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Documento BOE-A-2002-11591

Orden APU/1444/2002, de 7 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2002, páginas 21542 a 21570 (29 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2002-11591

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,

de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 16), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para el año 2002, y con

el fin de atender las necesidades de personal de la Administración

Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso o acceso

en los siguientes Cuerpos, indicándose el número de plazas y anexo

correspondiente para cada uno de ellos:

Total

plazas

Sistema

general

Reserva

discapac. Anexo

Cuerpo General Auxiliar de la

Administración del Estado

(Ingreso Libre) .................. 235 220 15 I

Cuerpo General Auxiliar de la

Administración del Estado

(Promoción Interna) .............. 20 20 - II

Cuerpo General Administrativo de

la Administración del Estado

(Promoción Interna) .......... 575 558 17 III

Cuerpo Técnicos Auxiliares de

Informática de la

Administración del Estado (Ingreso Libre). 25 23 2 IV

Cuerpo Técnicos Auxiliares de

Informática de la

Administración del Estado (Promoción

Interna) ...................... 30 29 1 V

Cuerpo Gestión de la

Administración Civil del Estado (Ingreso

Libre) ........................ 19 17 2 VI

Cuerpo Gestión de la

Administración Civil del Estado

(Promoción Interna) .................. 93 90 3 VII

Cuerpo Gestión de Sistemas e

Informática de la

Administración del Estado (Ingreso Libre). 12 11 1 VIII

Cuerpo Gestión de Sistemas e

Informática de la

Administración del Estado (Promoción

Interna) ...................... 20 19 1 IX

Las bases de la convocatoria a la que se refiere esta Orden

serán comunes para todos los Cuerpos, a excepción de los aspectos

específicos que vendrán recogidos en el correspondiente Anexo

para cada uno de ellos.

Bases comunes

1. Puestos de trabajo con participación en el ejercicio del poder

público

En el caso de que alguno de los puestos de trabajo que vayan

a ser ofrecidos como destino supongan la participación directa

o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones

que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales

del Estado, quedarán excluidos de la posibilidad de ser elegidos

por los aspirantes que no tengan la nacionalidad española. La

Administración será la competente para determinar cuáles serían

dichos puestos de trabajo.

2. Fase de oposición

Los procesos selectivos constarán, en todo caso, de una fase

de oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que

se especifican en el anexo correspondiente a cada uno de ellos.

3. Programas

Los programas que han de regir las pruebas de la fase de

oposición son los que figuran en las normas específicas recogidas

en el anexo correspondiente a cada proceso selectivo.

4. Inicio de la fase de oposición

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir

del día 2 de septiembre de 2002.

5. Duración de la fase de oposición

La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses

contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

6. Legislación aplicable

A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

personal al servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de

los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado;

el Real Decreto 198/2002, de 15 de febrero, por el que se aprueba

la oferta de empleo público para el año 2002; el Real Decreto

543/2001 de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de

la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos,

de nacionales de otros Estados a los que les es de aplicación

el derecho a la libre circulación de trabajadores y lo dispuesto

en la presente convocatoria.

7. Requisitos de los candidatos

7.1 Para ser admitidos a la realización de estas pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

7.1.1 Ser español o nacional de un país miembro de la Unión

Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de

Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega o de

Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores

de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

7.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

7.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

exigido para el ingreso en cada Cuerpo, de acuerdo con lo

establecido en la norma específica correspondiente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá

estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

7.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

7.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

7.1.6 También podrán participar los aspirantes que teniendo

la condición de funcionarios de Organismos Internacionales,

posean la nacionalidad española y la titulación exigida en esta

convocatoria. Estos aspirantes estarán exentos de la realización

de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de

Homologación, creada por Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero,

considere que tienen por objeto acreditar los conocimientos ya

exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

7.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal

de discapacitado de grado igual o superior al 33 por ciento.

7.3 Los requisitos enumerados en estas bases comunes, así

como los requeridos en las correspondientes normas específicas,

deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión como funcionario de carrera.

8. Solicitudes

8.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud número 790 que será

facilitado gratuitamente en el Centro de Información Administrativa

del Ministerio de Administraciones Públicas y la Dirección General

de la Función Pública (calle María de Molina, número 50, Madrid),

en Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm, en las Delegaciones

y Subdelegaciones del Gobierno y en las representaciones

diplomáticas y consulares de España en el extranjero.

8.2 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad o del pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia

compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español o del nacional de la Unión Europea, de Noruega o de

Islandia con el que existe este vínculo, de que no está separado

de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el

aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

8.3 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas. La eficacia de estas

homologaciones se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en

base al cual se produjeron. En caso de duda, se efectuará consulta

a la Comisión Permanente de Homologación.

8.4 Las instrucciones para cumplimentar la solicitud son las

siguientes:

En el recuadro correspondiente a "Ministerio" se consignará

"Administraciones Públicas".

En el recuadro correspondiente a "Centro gestor" se consignará

"Subsecretaría".

En el recuadro 18 "Ministerio/Organo/Entidad convocante", se

consignará "Ministerio de Administraciones Públicas".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del "Boletín Oficial

del Estado" en el que haya sido publicada la presente convocatoria.

En el recuadro 20, relativo a "Provincia de examen", los

aspirantes, a excepción de los del Cuerpo General Auxiliar de la

Administración del Estado, que deberán atenerse a sus normas

específicas, harán constar la ciudad en la que desean realizar los

ejercicios de la fase de oposición de entre las siguientes:

Albacete, Barcelona, Burgos, Cáceres, Ceuta, Córdoba, A

Coruña, Granada, León, Logroño, Madrid, Melilla, Murcia, Oviedo,

Palma de Mallorca, Las Palmas de Gran Canaria, Pamplona,

Pontevedra, Salamanca, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla,

Toledo, Valencia, Valladolid, Vitoria, Zaragoza.

Los aspirantes quedan vinculados al lugar solicitado, pudiendo

únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado

dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

En el caso de que el número de aspirantes no justificase la

realización de exámenes en alguna de las ciudades citadas, la

Comisión Permanente de Selección convocará a los opositores

afectados a los oportunos lugares de examen.

En cualquier caso, de no especificarse en la solicitud el dato

del lugar de examen por el que se opta, se entenderá que el

aspirante desea realizar los ejercicios en Madrid.

En el recuadro 21 los aspirantes con minusvalía podrán indicar

el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar,

expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de

tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta

adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al

33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por

el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el

recuadro 22.

8.5 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General Auxiliar del Ministerio de Administraciones Públicas (calle

María de Molina, número 50, Madrid-28006) o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y

se dirigirán a la Directora General de la Función Pública.

8.6 El ingreso del importe correspondiente a los derechos

de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud,

en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de

las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante

validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma

autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Estarán exentas del pago de la tasa las personas con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Igualmente, están exentas de pago de la tasa las personas que

figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al

menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán

requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que

se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni

se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en

acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que,

asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual,

al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la

condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados,

se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo.

En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante

una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos

documentos deberán acompañarse a la solicitud.

8.7 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse,

en el plazo expresado en la base 8.5, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber

ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número

0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria

a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Administraciones

Públicas. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse

directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria

o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

8.8 La falta de justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

8.9 Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud

para cada uno de los procesos selectivos convocados ni solicitar

la realización de las pruebas por más de un lugar de examen.

Quienes solicitasen participar por el cupo de reserva de

discapacitados únicamente podrán presentarse por ese cupo. La

contravención de alguna de estas normas determinará la exclusión

de los aspirantes que no la hubiesen observado.

9. Admisión de aspirantes

9.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Secretario de Estado para la Administración Pública, a propuesta

de la Directora General de la Función Pública, dictará resolución,

en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de

admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse

en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los aspirantes

excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos,

nombre y número de documento nacional de identidad o

pasaporte. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre

expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar y

fecha de comienzo del primer ejercicio, con expresión de los

opositores que se convoquen en cada uno de los ámbitos territoriales,

en su caso.

9.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución, para subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen

la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos

de la participación de las pruebas selectivas por resolución del

Presidente de la Comisión Permanente de Selección.

Contra la resolución por la que se declare la exclusión definitiva

del aspirante, se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo

de un mes, ante el superior jerárquico del órgano que la dictó,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

9.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas

imputables a los interesados.

10. Comisión Permanente de Selección

10.1 El órgano encargado de la selección será la Comisión

Permanente de Selección.

Si en algún momento la Comisión Permanente de Selección

tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o

varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, o

de la certificación acreditada resultara que su solicitud adolece

de errores o falsedades, que imposibilitaran su acceso al Cuerpo

correspondiente de la Administración del Estado en los términos

establecidos por la presente convocatoria, previa audiencia del

interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad

convocante, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas

por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

Contra la resolución definitiva de exclusión podrá interponerse,

potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes

ante el mismo órgano que la dictó, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día

siguiente a su notificación, ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

10.2 Los miembros de la Comisión Permanente deberán

abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

la Comisión Permanente de Selección cuando concurran las

circunstancias previstas en el párrafo anterior.

10.3 La Comisión Permanente adoptará las medidas precisas

para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares

condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los

ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que

lo soliciten en la forma prevista en la base 8.4 se establecerán

las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, la Comisión Permanente podrá requerir informe

y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la

Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Si en cualquier momento del proceso selectivo se le suscitaran

dudas a la Comisión Permanente respecto a la capacidad de un

aspirante por el cupo de reserva de discapacitados para el

desem

peño de las actividades habitualmente desarrolladas por los

funcionarios del Cuerpo a que se refieren las pruebas, podrá recabar

el correspondiente dictamen de los órganos competentes del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad

Autónoma correspondiente.

En este caso, hasta que se emita el dictamen el aspirante podrá

participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en

suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión

del proceso hasta la recepción del dictamen.

10.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la

Comisión Permanente tendrá su sede en la Dirección General de

la Función Pública, calle María de Molina, número 50, Madrid,

teléfonos (91) 586 40 77 y (91) 586 19 05, dirección de correo

electrónico cpsUmap.es

10.5 El órgano de selección que actúe en cada una de las

pruebas selectivas tendrá la categoría que corresponda al grupo

del Cuerpo correspondiente, de acuerdo con lo recogido en el

artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

11. Desarrollo de los ejercicios

11.1 Los exámenes se realizarán en las ciudades señaladas

en la base 8.4 y en las normas específicas correspondientes.

11.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra S, según lo establecido

en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado"

de 2 de abril).

11.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

11.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los locales

donde se haya celebrado el anterior y en la sede de la Comisión

Permanente señalada en la base 10.4, así como por cualquier

otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima

divulgación.

11.5 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros de la Comisión Permanente con la finalidad

de acreditar su identidad.

11.6 La Comisión Permanente de Selección adoptará las

medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase

de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano

de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de

los aspirantes. La Comisión podrá excluir a aquellos opositores

en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o

signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

11.7 La Comisión Permanente de Selección fijará la

puntuación necesaria para superar cada uno de los ejercicios.

