el año 2002; el Real Decreto
543/2001 de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos,
de nacionales de otros Estados a los que les es de aplicación
el derecho a la libre circulación de trabajadores y lo dispuesto
en la presente convocatoria.
7. Requisitos de los candidatos
7.1 Para ser admitidos a la realización de estas pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
7.1.1 Ser español o nacional de un país miembro de la Unión
Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de
Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega o de
Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
7.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
7.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
exigido para el ingreso en cada Cuerpo, de acuerdo con lo
establecido en la norma específica correspondiente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
7.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
7.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
7.1.6 También podrán participar los aspirantes que teniendo
la condición de funcionarios de Organismos Internacionales,
posean la nacionalidad española y la titulación exigida en esta
convocatoria. Estos aspirantes estarán exentos de la realización
de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de
Homologación, creada por Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero,
considere que tienen por objeto acreditar los conocimientos ya
exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
7.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal
de discapacitado de grado igual o superior al 33 por ciento.
7.3 Los requisitos enumerados en estas bases comunes, así
como los requeridos en las correspondientes normas específicas,
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
8. Solicitudes
8.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud número 790 que será
facilitado gratuitamente en el Centro de Información Administrativa
del Ministerio de Administraciones Públicas y la Dirección General
de la Función Pública (calle María de Molina, número 50, Madrid),
en Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm, en las Delegaciones
y Subdelegaciones del Gobierno y en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero.
8.2 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o del nacional de la Unión Europea, de Noruega o de
Islandia con el que existe este vínculo, de que no está separado
de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el
aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
8.3 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas. La eficacia de estas
homologaciones se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en
base al cual se produjeron. En caso de duda, se efectuará consulta
a la Comisión Permanente de Homologación.
8.4 Las instrucciones para cumplimentar la solicitud son las
siguientes:
En el recuadro correspondiente a "Ministerio" se consignará
"Administraciones Públicas".
En el recuadro correspondiente a "Centro gestor" se consignará
"Subsecretaría".
En el recuadro 18 "Ministerio/Organo/Entidad convocante", se
consignará "Ministerio de Administraciones Públicas".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del "Boletín Oficial
del Estado" en el que haya sido publicada la presente convocatoria.
En el recuadro 20, relativo a "Provincia de examen", los
aspirantes, a excepción de los del Cuerpo General Auxiliar de la
Administración del Estado, que deberán atenerse a sus normas
específicas, harán constar la ciudad en la que desean realizar los
ejercicios de la fase de oposición de entre las siguientes:
Albacete, Barcelona, Burgos, Cáceres, Ceuta, Córdoba, A
Coruña, Granada, León, Logroño, Madrid, Melilla, Murcia, Oviedo,
Palma de Mallorca, Las Palmas de Gran Canaria, Pamplona,
Pontevedra, Salamanca, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla,
Toledo, Valencia, Valladolid, Vitoria, Zaragoza.
Los aspirantes quedan vinculados al lugar solicitado, pudiendo
únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
En el caso de que el número de aspirantes no justificase la
realización de exámenes en alguna de las ciudades citadas, la
Comisión Permanente de Selección convocará a los opositores
afectados a los oportunos lugares de examen.
En cualquier caso, de no especificarse en la solicitud el dato
del lugar de examen por el que se opta, se entenderá que el
aspirante desea realizar los ejercicios en Madrid.
En el recuadro 21 los aspirantes con minusvalía podrán indicar
el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar,
expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de
tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta
adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al
33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por
el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el
recuadro 22.
8.5 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General Auxiliar del Ministerio de Administraciones Públicas (calle
María de Molina, número 50, Madrid-28006) o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y
se dirigirán a la Directora General de la Función Pública.
8.6 El ingreso del importe correspondiente a los derechos
de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud,
en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de
las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante
validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Estarán exentas del pago de la tasa las personas con grado
de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
Igualmente, están exentas de pago de la tasa las personas que
figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán
requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que
se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni
se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en
acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que,
asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual,
al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la
condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados,
se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo.
En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante
una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos
documentos deberán acompañarse a la solicitud.
8.7 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse,
en el plazo expresado en la base 8.5, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número
0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Administraciones
Públicas. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
8.8 La falta de justificación del abono de los derechos de
examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
8.9 Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud
para cada uno de los procesos selectivos convocados ni solicitar
la realización de las pruebas por más de un lugar de examen.
Quienes solicitasen participar por el cupo de reserva de
discapacitados únicamente podrán presentarse por ese cupo. La
contravención de alguna de estas normas determinará la exclusión
de los aspirantes que no la hubiesen observado.
9. Admisión de aspirantes
9.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Secretario de Estado para la Administración Pública, a propuesta
de la Directora General de la Función Pública, dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse
en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los aspirantes
excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos,
nombre y número de documento nacional de identidad o
pasaporte. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre
expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar y
fecha de comienzo del primer ejercicio, con expresión de los
opositores que se convoquen en cada uno de los ámbitos territoriales,
en su caso.
9.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución, para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen
la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos
de la participación de las pruebas selectivas por resolución del
Presidente de la Comisión Permanente de Selección.
Contra la resolución por la que se declare la exclusión definitiva
del aspirante, se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo
de un mes, ante el superior jerárquico del órgano que la dictó,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
9.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas
imputables a los interesados.
10. Comisión Permanente de Selección
10.1 El órgano encargado de la selección será la Comisión
Permanente de Selección.
Si en algún momento la Comisión Permanente de Selección
tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o
varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, o
de la certificación acreditada resultara que su solicitud adolece
de errores o falsedades, que imposibilitaran su acceso al Cuerpo
correspondiente de la Administración del Estado en los términos
establecidos por la presente convocatoria, previa audiencia del
interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad
convocante, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
Contra la resolución definitiva de exclusión podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes
ante el mismo órgano que la dictó, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día
siguiente a su notificación, ante el órgano competente del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
10.2 Los miembros de la Comisión Permanente deberán
abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de
la Comisión Permanente de Selección cuando concurran las
circunstancias previstas en el párrafo anterior.
10.3 La Comisión Permanente adoptará las medidas precisas
para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares
condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los
ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que
lo soliciten en la forma prevista en la base 8.4 se establecerán
las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, la Comisión Permanente podrá requerir informe
y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la
Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Si en cualquier momento del proceso selectivo se le suscitaran
dudas a la Comisión Permanente respecto a la capacidad de un
aspirante por el cupo de reserva de discapacitados para el
desem
peño de las actividades habitualmente desarrolladas por los
funcionarios del Cuerpo a que se refieren las pruebas, podrá recabar
el correspondiente dictamen de los órganos competentes del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad
Autónoma correspondiente.
En este caso, hasta que se emita el dictamen el aspirante podrá
participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en
suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión
del proceso hasta la recepción del dictamen.
10.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la
Comisión Permanente tendrá su sede en la Dirección General de
la Función Pública, calle María de Molina, número 50, Madrid,
teléfonos (91) 586 40 77 y (91) 586 19 05, dirección de correo
electrónico cpsUmap.es
10.5 El órgano de selección que actúe en cada una de las
pruebas selectivas tendrá la categoría que corresponda al grupo
del Cuerpo correspondiente, de acuerdo con lo recogido en el
artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
11. Desarrollo de los ejercicios
11.1 Los exámenes se realizarán en las ciudades señaladas
en la base 8.4 y en las normas específicas correspondientes.
11.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra S, según lo establecido
en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado"
de 2 de abril).
11.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
11.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los locales
donde se haya celebrado el anterior y en la sede de la Comisión
Permanente señalada en la base 10.4, así como por cualquier
otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima
divulgación.
11.5 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros de la Comisión Permanente con la finalidad
de acreditar su identidad.
11.6 La Comisión Permanente de Selección adoptará las
medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase
de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano
de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de
los aspirantes. La Comisión podrá excluir a aquellos opositores
en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o
signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
11.7 La Comisión Permanente de Selección fijará la
puntuación necesaria para superar cada uno de los ejercicios.
12. Certificado de servicios para los aspirantes de acceso por
promoción interna y publicación de la valoración de méritos
12.1 En el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente
al que se hagan públicas las listas de aprobados del último ejercicio
de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado
deberán presentar en el Registro Auxiliar del Ministerio de
Administraciones Públicas, C/ María de Molina, 50, Madrid-28006,
o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una
certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios
u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus
servicios, según modelo que figura en el Anexo X, en la que,
entre otros extremos, se contenga mención expresa del número
total de años de servicio completos prestado o reconocidos al
amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto referidos al día de publicación de esta convocatoria,
así como del grado personal consolidado en dicha fecha y
debidamente formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de
grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización
del plazo de 20 días naturales indicado, y del nivel de complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñen
en la fecha de la publicación de la convocatoria, según lo
establecido para la valoración de la fase de concurso en las normas
específicas correspondientes.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado
supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.
12.2 La lista que contenga la valoración provisional de
méritos de la fase de concurso se hará pública mediante resolución
de la Dirección General de la Función Pública. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de dicha resolución, para alegar
las rectificaciones pertinentes.
Por la misma autoridad se publicará resolución que contenga
la relación de las puntuaciones definitivas de la fase de concurso.
Contra esta resolución podrá interponerse con carácter potestativo
recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar a partir
del día siguiente a su publicación, ante el órgano que la dicte
o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
desde el día siguiente al de su publicación.
13. Listas de aprobados
13.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición, la Comisión Permanente de Selección hará públicas, en
el lugar o lugares de celebración del ejercicio, en la sede de la
Comisión Permanente de Selección y en aquellos otros que estime
oportuno, las relaciones de aspirantes que hayan superado el
mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la
puntuación obtenida.
13.2 Finalizada la fase de oposición o el concurso-oposición,
la Comisión Permanente elevará a la Secretaría de Estado para
la Administración Pública la relación definitiva de aspirantes que
han superado la fase de oposición o el concurso-oposición por
orden de puntuación obtenida solicitándoles al mismo tiempo el
envío de la documentación necesaria para su nombramiento como
funcionarios. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado".
13.3 El número de aspirantes que superen la fase de oposición
o el concurso-oposición, en su caso, no podrá exceder en ningún
caso el número de plazas convocadas.
14. Presentación de documentos
14.1 Quienes tuviesen la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u Organismo del que dependiera, para
acreditar tal condición.
14.2 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza
mayor debidamente acreditados, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno
de los requisitos señalados en la base 7 y en las normas específicas
correspondientes, no podrán ser nombrados funcionarios y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
14.3 Los aspirantes aprobados por promoción interna,
durante su condición de funcionarios en prácticas, en su caso, deberán
formular opción para la percepción de la remuneración que deseen
percibir, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto
456/1986, de 10 de febrero.
Los aspirantes, por promoción interna, podrán solicitar que
se les adjudique destino en el puesto de trabajo que vinieran
desempeñando con carácter definitivo o mediante adscripción
provisional, en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes de adjudicación de destinos, de conformidad con los
artículos 26 y 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
La opción de permanecer en el puesto de trabajo que se viniera
desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en
Administraciones Públicas distintas de las del Estado, se someterá a
lo que estas Administraciones convengan al respecto, y, en todo
caso, la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos
competentes de estas Administraciones Públicas.
Por resolución del Secretario de Estado para la Administración
Pública se procederá al nombramiento de funcionarios en
prác
ticas, en su caso, con determinación de la fecha en que empezará
a surtir efectos dicho nombramiento.
La petición de destinos deberá efectuarse durante la realización
del curso selectivo, en su caso, previa oferta de los mismos. La
adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso
selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida,
según la petición de destino, a la vista de los puestos de trabajo
vacantes que se ofrezcan.
15. Nombramiento de funcionarios de carrera
15.1 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera
mediante resolución de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
con indicación del destino adjudicado.
15.2 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública en
colaboración con los centros de formación de funcionarios
competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
16. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella
y de la actuación de la Comisión Permanente de Selección podrán
ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones de la Comisión Permanente de
Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley.
Madrid, 7 de junio de 2002.-P. D. (Orden de 28 de marzo
de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 18 de abril), el Secretario
de Estado para la Administración Pública, Ignacio González
González.
Ilmos. Sres. Directora general de la Función Pública y Presidente
de la Comisión Permanente de Selección.
ANEXO I
Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas
para el ingreso libre en el Cuerpo General Auxiliar de la
Administración del Estado
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General
Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema general
de ingreso libre será de 235 plazas.
Del total de las plazas convocadas se reservarán 15 para ser
cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición
adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública.
2. Las plazas convocadas en las presentes pruebas selectivas
se desglosan de acuerdo con la siguiente distribución territorial:
Sistema
general
Reserva
discapac.Ámbito territorial
Alicante .................................... 14 1
Almería ..................................... 35 3
Baleares .................................... 4
-Barcelona .................................. 54 3
Cádiz ....................................... 3
-Castellón ................................... 1
-Ceuta ....................................... 6
-Córdoba .................................... 1
-Girona ...................................... 5
-Granada .................................... 1
-Sistema
general
Reserva
discapac.Ámbitoterritorial
Huelva ..................................... 2
-La Rioja .................................... 1
-Las Palmas ................................. 9 1
Lleida ...................................... 7 1
Málaga ..................................... 6 1
Melilla ...................................... 9 1
Murcia ...................................... 24 2
Navarra ..................................... 5
-Sevilla ...................................... 5
-Tarragona .................................. 4
-Tenerife .................................... 6
-Toledo ...................................... 2
-Valencia .................................... 13 2
Zaragoza ................................... 3
-
Total ................................... 220 15
3. El aspirante deberá hacer constar en su solicitud el lugar
de examen por el que opta entre los ámbitos territoriales señalados
en el párrafo anterior.
Este ámbito vincula al aspirante para la realización del primer
ejercicio de las pruebas del proceso selectivo. Asimismo, en el
caso de ser aprobado, el opositor obtendrá necesariamente destino
dentro del ámbito territorial al que corresponda el lugar de examen
elegido, con excepción de lo dispuesto en la norma específica
número 5.
4. Las plazas sin cubrir en cada ámbito territorial no podrán
acumularse a las de ningún otro ámbito.
Dentro de cada ámbito territorial, las plazas sin cubrir del cupo
de reserva de discapacitados se acumularán a las del sistema
general de ingreso libre.
5. En cada ámbito territorial no se podrá declarar superado
el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de
plazas convocadas.
La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará, dentro de cada ámbito territorial,
de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Si en algunos de los ámbitos territoriales señalados en la base
2 los aspirantes aprobados no llegasen a cubrir las plazas de cada
ámbito territorial, la Comisión Permanente de Selección teniendo
en cuenta la puntuación total obtenida por cada uno de los
aspirantes procederá a ofrecer las plazas vacantes a quienes hayan
obtenido mayor puntuación y no se les haya adjudicado plaza,
y en su caso, a la adjudicación correspondiente. En caso de empate
entre distintos aspirantes de diferentes ámbitos territoriales, se
aplicará lo dispuesto en el apartado 10.2.5.
6. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de
las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán
estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado
Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria
- LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de
Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran
equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar y
el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad
a la finalización del año académico 1975-1976.
7. Además de las instrucciones generales de cumplimentación
de solicitudes que figuran en el punto 8.4 de las bases comunes,
los aspirantes deberán observar las siguientes:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán
constar "Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado",
código "1146".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra
"L".