12. Certificado de servicios para los aspirantes de acceso por

promoción interna y publicación de la valoración de méritos

12.1 En el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente

al que se hagan públicas las listas de aprobados del último ejercicio

de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado

deberán presentar en el Registro Auxiliar del Ministerio de

Administraciones Públicas, C/ María de Molina, 50, Madrid-28006,

o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una

certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios

u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus

servicios, según modelo que figura en el Anexo X, en la que,

entre otros extremos, se contenga mención expresa del número

total de años de servicio completos prestado o reconocidos al

amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o

Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto referidos al día de publicación de esta convocatoria,

así como del grado personal consolidado en dicha fecha y

debidamente formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de

grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización

del plazo de 20 días naturales indicado, y del nivel de complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñen

en la fecha de la publicación de la convocatoria, según lo

establecido para la valoración de la fase de concurso en las normas

específicas correspondientes.

La no presentación de la certificación en el plazo señalado

supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

12.2 La lista que contenga la valoración provisional de

méritos de la fase de concurso se hará pública mediante resolución

de la Dirección General de la Función Pública. Los aspirantes

dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir

del siguiente al de la publicación de dicha resolución, para alegar

las rectificaciones pertinentes.

Por la misma autoridad se publicará resolución que contenga

la relación de las puntuaciones definitivas de la fase de concurso.

Contra esta resolución podrá interponerse con carácter potestativo

recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar a partir

del día siguiente a su publicación, ante el órgano que la dicte

o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses

desde el día siguiente al de su publicación.

13. Listas de aprobados

13.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, la Comisión Permanente de Selección hará públicas, en

el lugar o lugares de celebración del ejercicio, en la sede de la

Comisión Permanente de Selección y en aquellos otros que estime

oportuno, las relaciones de aspirantes que hayan superado el

mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la

puntuación obtenida.

13.2 Finalizada la fase de oposición o el concurso-oposición,

la Comisión Permanente elevará a la Secretaría de Estado para

la Administración Pública la relación definitiva de aspirantes que

han superado la fase de oposición o el concurso-oposición por

orden de puntuación obtenida solicitándoles al mismo tiempo el

envío de la documentación necesaria para su nombramiento como

funcionarios. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

13.3 El número de aspirantes que superen la fase de oposición

o el concurso-oposición, en su caso, no podrá exceder en ningún

caso el número de plazas convocadas.

14. Presentación de documentos

14.1 Quienes tuviesen la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u Organismo del que dependiera, para

acreditar tal condición.

14.2 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza

mayor debidamente acreditados, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno

de los requisitos señalados en la base 7 y en las normas específicas

correspondientes, no podrán ser nombrados funcionarios y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

14.3 Los aspirantes aprobados por promoción interna,

durante su condición de funcionarios en prácticas, en su caso, deberán

formular opción para la percepción de la remuneración que deseen

percibir, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto

456/1986, de 10 de febrero.

Los aspirantes, por promoción interna, podrán solicitar que

se les adjudique destino en el puesto de trabajo que vinieran

desempeñando con carácter definitivo o mediante adscripción

provisional, en la fecha de finalización del plazo de presentación de

solicitudes de adjudicación de destinos, de conformidad con los

artículos 26 y 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

La opción de permanecer en el puesto de trabajo que se viniera

desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en

Administraciones Públicas distintas de las del Estado, se someterá a

lo que estas Administraciones convengan al respecto, y, en todo

caso, la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos

competentes de estas Administraciones Públicas.

Por resolución del Secretario de Estado para la Administración

Pública se procederá al nombramiento de funcionarios en

prác

ticas, en su caso, con determinación de la fecha en que empezará

a surtir efectos dicho nombramiento.

La petición de destinos deberá efectuarse durante la realización

del curso selectivo, en su caso, previa oferta de los mismos. La

adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso

selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida,

según la petición de destino, a la vista de los puestos de trabajo

vacantes que se ofrezcan.

15. Nombramiento de funcionarios de carrera

15.1 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera

mediante resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

con indicación del destino adjudicado.

15.2 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública en

colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

16. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella

y de la actuación de la Comisión Permanente de Selección podrán

ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones de la Comisión Permanente de

Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley.

Madrid, 7 de junio de 2002.-P. D. (Orden de 28 de marzo

de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 18 de abril), el Secretario

de Estado para la Administración Pública, Ignacio González

González.

Ilmos. Sres. Directora general de la Función Pública y Presidente

de la Comisión Permanente de Selección.

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el ingreso libre en el Cuerpo General Auxiliar de la

Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General

Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema general

de ingreso libre será de 235 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 15 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2. Las plazas convocadas en las presentes pruebas selectivas

se desglosan de acuerdo con la siguiente distribución territorial:

Sistema

general

Reserva

discapac.Ámbito territorial

Alicante .................................... 14 1

Almería ..................................... 35 3

Baleares .................................... 4

-Barcelona .................................. 54 3

Cádiz ....................................... 3

-Castellón ................................... 1

-Ceuta ....................................... 6

-Córdoba .................................... 1

-Girona ...................................... 5

-Granada .................................... 1

-Sistema

general

Reserva

discapac.Ámbitoterritorial

Huelva ..................................... 2

-La Rioja .................................... 1

-Las Palmas ................................. 9 1

Lleida ...................................... 7 1

Málaga ..................................... 6 1

Melilla ...................................... 9 1

Murcia ...................................... 24 2

Navarra ..................................... 5

-Sevilla ...................................... 5

-Tarragona .................................. 4

-Tenerife .................................... 6

-Toledo ...................................... 2

-Valencia .................................... 13 2

Zaragoza ................................... 3

-

Total ................................... 220 15

3. El aspirante deberá hacer constar en su solicitud el lugar

de examen por el que opta entre los ámbitos territoriales señalados

en el párrafo anterior.

Este ámbito vincula al aspirante para la realización del primer

ejercicio de las pruebas del proceso selectivo. Asimismo, en el

caso de ser aprobado, el opositor obtendrá necesariamente destino

dentro del ámbito territorial al que corresponda el lugar de examen

elegido, con excepción de lo dispuesto en la norma específica

número 5.

4. Las plazas sin cubrir en cada ámbito territorial no podrán

acumularse a las de ningún otro ámbito.

Dentro de cada ámbito territorial, las plazas sin cubrir del cupo

de reserva de discapacitados se acumularán a las del sistema

general de ingreso libre.

5. En cada ámbito territorial no se podrá declarar superado

el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de

plazas convocadas.

La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará, dentro de cada ámbito territorial,

de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Si en algunos de los ámbitos territoriales señalados en la base

2 los aspirantes aprobados no llegasen a cubrir las plazas de cada

ámbito territorial, la Comisión Permanente de Selección teniendo

en cuenta la puntuación total obtenida por cada uno de los

aspirantes procederá a ofrecer las plazas vacantes a quienes hayan

obtenido mayor puntuación y no se les haya adjudicado plaza,

y en su caso, a la adjudicación correspondiente. En caso de empate

entre distintos aspirantes de diferentes ámbitos territoriales, se

aplicará lo dispuesto en el apartado 10.2.5.

6. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado

Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria

- LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de

Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran

equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar y

el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad

a la finalización del año académico 1975-1976.

7. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.4 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado",

código "1146".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra

"L".

En el recuadro 20, "Provincia de examen", los aspirantes harán

constar necesariamente la ciudad en que desean realizar el primer

ejercicio de la fase de oposición, que se celebrará en las capitales

de las provincias señaladas en la base 2 del presente anexo, en

Ceuta y en Melilla.

Serán excluidos del proceso los aspirantes que no hagan

constar en su solicitud la ciudad en la que desean realizar los ejercicios

de la oposición.

Los derechos de examen serán 9,20 euros.

8. Desarrollo de los ejercicios:

El primer ejercicio de la fase de oposición se desarrollará en

las ciudades señaladas en la base 2. En el caso de que el número

de aspirantes no justificase la realización de exámenes en alguna

de las ciudades citadas, la Comisión Permanente de Selección

convocará a los aspirantes afectados a los oportunos lugares de

examen.

El segundo ejercicio se realizará en el lugar que determine

la Comisión Permanente al hacer públicas las relaciones de

aspirantes que superen el primer ejercicio, según los respectivos

ámbitos territoriales.

9. Lista de aprobados: Las relaciones de aspirantes que hayan

superado cada uno de los ejercicios, así como la relación definitiva

de aprobados, se efectuará por cada ámbito territorial.

10. Ejercicios y valoración:

10.1 La oposición constará de dos ejercicios, ambos de

carácter eliminatorio:

Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase

de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen,

deberán acreditar dicho conocimiento mediante la realización de

una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel

adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua.

Se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener

la valoración de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la

fase de oposición.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del Diploma Básico del Español como Lengua Extranjera

establecido por Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, o del

certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las

Escuelas Oficiales de Idiomas.

10.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar un

cuestionario de noventa preguntas con cuatro respuestas alternativas,

siendo sólo una de ellas la correcta.

De las noventa preguntas, setenta versarán sobre las materias

del programa recogido en el apartado 11 de estas normas y veinte

sobre conocimientos gramaticales y de carácter aritmético propios

de las tareas a desempeñar por el Cuerpo General Auxiliar de

la Administración del Estado.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de sesenta minutos.

10.1.2 Segundo ejercicio: Constará de dos partes de carácter

práctico, a realizar en una misma sesión:

a) Primera parte: Consistirá en la transcripción de un texto

propuesto por la Comisión Permanente de Selección utilizando

el procesador de textos Word 97.

En esta parte se valorará el número de pulsaciones y su correcta

ejecución, así como la detección y corrección de las faltas de

ortografía que pudiera contener el texto facilitado.

El tiempo máximo para la realización de esta parte será de

quince minutos.

b) Segunda parte: Consistirá en la elaboración de un

documento a partir de otro que será facilitado al opositor, acompañado

de las instrucciones correspondientes, utilizando el procesador

de textos Word 97.

En esta parte se valorará la capacidad de los aspirantes para

la composición, modificación y corrección de documentos escritos

utilizando el citado procesador, así como el conocimiento de sus

funciones y utilidades.

El tiempo máximo para la realización de esta parte será de

treinta minutos.

En las dos partes de este ejercicio se facilitará a los aspirantes

los medios técnicos necesarios para su realización, si bien en el

procesador de textos Word 97 se desactivará la función

correspondiente a la corrección automática de textos.

10.2 Los ejercicios de la oposición se valorarán de la siguiente

manera:

10.2.1 Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de 0 a 50

puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

10.2.2 Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos,

calificándose hasta 20 puntos la primera parte y hasta 30 puntos

la segunda. En la primera parte de este ejercicio, los errores

cometidos se valorarán negativamente.

La Comisión Permanente de Selección podrá determinar el

mínimo necesario a alcanzar en la primer parte para que pueda

evaluarse la segunda.

10.2.3 En los dos ejercicios de la fase de oposición las

puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las

puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la

Comisión Permanente de Selección.

10.2.4 La Comisión Permanente de Selección determinará

la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los

ejercicios por cada ámbito territorial.

10.2.5 La calificación final de las pruebas vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos

ejercicios.

En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma

puntuación total se deshará el empate atendiendo a las

puntuaciones obtenidas en el ejercicio primero, segunda parte del

segundo ejercicio y primera parte del segundo ejercicio, por este orden.

11. Programa:

1. La Constitución Española de 1978: Características. Los

principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y

deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2. El Tribunal Constitucional. Reforma de la Constitución.

La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y

Regencia.

3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y Senado. El Defensor del Pueblo.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

5. El Gobierno y la Administración. Designación, duración

y responsabilidades del Gobierno.

6. La Administración General del Estado. El Consejo de

Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios

de Estado. Los Subsecretarios. Otros órganos administrativos.

7. La Administración Periférica del Estado. Los Delegados

del Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos

periféricos

8. La Organización territorial del Estado (I): Las Comunidades

Autónomas: Constitución, distribución de competencias entre el

Estado y las Comunidades Autónomas y Estatutos de Autonomía.

9. La Organización territorial del Estado (II): La

Administración Local: La Provincia, el Municipio y otras entidades.

10. Organismos públicos: Organismos autónomos y

entidades públicas empresariales.

11. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El

Consejo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia.

12. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de

las fuentes. La Constitución, la Ley. Disposiciones normativas con

fuerza de ley. El Reglamento.

13. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y

principios generales. Fases del procedimiento.

14. Los recursos administrativos: concepto y clases. La

jurisdicción contencioso-administrativa.

15. Organos superiores de la función pública. El Registro

Central de Personal. Programación de efectivos y Oferta de Empleo

Público.

16. El personal funcionario al servicio de las Administraciones

públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción

profesional. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones de los funcionarios.

17. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de

retribuciones e indemnizaciones. Régimen disciplinario.

18. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.

La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.

19. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Derechos y deberes. Convenio único para el personal

laboral de la Administración General del Estado. Ambito de

aplicación y vigencia.

20. El presupuesto del Estado en España. Concepto y

estructura. Fases del ciclo presupuestario.

21. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

22. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular de la administrado. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

23. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones

del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de

ordenación.

24. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativa. El proceso de informatización de la Administración Pública.

25. El ordenador personal: Concepto y funcionalidades

básicas.

26. Introducción al sistema operativo: El entorno Windows.

27. Estructura de almacenamiento de la información:

Archivos, directorios, ficheros. Almacenamiento externo: tipos de

soportes y características.

28. Aplicaciones de propósito general. Procesadores de texto:

Principales funciones y utilidades, grabación y recuperación de

ficheros, impresión, diseño de documentos.

29. Otras aplicaciones: Hojas de cálculo, bases de datos.

30. La Red Internet: Origen, evolución y estado actual.

Servicios en Internet: correo, ftp, etc.

ANEXO II

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo General

Auxiliar de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General

Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema de

promoción interna desde Cuerpos o Escalas del grupo E será de 20

plazas.

2. Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición:. En la Resolución mencionada en la

base común 9.1 se determinarán el lugar y fecha de realización

del mismo.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria

Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o

equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio

de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran

equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar

y el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad

a la finalización del año académico 1975-1976.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito

de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal

al servicio de la Administración General del Estado y de provisión

de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios

civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los

Cuerpos o Escalas del grupo E incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1) y relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas.

También podrán participar los funcionarios de Cuerpos y

Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo E que estén

destinados en la Administración General del Estado en puestos

de trabajo que no pertenezcan a la "Sociedad Estatal Correos y

Telégrafos, S. A.".

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo E incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

de los Cuerpos o Escalas del grupo E, serán computables a efectos

de la antigüedad referida en el párrafo anterior.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.4 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado",

código "1146".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra

"P".

La fase de oposición se realizará en Madrid capital. Los

aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro 20, relativo

a la "Provincia de examen".

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el

apartado 9 de estas normas específicas.

Los derechos de examen serán 4,60 euros.

5. Proceso de selección y valoración: El sistema selectivo será

el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo de

formación con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican a continuación.

5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada

por un ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio, que

consistirá en contestar un cuestionario de 30 preguntas sobre las

materias contenidas en el programa de estas normas específicas.

El cuestionario estára compuesto por preguntas con respuestas

múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta. Todas las preguntas

tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se

penalizarán con un 25 por 100 del valor de una contestación correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de treinta minutos.

Este ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para

que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la fase

de concurso por haber superado la fase de oposición.

La puntuación mínima que se establezca resultará de las

puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije

la Comisión Permanente de Selección.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes

méritos:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario en

Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos

prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26

de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria,

a razón de 0,6 puntos por año completo de servicios, hasta un

máximo de 11,5 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado

personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta

convocatoria y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento

de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización

del plazo de presentación del certificado a que se refiere la base

común 12, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 7, 8, 9 y 10: 1 punto.

Grado 11: 2 puntos.

Grados 12 y 13: 3 puntos.

Grados 14 y superior: 4 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado o en los órganos

constitucionales el día de publicación de esta convocatoria como

funcionario del Grupo E, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 10 y 11: 2 puntos.

Niveles 12 y 13: 3 puntos.

Niveles 14 o superior: 4 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con

independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo E.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

órganos constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración

General del Estado u órganos constitucionales, el nivel del puesto

de trabajo que les correspondería al efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en servicio activo en órganos constitucionales, con

carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de

destino correspondiente a dicho puesto.

d) Superación en la convocatoria del Cuerpo General Auxiliar

de la Administración del Estado del ejercicio único de la fase de

oposición, conforme al "Anexo I: Fase de la oposición", señalado

en la Resolución de 11 de septiembre de 2001 ("Boletín Oficial

del Estado", del día 27): 7 puntos.

6. Calificación del concurso-oposición: La calificación del

concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en ambas fases.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la

valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado

y del trabajo desarrollado, por este orden.

De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en

la Administración, computándose los años, meses y días de servicio

que consten en el Registro Central de Personal al día de

publicación de esta convocatoria.

7. Curso selectivo: Los aspirantes que superen el

concursooposición deberán seguir un curso selectivo de formación

organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública, que

tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos

básicos del procesador de textos y su utilización.

El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el

calendario, programa y normas internas que regulen el curso

selectivo.

El curso selectivo se calificará de 0 a 20 puntos, siendo

necesario para superarlo obtener, como mínimo, 10 puntos.

Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán

el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

8. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública:

1. La Constitución Española de 1978: Características. Los

principios constitucionales y los valores superiores.

2. La Corona. El Gobierno: Composición, funciones y

potestades en el sistema constitucional español.

3. Las Cortes Generales. Órganos dependientes de las Cortes

Generales.

4. El Poder Judicial en la Constitución. El Tribunal

Constitucional.

5. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.

Principios generales. Los recursos administrativos: Clases. La

jurisdicción contencioso-administrativa.

II. Gestión de Personal:

1. Régimen jurídico del personal al servicio de las

Administraciones Públicas. Funcionarios de Carrera y de Empleo. Personal

laboral. Regímenes especiales de funcionarios.

2. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

III. Gestión económica y presupuestaria:

1. El presupuesto. Concepto y clases. Estructura. Los

principios clásicos del presupuesto.

9. Relación de Cuerpos o Escalas:

Código Cuerpo/Escala

0137 Subalternos -Ley 23/1975- a extinguir.

0219 C. Subalterno, a extinguir.

0332 C. Subalterno del Museo del Prado.

0440 C. Obreros de la 3.a Sección de la Maestranza Armada,

a extinguir.

0442 C. Conserjes -Armada y Ejército del Aire-, a extinguir.

1027 C. Celadores Costas, a extinguir (Ley 33/1974).

1028 C. Conductores, a extinguir (Ley 33/1974).

Código Cuerpo/Escala

1153 E. Subalterna procedente de Organismos Autónomos

suprimidos.

1155 Ayudantes Artes Gráficas, a extinguir.

1156 C. Subalterno, a extinguir (Real Decreto-ley 23/1977).

1157 C. Subalterno del Patrimonio Nacional, a extinguir.

1158 C. General Subalterno de la Administración del Estado.

1159 Personal Casa Su Majestad el Rey grupo E, a extinguir.

1236 C. Personal Técnico Auxiliar de Sanidad.

1237 C. Auxiliares Sanitarios, a extinguir.

1239 Mozos Auxiliares Laboratorio, a extinguir.

1628 C. Subalterno de la Administración de la S. S. Escala

General.

1629 C. Subalterno Admón. de la Seguridad S. Escala de

Oficios Varios.

1645 E. Subalternos, a extinguir de la Administración de la

Seguridad S.

1646 E. Oficios Varios, a extinguir de la Administración de

Seguridad S.

1705 E. Subalterno de la MUNPAL.

5067 E. Telefonistas de Organismos Autónomos del MAPA.

5068 E. Conductores de Organismos Autónomos del MAPA.

5069 E. Capataces de Organismos Autónomos del MAPA.

5070 E. Mozos de Laboratorio de Organismos Autónomos del

MAPA.

5073 Subalternos Cofradías, a extinguir.

5074 Guardas Rurales, a extinguir del IRA.

5075 Mecánicos, a extinguir del ICONA.

5220 E. Taquilleras de los Teatros Nacionales.

5222 E. Mecánico de la Editora Nacional.

5339 E. Oficiales Canal de Experiencias Hidrodinámicas de

El Pardo.

5450 E. Ayudantes de Servicios Generales de Enseñanzas

Integradas.

5548 E. Operadores Mecánicos Patronato Apuestas Mutuas

Dep. Benef.

5549 E. Conductores del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5552 E. Telefonistas y Almaceneros del Parque Móvil

Ministerial.

5713 E. Conductores de la Jefatura Central de Tráfico.

5995 Subalterno a extinguir Comisión Admvo. Gr. Puertos.

5997 E. Laborantes del INCE.

6039 E. Subalterna de Organismos Autónomos.

6040 E. Conductores Mecánicos de AISS, a extinguir.

6041 E. Telefonistas de AISS, a extinguir.

6042 E. Subalternos de AISS, a extinguir.

6132 Auxiliar Psiquiátrico, a extinguir de AISNA.

6338 E. Conductores de OO.AA. del Ministerio de Trabajo

y S. Social.

6339 E. Telefonistas de OO.AA. del Ministerio de Trabajo y S.

Social.

6340 E. Servicios Especiales del Inst. Nal. Seguridad e Higiene

en el Trabajo.

6341 Azafatas Inst. Nal. de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

6468 Escala de Subalternos del ICO.

ANEXO III

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado por el sistema de

promoción interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo D será

de 575 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 17 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados

se acumularán a las generales de promoción interna.

2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición: En la Resolución mencionada en la

base común 9.1 se determinarán los lugares y fecha de realización

del primer ejercicio de la fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título

de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o

equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la

Universidad para mayores de veinticinco años, o alternativamente

poseer una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del

Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

o de cinco años y haber superado el curso específico a que se

refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito

de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal

al servicio de la Administración General del Estado y de provisión

de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios

civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los

Cuerpos o Escalas del Grupo D que se relacionan en el apartado

8 de estas normas específicas.