En el recuadro 20, "Provincia de examen", los aspirantes harán
constar necesariamente la ciudad en que desean realizar el primer
ejercicio de la fase de oposición, que se celebrará en las capitales
de las provincias señaladas en la base 2 del presente anexo, en
Ceuta y en Melilla.
Serán excluidos del proceso los aspirantes que no hagan
constar en su solicitud la ciudad en la que desean realizar los ejercicios
de la oposición.
Los derechos de examen serán 9,20 euros.
8. Desarrollo de los ejercicios:
El primer ejercicio de la fase de oposición se desarrollará en
las ciudades señaladas en la base 2. En el caso de que el número
de aspirantes no justificase la realización de exámenes en alguna
de las ciudades citadas, la Comisión Permanente de Selección
convocará a los aspirantes afectados a los oportunos lugares de
examen.
El segundo ejercicio se realizará en el lugar que determine
la Comisión Permanente al hacer públicas las relaciones de
aspirantes que superen el primer ejercicio, según los respectivos
ámbitos territoriales.
9. Lista de aprobados: Las relaciones de aspirantes que hayan
superado cada uno de los ejercicios, así como la relación definitiva
de aprobados, se efectuará por cada ámbito territorial.
10. Ejercicios y valoración:
10.1 La oposición constará de dos ejercicios, ambos de
carácter eliminatorio:
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase
de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad
española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen,
deberán acreditar dicho conocimiento mediante la realización de
una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel
adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua.
Se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener
la valoración de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la
fase de oposición.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en
posesión del Diploma Básico del Español como Lengua Extranjera
establecido por Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, o del
certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las
Escuelas Oficiales de Idiomas.
10.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar un
cuestionario de noventa preguntas con cuatro respuestas alternativas,
siendo sólo una de ellas la correcta.
De las noventa preguntas, setenta versarán sobre las materias
del programa recogido en el apartado 11 de estas normas y veinte
sobre conocimientos gramaticales y de carácter aritmético propios
de las tareas a desempeñar por el Cuerpo General Auxiliar de
la Administración del Estado.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de sesenta minutos.
10.1.2 Segundo ejercicio: Constará de dos partes de carácter
práctico, a realizar en una misma sesión:
a) Primera parte: Consistirá en la transcripción de un texto
propuesto por la Comisión Permanente de Selección utilizando
el procesador de textos Word 97.
En esta parte se valorará el número de pulsaciones y su correcta
ejecución, así como la detección y corrección de las faltas de
ortografía que pudiera contener el texto facilitado.
El tiempo máximo para la realización de esta parte será de
quince minutos.
b) Segunda parte: Consistirá en la elaboración de un
documento a partir de otro que será facilitado al opositor, acompañado
de las instrucciones correspondientes, utilizando el procesador
de textos Word 97.
En esta parte se valorará la capacidad de los aspirantes para
la composición, modificación y corrección de documentos escritos
utilizando el citado procesador, así como el conocimiento de sus
funciones y utilidades.
El tiempo máximo para la realización de esta parte será de
treinta minutos.
En las dos partes de este ejercicio se facilitará a los aspirantes
los medios técnicos necesarios para su realización, si bien en el
procesador de textos Word 97 se desactivará la función
correspondiente a la corrección automática de textos.
10.2 Los ejercicios de la oposición se valorarán de la siguiente
manera:
10.2.1 Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de 0 a 50
puntos.
Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
10.2.2 Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos,
calificándose hasta 20 puntos la primera parte y hasta 30 puntos
la segunda. En la primera parte de este ejercicio, los errores
cometidos se valorarán negativamente.
La Comisión Permanente de Selección podrá determinar el
mínimo necesario a alcanzar en la primer parte para que pueda
evaluarse la segunda.
10.2.3 En los dos ejercicios de la fase de oposición las
puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las
puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la
Comisión Permanente de Selección.
10.2.4 La Comisión Permanente de Selección determinará
la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los
ejercicios por cada ámbito territorial.
10.2.5 La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos
ejercicios.
En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma
puntuación total se deshará el empate atendiendo a las
puntuaciones obtenidas en el ejercicio primero, segunda parte del
segundo ejercicio y primera parte del segundo ejercicio, por este orden.
11. Programa:
1. La Constitución Española de 1978: Características. Los
principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y
deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. El Tribunal Constitucional. Reforma de la Constitución.
La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y
Regencia.
3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y
funcionamiento del Congreso y Senado. El Defensor del Pueblo.
4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
El Tribunal Supremo. La organización judicial española.
5. El Gobierno y la Administración. Designación, duración
y responsabilidades del Gobierno.
6. La Administración General del Estado. El Consejo de
Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios
de Estado. Los Subsecretarios. Otros órganos administrativos.
7. La Administración Periférica del Estado. Los Delegados
del Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos
periféricos
8. La Organización territorial del Estado (I): Las Comunidades
Autónomas: Constitución, distribución de competencias entre el
Estado y las Comunidades Autónomas y Estatutos de Autonomía.
9. La Organización territorial del Estado (II): La
Administración Local: La Provincia, el Municipio y otras entidades.
10. Organismos públicos: Organismos autónomos y
entidades públicas empresariales.
11. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El
Consejo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia.
12. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de
las fuentes. La Constitución, la Ley. Disposiciones normativas con
fuerza de ley. El Reglamento.
13. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y
principios generales. Fases del procedimiento.
14. Los recursos administrativos: concepto y clases. La
jurisdicción contencioso-administrativa.
15. Organos superiores de la función pública. El Registro
Central de Personal. Programación de efectivos y Oferta de Empleo
Público.
16. El personal funcionario al servicio de las Administraciones
públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción
profesional. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Situaciones de los funcionarios.
17. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de
retribuciones e indemnizaciones. Régimen disciplinario.
18. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.
La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.
19. El personal laboral al servicio de las Administraciones
Públicas. Derechos y deberes. Convenio único para el personal
laboral de la Administración General del Estado. Ambito de
aplicación y vigencia.
20. El presupuesto del Estado en España. Concepto y
estructura. Fases del ciclo presupuestario.
21. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.
22. Los servicios de información administrativa. Información
general y particular de la administrado. Iniciativas. Reclamaciones.
Quejas. Peticiones.
23. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones
del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de
ordenación.
24. Las técnicas de racionalización de la gestión
administrativa. El proceso de informatización de la Administración Pública.
25. El ordenador personal: Concepto y funcionalidades
básicas.
26. Introducción al sistema operativo: El entorno Windows.
27. Estructura de almacenamiento de la información:
Archivos, directorios, ficheros. Almacenamiento externo: tipos de
soportes y características.
28. Aplicaciones de propósito general. Procesadores de texto:
Principales funciones y utilidades, grabación y recuperación de
ficheros, impresión, diseño de documentos.
29. Otras aplicaciones: Hojas de cálculo, bases de datos.
30. La Red Internet: Origen, evolución y estado actual.
Servicios en Internet: correo, ftp, etc.
ANEXO II
Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas
para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo General
Auxiliar de la Administración del Estado
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General
Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema de
promoción interna desde Cuerpos o Escalas del grupo E será de 20
plazas.
2. Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con las
siguientes fases:
2.1 Fase de oposición:. En la Resolución mencionada en la
base común 9.1 se determinarán el lugar y fecha de realización
del mismo.
2.2 Fase de concurso.
3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de
las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán
reunir los siguientes:
3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria
Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o
equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio
de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran
equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar
y el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad
a la finalización del año académico 1975-1976.
3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito
de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal
al servicio de la Administración General del Estado y de provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado.
3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los
Cuerpos o Escalas del grupo E incluidos en el ámbito de aplicación
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1) y relacionados
en el apartado 9 de estas normas específicas.
También podrán participar los funcionarios de Cuerpos y
Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo E que estén
destinados en la Administración General del Estado en puestos
de trabajo que no pertenezcan a la "Sociedad Estatal Correos y
Telégrafos, S. A.".
3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios
prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo E incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados
en el apartado 9 de estas normas específicas.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en
puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las
de los Cuerpos o Escalas del grupo E, serán computables a efectos
de la antigüedad referida en el párrafo anterior.
4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación
de solicitudes que figuran en el punto 8.4 de las bases comunes,
los aspirantes deberán observar las siguientes:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán
constar "Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado",
código "1146".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra
"P".
La fase de oposición se realizará en Madrid capital. Los
aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro 20, relativo
a la "Provincia de examen".
En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo
o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el
apartado 9 de estas normas específicas.
Los derechos de examen serán 4,60 euros.
5. Proceso de selección y valoración: El sistema selectivo será
el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo de
formación con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican a continuación.
5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada
por un ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio, que
consistirá en contestar un cuestionario de 30 preguntas sobre las
materias contenidas en el programa de estas normas específicas.
El cuestionario estára compuesto por preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta. Todas las preguntas
tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se
penalizarán con un 25 por 100 del valor de una contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de treinta minutos.
Este ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos. La Comisión
Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para
que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la fase
de concurso por haber superado la fase de oposición.
La puntuación mínima que se establezca resultará de las
puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije
la Comisión Permanente de Selección.
5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes
méritos:
a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario en
Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos
prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26
de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria,
a razón de 0,6 puntos por año completo de servicios, hasta un
máximo de 11,5 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado
personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta
convocatoria y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento
de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación del certificado a que se refiere la base
común 12, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 7, 8, 9 y 10: 1 punto.
Grado 11: 2 puntos.
Grados 12 y 13: 3 puntos.
Grados 14 y superior: 4 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado o en los órganos
constitucionales el día de publicación de esta convocatoria como
funcionario del Grupo E, se otorgará la siguiente puntuación:
Niveles 10 y 11: 2 puntos.
Niveles 12 y 13: 3 puntos.
Niveles 14 o superior: 4 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con
independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del Grupo E.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del
puesto reservado en la Administración General del Estado u
órganos constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración
General del Estado u órganos constitucionales, el nivel del puesto
de trabajo que les correspondería al efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto
de trabajo en servicio activo en órganos constitucionales, con
carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de
destino correspondiente a dicho puesto.
d) Superación en la convocatoria del Cuerpo General Auxiliar
de la Administración del Estado del ejercicio único de la fase de
oposición, conforme al "Anexo I: Fase de la oposición", señalado
en la Resolución de 11 de septiembre de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado", del día 27): 7 puntos.
6. Calificación del concurso-oposición: La calificación del
concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en ambas fases.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la
valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado
y del trabajo desarrollado, por este orden.
De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en
la Administración, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de
publicación de esta convocatoria.
7. Curso selectivo: Los aspirantes que superen el
concursooposición deberán seguir un curso selectivo de formación
organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública, que
tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos
básicos del procesador de textos y su utilización.
El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el
calendario, programa y normas internas que regulen el curso
selectivo.
El curso selectivo se calificará de 0 a 20 puntos, siendo
necesario para superarlo obtener, como mínimo, 10 puntos.
Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán
el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
8. Programa:
I. Organización del Estado y de la Administración Pública:
1. La Constitución Española de 1978: Características. Los
principios constitucionales y los valores superiores.
2. La Corona. El Gobierno: Composición, funciones y
potestades en el sistema constitucional español.
3. Las Cortes Generales. Órganos dependientes de las Cortes
Generales.
4. El Poder Judicial en la Constitución. El Tribunal
Constitucional.
5. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.
Principios generales. Los recursos administrativos: Clases. La
jurisdicción contencioso-administrativa.
II. Gestión de Personal:
1. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Funcionarios de Carrera y de Empleo. Personal
laboral. Regímenes especiales de funcionarios.
2. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
III. Gestión económica y presupuestaria:
1. El presupuesto. Concepto y clases. Estructura. Los
principios clásicos del presupuesto.
9. Relación de Cuerpos o Escalas:
Código Cuerpo/Escala
0137 Subalternos -Ley 23/1975- a extinguir.
0219 C. Subalterno, a extinguir.
0332 C. Subalterno del Museo del Prado.
0440 C. Obreros de la 3.a Sección de la Maestranza Armada,
a extinguir.
0442 C. Conserjes -Armada y Ejército del Aire-, a extinguir.
1027 C. Celadores Costas, a extinguir (Ley 33/1974).
1028 C. Conductores, a extinguir (Ley 33/1974).
Código Cuerpo/Escala
1153 E. Subalterna procedente de Organismos Autónomos
suprimidos.
1155 Ayudantes Artes Gráficas, a extinguir.
1156 C. Subalterno, a extinguir (Real Decreto-ley 23/1977).
1157 C. Subalterno del Patrimonio Nacional, a extinguir.
1158 C. General Subalterno de la Administración del Estado.
1159 Personal Casa Su Majestad el Rey grupo E, a extinguir.
1236 C. Personal Técnico Auxiliar de Sanidad.
1237 C. Auxiliares Sanitarios, a extinguir.
1239 Mozos Auxiliares Laboratorio, a extinguir.
1628 C. Subalterno de la Administración de la S. S. Escala
General.
1629 C. Subalterno Admón. de la Seguridad S. Escala de
Oficios Varios.
1645 E. Subalternos, a extinguir de la Administración de la
Seguridad S.
1646 E. Oficios Varios, a extinguir de la Administración de
Seguridad S.
1705 E. Subalterno de la MUNPAL.
5067 E. Telefonistas de Organismos Autónomos del MAPA.
5068 E. Conductores de Organismos Autónomos del MAPA.
5069 E. Capataces de Organismos Autónomos del MAPA.
5070 E. Mozos de Laboratorio de Organismos Autónomos del
MAPA.
5073 Subalternos Cofradías, a extinguir.
5074 Guardas Rurales, a extinguir del IRA.
5075 Mecánicos, a extinguir del ICONA.
5220 E. Taquilleras de los Teatros Nacionales.
5222 E. Mecánico de la Editora Nacional.
5339 E. Oficiales Canal de Experiencias Hidrodinámicas de
El Pardo.
5450 E. Ayudantes de Servicios Generales de Enseñanzas
Integradas.
5548 E. Operadores Mecánicos Patronato Apuestas Mutuas
Dep. Benef.
5549 E. Conductores del Servicio de Vigilancia Aduanera.
5552 E. Telefonistas y Almaceneros del Parque Móvil
Ministerial.
5713 E. Conductores de la Jefatura Central de Tráfico.
5995 Subalterno a extinguir Comisión Admvo. Gr. Puertos.
5997 E. Laborantes del INCE.
6039 E. Subalterna de Organismos Autónomos.
6040 E. Conductores Mecánicos de AISS, a extinguir.
6041 E. Telefonistas de AISS, a extinguir.
6042 E. Subalternos de AISS, a extinguir.
6132 Auxiliar Psiquiátrico, a extinguir de AISNA.
6338 E. Conductores de OO.AA. del Ministerio de Trabajo
y S. Social.
6339 E. Telefonistas de OO.AA. del Ministerio de Trabajo y S.
Social.
6340 E. Servicios Especiales del Inst. Nal. Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
6341 Azafatas Inst. Nal. de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
6468 Escala de Subalternos del ICO.
ANEXO III
Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas
para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado por el sistema de
promoción interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo D será
de 575 plazas.
Del total de las plazas convocadas se reservarán 17 para ser
cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición
adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados
se acumularán a las generales de promoción interna.
2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las
siguientes fases:
2.1 Fase de oposición: En la Resolución mencionada en la
base común 9.1 se determinarán los lugares y fecha de realización
del primer ejercicio de la fase de oposición.