En el caso de los Cuerpos correspondientes a los códigos 1440,

1441, 1442, 1443, 1444 y 1445, sólo serán admitidos los

funcionarios que pertenezcan a dichos Cuerpos y estén destinados

en la Administración General del Estado, en puestos que no

pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados

en el apartado 8 de estas normas específicas o en Cuerpos o

Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo D y estar

destinados en la Administración General del Estado en puestos

de trabajo que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos y

Telégrafos, S. A.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto,

serán computables a efectos de la antigüedad referida en los

apartados 3.1 y 3.4.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.4 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo General Administrativo de la Administración del

Estado", código "1135".

El recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave que

corresponda:

"A" si los aspirantes pertenecen a los Cuerpos o Escalas que

en el apartado 8 de estas normas específicas vienen señalados

con los códigos 0131; 0213; 1143; 1145; 1146; 1622; 1643;

1704; 6032 o 6033.

"B" el resto de los aspirantes.

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de

acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Dígito "4": Antigüedad superior a 10 años.

Dígito "5": Curso específico de la disposición adicional novena

del Real Decreto 364/1995 y cinco años de antigüedad.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el

apartado 8 de estas normas específicas.

Los derechos de examen serán de 6,13 euros.

5. Proceso de selección y valoración: El sistema selectivo será

el de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y

puntuaciones que se especifican a continuación.

5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada

por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos

obligatorios y eliminatorios.

5.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas con respuestas múltiples. Los aspirantes

que reuniendo los requisitos establecidos, pertenezcan a los

Cuerpos o Escalas que en el apartado 8 de estas normas específicas

vienen señalados con los códigos número 0131; 0213; 1143;

1145; 1146; 1622; 1643; 1704; 6032 y 6033 (forma de acceso

"A") estarán exentos de las partes I y II del programa contenido

en estas normas específicas.

Para los aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos

hayan consignado en el recuadro 17 de la solicitud la letra "B"

(forma de acceso "B"), el cuestionario de preguntas versará sobre

el contenido de la totalidad del programa.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de sesenta minutos.

5.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un

supuesto de carácter práctico a escoger entre tres propuestos,

dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a

cabo las tareas administrativas relacionadas con los contenidos

de las materias de Derecho Administrativo General, Gestión de

Personal y Gestión Financiera, a que hace referencia el programa

de estas normas específicas.

Cada supuesto se desglosará en preguntas con respuestas

múltiples.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuarenta

minutos.

Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas

correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en

la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas

de entre aquellas que se les propongan.

5.1.3 Calificación de los ejercicios de la fase de oposición:

Para todos los aspirantes, la calificación de los ejercicios se

realizará de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La

Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima

necesaria para acceder al segundo ejercicio.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La

Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima

necesaria para que se adicione al candidato la puntuación obtenida

en la fase de concurso por haber superado la fase de oposición.

Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de

las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos

que fije la Comisión Permanente de Selección.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones

erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una

contestación.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes

méritos:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario,

hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o

Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados

y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria

al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de

1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28

puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria

y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado

por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del

plazo de presentación del certificado a que se refiere la base común

12, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 9 e inferiores, y 10, 11 y 12: 11,00 puntos.

Grado 13: 11,50 puntos.

Grado 14: 12,00 puntos.

Grado 15: 12,50 puntos.

Grado 16: 13,00 puntos.

Grado 17: 13,50 puntos.

Grado 18: 14,00 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado, excluidas las Entidades

Gestoras y Servicios Comunes de la Administración de la Seguridad

Social, así como en los Organos Constitucionales el día de

publicación de esta convocatoria como funcionario del Grupo D, se

otorgara la siguiente puntuación:

Niveles 12 e inferiores: 13,50 puntos.

Nivel 13: 14,75 puntos.

Nivel 14: 16,00 puntos.

Nivel 15: 17,25 puntos.

Nivel 16: 18,50 puntos.

Nivel 17: 19,75 puntos.

Niveles 18 o superior: 21,00 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con

independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

Organos Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración

General del Estado u Organos Constitucionales, el nivel del puesto

de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en Organos

Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

d) Titulación académica: Por estar en posesión de una

titulación académica igual o superior a la exigida, en el apartado

3.1 de estas normas específicas: 7 puntos.

e) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de

2001: 7 puntos.

Este mérito se valorará de oficio por la Administración a

aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada

convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación

por la Comisión Permanente de Selección, de acuerdo con lo

establecido en el apartado 1 del Anexo I de la Orden de 21 de

septiembre de 2001 por la que se convocan pruebas selectivas de

acceso por promoción interna en el Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado ("Boletín Oficial del Estado"

del 29).

6. Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las

fases de concurso y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de

oposición, y si aún fuese necesario dirimir el empate, se atenderá

a la puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de

oposición. Si persistiese el empate, éste se dirimirá a favor de la mayor

puntuación alcanzada en el mérito de antigüedad, y de persistir

aún el empate se atenderá a la puntuación otorgada al trabajo

desarrollado y al grado personal consolidado, por este orden.

Finalmente se dirimirá por el criterio de la antigüedad total en la

Administración, computándose los años, meses y días de servicio que

consten en el Registro Central de Personal al día de publicación

de esta convocatoria.

7. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública:

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El

Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la

Constitución.

2. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y del Senado.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

5. El Gobierno y la Administración. La Administración

General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.

Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y

demás órganos administrativos.

6. La Administración periférica del Estado. Los Delegados del

Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.

7. Organización territorial del Estado: Las Comunidades

Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.

8. Administración Local: La provincia, el municipio y otras

entidades.

9. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El

Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia, el

Tribunal de Cuentas. Efectos de la integración europea sobre la

organización del Estado español.

II. Organización de Oficinas Públicas:

1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

2. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del

registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

Especial consideración del archivo de gestión.

4. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativa. El proceso de informatización en la Administración Pública.

III. Derecho Administrativo General:

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de

las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas

con fuerza de Ley. El Reglamento.

2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación: Revisión, anulación y revocación. El principio de

legalidad en la actuación administrativa.

3. El procedimiento administrativo como garantía formal. La

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común: Contenido y ámbito de

aplicación. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del

procedimiento administrativo. La interacción de los trámites de

gestión presupuestaria en el procedimiento administrativo.

4. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos

de alzada, reposición y extraordinario de revisión.

5. La jurisdicción contencioso-administrativa. Especial

referencia a la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales

de la persona. El recurso de amparo.

6. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

7. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La

actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento.

Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.

IV. Gestión de Personal:

1. Organos superiores de la Función Pública. Composición

y atribuciones. El Registro Central de Personal. La distribución

de competencias en materia de personal: Departamentos

ministeriales, Secretaría de Estado para la Administración Pública y

Dirección General de la Función Pública. La Comisión Superior

de Personal.

2. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Régimen jurídico. El personal funcionario: Funcionarios de carrera

y funcionarios de empleo. La selección de los funcionarios.

Programación y Oferta de Empleo Público.

3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de cada una de

ellas.

4. Provisión de puestos de trabajo en la Administración del

Estado. Los deberes y derechos de los funcionarios. La promoción

profesional.

5. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas,

sanciones y procedimiento. El régimen de la Seguridad Social de los

funcionarios. La MUFACE.

6. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El

contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Negociación

laboral, conflictos y Convenios Colectivos.

7. El régimen de Seguridad Social del personal laboral.

Estructura del sistema de Seguridad Social. Afiliación. Cotización. Acción

protectora, concepto y clases de prestaciones.

V. Gestión financiera:

1. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios.

El Ciclo presupuestario. El Presupuesto por programas: concepto

y fases. El presupuesto en base cero: Terminología y desarrollo

del proceso presupuestario.

2. El presupuesto del Estado en España: concepto y

estructura. Los créditos presupuestarios: características. Las

modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de

crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito.

Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito.

3. El procedimiento administrativo de ejecución del

presupuesto de gasto. Organos competentes. Fases del procedimiento

y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios

posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia.

Realización del pago: Modos y perceptores.

4. Las retribuciones de los funcionarios públicos y del

personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas:

estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación.

Retribuciones básicas: sueldos, trienios, pagas extraordinarias.

Retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo

y liquidación de derechos económicos. El pago de las retribuciones

del personal en activo. Formas de pago.

5. La ejecución presupuestaria y la contratación

administrativa: los contratos de obras, de gestión de servicios públicos y

de suministros. La adquisición centralizada de bienes.

6. Los contratos de consultoría y asistencia y los contratos

de servicios. El procedimiento para la concesión de las

subvenciones. Formas de adjudicación. La justificación de las

subvenciones.

7. El control del gasto público. Especial referencia al control

de legalidad. El procedimiento de ejecución de los gastos

periódicos y repetitivos.

8. Relación de Cuerpos o Escala:

Código Cuerpo/Escala

0129 C. Guardería Forestal.

0131 C. Auxiliares (Ley 23/975) a extinguir.

0213 C. Auxiliares, a extinguir.

0326 Personal Técnico de Cabina, a extinguir.

0423 C. Damas Auxiliares de Sanidad Militar del Ejército.

0424 C. Oficiales de Arsenales de la Armada.

0425 C. Grabadores de la Armada, a extinguir.

0426 C. Encargados 3.a Sección Maestranza de la Armada.

0427 C. Maestros Primeros Primera Sección Maestranza Arm.

0433 C. Capataces Segundos 1.a Sec. Maestranza Armada,

a E.

0439 Cuerpo de Mecánicos Conductores.

0635 C. Auxiliar de Intervención de Puertos Francos de C.

1143 E. Auxiliar Procedente de Organismos Autónomos Sup.

1144 C. Aux. Cuerpo Intérpretes, Lenguas Procedentes de la

Zona Norte de Marruecos.

1145 C. Auxiliar, a extinguir (Real Decreto-ley 23/1977).

1146 C. General Auxiliar de la Administración del Estado.

1440 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.

Oficiales Postales y de Telecomunicación.

1441 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.

Clasificación y Reparto.

1442 C. Subalterno de Correos, a extinguir.

Código Cuerpo/Escala

1443 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos

de Primera.

1444 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos

de Segunda.

1445 E. Radiotelegrafistas de Telecomunicación, a extinguir.

1622 C. Auxiliar de la Administración de la S.S.

1643 E. Auxiliar, a extinguir de la Administración de la S.S.

1644 E. Telefonistas, A extinguir de la Administración de la

S.S.

1704 Subgrupo Auxiliar del Grupo de Administración General.

5052 E. Auxiliares de Laboratorio de Organismos Autónomos

del MAPA.

5053 E. Maquinista del SENPA.

5055 E. Secretarios Cofradías Tercera Categoría, a extinguir.

5056 E. Auxiliares Cofradías, a extinguir.

5058 E. Secretarios Tercera Categoría Cámaras Agrarias del

IRA.

5059 E. Guardas del ICONA.

5060 E. Proyectistas sin título y Maestros del INIA.

5061 E. Preparador de Primera y Segunda del INIA.

5329 E. Auxiliares Lab. Canal Experiencias Hidrodinámicas

del Pardo.