2.2 Fase de concurso.
3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de
las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán
reunir los siguientes:
3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título
de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o
equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la
Universidad para mayores de veinticinco años, o alternativamente
poseer una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del
Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
o de cinco años y haber superado el curso específico a que se
refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo.
3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito
de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal
al servicio de la Administración General del Estado y de provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado.
3.3 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los
Cuerpos o Escalas del Grupo D que se relacionan en el apartado
8 de estas normas específicas.
En el caso de los Cuerpos correspondientes a los códigos 1440,
1441, 1442, 1443, 1444 y 1445, sólo serán admitidos los
funcionarios que pertenezcan a dichos Cuerpos y estén destinados
en la Administración General del Estado, en puestos que no
pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A.
3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios
prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados
en el apartado 8 de estas normas específicas o en Cuerpos o
Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo D y estar
destinados en la Administración General del Estado en puestos
de trabajo que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos y
Telégrafos, S. A.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto,
serán computables a efectos de la antigüedad referida en los
apartados 3.1 y 3.4.
4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación
de solicitudes que figuran en el punto 8.4 de las bases comunes,
los aspirantes deberán observar las siguientes:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán
constar "Cuerpo General Administrativo de la Administración del
Estado", código "1135".
El recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave que
corresponda:
"A" si los aspirantes pertenecen a los Cuerpos o Escalas que
en el apartado 8 de estas normas específicas vienen señalados
con los códigos 0131; 0213; 1143; 1145; 1146; 1622; 1643;
1704; 6032 o 6033.
"B" el resto de los aspirantes.
En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,
de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo
con la titulación académica que posea el aspirante:
Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o equivalente.
Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado
Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de
Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de
acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
Dígito "4": Antigüedad superior a 10 años.
Dígito "5": Curso específico de la disposición adicional novena
del Real Decreto 364/1995 y cinco años de antigüedad.
En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo
o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el
apartado 8 de estas normas específicas.
Los derechos de examen serán de 6,13 euros.
5. Proceso de selección y valoración: El sistema selectivo será
el de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y
puntuaciones que se especifican a continuación.
5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada
por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos
obligatorios y eliminatorios.
5.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas con respuestas múltiples. Los aspirantes
que reuniendo los requisitos establecidos, pertenezcan a los
Cuerpos o Escalas que en el apartado 8 de estas normas específicas
vienen señalados con los códigos número 0131; 0213; 1143;
1145; 1146; 1622; 1643; 1704; 6032 y 6033 (forma de acceso
"A") estarán exentos de las partes I y II del programa contenido
en estas normas específicas.
Para los aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos
hayan consignado en el recuadro 17 de la solicitud la letra "B"
(forma de acceso "B"), el cuestionario de preguntas versará sobre
el contenido de la totalidad del programa.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de sesenta minutos.
5.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un
supuesto de carácter práctico a escoger entre tres propuestos,
dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a
cabo las tareas administrativas relacionadas con los contenidos
de las materias de Derecho Administrativo General, Gestión de
Personal y Gestión Financiera, a que hace referencia el programa
de estas normas específicas.
Cada supuesto se desglosará en preguntas con respuestas
múltiples.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuarenta
minutos.
Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas
correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en
la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas
de entre aquellas que se les propongan.
5.1.3 Calificación de los ejercicios de la fase de oposición:
Para todos los aspirantes, la calificación de los ejercicios se
realizará de la forma siguiente:
a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La
Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima
necesaria para acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La
Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima
necesaria para que se adicione al candidato la puntuación obtenida
en la fase de concurso por haber superado la fase de oposición.
Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de
las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos
que fije la Comisión Permanente de Selección.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones
erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una
contestación.
5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes
méritos:
a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario,
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados
y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria
al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de
1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28
puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria
y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado
por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación del certificado a que se refiere la base común
12, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 9 e inferiores, y 10, 11 y 12: 11,00 puntos.
Grado 13: 11,50 puntos.
Grado 14: 12,00 puntos.
Grado 15: 12,50 puntos.
Grado 16: 13,00 puntos.
Grado 17: 13,50 puntos.
Grado 18: 14,00 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado, excluidas las Entidades
Gestoras y Servicios Comunes de la Administración de la Seguridad
Social, así como en los Organos Constitucionales el día de
publicación de esta convocatoria como funcionario del Grupo D, se
otorgara la siguiente puntuación:
Niveles 12 e inferiores: 13,50 puntos.
Nivel 13: 14,75 puntos.
Nivel 14: 16,00 puntos.
Nivel 15: 17,25 puntos.
Nivel 16: 18,50 puntos.
Nivel 17: 19,75 puntos.
Niveles 18 o superior: 21,00 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con
independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del
puesto reservado en la Administración General del Estado u
Organos Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración
General del Estado u Organos Constitucionales, el nivel del puesto
de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto
de trabajo en situación de servicio activo en Organos
Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de
complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
d) Titulación académica: Por estar en posesión de una
titulación académica igual o superior a la exigida, en el apartado
3.1 de estas normas específicas: 7 puntos.
e) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de
2001: 7 puntos.
Este mérito se valorará de oficio por la Administración a
aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada
convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación
por la Comisión Permanente de Selección, de acuerdo con lo
establecido en el apartado 1 del Anexo I de la Orden de 21 de
septiembre de 2001 por la que se convocan pruebas selectivas de
acceso por promoción interna en el Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado ("Boletín Oficial del Estado"
del 29).
6. Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las
fases de concurso y de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de
oposición, y si aún fuese necesario dirimir el empate, se atenderá
a la puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de
oposición. Si persistiese el empate, éste se dirimirá a favor de la mayor
puntuación alcanzada en el mérito de antigüedad, y de persistir
aún el empate se atenderá a la puntuación otorgada al trabajo
desarrollado y al grado personal consolidado, por este orden.
Finalmente se dirimirá por el criterio de la antigüedad total en la
Administración, computándose los años, meses y días de servicio que
consten en el Registro Central de Personal al día de publicación
de esta convocatoria.
7. Programa:
I. Organización del Estado y de la Administración Pública:
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El
Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la
Constitución.
2. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.
3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y
funcionamiento del Congreso y del Senado.
4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
El Tribunal Supremo. La organización judicial española.
5. El Gobierno y la Administración. La Administración
General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.
Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y
demás órganos administrativos.
6. La Administración periférica del Estado. Los Delegados del
Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.
7. Organización territorial del Estado: Las Comunidades
Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.
8. Administración Local: La provincia, el municipio y otras
entidades.
9. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El
Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia, el
Tribunal de Cuentas. Efectos de la integración europea sobre la
organización del Estado español.
II. Organización de Oficinas Públicas:
1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.
2. Los servicios de información administrativa. Información
general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.
Quejas. Peticiones.
3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del
registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.
Especial consideración del archivo de gestión.
4. Las técnicas de racionalización de la gestión
administrativa. El proceso de informatización en la Administración Pública.
III. Derecho Administrativo General:
1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de
las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas
con fuerza de Ley. El Reglamento.
2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.
Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y
notificación: Revisión, anulación y revocación. El principio de
legalidad en la actuación administrativa.
3. El procedimiento administrativo como garantía formal. La
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común: Contenido y ámbito de
aplicación. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del
procedimiento administrativo. La interacción de los trámites de
gestión presupuestaria en el procedimiento administrativo.
4. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos
de alzada, reposición y extraordinario de revisión.
5. La jurisdicción contencioso-administrativa. Especial
referencia a la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales
de la persona. El recurso de amparo.
6. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio
de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras
alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
7. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La
actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento.
Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.
IV. Gestión de Personal:
1. Organos superiores de la Función Pública. Composición
y atribuciones. El Registro Central de Personal. La distribución
de competencias en materia de personal: Departamentos
ministeriales, Secretaría de Estado para la Administración Pública y
Dirección General de la Función Pública. La Comisión Superior
de Personal.
2. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Régimen jurídico. El personal funcionario: Funcionarios de carrera
y funcionarios de empleo. La selección de los funcionarios.
Programación y Oferta de Empleo Público.
3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de cada una de
ellas.
4. Provisión de puestos de trabajo en la Administración del
Estado. Los deberes y derechos de los funcionarios. La promoción
profesional.
5. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas,
sanciones y procedimiento. El régimen de la Seguridad Social de los
funcionarios. La MUFACE.
6. El personal laboral al servicio de las Administraciones
Públicas. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El
contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Negociación
laboral, conflictos y Convenios Colectivos.
7. El régimen de Seguridad Social del personal laboral.
Estructura del sistema de Seguridad Social. Afiliación. Cotización. Acción
protectora, concepto y clases de prestaciones.
V. Gestión financiera:
1. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios.
El Ciclo presupuestario. El Presupuesto por programas: concepto
y fases. El presupuesto en base cero: Terminología y desarrollo
del proceso presupuestario.
2. El presupuesto del Estado en España: concepto y
estructura. Los créditos presupuestarios: características. Las
modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de
crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito.
Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito.
3. El procedimiento administrativo de ejecución del
presupuesto de gasto. Organos competentes. Fases del procedimiento
y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios
posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia.
Realización del pago: Modos y perceptores.
4. Las retribuciones de los funcionarios públicos y del
personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas:
estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación.
Retribuciones básicas: sueldos, trienios, pagas extraordinarias.
Retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo
y liquidación de derechos económicos. El pago de las retribuciones
del personal en activo. Formas de pago.
5. La ejecución presupuestaria y la contratación
administrativa: los contratos de obras, de gestión de servicios públicos y
de suministros. La adquisición centralizada de bienes.
6. Los contratos de consultoría y asistencia y los contratos
de servicios. El procedimiento para la concesión de las
subvenciones. Formas de adjudicación. La justificación de las
subvenciones.
7. El control del gasto público. Especial referencia al control
de legalidad. El procedimiento de ejecución de los gastos
periódicos y repetitivos.
8. Relación de Cuerpos o Escala:
Código Cuerpo/Escala
0129 C. Guardería Forestal.
0131 C. Auxiliares (Ley 23/975) a extinguir.
0213 C. Auxiliares, a extinguir.
0326 Personal Técnico de Cabina, a extinguir.
0423 C. Damas Auxiliares de Sanidad Militar del Ejército.
0424 C. Oficiales de Arsenales de la Armada.
0425 C. Grabadores de la Armada, a extinguir.
0426 C. Encargados 3.a Sección Maestranza de la Armada.
0427 C. Maestros Primeros Primera Sección Maestranza Arm.
0433 C. Capataces Segundos 1.a Sec. Maestranza Armada,
a E.
0439 Cuerpo de Mecánicos Conductores.
0635 C. Auxiliar de Intervención de Puertos Francos de C.
1143 E. Auxiliar Procedente de Organismos Autónomos Sup.
1144 C. Aux. Cuerpo Intérpretes, Lenguas Procedentes de la
Zona Norte de Marruecos.
1145 C. Auxiliar, a extinguir (Real Decreto-ley 23/1977).
1146 C. General Auxiliar de la Administración del Estado.
1440 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.
Oficiales Postales y de Telecomunicación.
1441 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.
Clasificación y Reparto.
1442 C. Subalterno de Correos, a extinguir.
Código Cuerpo/Escala
1443 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos
de Primera.
1444 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos
de Segunda.
1445 E. Radiotelegrafistas de Telecomunicación, a extinguir.
1622 C. Auxiliar de la Administración de la S.S.
1643 E. Auxiliar, a extinguir de la Administración de la S.S.
1644 E. Telefonistas, A extinguir de la Administración de la
S.S.
1704 Subgrupo Auxiliar del Grupo de Administración General.
5052 E. Auxiliares de Laboratorio de Organismos Autónomos
del MAPA.
5053 E. Maquinista del SENPA.
5055 E. Secretarios Cofradías Tercera Categoría, a extinguir.
5056 E. Auxiliares Cofradías, a extinguir.
5058 E. Secretarios Tercera Categoría Cámaras Agrarias del
IRA.
5059 E. Guardas del ICONA.
5060 E. Proyectistas sin título y Maestros del INIA.
5061 E. Preparador de Primera y Segunda del INIA.
5329 E. Auxiliares Lab. Canal Experiencias Hidrodinámicas
del Pardo.
5330 E. Calcadores del INTA "Esteban Terradas".
5331 E. Preparadores Laboratorio INTA "Esteban Terradas".
5333 E. Fotógrafos de la Junta Admva. Fondo Atenciones de
la Marina.
5442 E. Especialistas Servicios Generales de Enseñanzas
Integradas.
5443 E. Auxiliar de Investigación del CSIC.
5444 E. Auxiliares Técnicos del Servicio de Publicaciones del
MEC.
5538 E. Marineros del Servicio de Vigilancia Aduanera.
5539 E. Agentes Investigación del Servicio de Vigilancia
Aduanera.
5550 E. Operadores Radiotelefonistas, Ext. Serv. Vigilancia
Aduanera.
5551 Escala de Conductores y de Taller del PMM.
5627 E. Auxiliar Técnico del CIEMAT.
5628 E. Calcador del CIEMAT.
5629 E. Técnica Subalterna de Tercera, a extinguir del INI.
5949 E. Delineantes Segunda Conf. Hidrográfica del
Guadalquivir.
5950 E. Patrones de Cabotaje de Organismos Autónomos del
MOPU.
5953 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. Puerto
Algeciras-La Línea.
5954 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. Puerto
Gijón-Musel.
5956 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir Junta Puerto
Ceuta.
5957 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. P. de A
Coruña.
5960 E. Celadores Guardamuelles, a Ext. J. P. La Luz y Las
Palmas.
5968 E. Encargado de Obras Mancomunidad Canales del
Taibilla.
5969 E. Topógrafo Segundo Mancomunidad de Canales del
Taibilla.
5970 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir Admva. de
Grupos de Puertos.
5971 E. Auxiliar Topógrafo Confederación Hidrográfica del
Ebro.
5972 E. Auxiliar Cartográfico Confederación Hidrográfica del
Ebro.
5974 E. Calcador de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir.
5975 E. Fotógrafo del Servicio de Publicaciones.
5976 E. Auxiliar de Laboratorio del Servicio de Publicaciones.
5977 E. Ayudantes de Laboratorio del INCE.
6032 E. Auxiliar de Organismos Autónomos.
6033 E. Auxiliar de AISS, a extinguir.
6124 E. Profesores de Educación Física de AISNA.
6125 E. Auxiliares de Investigación de Laboratorio de AISNA.
Código Cuerpo/Escala
6349 E. Pers. a Ext. del Org. Regis. Entidades
Autorizadas-Auxiliar.
6467 E. de Auxiliares del ICO.
ANEXO IV
Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas
para el ingreso libre en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de
Informática de la Administración del Estado
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de
Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado
por el sistema general de acceso libre será 25 plazas.
Del total de estas plazas se reservarán 2 para ser cubiertas
por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o
superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional
decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública.
En el caso de que estas plazas no sean cubiertas se acumularán
a las restantes de la convocatoria.
2. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de
las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán
estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller
Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de
Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o
equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para
mayores de veinticinco años.
3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación
de solicitudes que figuran en el punto 8.4 de las bases comunes,
los aspirantes deberán observar las siguientes:
En el recuadro 15 "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán
constar "Técnico Auxiliar de Informática", código "1188".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave
"L" correspondiente a acceso libre.
En el recuadro 24 "Exigido en la convocatoria", se indicará,
de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo
con la titulación académica que posea el aspirante:
Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o equivalente.
Dígito "2": Título de Diplomado universitario, Ingeniero
Técnicos, Arquitecto Técnico o equivalente.
Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado
Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de
Segundo Grado o equivalente o tener aprobadas pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de 25 años.
4. El importe de la tasa correspondiente a los derechos de
examen será de 12,26 euros.
5. Proceso de selección: El proceso de selección se realizará
mediante el sistema de oposición y constará de dos ejercicios,
ambos obligatorios y eliminatorios.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de hasta 100 preguntas basado en las materias del temario
que figura en el programa de estas normas específicas.
El tiempo de realización de este primer ejercicio será de sesenta
minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de tres supuestos
de carácter práctico cuyos contenidos estarán relacionados con
el Bloque IV (Materias Informáticas) del temario que figura en
el programa de estas normas específicas.
Los ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a
tecnología básica, programación, comunicaciones y redes y
sistemas de información.
Estos supuestos contendrán un cuestionario de preguntas con
respuestas alternativas.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por
preguntas con respuestas múltiples, siendo solo una de ellas
correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en
la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas
de entre aquellas que se les propongan.
6. Calificación de los ejercicios: Los dos ejercicios de la
oposición se calificarán de 0 a 50 puntos.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones
erróneas se penalizarán.
Ambos ejercicios serán obligatorios y eliminatorios.
En ambos ejercicios, la calificación resultará de las
puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la
Comisión Permanente de Selección.
La calificación final vendrá dada por la suma de la puntuación
obtenida en los dos ejercicios.
Si existieran puntuaciones idénticas, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio
y, de persistir el empate, atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en los supuestos primero, segundo y tercero, por este orden,
del segundo ejercicio.
7. Programa:
I. Organización del Estado y de la Administración Pública:
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
2. Deberes y Derechos fundamentales. Su garantía y
suspensión.
3. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.
Reforma de la Constitución.
4. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.
5. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y
funcionamiento del Congreso y el Senado.
6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
El Tribunal Supremo. La organización judicial española.
7. El Gobierno y la Administración. La Administración Central
del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.
Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y
demás órganos administrativos.
8. La Administración periférica del Estado. Los Delegados y
Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.
9. Organización territorial del Estado: Las Comunidades
Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.
10. Administración Local: La provincia, el municipio y otras
entidades.
11. El personal al servicio de las Administraciones Públicas:
Tipos de personal y régimen jurídico. Derechos y deberes de los
funcionarios.
12. El sistema retributivo de los funcionarios públicos.
Retribuciones básicas, complementarias e indemnizaciones.
13. La organización de la Unión Europea. Instituciones
Comunitarias.
14. La integración de España en la CEE. El tratado de
adhesión. La convergencia hacia la Unión Económica y Monetaria.
II. Organización de Oficinas Públicas:
1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.
2. Los servicios de información administrativa. Información
general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.
Quejas. Peticiones.
3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del
registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.
Especial consideración del archivo de gestión.
4. Las técnicas de racionalización de la gestión
administrativa. El proceso de informatización en la Administración pública.
III. Materias Tributarias:
1. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes. La
Ley General Tributaria: Principios generales.
2. Los Tributos: Concepto y clasificación. Los impuestos:
Clases. Hecho imponible. Devengo. Sujeto pasivo. Base imponible.
Cuota y Deuda Tributaria.
3. Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas.
4. Impuesto sobre el Valor Añadido. Impuestos Especiales.
IV. Materias Informáticas:
1. Informática básica. Concepto de datos, proceso de datos
e información y sistemas de información. Dispositivos que
componen el sistema de información.
2. El ordenador: Concepto, componentes y arquitectura.
Organización y funcionamiento.
3. La representación de la información en el ordenador.
Códigos de representación. Operaciones aritméticas y lógicas.
4. La CPU: Componentes y arquitectura. La memoria:
Jerarquía de memorias y modos de direccionamiento.
5. Dispositivos periféricos. Sistemas de Entrada/Salida.
6. Estructura y organización de la información. Estructuras
de datos, campos registro y ficheros. Clasificación de los ficheros.
Métodos de organización, acceso y proceso de ficheros.
7. Evolución y concepto de sistemas operativos. Tipos de
sistemas operativos. Gestión de procesos, memoria, entrada/salida
y sistemas de ficheros.
8. Introducción a las bases de datos. Definición. Tipos de
bases de datos. Concepto de sistema de gestión de bases de datos.
Diccionario de datos, administración de bases de datos. Estructura
y modelos de datos.
9. Sistemas telemáticos. Canales de transmisión de datos.
Elementos auxiliares. Conversores paralelo/series/paralelo.
Módem.
10. Introducción a un lenguaje de programación.
Representación de tipos de datos. Operadores aritméticos. Instrucciones
condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones,
parámetros. Vectores y registros. Estructura general de un
programa.
11. Lenguajes de programación: máquina, ensamblador, alto
nivel. Diagrama de flujos. Programación estructurada.
Programación orientada a objetos. Verificación y pruebas de programas.
12. Lenguajes y herramientas para la utilización en redes
globales: HTML, Java, navegadores. Entornos de programación
visual.
13. Tipos de sistemas informáticos: Grandes Ordenadores,
Miniordenadores, Estaciones de Trabajo y Ordenadores
Personales.
14. Ordenadores personales: arquitectura y sistemas
operativos. Herramientas ofimáticas. Trabajo en grupo. Informática
corporativa.
15. Medios de transmisión y modos de comunicación. Equipos
terminales y de comunicaciones.
16. Servicios de comunicación; X25, Frame Relay, ATM,
RDSI, circuitos punto a punto. Redes públicas de transmisión de
datos.
17. Hardware y software de red. Redes de área local, redes
de área metropolitana y redes de área extendida.
18. Administración de redes de área local. Gestión de datos
y usuarios.
19. Sistemas distribuidos. Procesamiento cooperativo y
arquitectura cliente/servidor.
20. El Modelo de Referencia de Interconexión de Sistemas
Abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP:
21. La Red Internet: Origen, evolución y estado actual.
Servicios en Internet: Correo, ftp, telnet.....
22. Redes Intranet y Extranet. Concepto, estructura y
características. Su implantación en las organizaciones.
23. Concepto, estructura y visión general de los sistemas de
información. La Administración Pública y los Sistemas de
Información.
24. El ciclo de vida de los Sistemas Informáticos. Modelos.
Metodología de Planificación y Desarrollo de Sistemas de
Información: Métrica.
25. Conceptos básicos de calidad en los Sistemas de
Información y Auditoría Informática.
26. Conceptos de seguridad informática. Certificación de
seguridad en los sistemas de información.
27. La organización de los Sistemas de Información: Personal,
sistemas de seguridad, unidades de diseño, desarrollo, sistemas
y explotación.
28. La protección jurídica de los programas informáticos. La
legislación de protección de datos de carácter personal.
ANEXO V
Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas
para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Técnicos
Auxiliares de Informática de la Administración del Estado
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de
Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado
por el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas
del Grupo D, será de 30 plazas.
Del total de las plazas convocadas se reservará 1 para ser
cubierta por personas con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición
adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública.
La plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados se
acumulará a las restantes de la convocatoria.
2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las
siguientes fases:
2.1 Fase de oposición: En la Resolución mencionada en la
base común 9.1 se determinarán los lugares y fecha de realización
del mismo.
2.2 Fase de concurso.
3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de
las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán
reunir los siguientes:
3.1 Estar en posesión de la titulación exigida para ingreso
en Cuerpos o Escalas del Grupo C en el artículo 25 de la Ley
30/1984, de 2 de agosto (título de Bachiller Superior, Bachillerato
Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación
Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas
pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años)
o, alternativamente, poseer una antigüedad de diez años en los
Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación
de la Ley 30/1984, de 2 agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, o de cinco años y haber superado el curso
específico a que se refiere la disposición adicional novena del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito
de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal
al servicio de la Administración General del Estado y de provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado.
3.3 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los
Cuerpos o Escalas del Grupo D que aparecen en el apartado 8
de estas normas específicas.
En el caso de los Cuerpos o Escalas correspondientes a los
códigos 1440, 1441, 1442, 1443, 1444 y 1445 sólo serán
admitidos los funcionarios que pertenezcan a dichos Cuerpos y estén
destinados en la Administración General del Estado en puestos
que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A.
3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios
prestados en los Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el
ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y
relacionados en el apartado 8 de estas normas específicas, o en
Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo
D y estar destinados en la Administración General del Estado en
puestos de trabajo que no pertenezcan a la Sociedad Estatal
Correos y Telégrafos S.A.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo D, incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto,
serán computables a efectos de la antigüedad referida en los
apartados 3.1 y 3.4.
4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación
de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,
los aspirantes deberán observar las siguientes:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán
constar "Técnico Auxiliar de Informática", código "1188".
En el recuadro 17 destinado a "Forma de acceso" los aspirantes
que pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que en el apartado 8
de estas normas específicas vienen señalados con los Códigos
números 131, 213, 1143, 1145, 1146, 1622, 1643, 1704, 6032
o 6033, consignarán necesariamente la letra "F". Los restantes
aspirantes consignarán la letra "G".
En el recuadro 24 "Exigido en la convocatoria", se indicará,
de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo
con la titulación académica que posea el aspirante:
Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o equivalente.
Dígito "2". Título de Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
Dígito "3". Título de Bachiller superior, Bachillerato Unificado
Polivalente, Bachiller - LOGSE, Formación Profesional de segundo
grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de 25 años.
Dígito "4". Antigüedad superior a diez años.
Dígito "5". Curso específico de la disposición adicional novena
del Real Decreto 364/1995 y cinco años de antigüedad.
En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo
o Escala a que pertenece el aspirantes según se contiene en el
apartado 8 de estas normas específicas.
Los derechos de examen serán de 6,13 euros.
5. Proceso de selección y valoración: El sistema selectivo será
el de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y
puntuaciones que se especifican a continuación.
5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada
por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos
obligatorios y eliminatorios.
5.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas con respuestas múltiples. Para los
aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos, pertenezcan a
los Cuerpos o Escalas que en el apartado 8 de estas normas
específicas vienen señalados con los Códigos números 0131, 0213,
1143, 1145, 1146, 1622, 1643, 1704, 6032, y 6033 (Forma
de acceso "F"), este ejercicio estará basado en las materias
informáticas a que hace referencia el programa de estas normas
específicas.
Para los aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos,
hayan consignado en el recuadro 17 de la solicitud la letra "G"
(forma de acceso "G"), este ejercicio consistirá en contestar por
escrito un cuestionario de preguntas basado en el contenido total
del programa de estas pruebas.
El tiempo máximo para la realización de este primer ejercicio
será de sesenta minutos.
5.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un
supuesto de carácter práctico, a escoger entre tres propuestos,
dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a
cabo las tareas administrativas relacionadas con los contenidos
de las Materias Informáticas a que hace referencia el Programa
de estas normas específicas.
Los ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a
tecnología básica, programación, comunicaciones y redes, y
sistemas de información.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuarenta
minutos.
Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas
correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en
la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas
de entre aquéllas que se les propongan.
5.1.3 Calificación de los ejercicios de la fase de oposición:
Para todos los aspirantes, la calificación de los ejercicios se
realizará de la forma siguiente:
a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La
Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima
necesaria para acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La
Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima
necesaria para que se adicione al candidato la puntuación obtenida
en la fase de concurso.
Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de
las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos
que fije la Comisión Permanente de Selección.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones
erróneas se penalizarán con el 25 por 100 del valor de una
contestación.
5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos
siguientes:
a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario,
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios prestados y
reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta
la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada
año completo de servicios una puntuación de 1 punto hasta un
máximo de 28 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y formalizado a través del acuerdo
de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta
la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado
a que se refiere la base común 12, se otorgará la siguiente
puntuación:
Grado 9 e inferiores, 10 11 y 12: 11,00 puntos.
Grado 13: 11,50 puntos.
Grado 14: 12,00 puntos.
Grado 15: 12,50 puntos.
Grado 16: 13,00 puntos.
Grado 17: 13,50 puntos.
Grado 18: 14,00 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado y en la Administración de
la Seguridad Social como funcionario del Grupo D el día de
publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Niveles 12 e inferiores: 13,50 puntos.
Nivel 13: 14,75 puntos.
Nivel 14: 16,00 puntos.
Nivel 15: 17,25 puntos.
Nivel 16: 18,50 puntos.
Nivel 17: 19,75 puntos.
Nivel 18 o superior: 21,00 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia por el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del
puesto reservado en la Administración General del Estado u
órganos constitucionales y a los funcionarios en situación de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración
General del Estado y órganos constitucionales, el nivel del puesto
de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto
de trabajo en situación de servicio activo en los órganos
constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de
complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
d) Titulación académica: Se otorgarán siete puntos por la
posesión de titulación académica igual o superior a la exigida
en el apartado 3.1 de estas normas específicas.
e) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de
2001: 7 puntos.
Este mérito se valorará de oficio por la Administración a
aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada
convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación
por la Comisión Permanente de Selección de acuerdo con lo
establecido en el apartado 1 del Anexo I de la Orden de 11 de
septiembre de 2001 por la que se convocan pruebas selectivas para
acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Técnicos Auxiliares
de Informática de la Administración del Estado ("Boletín Oficial
del Estado" de 27).
6. Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase
de concurso y de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y si aún fuese
necesario dirimir el empate, se atenderá a la puntuación obtenida
en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá
a favor de la mayor puntuación alcanzada en el mérito de
antigüedad y, de persistir aún la situación de empate, se atenderá
a la puntuación otorgada al trabajo desarrollado y al grado
consolidado, por este orden. Finalmente se dirimirá por el criterio
de antigüedad total en la Administración, computándose los años,
meses y días de servicio que consten en el Registro Central de
Personal al día de publicación de la convocatoria.
7. Programa:
I. Organización del Estado y de la Administración Pública:
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El
Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la
Constitución.
2. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.
3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y
funcionamiento del Congreso y del Senado.
4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
El Tribunal Supremo. La organización judicial española.
5. El Gobierno y la Administración. La Administración Central
del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.
Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y
demás órganos administrativos.
6. La Administración Periférica del Estado. Los Delegados
del Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos
periféricos.
7. Organización territorial del Estado: Las Comunidades
Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.
8. Administración Local: La provincia, el municipio y otras
entidades.
9. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El
Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia. Efectos
de la integración europea sobre la organización del Estado
Español.
II. Organización de oficinas públicas:
1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.
2. Los servicios de información administrativa. Información
general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.
Quejas. Peticiones.
3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del
registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.
Especial consideración del archivo de gestión.
4. Las técnicas de racionalización de la gestión
administrativas. El proceso de informatización en la Administración Pública.
III. Materias Informáticas:
1. El ordenador: concepto, componentes y arquitectura.
Organización y funcionamiento.
2. La representación de la información en el ordenador.
Códigos de representación. Operaciones aritméticas y lógicas
3. La CPU: componentes y arquitectura. La memoria:
jerarquía de memorias y modos de direccionamiento.
4. Dispositivos periféricos. Sistemas de Entrada/Salida.
5. Evolución y concepto de sistemas operativos. Tipos de
sistemas operativos. Gestión de procesos, memoria, entrada/salida
y sistemas de ficheros.
6. Introducción a las bases de datos. Definición. Tipos de
bases de datos. Concepto de sistema de gestión de bases de datos.