5330 E. Calcadores del INTA "Esteban Terradas".

5331 E. Preparadores Laboratorio INTA "Esteban Terradas".

5333 E. Fotógrafos de la Junta Admva. Fondo Atenciones de

la Marina.

5442 E. Especialistas Servicios Generales de Enseñanzas

Integradas.

5443 E. Auxiliar de Investigación del CSIC.

5444 E. Auxiliares Técnicos del Servicio de Publicaciones del

MEC.

5538 E. Marineros del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5539 E. Agentes Investigación del Servicio de Vigilancia

Aduanera.

5550 E. Operadores Radiotelefonistas, Ext. Serv. Vigilancia

Aduanera.

5551 Escala de Conductores y de Taller del PMM.

5627 E. Auxiliar Técnico del CIEMAT.

5628 E. Calcador del CIEMAT.

5629 E. Técnica Subalterna de Tercera, a extinguir del INI.

5949 E. Delineantes Segunda Conf. Hidrográfica del

Guadalquivir.

5950 E. Patrones de Cabotaje de Organismos Autónomos del

MOPU.

5953 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. Puerto

Algeciras-La Línea.

5954 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. Puerto

Gijón-Musel.

5956 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir Junta Puerto

Ceuta.

5957 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. P. de A

Coruña.

5960 E. Celadores Guardamuelles, a Ext. J. P. La Luz y Las

Palmas.

5968 E. Encargado de Obras Mancomunidad Canales del

Taibilla.

5969 E. Topógrafo Segundo Mancomunidad de Canales del

Taibilla.

5970 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir Admva. de

Grupos de Puertos.

5971 E. Auxiliar Topógrafo Confederación Hidrográfica del

Ebro.

5972 E. Auxiliar Cartográfico Confederación Hidrográfica del

Ebro.

5974 E. Calcador de la Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5975 E. Fotógrafo del Servicio de Publicaciones.

5976 E. Auxiliar de Laboratorio del Servicio de Publicaciones.

5977 E. Ayudantes de Laboratorio del INCE.

6032 E. Auxiliar de Organismos Autónomos.

6033 E. Auxiliar de AISS, a extinguir.

6124 E. Profesores de Educación Física de AISNA.

6125 E. Auxiliares de Investigación de Laboratorio de AISNA.

Código Cuerpo/Escala

6349 E. Pers. a Ext. del Org. Regis. Entidades

Autorizadas-Auxiliar.

6467 E. de Auxiliares del ICO.

ANEXO IV

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el ingreso libre en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de

Informática de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de

Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado

por el sistema general de acceso libre será 25 plazas.

Del total de estas plazas se reservarán 2 para ser cubiertas

por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública.

En el caso de que estas plazas no sean cubiertas se acumularán

a las restantes de la convocatoria.

2. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller

Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de

Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o

equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para

mayores de veinticinco años.

3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.4 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15 "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Técnico Auxiliar de Informática", código "1188".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave

"L" correspondiente a acceso libre.

En el recuadro 24 "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado universitario, Ingeniero

Técnicos, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado o equivalente o tener aprobadas pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de 25 años.

4. El importe de la tasa correspondiente a los derechos de

examen será de 12,26 euros.

5. Proceso de selección: El proceso de selección se realizará

mediante el sistema de oposición y constará de dos ejercicios,

ambos obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de hasta 100 preguntas basado en las materias del temario

que figura en el programa de estas normas específicas.

El tiempo de realización de este primer ejercicio será de sesenta

minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de tres supuestos

de carácter práctico cuyos contenidos estarán relacionados con

el Bloque IV (Materias Informáticas) del temario que figura en

el programa de estas normas específicas.

Los ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a

tecnología básica, programación, comunicaciones y redes y

sistemas de información.

Estos supuestos contendrán un cuestionario de preguntas con

respuestas alternativas.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por

preguntas con respuestas múltiples, siendo solo una de ellas

correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en

la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas

de entre aquellas que se les propongan.

6. Calificación de los ejercicios: Los dos ejercicios de la

oposición se calificarán de 0 a 50 puntos.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones

erróneas se penalizarán.

Ambos ejercicios serán obligatorios y eliminatorios.

En ambos ejercicios, la calificación resultará de las

puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la

Comisión Permanente de Selección.

La calificación final vendrá dada por la suma de la puntuación

obtenida en los dos ejercicios.

Si existieran puntuaciones idénticas, el orden se establecerá

atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio

y, de persistir el empate, atendiendo a la mayor puntuación

obtenida en los supuestos primero, segundo y tercero, por este orden,

del segundo ejercicio.

7. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública:

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

2. Deberes y Derechos fundamentales. Su garantía y

suspensión.

3. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

Reforma de la Constitución.

4. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

5. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y el Senado.

6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

7. El Gobierno y la Administración. La Administración Central

del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.

Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y

demás órganos administrativos.

8. La Administración periférica del Estado. Los Delegados y

Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.

9. Organización territorial del Estado: Las Comunidades

Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.

10. Administración Local: La provincia, el municipio y otras

entidades.

11. El personal al servicio de las Administraciones Públicas:

Tipos de personal y régimen jurídico. Derechos y deberes de los

funcionarios.

12. El sistema retributivo de los funcionarios públicos.

Retribuciones básicas, complementarias e indemnizaciones.

13. La organización de la Unión Europea. Instituciones

Comunitarias.

14. La integración de España en la CEE. El tratado de

adhesión. La convergencia hacia la Unión Económica y Monetaria.

II. Organización de Oficinas Públicas:

1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

2. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del

registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

Especial consideración del archivo de gestión.

4. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativa. El proceso de informatización en la Administración pública.

III. Materias Tributarias:

1. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes. La

Ley General Tributaria: Principios generales.

2. Los Tributos: Concepto y clasificación. Los impuestos:

Clases. Hecho imponible. Devengo. Sujeto pasivo. Base imponible.

Cuota y Deuda Tributaria.

3. Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas.

4. Impuesto sobre el Valor Añadido. Impuestos Especiales.

IV. Materias Informáticas:

1. Informática básica. Concepto de datos, proceso de datos

e información y sistemas de información. Dispositivos que

componen el sistema de información.

2. El ordenador: Concepto, componentes y arquitectura.

Organización y funcionamiento.

3. La representación de la información en el ordenador.

Códigos de representación. Operaciones aritméticas y lógicas.

4. La CPU: Componentes y arquitectura. La memoria:

Jerarquía de memorias y modos de direccionamiento.

5. Dispositivos periféricos. Sistemas de Entrada/Salida.

6. Estructura y organización de la información. Estructuras

de datos, campos registro y ficheros. Clasificación de los ficheros.

Métodos de organización, acceso y proceso de ficheros.

7. Evolución y concepto de sistemas operativos. Tipos de

sistemas operativos. Gestión de procesos, memoria, entrada/salida

y sistemas de ficheros.

8. Introducción a las bases de datos. Definición. Tipos de

bases de datos. Concepto de sistema de gestión de bases de datos.

Diccionario de datos, administración de bases de datos. Estructura

y modelos de datos.

9. Sistemas telemáticos. Canales de transmisión de datos.

Elementos auxiliares. Conversores paralelo/series/paralelo.

Módem.

10. Introducción a un lenguaje de programación.

Representación de tipos de datos. Operadores aritméticos. Instrucciones

condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones,

parámetros. Vectores y registros. Estructura general de un

programa.

11. Lenguajes de programación: máquina, ensamblador, alto

nivel. Diagrama de flujos. Programación estructurada.

Programación orientada a objetos. Verificación y pruebas de programas.

12. Lenguajes y herramientas para la utilización en redes

globales: HTML, Java, navegadores. Entornos de programación

visual.

13. Tipos de sistemas informáticos: Grandes Ordenadores,

Miniordenadores, Estaciones de Trabajo y Ordenadores

Personales.

14. Ordenadores personales: arquitectura y sistemas

operativos. Herramientas ofimáticas. Trabajo en grupo. Informática

corporativa.

15. Medios de transmisión y modos de comunicación. Equipos

terminales y de comunicaciones.

16. Servicios de comunicación; X25, Frame Relay, ATM,

RDSI, circuitos punto a punto. Redes públicas de transmisión de

datos.

17. Hardware y software de red. Redes de área local, redes

de área metropolitana y redes de área extendida.

18. Administración de redes de área local. Gestión de datos

y usuarios.

19. Sistemas distribuidos. Procesamiento cooperativo y

arquitectura cliente/servidor.

20. El Modelo de Referencia de Interconexión de Sistemas

Abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP:

21. La Red Internet: Origen, evolución y estado actual.

Servicios en Internet: Correo, ftp, telnet.....

22. Redes Intranet y Extranet. Concepto, estructura y

características. Su implantación en las organizaciones.

23. Concepto, estructura y visión general de los sistemas de

información. La Administración Pública y los Sistemas de

Información.

24. El ciclo de vida de los Sistemas Informáticos. Modelos.

Metodología de Planificación y Desarrollo de Sistemas de

Información: Métrica.

25. Conceptos básicos de calidad en los Sistemas de

Información y Auditoría Informática.

26. Conceptos de seguridad informática. Certificación de

seguridad en los sistemas de información.

27. La organización de los Sistemas de Información: Personal,

sistemas de seguridad, unidades de diseño, desarrollo, sistemas

y explotación.

28. La protección jurídica de los programas informáticos. La

legislación de protección de datos de carácter personal.

ANEXO V

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Técnicos

Auxiliares de Informática de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de

Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado

por el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas

del Grupo D, será de 30 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservará 1 para ser

cubierta por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública.

La plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados se

acumulará a las restantes de la convocatoria.

2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición: En la Resolución mencionada en la

base común 9.1 se determinarán los lugares y fecha de realización

del mismo.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión de la titulación exigida para ingreso

en Cuerpos o Escalas del Grupo C en el artículo 25 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto (título de Bachiller Superior, Bachillerato

Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación

Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas

pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años)

o, alternativamente, poseer una antigüedad de diez años en los

Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, o de cinco años y haber superado el curso

específico a que se refiere la disposición adicional novena del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito

de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal

al servicio de la Administración General del Estado y de provisión

de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios

civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los

Cuerpos o Escalas del Grupo D que aparecen en el apartado 8

de estas normas específicas.

En el caso de los Cuerpos o Escalas correspondientes a los

códigos 1440, 1441, 1442, 1443, 1444 y 1445 sólo serán

admitidos los funcionarios que pertenezcan a dichos Cuerpos y estén

destinados en la Administración General del Estado en puestos

que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en los Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el

ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y

relacionados en el apartado 8 de estas normas específicas, o en

Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo

D y estar destinados en la Administración General del Estado en

puestos de trabajo que no pertenezcan a la Sociedad Estatal

Correos y Telégrafos S.A.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo D, incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto,

serán computables a efectos de la antigüedad referida en los

apartados 3.1 y 3.4.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Técnico Auxiliar de Informática", código "1188".