Diccionario de datos, administración de bases de datos. Estructura
y modelos de datos.
7. Lenguajes de programación: máquina, ensamblador, alto
nivel. Diagrama de flujos. Programación estructurada.
Programación orientada a objetos. Verificación y pruebas de programas.
8. Lenguajes y herramientas para la utilización en redes
globales: HTML, Java, navegadores. Entornos de programación
visual.
9. Ordenadores personales: arquitectura y sistemas
operativos. Herramientas ofimáticas. Trabajo en grupo. Informática
corporativa.
10. Medios de transmisión y modos de comunicación. Equipos
terminales y de comunicaciones.
11. Servicios de comunicación; X.25, Frame Relay, ATM,
RDSI, circuitos punto a punto. Redes públicas de transmisión de
datos.
12. "Hardware" y "software" de red. Redes de área local, redes
de área metropolitana y redes de área extendida.
13. Sistemas distribuidos. Procesamiento cooperativo y
arquitectura cliente/servidor.
14. El Modelo de Referencia de Interconexión de Sistemas
Abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP.
15. La red Internet: origen, evolución y estado actual.
Servicios en Internet: correo, ftp, telnet.
16. Redes Intranet y Extranet. Concepto, estructura y
características. Su implantación en las organizaciones.
17. Concepto, estructura y visión general de los sistemas de
información. La Administración Pública y los Sistemas de
Información.
18. El ciclo de vida de los Sistemas de Información: modelos.
Metodología de Planificación y Desarrollo de Sistemas de
Información: Métrica. Conceptos básicos de calidad en los Sistemas
de Información y Auditoría Informática.
19. Conceptos de seguridad informática. Certificación de
seguridad en los sistemas de información.
20. La organización de los Sistemas de Información: personal,
sistemas de seguridad, unidades de diseño, desarrollo, sistemas
y explotación.
21. La protección jurídica de los programas informáticos. La
legislación de protección de datos de carácter personal.
8. Relación de Cuerpos o Escalas:
Código Cuerpo/Escala
0129 C. Guardería Forestal.
0131 C. Auxiliares (Ley 23/1975) a extinguir.
0213 C. Auxiliares, a extinguir.
0326 Personal Técnico de Cabina, a extinguir.
0423 C. Damas Auxiliares de Sanidad Militar del Ejército.
0424 C. Oficiales de Arsenales de la Armada.
0425 C. Grabadores de la Armada, a extinguir.
0426 C. Encargados 3.a Sección Maestranza de la Armada.
0427 C. Maestros Primeros Primera Sección Maestranza Arm.
0433 C. Capataces Segundos 1.a Sec. Maestranza Armada,
a E.
0439 Cuerpo de Mecánicos Conductores.
0635 C. Auxiliar de Intervención de Puertos Francos de C.
1143 E. Auxiliar Procedente de Organismos Autónomos Sup.
1144 C. Aux. Cuerpo Intérpretes, Lenguas Procedentes de la
Zona Norte de Marruecos.
1145 C. Auxiliar, a extinguir (Real Decreto-ley 23/1977).
1146 C. General Auxiliar de la Administración del Estado.
1440 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.
Oficiales Postales y de Telecomunicación.
1441 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.
Clasificación y Reparto.
1442 C. Subalterno de Correos, a extinguir.
1443 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos
de Primera.
1444 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos
de Segunda.
1445 E. Radiotelegrafistas de Telecomunicación, a extinguir.
1622 C. Auxiliar de la Administración de la S.S.
1643 E. Auxiliar, a extinguir de la Administración de la S.S.
1644 E. Telefonistas, A extinguir de la Administración de la
S.S.
1704 Subgrupo Auxiliar del Grupo de Administración General.
5052 E. Auxiliares de Laboratorio de Organismos Autónomos
del MAPA.
5053 E. Maquinista del SENPA.
5055 E. Secretarios Cofradías Tercera Categoría, a extinguir.
5056 E. Auxiliares Cofradías, a extinguir.
5058 E. Secretarios Tercera Categoría Cámaras Agrarias del
IRA.
5059 E. Guardas del ICONA.
5060 E. Proyectistas sin título y Maestros del INIA.
5061 E. Preparador de Primera y Segunda del INIA.
5329 E. Auxiliares Lab. Canal Experiencias Hidrodinámicas
del Pardo.
5330 E. Calcadores del INTA "Esteban Terradas".
5331 E. Preparadores Laboratorio INTA "Esteban Terradas".
5333 E. Fotógrafos de la Junta Admva. Fondo Atenciones de
la Marina.
Código Cuerpo/Escala
5442 E. Especialistas Servicios Generales de Enseñanzas
Integradas.
5443 E. Auxiliar de Investigación del CSIC.
5444 E. Auxiliares Técnicos del Servicio de Publicaciones del
MEC.
5538 E. Marineros del Servicio de Vigilancia Aduanera.
5539 E. Agentes Investigación del Servicio de Vigilancia
Aduanera.
5550 E. Operadores Radiotelefonistas, Ext. Serv. Vigilancia
Aduanera.
5551 Escala de Conductores y de Taller del PMM.
5627 E. Auxiliar Técnico del CIEMAT.
5628 E. Calcador del CIEMAT.
5629 E. Técnica Subalterna de Tercera, a extinguir del INI.
5949 E. Delineantes Segunda Conf. Hidrográfica del
Guadalquivir.
5950 E. Patrones de Cabotaje de Organismos Autónomos del
MOPU.
5953 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. Puerto
Algeciras-La Línea.
5954 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. Puerto
Gijón-Musel.
5956 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir Junta Puerto
Ceuta.
5957 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. P. de A
Coruña.
5960 E. Celadores Guardamuelles, a Ext. J. P. La Luz y Las
Palmas.
5968 E. Encargado de Obras Mancomunidad Canales del
Taibilla.
5969 E. Topógrafo Segundo Mancomunidad de Canales del
Taibilla.
5970 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir Admva. de
Grupos de Puertos.
5971 E. Auxiliar Topógrafo Confederación Hidrográfica del
Ebro.
5972 E. Auxiliar Cartográfico Confederación Hidrográfica del
Ebro.
5974 E. Calcador de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir.
5975 E. Fotógrafo del Servicio de Publicaciones.
5976 E. Auxiliar de Laboratorio del Servicio de Publicaciones.
5977 E. Ayudantes de Laboratorio del INCE.
6032 E. Auxiliar de Organismos Autónomos.
6033 E. Auxiliar de AISS, a extinguir.
6124 E. Profesores de Educación Física de AISNA.
6125 E. Auxiliares de Investigación de Laboratorio de AISNA.
6349 E. Pers. a Ext. del Org. Regis. Entidades
Autorizadas-Auxiliar.
6467 E. de Auxiliares del ICO.
ANEXO VI
Normas específicas de la convocatoria de las pruebas
selectivas para el ingreso libre al Cuerpo de Gestión de la
Administración Civil del Estado
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado por el sistema de acceso
libre será de 19 plazas.
Del total de estas plazas se reservarán 2 para ser cubiertas
por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o
superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional
decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública.
En el caso de que estas plazas no sean cubiertas se acumularán
a las restantes de la convocatoria.
2. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de
las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán
estar en posesión o en condiciones de obtener el título de
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o
equivalente.
3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación
de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,
los aspirantes deberán observar las siguientes:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán
constar "Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado",
código "1122".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave
"L".
En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,
de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo
con la titulación académica que posea el aspirante:
Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o equivalente.
Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
4. Los derechos de examen serán 18,39 euros debiendo
consignar dicho importe en el recuadro destinado al mismo en el
modelo de solicitud.
5. Proceso de selección y valoración: El proceso selectivo
consistirá en una fase de oposición y en un curso selectivo con las
pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación.
5.1 Fase de oposición:
5.1.1 La fase de oposición constará de los siguientes
ejercicios, obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
un máximo de cien preguntas basado en las materias del temario
que figura en el programa de estas normas específicas.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta. Las contestaciones
erróneas se valorarán negativamente.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de noventa minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema
entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección
de los correspondientes del programa contenido en los bloques
II, III, IV y VI que figura en estas normas específicas.
El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas.
El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión
Permanente de Selección en sesión pública. En él se valorarán la
formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de
ideas y la capacidad de expresión.
Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito y
durante un tiempo máximo de tres horas, de dos supuestos prácticos,
uno de ellos relacionado con las materias incluidas en los bloques
III y IV, y otro con las incluidas en los bloques V y VI.
El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante en
sesión pública ante la Comisión Permanente de Selección.
Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá
realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un
período máximo de veinte minutos.
Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura,
el órgano de selección podrá decidir que el opositor abandone
el mismo si estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.
La Comisión valorará la capacidad para ordenar y desarrollar
los procesos de gestión administrativa propuestos, la sistemática,
la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y
oral del aspirante.
5.1.2 Los tres ejercicios de la fase de oposición se calificarán
de 0 a 50 puntos.
En cada uno de los ejercicios, la Comisión Permanente de
Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar el
ejercicio. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán
de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos
que fije la Comisión Permanente de Selección.
La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
diferentes ejercicios de dicha fase.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y si esto no
fuera suficiente, en el primero o segundo, por este orden.
5.2 Curso selectivo: El curso selectivo, bajo la supervisión
de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, será
organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública
y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos
en orden a la preparación específica de los aspirantes para el
ejercicio de sus funciones.
El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres
meses desde que finalice el plazo de presentación de documentos.
Su duración será como máximo de tres meses.
Su calendario y programa, así como las normas internas que
lo regulen, serán establecidos por el Instituto Nacional de
Administración Pública.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los
aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en
relación con las áreas básicas de formación que se impartan.
El curso se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario
para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el
derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta
del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
El Instituto Nacional de Administración Pública elevará al
Secretario de Estado para la Administración Pública las
evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas
a la calificación final de las pruebas selectivas.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior
intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la
puntuación obtenida.
6. Calificación final: La calificación final de los aspirantes
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en
la fase de oposición y en el curso selectivo.
7. Programa:
I. Organización del Estado y de la Administración Pública:
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
La reforma de la Constitución.
2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y
suspensión.
3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y
atribuciones.
4. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal
de Cuentas y el Defensor del Pueblo.
5. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
6. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del
Congreso de los Diputados y del Senado.
7. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el
Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese
y responsabilidad.
8. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.
El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El
Ministerio Fiscal. La organización judicial española.
9. La Administración General del Estado. Organos centrales.
El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.
Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales.
Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales.
Subdirectores Generales. Los Servicios comunes de los Ministerios.
10. La Administración General del Estado. Organos
territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del
Gobierno en las Provincias. Los Directores Insulares. La Administración
única o común.
11. Los organismos públicos. Creación, modificación y
extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas
empresariales. La Administración consultiva: el Consejo de Estado.
12. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de
Autonomía. Naturaleza y tipología. Organos y funciones.
13. La delimitación de competencias entre el Estado y las
Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.
Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.
14. La organización política y la administración de las
Comunidades Autónomas.
15. La Administración Local: La provincia y el municipio.
Otras entidades de la Administración Local.
II. La Unión Europea:
1. Las Comunidades Europeas: Antecedentes. Objetivos y
naturaleza jurídica de las Comunidades. Los Tratados originarios
y modificativos.
2. El Tratado de la Unión Europea. Los tres pilares de la
Unión: unión política y unión económica y monetaria; Política
Exterior y de Seguridad Común; Cooperación en los ámbitos de
Justicia e Interior. La ampliación.
3. Las Instituciones de las Comunidades (I): El Consejo
Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición y
funciones. El procedimiento decisorio. La participación de los Estados
miembros en las diferentes partes del proceso.
4. Las Instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento
Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.
5. El presupuesto comunitario. Los fondos estructurales. La
cohesión económica y social.
6. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho
originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y
decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario
y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.
7. La adhesión española a la Comunidad Europea.
Problemática económica de la plena integración. La convergencia de
España con la Unión Europea.
8. Libre circulación de mercancías y política comercial
común. Régimen sobre la competencia. Libre circulación de
capitales.
9. Libre circulación de personas. Derecho de establecimiento
y libre prestación de servicios.
10. Políticas comunitarias comunes.
III. Derecho Administrativo General:
1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases
de fuentes. La jerarquía de las fuentes.
2. La Ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del
ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-ley y Decreto-legislativo.
3. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.
Los principios generales del Derecho. Los Tratados
Internacionales. El Derecho comunitario Europeo.
4. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos.
Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y
notificación. Revisión, anulación y revocación.
5. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio
de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras
alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
6. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos,
suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios.
7. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y
elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías
jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales.
8. Los bienes de la Administración. Régimen básico.
9. El dominio público. El criterio de la afectación. Objeto y
extensión de la demanialidad. Utilización y protección del dominio
público.
10. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento
de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.
Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador.
11. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y
caracterización. Procedimiento Administrativo común y su
alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general
y principios rectores.
12. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del
procedimiento.
13. Disposiciones generales sobre los procedimientos
administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del
procedimiento. La obligación de resolver. El silencio
administrativo.
14. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de
oficio. Los Recursos Administrativos.
15. El procedimiento económico-administrativo: Materias
impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la
revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en
única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.
16. El recurso contencioso-administrativo: Significado y
características. Evolución histórica. Organización jurisdiccional.
17. El recurso contencioso-administrativo: Las partes,
capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del
proceso. La sentencia.
18. La Administración Pública y la justicia ordinaria. La
reclamación administrativa previa a las vías judiciales civil y laboral.
IV. La actuación de la Administración Pública:
1. La gestión pública y la gestión privada. Nuevas formas
de gestión pública. Técnicas de gestión pública: la administración
por objetivos, la programación de proyectos y otros.
2. Las políticas públicas: análisis, ejecución y evaluación.
3. El control de la actuación pública: control estratégico,
control de gestión y control externo. Indicadores de gestión.
4. La Administración Pública española: principios de
organización y principios de actuación. La atención al ciudadano: los
servicios de información administrativa. La administración
prestadora de servicios: la calidad del servicio público.
5. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La
actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento.
Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.
6. La actuación administrativa en el marco presupuestario:
el déficit público. El gasto público: evolución y distribución actual.
7. Transportes y comunicaciones: desarrollo de las
infraestructuras y política de transportes. Ordenación y liberación del
sector de las comunicaciones.
8. El turismo: orígenes, evolución y características.
Distribución de competencias. La Administración turística del Estado:
organización y líneas de actuación.
9. Actuación administrativa relacionada con el medio
ambiente: impacto ambiental y ordenación del territorio; gestión de
residuos y reducción de la contaminación; conservación de la
biodiversidad y de los espacios naturales protegidos. Distribución
de competencias.
10. La Seguridad Social: estructura y financiación. Problemas
actuales y líneas de actuación. El sistema sanitario: gestión y
financiación.
11. El sistema educativo: estructura, gestión y financiación.
La política científica y tecnológica.
12. La evolución del empleo en España. Los servicios públicos
de empleo: régimen de prestaciones y políticas de empleo.
13. Política de inmigración. Régimen de los extranjeros en
España. Derecho de asilo y condición de refugiado.
14. Garantía de derechos y libertades. La legislación de
protección de datos de carácter personal. La Agencia de Protección
de Datos.
V. Administración de Recursos Humanos:
1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Régimen jurídico. Normativa vigente.
2. Las competencias en materia de personal.
3. Selección de personal. Los procesos selectivos en la
Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público.
Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición
de funcionario público.