En el recuadro 17 destinado a "Forma de acceso" los aspirantes

que pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que en el apartado 8

de estas normas específicas vienen señalados con los Códigos

números 131, 213, 1143, 1145, 1146, 1622, 1643, 1704, 6032

o 6033, consignarán necesariamente la letra "F". Los restantes

aspirantes consignarán la letra "G".

En el recuadro 24 "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2". Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3". Título de Bachiller superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Bachiller - LOGSE, Formación Profesional de segundo

grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de 25 años.

Dígito "4". Antigüedad superior a diez años.

Dígito "5". Curso específico de la disposición adicional novena

del Real Decreto 364/1995 y cinco años de antigüedad.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirantes según se contiene en el

apartado 8 de estas normas específicas.

Los derechos de examen serán de 6,13 euros.

5. Proceso de selección y valoración: El sistema selectivo será

el de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y

puntuaciones que se especifican a continuación.

5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada

por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos

obligatorios y eliminatorios.

5.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas con respuestas múltiples. Para los

aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos, pertenezcan a

los Cuerpos o Escalas que en el apartado 8 de estas normas

específicas vienen señalados con los Códigos números 0131, 0213,

1143, 1145, 1146, 1622, 1643, 1704, 6032, y 6033 (Forma

de acceso "F"), este ejercicio estará basado en las materias

informáticas a que hace referencia el programa de estas normas

específicas.

Para los aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos,

hayan consignado en el recuadro 17 de la solicitud la letra "G"

(forma de acceso "G"), este ejercicio consistirá en contestar por

escrito un cuestionario de preguntas basado en el contenido total

del programa de estas pruebas.

El tiempo máximo para la realización de este primer ejercicio

será de sesenta minutos.

5.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un

supuesto de carácter práctico, a escoger entre tres propuestos,

dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a

cabo las tareas administrativas relacionadas con los contenidos

de las Materias Informáticas a que hace referencia el Programa

de estas normas específicas.

Los ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a

tecnología básica, programación, comunicaciones y redes, y

sistemas de información.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuarenta

minutos.

Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas

correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en

la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas

de entre aquéllas que se les propongan.

5.1.3 Calificación de los ejercicios de la fase de oposición:

Para todos los aspirantes, la calificación de los ejercicios se

realizará de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La

Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima

necesaria para acceder al segundo ejercicio.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La

Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima

necesaria para que se adicione al candidato la puntuación obtenida

en la fase de concurso.

Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de

las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos

que fije la Comisión Permanente de Selección.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones

erróneas se penalizarán con el 25 por 100 del valor de una

contestación.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos

siguientes:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario,

hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o

Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios prestados y

reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta

la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada

año completo de servicios una puntuación de 1 punto hasta un

máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", y formalizado a través del acuerdo

de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta

la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado

a que se refiere la base común 12, se otorgará la siguiente

puntuación:

Grado 9 e inferiores, 10 11 y 12: 11,00 puntos.

Grado 13: 11,50 puntos.

Grado 14: 12,00 puntos.

Grado 15: 12,50 puntos.

Grado 16: 13,00 puntos.

Grado 17: 13,50 puntos.

Grado 18: 14,00 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado y en la Administración de

la Seguridad Social como funcionario del Grupo D el día de

publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 12 e inferiores: 13,50 puntos.

Nivel 13: 14,75 puntos.

Nivel 14: 16,00 puntos.

Nivel 15: 17,25 puntos.

Nivel 16: 18,50 puntos.

Nivel 17: 19,75 puntos.

Nivel 18 o superior: 21,00 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia

de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

órganos constitucionales y a los funcionarios en situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración

General del Estado y órganos constitucionales, el nivel del puesto

de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en los órganos

constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

d) Titulación académica: Se otorgarán siete puntos por la

posesión de titulación académica igual o superior a la exigida

en el apartado 3.1 de estas normas específicas.

e) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de

2001: 7 puntos.

Este mérito se valorará de oficio por la Administración a

aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada

convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación

por la Comisión Permanente de Selección de acuerdo con lo

establecido en el apartado 1 del Anexo I de la Orden de 11 de

septiembre de 2001 por la que se convocan pruebas selectivas para

acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Técnicos Auxiliares

de Informática de la Administración del Estado ("Boletín Oficial

del Estado" de 27).

6. Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase

de concurso y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y si aún fuese

necesario dirimir el empate, se atenderá a la puntuación obtenida

en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá

a favor de la mayor puntuación alcanzada en el mérito de

antigüedad y, de persistir aún la situación de empate, se atenderá

a la puntuación otorgada al trabajo desarrollado y al grado

consolidado, por este orden. Finalmente se dirimirá por el criterio

de antigüedad total en la Administración, computándose los años,

meses y días de servicio que consten en el Registro Central de

Personal al día de publicación de la convocatoria.

7. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública:

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El

Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la

Constitución.

2. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y del Senado.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

5. El Gobierno y la Administración. La Administración Central

del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.

Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y

demás órganos administrativos.

6. La Administración Periférica del Estado. Los Delegados

del Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos

periféricos.

7. Organización territorial del Estado: Las Comunidades

Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.

8. Administración Local: La provincia, el municipio y otras

entidades.

9. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El

Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia. Efectos

de la integración europea sobre la organización del Estado

Español.

II. Organización de oficinas públicas:

1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

2. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del

registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

Especial consideración del archivo de gestión.

4. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativas. El proceso de informatización en la Administración Pública.

III. Materias Informáticas:

1. El ordenador: concepto, componentes y arquitectura.

Organización y funcionamiento.

2. La representación de la información en el ordenador.

Códigos de representación. Operaciones aritméticas y lógicas

3. La CPU: componentes y arquitectura. La memoria:

jerarquía de memorias y modos de direccionamiento.

4. Dispositivos periféricos. Sistemas de Entrada/Salida.

5. Evolución y concepto de sistemas operativos. Tipos de

sistemas operativos. Gestión de procesos, memoria, entrada/salida

y sistemas de ficheros.

6. Introducción a las bases de datos. Definición. Tipos de

bases de datos. Concepto de sistema de gestión de bases de datos.

Diccionario de datos, administración de bases de datos. Estructura

y modelos de datos.

7. Lenguajes de programación: máquina, ensamblador, alto

nivel. Diagrama de flujos. Programación estructurada.

Programación orientada a objetos. Verificación y pruebas de programas.

8. Lenguajes y herramientas para la utilización en redes

globales: HTML, Java, navegadores. Entornos de programación

visual.

9. Ordenadores personales: arquitectura y sistemas

operativos. Herramientas ofimáticas. Trabajo en grupo. Informática

corporativa.

10. Medios de transmisión y modos de comunicación. Equipos

terminales y de comunicaciones.

11. Servicios de comunicación; X.25, Frame Relay, ATM,

RDSI, circuitos punto a punto. Redes públicas de transmisión de

datos.

12. "Hardware" y "software" de red. Redes de área local, redes

de área metropolitana y redes de área extendida.

13. Sistemas distribuidos. Procesamiento cooperativo y

arquitectura cliente/servidor.

14. El Modelo de Referencia de Interconexión de Sistemas

Abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP.

15. La red Internet: origen, evolución y estado actual.

Servicios en Internet: correo, ftp, telnet.

16. Redes Intranet y Extranet. Concepto, estructura y

características. Su implantación en las organizaciones.

17. Concepto, estructura y visión general de los sistemas de

información. La Administración Pública y los Sistemas de

Información.

18. El ciclo de vida de los Sistemas de Información: modelos.

Metodología de Planificación y Desarrollo de Sistemas de

Información: Métrica. Conceptos básicos de calidad en los Sistemas

de Información y Auditoría Informática.

19. Conceptos de seguridad informática. Certificación de

seguridad en los sistemas de información.

20. La organización de los Sistemas de Información: personal,

sistemas de seguridad, unidades de diseño, desarrollo, sistemas

y explotación.

21. La protección jurídica de los programas informáticos. La

legislación de protección de datos de carácter personal.

8. Relación de Cuerpos o Escalas:

Código Cuerpo/Escala

0129 C. Guardería Forestal.

0131 C. Auxiliares (Ley 23/1975) a extinguir.

0213 C. Auxiliares, a extinguir.

0326 Personal Técnico de Cabina, a extinguir.

0423 C. Damas Auxiliares de Sanidad Militar del Ejército.

0424 C. Oficiales de Arsenales de la Armada.

0425 C. Grabadores de la Armada, a extinguir.

0426 C. Encargados 3.a Sección Maestranza de la Armada.

0427 C. Maestros Primeros Primera Sección Maestranza Arm.

0433 C. Capataces Segundos 1.a Sec. Maestranza Armada,

a E.

0439 Cuerpo de Mecánicos Conductores.

0635 C. Auxiliar de Intervención de Puertos Francos de C.

1143 E. Auxiliar Procedente de Organismos Autónomos Sup.

1144 C. Aux. Cuerpo Intérpretes, Lenguas Procedentes de la

Zona Norte de Marruecos.

1145 C. Auxiliar, a extinguir (Real Decreto-ley 23/1977).

1146 C. General Auxiliar de la Administración del Estado.

1440 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.

Oficiales Postales y de Telecomunicación.

1441 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.

Clasificación y Reparto.

1442 C. Subalterno de Correos, a extinguir.

1443 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos

de Primera.

1444 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos

de Segunda.

1445 E. Radiotelegrafistas de Telecomunicación, a extinguir.

1622 C. Auxiliar de la Administración de la S.S.

1643 E. Auxiliar, a extinguir de la Administración de la S.S.

1644 E. Telefonistas, A extinguir de la Administración de la

S.S.

1704 Subgrupo Auxiliar del Grupo de Administración General.

5052 E. Auxiliares de Laboratorio de Organismos Autónomos

del MAPA.

5053 E. Maquinista del SENPA.

5055 E. Secretarios Cofradías Tercera Categoría, a extinguir.

5056 E. Auxiliares Cofradías, a extinguir.

5058 E. Secretarios Tercera Categoría Cámaras Agrarias del

IRA.

5059 E. Guardas del ICONA.

5060 E. Proyectistas sin título y Maestros del INIA.

5061 E. Preparador de Primera y Segunda del INIA.

5329 E. Auxiliares Lab. Canal Experiencias Hidrodinámicas

del Pardo.

5330 E. Calcadores del INTA "Esteban Terradas".

5331 E. Preparadores Laboratorio INTA "Esteban Terradas".

5333 E. Fotógrafos de la Junta Admva. Fondo Atenciones de

la Marina.

Código Cuerpo/Escala

5442 E. Especialistas Servicios Generales de Enseñanzas

Integradas.

5443 E. Auxiliar de Investigación del CSIC.

5444 E. Auxiliares Técnicos del Servicio de Publicaciones del

MEC.

5538 E. Marineros del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5539 E. Agentes Investigación del Servicio de Vigilancia

Aduanera.

5550 E. Operadores Radiotelefonistas, Ext. Serv. Vigilancia

Aduanera.

5551 Escala de Conductores y de Taller del PMM.

5627 E. Auxiliar Técnico del CIEMAT.

5628 E. Calcador del CIEMAT.

5629 E. Técnica Subalterna de Tercera, a extinguir del INI.

5949 E. Delineantes Segunda Conf. Hidrográfica del

Guadalquivir.