4. Situaciones administrativas.
5. Provisión de puestos de trabajo en la Función Pública.
La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y
perfeccionamiento.
6. Derechos y deberes de los funcionarios. Seguridad y
prevención de riesgos laborales.
7. El sistema de retribuciones de los funcionarios.
Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las
indemnizaciones por razón del servicio.
8. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
9. La sindicación de los funcionarios públicos. La
representación de los funcionarios. Las Juntas de Personal.
10. El régimen especial de la Seguridad Social de los
funcionarios civiles del Estado. MUFACE: Acción protectora.
Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.
11. El personal laboral al servicio de las Administraciones
Públicas. Su régimen jurídico. Los convenios colectivos en la
Administración Pública y la determinación de las condiciones de trabajo.
El convenio único para el personal laboral al servicio de la
Administración General del Estado.
12. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de
contratación en la Administración Pública y ámbito jurídico.
13. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus
causas. El despido.
14. La sindicación del personal laboral. Comités de Empresa
y Delegados de Personal.
15. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los
servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y
su solución: Especial referencia a las Administraciones Públicas.
VI. Gestión Financiera y Seguridad Social:
1. El presupuesto. Concepto y clases. Presupuesto por
programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en
base cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación
de prioridades.
2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben
contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del
Estado. Características y estructura. Créditos presupuestarios. El ciclo
presupuestario. Gastos plurianuales.
3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de
crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.
Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de
créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.
4. La ejecución presupuestaria y la contratación
administrativa: Especial referencia a los siguientes tipos de contratos: obras,
gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia
técnica y servicios.
5. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva.
Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto
público en España. Especial referencia al control de legalidad.
El Tribunal de Cuentas.
6. La contabilidad pública y la planificación contable. El Plan
General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de
aplicación y características. Criterios de valoración.
7. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión. Los
grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre
del ejercicio. La Cuenta General del Estado.
8. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Organos
competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que
intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.
Disposición de fondos del Tesoro público.
9. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de
transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
10. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones
presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja
fija. Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.
11. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas:
Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.
Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos
económicos.
12. La Seguridad Social: Evolución. Caracteres generales del
sistema español. El régimen general y los regímenes especiales.
La acción protectora de la Seguridad Social. Tipos y características
de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción
y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.
13. Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de
trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social. Sujetos
obligados y responsables de la cotización. Nacimiento y duración de
la obligación de cotizar.
ANEXO VII
Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas
para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado por el sistema de promoción
interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo C será de 93 plazas.
Del total de las plazas convocadas se reservarán 3 para ser
cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición
adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados
se acumularán a las generales de promoción interna.
2. El proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las
siguientes fases:
2.1 Fase de oposición: En la Resolución a que se refiere la
base común 9.1 se determinarán los lugares y fecha de realización
del mismo.
2.2 Fase de concurso:
3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de
las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán
reunir los siguientes:
3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto
Técnico o equivalente.
3.2 Estar incluido, a efectos de promoción interna, en el
ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los
Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que aparecen relacionados
en el apartado 9 de estas normas específicas.
En el caso de los Cuerpos y Escalas Postales y de
Telecomunicación relacionados en el apartado 9 de estas normas específicas,
sólo serán admitidos los funcionarios que pertenezcan a dichos
Cuerpos y estén destinados en la Administración General del
Estado en puestos que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos
y Telégrafos S.A..
3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios
prestados en el Cuerpo o Escala del Grupo C incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y relacionados
en el apartado 9 de estas normas específicas, o en Cuerpos o
Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo C y
estar destinados en la Administración General del Estado en
puestos de trabajo que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos
y Telégrafos S. A.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
serán computables a efectos de la antigüedad referida en el párrafo
anterior.
4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación
de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,
los aspirantes deberán observar las siguientes:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán
constar "Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado",
código "1122".
En el recuadro 17, "Forma de Acceso", se consignará las
siguientes claves:
"Y" si los aspirantes pertenecen a los siguientes Cuerpos o
Escalas indicados en el apartado 9 de estas normas específicas
con los códigos: 0207; 1128; 1132; 1135; 1616; 1640; 1703;
6025; 6026 y 6417.
"Z" el resto de los aspirantes.
En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,
de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo
con la titulación académica que posea el aspirante:
Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o equivalente.
Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo
o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el
apartado 9 de estas normas específicas.
Los derechos de examen serán de 9,20 euros.
5. Proceso de selección y valoración: El proceso de selección
será el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo
de formación.
5.1 Fase de oposición: La fase de oposición constará de los
dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos
obligatorios y eliminatorios.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
preguntas sobre las materias contenidas en el programa.
Los aspirantes que hayan consignado en el recuadro 17 de
la solicitud la letra "Y", por pertenecer a alguno de los Cuerpos
o Escalas que se relacionan a tal efecto en el apartado 4 de estas
normas específicas, estarán exentos de las partes I y IV del
programa. Para los aspirantes que hayan consignado en el recuadro
17 de la solicitud la letra "Z", el cuestionario de preguntas versará
sobre el contenido de la totalidad del programa.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta. Las contestaciones
erróneas se valorarán negativamente.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de noventa minutos.
Este ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos. La Comisión
Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para
acceder al segundo ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema
entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección
de los bloques II, III y V del programa contenido en estas normas
específicas.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión
Permanente de Selección en sesión pública.
En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos
generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.
Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión
Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para
que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la fase
de concurso.
En los dos ejercicios de la fase de oposición las puntuaciones
mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones
trasformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión
Permanente de Selección.
La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
diferentes ejercicios de dicha fase.
5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes
méritos:
a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario hasta
la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas
incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de
agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y
reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al
amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto
por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha
de finalización del plazo de presentación del certificado a que
se refiere la base común 12.1 se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 11, 12, 13, y 14: 12 puntos.
Grados 15 y 16: 13 puntos.
Grados 17 y 18: 14 puntos.
Grados 19 y 20: 15 puntos.
Grados 21, 22 y siguientes: 16 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado o en los órganos
constitucionales el día de publicación de esta convocatoria, como
funcionario del Grupo C, se otorgara la siguiente puntuación:
Niveles 11, 12, 13 y 14: 14 puntos.
Nivel 15: 15 puntos.
Nivel 16: 16 puntos.
Nivel 17: 17 puntos.
Nivel 18: 18 puntos.
Nivel 19: 19 puntos.
Nivel 20: 20 puntos.
Nivel 21, 22 o superior: 21 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con
independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del
puesto reservado en la Administración General del Estado u
Organos Constitucionales, y a los funcionarios en la situación de
servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la
Administración General del Estado u Organos Constitucionales, el nivel
del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el
reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto
de trabajo en situación de servicio activo en Organos
Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de
complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
d) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de
2001: Se otorgarán 7 puntos por este mérito, que se valorará
de oficio a aquellos candidatos que en la fase de oposición de
la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación mínima
fijada por la Comisión Permanente de Selección, de acuerdo con
lo establecido en el apartado 1 del anexo I de la Orden de 11
de septiembre de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del 29 de
septiembre).
6. Calificación del concurso-oposición: La calificación vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase
de concurso y de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las
puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la fase de
oposición, en el primer ejercicio de la fase de oposición, en la
valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado
y del trabajo desarrollado, por este orden.
De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en
la Administración, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de
publicación de esta convocatoria.
7. Curso selectivo: Los aspirantes que superen el
concurso-oposición deberán seguir un curso selectivo de formación
organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública.
El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres
meses desde que finalice el plazo previsto para la presentación
de documentos y su duración será, al menos, de ochenta horas
lectivas.
El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el
calendario, programa y normas internas que regulen el curso
selectivo.
El curso selectivo se calificará como apto o no apto.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior
intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la
puntuación obtenida.
Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán
el derecho de su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición
y en la fase de concurso.
8. Programa:
I. Organización del Estado y de la Administración Pública:
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
La reforma de la Constitución.
2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y
suspensión.
3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y
atribuciones.
4. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal
de Cuentas y el Defensor del Pueblo.
5. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
6. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del
Congreso de los Diputados y del Senado.
7. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el
Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese
y responsabilidad.
8. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.
El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El
Ministerio Fiscal. La organización judicial española.
9. La Administración General del Estado. Organos centrales.
El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.
Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales.
Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales.
Subdirectores Generales. Los Servicios comunes de los Ministerios.
10. La Administración General del Estado. Organos
territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del
Gobierno en las Provincias. Los Directores Insulares. La Administración
única o común.
11. Los organismos públicos. Creación, modificación y
extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas
empresariales. La Administración consultiva: el Consejo de Estado.
12. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de
Autonomía. Naturaleza y tipología. Organos y funciones.
13. La delimitación de competencias entre el Estado y las
Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.
Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.
14. La organización política y la administración de las
Comunidades Autónomas.
15. La Administración Local: La provincia y el municipio.
Otras entidades de la Administración Local.
II. Comunidades Europeas:
1. Las Comunidades Europeas: Antecedentes. Objetivos y
naturaleza jurídica de las Comunidades. Los Tratados originarios
y modificativos.
2. El Tratado de la Unión Europea.
3. Las Instituciones de las Comunidades (I): El Consejo
Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición y
funciones. El procedimiento decisorio. La participación de los Estados
miembros en las diferentes partes del proceso.
4. Las Instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento
Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.
5. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho
originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y
decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario
y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.
6. La adhesión española a la Comunidad Europea.
Problemática económica de la plena integración. El programa de
convergencia de España con la Unión Europea.
7. Libre circulación de mercancías y política comercial
común. Régimen sobre la competencia. Libre circulación de
trabajadores.
8. Derecho de establecimiento y libre prestación de servicios.
Libertad de circulación de capitales. El Sistema Monetario
Europeo. La moneda única.
9. Políticas comunitarias comunes.
III. Derecho Administrativo General:
1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases
de fuentes. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Tipos de leyes.
Reserva de ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley:
Decreto-ley y Decreto-legislativo.
2. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.
Los principios generales del Derecho. Los Tratados
Internacionales. El Derecho comunitario Europeo.
3. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos.
Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y
notificación. Revisión, anulación y revocación.
4. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio
de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras
alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
5. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos,
suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios.
6. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La
actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento.
Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.
7. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y
elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías
jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales.
8. Los bienes de la Administración. Régimen básico.
9. El dominio público. El criterio de la afectación. Objeto y
extensión de la demanialidad. Utilización y protección del dominio
público.
10. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento
de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.
Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador.
11. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y
caracterización. Procedimiento Administrativo común y su
alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general
y principios rectores.
12. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del
procedimiento.
13. Disposiciones generales sobre los procedimientos
administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del
procedimiento. La obligación de resolver. El silencio
administrativo.
14. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de
oficio. Los Recursos Administrativos.
15. El procedimiento económico-administrativo: Materias
impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la
revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en
única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.
16. El recurso contencioso-administrativo: Significado y
características. Evolución histórica. Organización jurisdiccional.
17. El recurso contencioso-administrativo: Las partes,
capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del
proceso. La sentencia.
18. La Administración Pública y la justicia ordinaria. La
reclamación administrativa previa a las vías judiciales civil y laboral.
IV. Administración de Recursos Humanos:
1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Régimen jurídico. Normativa vigente.
2. Las competencias en materia de personal.
3. Selección de personal. Los procesos selectivos en la
Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público.
Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición
de funcionario público.
4. Situaciones administrativas.
5. Provisión de puestos de trabajo en la Función Pública.
La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y
perfeccionamiento.
6. Derechos y deberes de los funcionarios. Seguridad y
prevención de riesgos laborales.
7. El sistema de retribuciones de los funcionarios.
Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las
indemnizaciones por razón del servicio.
8. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
9. La sindicación de los funcionarios públicos. La
representación de los funcionarios. Las Juntas de Personal.
10. El régimen especial de la Seguridad Social de los
funcionarios civiles del Estado. MUFACE: Acción protectora.
Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.
11. El personal laboral al servicio de las Administraciones
Públicas. Su régimen jurídico. Los convenios colectivos en la
Administración Pública y la determinación de las condiciones de trabajo.
El convenio único para el personal laboral al servicio de la
Administración General del Estado.
12. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de
contratación en la Administración Pública y ámbito jurídico.
13. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus
causas. El despido.
14. La sindicación del personal laboral. Comités de Empresa
y Delegados de Personal.
15. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los
servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y
su solución: Especial referencia a las Administraciones Públicas.
V. Gestión Financiera y Seguridad Social:
1. El presupuesto. Concepto y clases. Presupuesto por
programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en
base cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación
de prioridades.
2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben
contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del
Estado. Características y estructura. Créditos presupuestarios. El ciclo
presupuestario. Gastos plurianuales.
3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de
crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.
Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de
créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.
4. La ejecución presupuestaria y la contratación
administrativa: Especial referencia a los siguientes tipos de contratos: obras,
gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia
técnica y servicios.
5. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva.
Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto
público en España. Especial referencia al control de legalidad.
El Tribunal de Cuentas.
6. La contabilidad pública y la planificación contable. El Plan
General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de
aplicación y características. Criterios de valoración.
7. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión. Los
grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre
del ejercicio. La Cuenta General del Estado.
8. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Organos
competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que
intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.
Disposición de fondos del Tesoro público.
9. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de
transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
10. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones
presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja
fija. Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.
11. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas:
Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.
Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos
económicos.
12. La Seguridad Social: Evolución. Caracteres generales del
sistema español. El régimen general y los regímenes especiales.
La acción protectora de la Seguridad Social. Tipos y características
de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción
y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.
13. Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de
trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social. Sujetos
obligados y responsables de la cotización. Nacimiento y duración de
la obligación de cotizar.
9. Relación de Cuerpos o Escalas:
Código Cuerpo/Escala
0010 Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.
0122 Veedores Serv. Defensa contra el Fraude, a extinguir.
0207 C. Administrativo, a extinguir.
0314 C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.
0319 C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.
0320 Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.
0414 C. Traductores del Ejercito del Aire.
0415 C. Delineantes del Ejercito del Aire.
0416 C. Maestros de Arsenales de la Armada.
0417 C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.
0626 C. Contadores del Estado, a extinguir.
0627 C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.
0628 C. Delineantes.
0629 C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería
Nacional.
0630 Estadísticos Técnicos a extinguir.
0918 Capellanes de Instituciones Penitenciarias.
0919 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala
masculina.
0920 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala
femenina.
Código Cuerpo/Escala
1018 C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a
extinguir.
1020 Delineantes, a extinguir -Ley 33-1974-.
1021 C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.
1128 E. Administrativa OO. AA. Suprimidos, a extinguir.
1129 Personal de la Casa de su Majestad el Rey Grupo C.
1130 C. Técnicos de Interpret. Lengua Proc. Zona N.
Marruecos.
1132 C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-Ley 23).
1133 C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.
1134 C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.
1135 C. General Administrativo de la Administración del
Estado.
1136 C. Delineantes.
1188 C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del
Estado.
1230 Ag. Insp. Proced. Serv. Ins. Dis. Mercado, Exterior.
1427 Administrativos-Calculadores de Meteorología del
Estado.
1428 C. Intérpretes Informadores.
1429 Observadores de Meteorología del Estado.
1430 Técnico de Telecomunicaciones Aeronáuticas.
1431 C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación.
1432 Técnico Especialistas Aeronáuticos.
1433 Técnicos Especializados.
1516 C. Capellanes de la Beneficencia General.
1616 C. Administrativo de Administración de la Seguridad
Social.
1633 E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S.
Social.
1640 E. Administrativa, a Exting. de la Administración de la
S. Social.
1641 E. Operadores Ordenador Informat., a extinguir Admon.
de la S. Social.
1642 E. Delineantes Administración de la S. Social, a
extinguir.
1654 Plazas Operadores Ordenador, a extinguir ISM.
1703 Subgrupo Admtvo. Del Grupo de Administración
General.
5023 E. Secret. Cofradías 2.a Categoría, a extinguir.
5027 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.
5028 Contables, a extinguir del SENPA.
5029 E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.
5032 Trad. Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.
5033 E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de
Oceanografía.
5034 E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.
5036 E. Administrativos de Cofradías, a extinguir.
5037 E. Agentes Economía Domestica del Serv. de Extensión
Agraria.
5038 E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión
Agraria.
5039 E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias
del Ira.
5040 E. Analista de Laboratorio del IRA.
5041 Auxiliar de Campo del ICONA.
5043 E. Operador de Restitución del IRYDA.
5044 E. Auxiliar Técnico del IRYDA.
5045 E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas Plantas
Vivero.
5046 E. Periodista Inst. Estudios Agrarios Pesqueros y
Alimentarios.
5047 E. Técnica Comisaria Gral. de Abastec. y Transportes
del SENPA.
5053 Maquinista del SENPA.
5213 E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.
5214 Delin. Patr. Alhambra y Generalife.
5317 E. Delineantes de Organismos Autónomos del M.
Defensa.
5319 E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas.
5320 E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas.
5321 E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban
Terradas.
Código Cuerpo/Escala
5322 Personal de Taller del INTA Esteban Terradas.
5430 Escala de Expertos de Servicios Generales de
Enseñanzas Integradas.
5431 E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org.
Auton. MEC.
5432 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MEC.
5433 Ayudantes de Investigación del CSIC.
5435 Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P. P. F. P. a extinguir.
5527 E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera a
extinguir.
5528 E. Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera a
extinguir.
5530 E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia
Aduanera a extinguir.
5616 E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y
Energía.
5617 Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del
CIEMAT.
5619 E. Administrativos, a extinguir del INI.
5620 E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir del INI.
5621 E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir del INI.
5820 E. Delegados Tribunales de la Obra de Protección de
Menores.
5821 Directores Instituc. Obra Protección de Menores.
5822 Educadores Instituciones de la Obra de Protección de
Menores.
5933 Pat. Cab. y Fogon. Hab. (M. Naval.) N. Sent.
5934 E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrograf.
del MOPU.
5935 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.
5936 E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.
5940 E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales
del Taibilla.
5941 E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.
5943 E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica
Guadalquivir.
5944 E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir.
5945 E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.
5946 C. Traductores Taquígrafos -Grupos 1, 2 y 3- del CEDEX.
5947 E. Programadores del CEDEX.
5948 E. Programadores Técnicos del INCE.
6025 E. Administrativa de Organismos Autónomos.
6026 E. Administrativos de AISS, a extinguir.
6115 E. Delineantes de AISNA .
6116 Terapeutas ocupacionales de AISNA.
6322 Técnicos-Admtvos., a Ext. del INAS.
6323 E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.
6417 E. Unica Cuerpo Admtivo. O.M. 4-7-81, a extinguir.
6466 E. de Oficiales Administrativos del ICO.
ANEXO VIII
Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas
para ingreso libre, en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e
Informática
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión
de Sistemas e Informática de la Administración del Estado por
el sistema general de acceso libre será de 12 plazas.
Del total de estas plazas se reservará 1 para ser cubierta por
personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o
superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional
decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública.
En el caso de que esta plaza no sea cubierta se acumulará
a las restantes de la convocatoria.
2. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de
las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán
estar en posesión o en condiciones de obtener el título de
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o
equivalente.
3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación
de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,
los aspirantes deberán observar las siguientes:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán
constar "Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la
Administración del Estado", código "1177".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave
"L".
En el recuadro 24 "Exigido en la convocatoria", se indicará,
de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo
con la titulación académica que posea el aspirante:
Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o equivalente.
Dígito "2". Título de Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
Los derechos de examen serán de 18,39 euros.
4. Proceso de selección y valoración: El proceso selectivo
consistirá en una fase de oposición y en un curso selectivo con las
pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación.
4.1 Fase de oposición:
4.1.1 La fase de oposición constará de los siguientes
ejercicios obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario que no excederá de 100 preguntas sobre las materias
contenidas en el programa a que hace referencia el programa de
estas normas específicas.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 90
minutos.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas correcta. Las contestaciones
erróneas se valorarán negativamente.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema
de entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección
de entre los correspondientes del programa contenido en los
bloques I, II, III y IV que figura en estas normas específicas.
El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas.
El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión
Permanente de Selección en sesión pública. En él se valorarán la
formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de
ideas y la capacidad de expresión.
Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito y
durante un tiempo máximo de tres horas, de un supuesto práctico. Para
la resolución del supuesto, el órgano de selección podrá proponer
a los aspirantes la posibilidad de elegir una entre varias opciones,
relacionadas con las materias que figuran en el programa de estas
normas específicas.
El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante en
sesión pública ante la Comisión Permanente de Selección.
Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá
realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un
período máximo de veinte minutos, para lo cual se podrá disponer
de una pizarra o elemento similar.
Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura,
el órgano de selección podrá decidir que el opositor abandone
el mismo si estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.
La Comisión valorará la calidad técnica de la solución
propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad
de expresión escrita y oral del aspirante.
4.1.2 Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de
0 a 50 puntos.
En cada uno de los ejercicios, la Comisión Permanente de
Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar el
ejercicio. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán
de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos
que fije la Comisión Permanente de Selección.
La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el
tercer ejercicio, y si esto no fuera suficiente, en el primero o
segundo, por este orden.
4.2 Curso selectivo: El curso selectivo, bajo la supervisión
de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, será
organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública
y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos
en orden a la preparación específica de los aspirantes para el
ejercicio de sus funciones.
El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres
meses desde que finalice el plazo de presentación de documentos.
Su duración será como máximo de tres meses.
Su calendario y programa, así como las normas internas que
lo regulen, serán establecidos por el Instituto Nacional de
Administración Pública.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los
aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en
relación con las áreas básicas de formación que se impartan.
El curso se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario
para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el
derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta
del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
El Instituto Nacional de Administración Pública elevará al
Secretario de Estado para la Administración Pública las
evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas
a la calificación final de las pruebas selectivas.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior
intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la
puntuación obtenida.
5. Calificación final: La calificación final de los aspirantes
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en
la fase de oposición y en el curso selectivo.
6. Programa:
Bloque I. Análisis de Aplicaciones (grupo I):
1. El análisis de requisitos de los sistemas de información
y comunicaciones. Fases del análisis.
2. Análisis de datos: Modelo entidad/relación
3. Análisis de procesos: Descomposición funcional. Diagrama
de flujo de datos.
4. Diseño de datos: Modelo lógico relacional y normalización.
5. Lenguajes de manipulación de datos. Elementos básicos
de SQL.
6. Diseño físico de bases de datos. Conceptos de SGBD.
7. Bases de datos: Actualizaciones y transacciones.
8. Arquitectura Cliente-Servidor: Conceptos y elementos
básicos.
Análisis de Aplicaciones (grupo II):
1. Concepto del ciclo de vida y fases. Modelo en cascada
y modelo en espiral del ciclo de vida.
2. Diseño de funciones: Diseño de la estructura modular y
de la interfaz de usuario. Especificación de módulos y cuadernos
de carga.
3. Diccionarios de datos. Funcionalidad.
4. Uso de generadores de código y herramientas de 4.a
generación en las fases de diseño e implementación.
5. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas.
Características y finalidad.
6. Diseño de un plan de pruebas del sistema.
7. Introducción a la metodología Métrica de planificación y
desarrollo de Sistemas de Información.
8. Conceptos básicos de orientación a objetos. Objetos,
clases, herencia, métodos.
9. Planificación del control de calidad: plan general de
garantía de calidad.
Bloque II. Gestión de Sistemas (grupo I):
1. Tipos de sistemas informáticos: Grandes Ordenadores,
Miniordenadores, Estaciones de Trabajo y Ordenadores
Personales.
2. Concepto de sistema operativo. Componentes: programas
de control y programas de proceso.
3. Monitorización del uso del sistema operativo.
4. Administración y gestión del sistema operativo y del
soporte lógico de base: aplicación de modificaciones.
5. Dispositivos de almacenamiento de la información. Gestión
de almacenamiento en disco.
6. Conceptos de bases de datos. Evolución histórica de los
sistemas de gestión de base de datos.
7. Conceptos fundamentales del "hardware" de
comunicaciones: Medios de Transmisión.
Gestión de Sistemas (grupo II):
1. Política de mantenimiento de equipos "hardware".
Requerimientos específicos de un CPD.
2. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de
la Información en la Administración del Estado.
3. Mantenimiento y perfeccionamiento de aplicaciones.
4. Gestión de la migración de aplicaciones. Formas de
acometerla. Gestión de la documentación.
5. Estadísticas de ocupación. Costes.
6. Conceptos de proceso distribuido y cliente servidor.
7. Actualización de software en un entorno distribuido.
8. Seguridad física y lógica de un CPD. Seguridad perimetral.
Control de acceso físico al CPD o a periféricos. Niveles de
seguridad y acceso.
9. La legislación de protección de datos de carácter personal.
La Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de carácter
Personal. La Directiva 95/46/CE. La Agencia de Protección de
Datos.
10. Auditoría informática. Metodologías, técnicas y
herramientas. Normas y estándares.
11. Política de salvaguarda/recuperación de la información.
Plan de contingencias de una instalación.
Bloque III. Producción Informática (grupo I):
1. Organización del centro de proceso de datos: Áreas de
Desarrollo y de Sistemas.
2. Responsabilidades y tareas asignadas al personal de
Producción Informática.
3. Reutilización de "software" y generación de código.
4. Componentes fundamentales del "hardware" de una
instalación. Tipos de ordenadores y periféricos.
5. Control de la ejecución de trabajos y rendimientos.
Técnicas aplicables.
6. Control de incidencias en el sistema. Plan de
Contingencias: Objetivos básicos.
7. Conceptos de redes de comunicación: Topologías y
"hardware" de redes.
8. Conceptos de sistemas de teleproceso. Control de las
aplicaciones y rendimientos en entornos de teleproceso.
Producción Informática (grupo II):
1. Planificación física de un centro de proceso de datos.
2. Criterios de presupuestación y control del coste de un
proyecto.
3. Aplicaciones a medida frente a aplicaciones estándar.
Criterios de decisión.
4. Conceptos de los lenguajes de control de trabajos (JCL).
5. Planificación de trabajos y los recursos necesarios.
6. Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar.
7. Herramientas de ayuda a la producción informática:
Gestores de consola, de "spool", de cadenas.
8. Gestión de datos corporativos. Almacén de datos ("data
warehouse"). Arquitecturas OLAP. Minería de datos.
9. Sistemas de preexplotación y control de calidad.
Bloque IV. Gestión y Control de Redes de Comunicación
(grupo I):
1. Estandarización de redes. Modelo OSI.
2. Redes de área local: Sistemas operativos de red. Servicios
que proveen.
3. Administración de redes de área local. Gestión de datos
y usuarios. Monitorización y control de tráfico.
4. Protección y seguridad en redes de área local. Antivirus.
5. Introducción a los protocolos de las redes públicas de
datos: X25, RDSI, Frame Relay.
6. Protocolos de comunicación a través de Módems.
Configuración y control de Módems.
7. La red Internet: evolución, estado actual y tendencias.
Servicios en Internet: telnet, ftp, gopher, wais. La world wide web.
Gestión y Control de Redes de Comunicación (grupo II):
1. Nivel de enlace de datos: Protocolos de acceso y tipologías.
2. Nivel de red: Principios de interconexión.
3. Transporte de paquetes de información. Protocolos de
transporte.
4. Gestión de sesiones de comunicación.
5. Nivel de presentación: Representación de datos y
criptografía.
6. Nivel de aplicación. Introducción a los servicios.
7. Introducción a la administración lógica de redes.
8. Redes TCP/IP. Conceptos y utilidades.
9. Conceptos fundamentales de la arquitectura de redes SNA.
10. Redes Intranet y Extranet. Aspectos prácticos de su
implantación. Problemas de seguridad. Medidas a adoptar.
11. La seguridad en redes: Control de acceso y técnicas
criptográficas.
Bloque V. Organización del Estado y Derecho Administrativo
(grupo I):
1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes
fundamentales. Su garantía y suspensión. La Jefatura del Estado.
La Corona. Funciones constitucionales del Rey.
2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los
Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición
y atribuciones. El Defensor del Pueblo.
3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las
funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes
Generales.
4. La Administración Pública: principios constitucionales
informadores. La Administración General del Estado: los órganos
superiores de la Administración General del Estado. Órganos
territoriales. Los Delegados y Subdelegados del Gobierno.
5. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de
Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.
La Administración Local: regulación constitucional. Provincias,
municipios y otras entidades de la Administración Local.
6. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de
las fuentes. La Ley. Las Disposiciones del Ejecutivo con fuerza
de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento:
concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
7. Los contratos administrativos: concepto, procedimiento de
adjudicación, tipos de contratos: obras, gestión de servicios
públicos, suministro, consultoría y asistencia y de servicios.
8. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Régimen Jurídico. Derechos y deberes de los funcionarios.
9. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
10. Situaciones administrativas de los funcionarios públicos.
Retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios. La
sindicación de los funcionarios públicos.
ANEXO IX
Normas específicas de la convocatoria de las pruebas
selectivas para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión
de Sistemas e Informática
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión
de Sistemas e Informática de la Administración del Estado por
el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del
Grupo C será de 19 plazas.
Una de las plazas convocadas se reservará para ser cubierta
por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o
superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional
decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública.
En caso de que la plaza del cupo de reserva de discapacitados
quedara sin cubrir se acumulará a las restantes de la convocatoria.
2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las
siguientes fases:
2.1 Fase de oposición: En la Resolución a que se refiere la
base común 9.1 se determinarán los lugares y fecha de realización
del mismo.
2.2 Fase de concurso.
3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de
las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán
reunir los siguientes:
3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto
Técnico o equivalente.
3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito
de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los
Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos en el ámbito de aplicación
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto que aparecen relacionados
en el apartado 9 de estas normas específicas.
También podrán participar los funcionarios de Cuerpos y
Escalas Postales y de Telecomunicación relacionados en el apartado
9 de estas normas específicas que estén destinados en la
Administración General del Estado en puestos de trabajo que no
pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A.
3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios
prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo C incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados
en el apartado 9 de estas normas específicas, o en Cuerpos o
Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo C y
estar destinados en la Administración General del Estado en
puestos de trabajo que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos
y Telégrafos S.A.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en
puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las
de los Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos en el ámbito de
aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, serán computables
a efectos de la antigüedad referida en el párrafo anterior.
4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación
de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,
los aspirantes deberán observar las siguientes:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán
constar "Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la
Administración del Estado", código "1177".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará de acuerdo
con las siguientes claves:
"T", si los aspirantes pertenecen a los siguiente Cuerpos o
Escalas indicados en el apartado 9 de estas normas específicas con
los códigos: 1188; 1633; 1640; 1654; y 5947.