5950 E. Patrones de Cabotaje de Organismos Autónomos del

MOPU.

5953 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. Puerto

Algeciras-La Línea.

5954 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. Puerto

Gijón-Musel.

5956 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir Junta Puerto

Ceuta.

5957 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir J. P. de A

Coruña.

5960 E. Celadores Guardamuelles, a Ext. J. P. La Luz y Las

Palmas.

5968 E. Encargado de Obras Mancomunidad Canales del

Taibilla.

5969 E. Topógrafo Segundo Mancomunidad de Canales del

Taibilla.

5970 E. Celadores Guardamuelles, a extinguir Admva. de

Grupos de Puertos.

5971 E. Auxiliar Topógrafo Confederación Hidrográfica del

Ebro.

5972 E. Auxiliar Cartográfico Confederación Hidrográfica del

Ebro.

5974 E. Calcador de la Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5975 E. Fotógrafo del Servicio de Publicaciones.

5976 E. Auxiliar de Laboratorio del Servicio de Publicaciones.

5977 E. Ayudantes de Laboratorio del INCE.

6032 E. Auxiliar de Organismos Autónomos.

6033 E. Auxiliar de AISS, a extinguir.

6124 E. Profesores de Educación Física de AISNA.

6125 E. Auxiliares de Investigación de Laboratorio de AISNA.

6349 E. Pers. a Ext. del Org. Regis. Entidades

Autorizadas-Auxiliar.

6467 E. de Auxiliares del ICO.

ANEXO VI

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas

selectivas para el ingreso libre al Cuerpo de Gestión de la

Administración Civil del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado por el sistema de acceso

libre será de 19 plazas.

Del total de estas plazas se reservarán 2 para ser cubiertas

por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública.

En el caso de que estas plazas no sean cubiertas se acumularán

a las restantes de la convocatoria.

2. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

estar en posesión o en condiciones de obtener el título de

Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o

equivalente.

3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado",

código "1122".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave

"L".

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

4. Los derechos de examen serán 18,39 euros debiendo

consignar dicho importe en el recuadro destinado al mismo en el

modelo de solicitud.

5. Proceso de selección y valoración: El proceso selectivo

consistirá en una fase de oposición y en un curso selectivo con las

pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación.

5.1 Fase de oposición:

5.1.1 La fase de oposición constará de los siguientes

ejercicios, obligatorios y eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

un máximo de cien preguntas basado en las materias del temario

que figura en el programa de estas normas específicas.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta. Las contestaciones

erróneas se valorarán negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de noventa minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema

entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección

de los correspondientes del programa contenido en los bloques

II, III, IV y VI que figura en estas normas específicas.

El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión

Permanente de Selección en sesión pública. En él se valorarán la

formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de

ideas y la capacidad de expresión.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito y

durante un tiempo máximo de tres horas, de dos supuestos prácticos,

uno de ellos relacionado con las materias incluidas en los bloques

III y IV, y otro con las incluidas en los bloques V y VI.

El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante en

sesión pública ante la Comisión Permanente de Selección.

Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá

realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un

período máximo de veinte minutos.

Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura,

el órgano de selección podrá decidir que el opositor abandone

el mismo si estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.

La Comisión valorará la capacidad para ordenar y desarrollar

los procesos de gestión administrativa propuestos, la sistemática,

la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y

oral del aspirante.

5.1.2 Los tres ejercicios de la fase de oposición se calificarán

de 0 a 50 puntos.

En cada uno de los ejercicios, la Comisión Permanente de

Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar el

ejercicio. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán

de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos

que fije la Comisión Permanente de Selección.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y si esto no

fuera suficiente, en el primero o segundo, por este orden.

5.2 Curso selectivo: El curso selectivo, bajo la supervisión

de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, será

organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública

y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos

en orden a la preparación específica de los aspirantes para el

ejercicio de sus funciones.

El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres

meses desde que finalice el plazo de presentación de documentos.

Su duración será como máximo de tres meses.

Su calendario y programa, así como las normas internas que

lo regulen, serán establecidos por el Instituto Nacional de

Administración Pública.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los

aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en

relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

El curso se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario

para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta

del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

El Instituto Nacional de Administración Pública elevará al

Secretario de Estado para la Administración Pública las

evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas

a la calificación final de las pruebas selectivas.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

6. Calificación final: La calificación final de los aspirantes

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en

la fase de oposición y en el curso selectivo.

7. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública:

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

La reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión.

3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y

atribuciones.

4. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal

de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

5. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

6. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del

Congreso de los Diputados y del Senado.

7. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el

Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese

y responsabilidad.

8. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.

El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El

Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

9. La Administración General del Estado. Organos centrales.

El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales.

Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales.

Subdirectores Generales. Los Servicios comunes de los Ministerios.

10. La Administración General del Estado. Organos

territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del

Gobierno en las Provincias. Los Directores Insulares. La Administración

única o común.

11. Los organismos públicos. Creación, modificación y

extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas

empresariales. La Administración consultiva: el Consejo de Estado.

12. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

Autonomía. Naturaleza y tipología. Organos y funciones.

13. La delimitación de competencias entre el Estado y las

Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.

Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.

14. La organización política y la administración de las

Comunidades Autónomas.

15. La Administración Local: La provincia y el municipio.

Otras entidades de la Administración Local.

II. La Unión Europea:

1. Las Comunidades Europeas: Antecedentes. Objetivos y

naturaleza jurídica de las Comunidades. Los Tratados originarios

y modificativos.

2. El Tratado de la Unión Europea. Los tres pilares de la

Unión: unión política y unión económica y monetaria; Política

Exterior y de Seguridad Común; Cooperación en los ámbitos de

Justicia e Interior. La ampliación.

3. Las Instituciones de las Comunidades (I): El Consejo

Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición y

funciones. El procedimiento decisorio. La participación de los Estados

miembros en las diferentes partes del proceso.

4. Las Instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento

Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.

5. El presupuesto comunitario. Los fondos estructurales. La

cohesión económica y social.

6. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho

originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y

decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario

y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

7. La adhesión española a la Comunidad Europea.

Problemática económica de la plena integración. La convergencia de

España con la Unión Europea.

8. Libre circulación de mercancías y política comercial

común. Régimen sobre la competencia. Libre circulación de

capitales.

9. Libre circulación de personas. Derecho de establecimiento

y libre prestación de servicios.

10. Políticas comunitarias comunes.

III. Derecho Administrativo General:

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases

de fuentes. La jerarquía de las fuentes.

2. La Ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del

ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-ley y Decreto-legislativo.

3. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.

Los principios generales del Derecho. Los Tratados

Internacionales. El Derecho comunitario Europeo.

4. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación. Revisión, anulación y revocación.

5. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

6. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos,

suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios.

7. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y

elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías

jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales.

8. Los bienes de la Administración. Régimen básico.

9. El dominio público. El criterio de la afectación. Objeto y

extensión de la demanialidad. Utilización y protección del dominio

público.

10. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento

de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.

Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador.

11. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y

caracterización. Procedimiento Administrativo común y su

alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general

y principios rectores.

12. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del

procedimiento.

13. Disposiciones generales sobre los procedimientos

administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del

procedimiento. La obligación de resolver. El silencio

administrativo.

14. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de

oficio. Los Recursos Administrativos.

15. El procedimiento económico-administrativo: Materias

impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la

revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en

única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.

16. El recurso contencioso-administrativo: Significado y

características. Evolución histórica. Organización jurisdiccional.

17. El recurso contencioso-administrativo: Las partes,

capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del

proceso. La sentencia.

18. La Administración Pública y la justicia ordinaria. La

reclamación administrativa previa a las vías judiciales civil y laboral.

IV. La actuación de la Administración Pública:

1. La gestión pública y la gestión privada. Nuevas formas

de gestión pública. Técnicas de gestión pública: la administración

por objetivos, la programación de proyectos y otros.

2. Las políticas públicas: análisis, ejecución y evaluación.

3. El control de la actuación pública: control estratégico,

control de gestión y control externo. Indicadores de gestión.

4. La Administración Pública española: principios de

organización y principios de actuación. La atención al ciudadano: los

servicios de información administrativa. La administración

prestadora de servicios: la calidad del servicio público.

5. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La

actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento.

Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.

6. La actuación administrativa en el marco presupuestario:

el déficit público. El gasto público: evolución y distribución actual.

7. Transportes y comunicaciones: desarrollo de las

infraestructuras y política de transportes. Ordenación y liberación del

sector de las comunicaciones.

8. El turismo: orígenes, evolución y características.

Distribución de competencias. La Administración turística del Estado:

organización y líneas de actuación.

9. Actuación administrativa relacionada con el medio

ambiente: impacto ambiental y ordenación del territorio; gestión de

residuos y reducción de la contaminación; conservación de la

biodiversidad y de los espacios naturales protegidos. Distribución

de competencias.

10. La Seguridad Social: estructura y financiación. Problemas

actuales y líneas de actuación. El sistema sanitario: gestión y

financiación.

11. El sistema educativo: estructura, gestión y financiación.

La política científica y tecnológica.

12. La evolución del empleo en España. Los servicios públicos

de empleo: régimen de prestaciones y políticas de empleo.

13. Política de inmigración. Régimen de los extranjeros en

España. Derecho de asilo y condición de refugiado.

14. Garantía de derechos y libertades. La legislación de

protección de datos de carácter personal. La Agencia de Protección

de Datos.

V. Administración de Recursos Humanos:

1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Régimen jurídico. Normativa vigente.

2. Las competencias en materia de personal.

3. Selección de personal. Los procesos selectivos en la

Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público.

Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición

de funcionario público.

4. Situaciones administrativas.

5. Provisión de puestos de trabajo en la Función Pública.

La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y

perfeccionamiento.

6. Derechos y deberes de los funcionarios. Seguridad y

prevención de riesgos laborales.

7. El sistema de retribuciones de los funcionarios.

Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las

indemnizaciones por razón del servicio.

8. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

9. La sindicación de los funcionarios públicos. La

representación de los funcionarios. Las Juntas de Personal.

10. El régimen especial de la Seguridad Social de los

funcionarios civiles del Estado. MUFACE: Acción protectora.

Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.

11. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Su régimen jurídico. Los convenios colectivos en la

Administración Pública y la determinación de las condiciones de trabajo.

El convenio único para el personal laboral al servicio de la

Administración General del Estado.

12. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de

contratación en la Administración Pública y ámbito jurídico.

13. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus

causas. El despido.

14. La sindicación del personal laboral. Comités de Empresa

y Delegados de Personal.

15. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los

servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y

su solución: Especial referencia a las Administraciones Públicas.

VI. Gestión Financiera y Seguridad Social:

1. El presupuesto. Concepto y clases. Presupuesto por

programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en

base cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación

de prioridades.

2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben

contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del

Estado. Características y estructura. Créditos presupuestarios. El ciclo

presupuestario. Gastos plurianuales.