"U", el resto de aspirantes.
En el recuadro 24, se indicará, de las siguientes opciones, el
dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica
que posea el aspirante:
Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o equivalente.
Dígito "2". Título de Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo
o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el
apartado 9 de estas normas específicas.
Los derechos de examen serán de 9,20 euros.
5. Proceso de selección y valoración: El proceso de selección
será el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo
de formación.
5.1 Fase de oposición: La fase de oposición constará de los
dos siguientes ejercicios, obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas sobre las materias contenidas en el programa
a de estas normas específicas.
Los aspirantes que pertenezcan a los Cuerpos y Escalas
relacionados en el apartado 4 (forma de acceso "T"), estarán exentos
del Grupo I de temas de cada bloque de materias del programa.
Para los aspirantes que pertenezcan al resto de los Cuerpos
o Escalas no mencionados en el párrafo anterior (forma de acceso
"U"), el cuestionario de preguntas de este ejercicio estará basado
en el contenido total del programa.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, y teniendo todas ellas
el mismo valor. Las contestaciones erróneas se valorarán
negativamente.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 90
minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión
Permanente de Selección fijará la puntuación mínima para acceder
al segundo ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema
de entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección
entre los correspondientes al Grupo II de cada bloque de materias
del programa contenido en estas normas específicas.
El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas.
El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión
Permanente de Selección en sesión pública. En él se valorarán la
formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de
ideas y la capacidad de expresión.
Este ejercicio se calificará de cero a 50 puntos. La Comisión
Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria
para que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la
fase de concurso.
En ambos ejercicios las puntuaciones mínimas que se
establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se
deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección.
La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
diferentes ejercicios de dicha fase.
5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes
méritos:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas del Grupo C incluidos en el ámbito de aplicación de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta
los servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios una
puntuación de 1 punto hasta un máximo de 28 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y formalizado a través del acuerdo
de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta
la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado
a que se refiere la base común 12.1, se otorgará la siguiente
puntuación:
Grados 11,12, 13 y 14: 12 puntos.
Grados 15 y 16: 13 puntos.
Grados 17 y 18: 14 puntos.
Grados 19 y 20: 15 puntos.
Grados 21, 22 o superior: 16 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado, Administración de la
Seguridad Social y en los Órganos Constitucionales el día de
publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Niveles 11,12,13 y 14: 14 puntos.
Nivel 15: 15 puntos.
Nivel 16: 16 puntos.
Nivel 17: 17 puntos.
Nivel 18: 18 puntos.
Nivel 19: 19 puntos.
Nivel 20: 20 puntos.
Niveles 21, 22 o superior: 21 puntos.
La valoración del nivel de complemento de destino corresponde
al puesto desempeñado como funcionario del Grupo C.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del
puesto reservado en la Administración General del Estado u
Organos Constitucionales y a los funcionarios en la situación de
servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la
Administración General del Estado y Organos Constitucionales, el nivel
del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el
reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto
de trabajo en situación de servicio activo en Organos
Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de
complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
d) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de
2001: Se otorgará 7 puntos a aquellos candidatos que en la fase
de oposición de la convocatoria inmediatamente anterior hubiesen
alcanzado la puntuación mínima fijada por la Comisión
Permanente de Selección, de acuerdo con lo establecido en el Anexo
I, apartado 1 de la Orden de 28 de septiembre de 2001 (Boletín
Oficial del Estado" de 23 de octubre). Este mérito se valorará
de oficio.
6. Calificación del concurso-oposición: La calificación del
concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición, sin
que en ningún caso se pueda exceder el número de plazas
convocadas. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo
a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase
de oposición. De continuar el empate, se atenderá a la puntuación
obtenida en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, se
atenderá a la puntuación otorgada al mérito de antigüedad, al grado
personal consolidado y al trabajo desarrollado, por este orden.
Finalmente, se dirimirá por el criterio de antigüedad total en la
Administración, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de
publicación de la convocatoria.
7. Curso selectivo: Los aspirantes que superen el
concurso-oposición deberán seguir un curso selectivo de formación
organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública.
El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres
meses desde que finalice el plazo previsto para la presentación
de documentos y su duración será, al menos, de ochenta horas
lectivas.
El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el
calendario, programa y normas internas que regulen el curso
selectivo.
El curso selectivo se calificará como apto o no apto.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior
intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la
puntuación obtenida.
Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán
el derecho de su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición
y en la fase de concurso.
8. Programa:
Bloque I. Análisis de Aplicaciones (grupo I):
1. El análisis de requisitos de los sistemas de información
y comunicaciones. Fases del análisis.
2. Análisis de datos: Modelo entidad/relación.
3. Análisis de procesos: Descomposición funcional. Diagrama
de flujo de datos.
4. Diseño de datos: Modelo lógico relacional y normalización.
5. Lenguajes de manipulación de datos. Elementos básicos
de SQL.
6. Diseño físico de bases de datos. Conceptos de SGBD.
7. Bases de datos: Actualizaciones y transacciones.
8. Arquitectura Cliente-Servidor: Conceptos y elementos
básicos.
Análisis de Aplicaciones (grupo II):
1. Concepto del ciclo de vida y fases. Modelo en cascada
y modelo en espiral del ciclo de vida.
2. Diseño de funciones: Diseño de la estructura modular y
de la interfaz de usuario. Especificación de módulos y cuadernos
de carga.
3. Diccionarios de datos. Funcionalidad.
4. Uso de generadores de código y herramientas de 4.a
generación en las fases de diseño e implementación.
5. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas.
Características y finalidad.
6. Diseño de un plan de pruebas del sistema.
7. Introducción a la metodología Métrica de planificación y
desarrollo de Sistemas de Información
8. Conceptos básicos de orientación a objetos. Objetos,
clases, herencia, métodos.
9. Planificación del control de calidad: plan general de
garantía de calidad.
Bloque II. Gestión de Sistemas (grupo I):
1. Tipos de sistemas informáticos: Grandes Ordenadores,
Miniordenadores, Estaciones de Trabajo y Ordenadores
Personales.
2. Concepto de sistema operativo. Componentes: programas
de control y programas de proceso.
3. Monitorización del uso del sistema operativo.
4. Administración y gestión del sistema operativo y del
soporte lógico de base: aplicación de modificaciones.
5. Dispositivos de almacenamiento de la información. Gestión
de almacenamiento en disco.
6. Conceptos de bases de datos. Evolución histórica de los
sistemas de gestión de base de datos.
7. Conceptos fundamentales del "hardware" de
comunicaciones: Medios de Transmisión.
Gestión de Sistemas (grupo II):
1. Política de mantenimiento de equipos "hardware".
Requerimientos específicos de un CPD.
2. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de
la Información en la Administración del Estado.
3. Mantenimiento y perfeccionamiento de aplicaciones.
4. Gestión de la migración de aplicaciones. Formas de
acometerla. Gestión de la documentación.
5. Estadísticas de ocupación. Costes.
6. Conceptos de proceso distribuido y cliente servidor.
7. Actualización de software en un entorno distribuido.
8. Seguridad física y lógica de un CPD. Seguridad perimetral.
Control de acceso físico al CPD o a periféricos. Niveles de
seguridad y acceso.
9. La legislación de protección de datos de carácter personal.
La Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de carácter
Personal. La Directiva 95/46/CE La Agencia de Protección de
Datos.
10. Auditoría informática. Metodologías, técnicas y
herramientas. Normas y estándares.
11. Política de salvaguarda/recuperación de la información.
Plan de contingencias de una instalación.
Bloque III. Producción Informática (grupo I):
1. Organización del centro de proceso de datos: Áreas de
Desarrollo y de Sistemas.
2. Responsabilidades y tareas asignadas al personal de
Producción Informática.
3. Reutilización de "software" y generación de código.
4. Componentes fundamentales del "hardware" de una
instalación. Tipos de ordenadores y periféricos.
5. Control de la ejecución de trabajos y rendimientos.
Técnicas aplicables.
6. Control de incidencias en el sistema. Plan de
Contingencias: Objetivos básicos.
7. Conceptos de redes de comunicación: Topologías y
"hardware" de redes.
8. Conceptos de sistemas de teleproceso. Control de las
aplicaciones y rendimientos en entornos de teleproceso.
Producción Informática (grupo II):
1. Planificación física de un centro de proceso de datos.
2. Criterios de presupuestación y control del coste de un
proyecto.
3. Aplicaciones a medida frente a aplicaciones estándar.
Criterios de decisión.
4. Conceptos de los lenguajes de control de trabajos (JCL).
5. Planificación de trabajos y los recursos necesarios.
6. Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar.
7. Herramientas de ayuda a la producción informática:
Gestores de consola, de "spool", de cadenas.
8. Gestión de datos corporativos. Almacén de datos ("data
warehouse"). Arquitecturas OLAP. Minería de datos.
9. Sistemas de preexplotación y control de calidad.
Bloque IV. Gestión y Control de Redes de Comunicación
(grupo I):
1. Estandarización de redes. Modelo OSI.
2. Redes de área local: Sistemas operativos de red. Servicios
que proveen.
3. Administración de redes de área local. Gestión de datos
y usuarios. Monitorización y control de tráfico.
4. Protección y seguridad en redes de área local. Antivirus.
5. Introducción a los protocolos de las redes públicas de
datos: X25, RDSI, Frame Relay.
6. Protocolos de comunicación a través de Módems.
Configuración y control de Módems.
7. La red Internet: evolución, estado actual y tendencias.
Servicios en Internet: telnet, ftp, gopher, wais. La world wide web.
Gestión y Control de Redes de Comunicación (grupo II):
1. Nivel de enlace de datos: Protocolos de acceso y tipologías.
2. Nivel de red: Principios de interconexión.
3. Transporte de paquetes de información. Protocolos de
transporte.
4. Gestión de sesiones de comunicación.
5. Nivel de presentación: Representación de datos y
criptografía.
6. Nivel de aplicación. Introducción a los servicios.
7. Introducción a la administración lógica de redes.
8. Redes TCP/IP. Conceptos y utilidades.
9. Conceptos fundamentales de la arquitectura de redes SNA.
10. Redes Intranet y Extranet. Aspectos prácticos de su
implantación. Problemas de seguridad. Medidas a adoptar.
11. La seguridad en redes: Control de acceso y técnicas
criptográficas.
9. Relación de Cuerpos o Escalas:
Código Cuerpo/Escala
0010 Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.
0122 Veedores Serv. Defensa contra el Fraude, a extinguir.
0207 C. Administrativo, a extinguir.
0314 C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.
0319 C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.
0320 Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.
0414 C. Traductores del Ejercito del Aire.
0415 C. Delineantes del Ejercito del Aire.
0416 C. Maestros de Arsenales de la Armada.
0417 C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.
0626 C. Contadores del Estado, a extinguir.
0627 C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.
0628 C. Delineantes.
0629 C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería
Nacional.
0630 Estadísticos Técnicos a extinguir.
0918 Capellanes de Instituciones Penitenciarias.
0919 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala
masculina.
0920 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala
femenina.
1018 C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a
extinguir.
1020 Delineantes, a extinguir -Ley 33-1974-.
1021 C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.
1128 E. Administrativa OO. AA. Suprimidos, a extinguir.
1129 Personal de la Casa de su Majestad el Rey Grupo C.
Código Cuerpo/Escala
1130 C. Técnicos de Interpret. Lengua Proc. Zona N.
Marruecos.
1132 C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-Ley 23).
1133 C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.
1134 C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.
1135 C. General Administrativo de la Administración del
Estado.
1136 C. Delineantes.
1188 C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del
Estado.
1230 Ag. Insp. Proced. Serv. Ins. Dis. Mercado, Exterior.
1427 Administrativos-Calculadores de Meteorología del
Estado.
1428 C. Intérpretes Informadores.
1429 Observadores de Meteorología del Estado.
1430 Técnico de Telecomunicaciones Aeronáuticas.
1431 C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación.
1432 Técnico Especialistas Aeronáuticos.
1433 Técnicos Especializados.
1516 C. Capellanes de la Beneficencia General.
1616 C. Administrativo de Administración de la Seguridad
Social.
1633 E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S.
Social.
1640 E. Administrativa, a Exting. de la Administración de la
S. Social.
1641 E. Operadores Ordenador Informat., a extinguir Admon.
de la S. Social.
1642 E. Delineantes Administración de la S. Social, a
extinguir.
1654 Plazas Operadores Ordenador, a extinguir ISM.
1703 Subgrupo Admtvo. Del Grupo de Administración
General.
5023 E. Secret. Cofradías 2.a Categoría, a extinguir.
5027 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.
5028 Contables, a extinguir del SENPA.
5029 E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.
5032 Trad. Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.
5033 E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de
Oceanografía.
5034 E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.
5036 E. Administrativos de Cofradías, a extinguir.
5037 E. Agentes Economía Domestica del Serv. de Extensión
Agraria.
5038 E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión
Agraria.
5039 E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias
del IRA.
5040 E. Analista de Laboratorio del IRA.
5041 Auxiliar de Campo del ICONA.
5043 E. Operador de Restitución del IRYDA.
5044 E. Auxiliar Técnico del IRYDA.
5045 E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas Plantas
Vivero.
5046 E. Periodista Inst. Estudios Agrarios Pesqueros y
Alimentarios.
5047 E. Técnica Comisaria Gral. de Abastec. y Transportes
del SENPA.
5053 Maquinista del SENPA.
5213 E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.
5214 Delin. Patr. Alhambra y Generalife.
5317 E. Delineantes de Organismos Autónomos del M.
Defensa.
5319 E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas.
5320 E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas.
5321 E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban
Terradas.
5322 Personal de Taller del INTA Esteban Terradas.
5430 Escala de Expertos de Servicios Generales de
Enseñanzas Integradas.
5431 E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org.
Auton. MEC.
5432 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MEC.
Código Cuerpo/Escala
5433 Ayudantes de Investigación del CSIC.
5435 Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P. P. F. P. a extinguir.
5527 E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera a
extinguir.
5528 E. Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera a
extinguir.
5530 E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia
Aduanera a extinguir.
5616 E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y
Energía.
5617 Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del
CIEMAT.
5619 E. Administrativos, a extinguir del INI.
5620 E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir del INI.
5621 E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir del INI.
5820 E. Delegados Tribunales de la Obra de Protección de
Menores.
5821 Directores Instituc. Obra Protección de Menores.
5822 Educadores Instituciones de la Obra de Protección de
Menores.
5933 Pat. Cab. y Fogon. Hab. (M. Naval.) N. Sent.
5934 E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrograf.
del MOPU.
Código Cuerpo/Escala
5935 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.
5936 E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.
5940 E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales
del Taibilla.
5941 E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.
5943 E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica
Guadalquivir.
5944 E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir.
5945 E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.
5946 C. Traductores Taquígrafos -Grupos 1, 2 y 3- del CEDEX.
5947 E. Programadores del CEDEX.
5948 E. Programadores Técnicos del INCE.
6025 E. Administrativa de Organismos Autónomos.
6026 E. Administrativos de AISS, a extinguir.
6115 E. Delineantes de AISNA .
6116 Terapeutas ocupacionales de AISNA.
6322 Técnicos-Admtvos., a Ext. del INAS.
6323 E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.
6417 E. Unica Cuerpo Admtivo. O.M. 4-7-81, a extinguir.
6466 E. de Oficiales Administrativos del ICO.
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