3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de

crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de

créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

4. La ejecución presupuestaria y la contratación

administrativa: Especial referencia a los siguientes tipos de contratos: obras,

gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia

técnica y servicios.

5. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva.

Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto

público en España. Especial referencia al control de legalidad.

El Tribunal de Cuentas.

6. La contabilidad pública y la planificación contable. El Plan

General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de

aplicación y características. Criterios de valoración.

7. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión. Los

grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre

del ejercicio. La Cuenta General del Estado.

8. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Organos

competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que

intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Disposición de fondos del Tesoro público.

9. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de

transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.

10. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones

presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja

fija. Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.

11. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas:

Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.

Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos

económicos.

12. La Seguridad Social: Evolución. Caracteres generales del

sistema español. El régimen general y los regímenes especiales.

La acción protectora de la Seguridad Social. Tipos y características

de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción

y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.

13. Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de

trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social. Sujetos

obligados y responsables de la cotización. Nacimiento y duración de

la obligación de cotizar.

ANEXO VII

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado por el sistema de promoción

interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo C será de 93 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 3 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados

se acumularán a las generales de promoción interna.

2. El proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición: En la Resolución a que se refiere la

base común 9.1 se determinarán los lugares y fecha de realización

del mismo.

2.2 Fase de concurso:

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto

Técnico o equivalente.

3.2 Estar incluido, a efectos de promoción interna, en el

ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los

Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que aparecen relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas.

En el caso de los Cuerpos y Escalas Postales y de

Telecomunicación relacionados en el apartado 9 de estas normas específicas,

sólo serán admitidos los funcionarios que pertenezcan a dichos

Cuerpos y estén destinados en la Administración General del

Estado en puestos que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos

y Telégrafos S.A..

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en el Cuerpo o Escala del Grupo C incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas, o en Cuerpos o

Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo C y

estar destinados en la Administración General del Estado en

puestos de trabajo que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos

y Telégrafos S. A.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

serán computables a efectos de la antigüedad referida en el párrafo

anterior.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado",

código "1122".

En el recuadro 17, "Forma de Acceso", se consignará las

siguientes claves:

"Y" si los aspirantes pertenecen a los siguientes Cuerpos o

Escalas indicados en el apartado 9 de estas normas específicas

con los códigos: 0207; 1128; 1132; 1135; 1616; 1640; 1703;

6025; 6026 y 6417.

"Z" el resto de los aspirantes.

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el

apartado 9 de estas normas específicas.

Los derechos de examen serán de 9,20 euros.

5. Proceso de selección y valoración: El proceso de selección

será el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo

de formación.

5.1 Fase de oposición: La fase de oposición constará de los

dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos

obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

preguntas sobre las materias contenidas en el programa.

Los aspirantes que hayan consignado en el recuadro 17 de

la solicitud la letra "Y", por pertenecer a alguno de los Cuerpos

o Escalas que se relacionan a tal efecto en el apartado 4 de estas

normas específicas, estarán exentos de las partes I y IV del

programa. Para los aspirantes que hayan consignado en el recuadro

17 de la solicitud la letra "Z", el cuestionario de preguntas versará

sobre el contenido de la totalidad del programa.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta. Las contestaciones

erróneas se valorarán negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de noventa minutos.

Este ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para

acceder al segundo ejercicio.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema

entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección

de los bloques II, III y V del programa contenido en estas normas

específicas.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión

Permanente de Selección en sesión pública.

En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos

generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para

que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la fase

de concurso.

En los dos ejercicios de la fase de oposición las puntuaciones

mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones

trasformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión

Permanente de Selección.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes

méritos:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario hasta

la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas

incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de

agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y

reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al

amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto

por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha

de finalización del plazo de presentación del certificado a que

se refiere la base común 12.1 se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 11, 12, 13, y 14: 12 puntos.

Grados 15 y 16: 13 puntos.

Grados 17 y 18: 14 puntos.

Grados 19 y 20: 15 puntos.

Grados 21, 22 y siguientes: 16 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado o en los órganos

constitucionales el día de publicación de esta convocatoria, como

funcionario del Grupo C, se otorgara la siguiente puntuación:

Niveles 11, 12, 13 y 14: 14 puntos.

Nivel 15: 15 puntos.

Nivel 16: 16 puntos.

Nivel 17: 17 puntos.

Nivel 18: 18 puntos.

Nivel 19: 19 puntos.

Nivel 20: 20 puntos.

Nivel 21, 22 o superior: 21 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con

independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

Organos Constitucionales, y a los funcionarios en la situación de

servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la

Administración General del Estado u Organos Constitucionales, el nivel

del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el

reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en Organos

Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

d) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de

2001: Se otorgarán 7 puntos por este mérito, que se valorará

de oficio a aquellos candidatos que en la fase de oposición de

la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación mínima

fijada por la Comisión Permanente de Selección, de acuerdo con

lo establecido en el apartado 1 del anexo I de la Orden de 11

de septiembre de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del 29 de

septiembre).

6. Calificación del concurso-oposición: La calificación vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase

de concurso y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las

puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la fase de

oposición, en el primer ejercicio de la fase de oposición, en la

valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado

y del trabajo desarrollado, por este orden.

De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en

la Administración, computándose los años, meses y días de servicio

que consten en el Registro Central de Personal al día de

publicación de esta convocatoria.

7. Curso selectivo: Los aspirantes que superen el

concurso-oposición deberán seguir un curso selectivo de formación

organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública.

El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres

meses desde que finalice el plazo previsto para la presentación

de documentos y su duración será, al menos, de ochenta horas

lectivas.

El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el

calendario, programa y normas internas que regulen el curso

selectivo.

El curso selectivo se calificará como apto o no apto.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán

el derecho de su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición

y en la fase de concurso.

8. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública:

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

La reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión.

3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y

atribuciones.

4. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal

de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

5. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

6. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del

Congreso de los Diputados y del Senado.

7. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el

Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese

y responsabilidad.

8. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.

El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El

Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

9. La Administración General del Estado. Organos centrales.

El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales.

Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales.

Subdirectores Generales. Los Servicios comunes de los Ministerios.

10. La Administración General del Estado. Organos

territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del

Gobierno en las Provincias. Los Directores Insulares. La Administración

única o común.

11. Los organismos públicos. Creación, modificación y

extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas

empresariales. La Administración consultiva: el Consejo de Estado.

12. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

Autonomía. Naturaleza y tipología. Organos y funciones.

13. La delimitación de competencias entre el Estado y las

Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.

Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.

14. La organización política y la administración de las

Comunidades Autónomas.

15. La Administración Local: La provincia y el municipio.

Otras entidades de la Administración Local.

II. Comunidades Europeas:

1. Las Comunidades Europeas: Antecedentes. Objetivos y

naturaleza jurídica de las Comunidades. Los Tratados originarios

y modificativos.

2. El Tratado de la Unión Europea.

3. Las Instituciones de las Comunidades (I): El Consejo

Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición y

funciones. El procedimiento decisorio. La participación de los Estados

miembros en las diferentes partes del proceso.

4. Las Instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento

Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.

5. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho

originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y

decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario

y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

6. La adhesión española a la Comunidad Europea.

Problemática económica de la plena integración. El programa de

convergencia de España con la Unión Europea.

7. Libre circulación de mercancías y política comercial

común. Régimen sobre la competencia. Libre circulación de

trabajadores.

8. Derecho de establecimiento y libre prestación de servicios.

Libertad de circulación de capitales. El Sistema Monetario

Europeo. La moneda única.

9. Políticas comunitarias comunes.

III. Derecho Administrativo General:

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases

de fuentes. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Tipos de leyes.

Reserva de ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley:

Decreto-ley y Decreto-legislativo.

2. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.

Los principios generales del Derecho. Los Tratados

Internacionales. El Derecho comunitario Europeo.

3. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación. Revisión, anulación y revocación.

4. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

5. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos,

suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios.

6. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La

actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento.

Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.

7. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y

elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías

jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales.

8. Los bienes de la Administración. Régimen básico.

9. El dominio público. El criterio de la afectación. Objeto y

extensión de la demanialidad. Utilización y protección del dominio

público.

10. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento

de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.

Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador.

11. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y

caracterización. Procedimiento Administrativo común y su

alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general

y principios rectores.

12. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del

procedimiento.

13. Disposiciones generales sobre los procedimientos

administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del

procedimiento. La obligación de resolver. El silencio

administrativo.

14. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de

oficio. Los Recursos Administrativos.

15. El procedimiento económico-administrativo: Materias

impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la

revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en

única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.

16. El recurso contencioso-administrativo: Significado y

características. Evolución histórica. Organización jurisdiccional.

17. El recurso contencioso-administrativo: Las partes,

capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del

proceso. La sentencia.

18. La Administración Pública y la justicia ordinaria. La

reclamación administrativa previa a las vías judiciales civil y laboral.

IV. Administración de Recursos Humanos:

1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Régimen jurídico. Normativa vigente.

2. Las competencias en materia de personal.

3. Selección de personal. Los procesos selectivos en la

Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público.

Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición

de funcionario público.

4. Situaciones administrativas.

5. Provisión de puestos de trabajo en la Función Pública.

La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y

perfeccionamiento.

6. Derechos y deberes de los funcionarios. Seguridad y

prevención de riesgos laborales.

7. El sistema de retribuciones de los funcionarios.

Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las

indemnizaciones por razón del servicio.

8. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

9. La sindicación de los funcionarios públicos. La

representación de los funcionarios. Las Juntas de Personal.

10. El régimen especial de la Seguridad Social de los

funcionarios civiles del Estado. MUFACE: Acción protectora.

Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.

11. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Su régimen jurídico. Los convenios colectivos en la

Administración Pública y la determinación de las condiciones de trabajo.

El convenio único para el personal laboral al servicio de la

Administración General del Estado.

12. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de

contratación en la Administración Pública y ámbito jurídico.

13. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus

causas. El despido.

14. La sindicación del personal laboral. Comités de Empresa

y Delegados de Personal.

15. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los

servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y

su solución: Especial referencia a las Administraciones Públicas.

V. Gestión Financiera y Seguridad Social:

1. El presupuesto. Concepto y clases. Presupuesto por

programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en

base cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación

de prioridades.

2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben

contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del

Estado. Características y estructura. Créditos presupuestarios. El ciclo

presupuestario. Gastos plurianuales.

3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de

crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de

créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

4. La ejecución presupuestaria y la contratación

administrativa: Especial referencia a los siguientes tipos de contratos: obras,

gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia

técnica y servicios.

5. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva.

Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto

público en España. Especial referencia al control de legalidad.

El Tribunal de Cuentas.

6. La contabilidad pública y la planificación contable. El Plan

General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de

aplicación y características. Criterios de valoración.

7. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión. Los

grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre

del ejercicio. La Cuenta General del Estado.

8. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Organos

competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que

intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Disposición de fondos del Tesoro público.

9. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de

transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.

10. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones

presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja

fija. Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.

11. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas:

Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.

Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos

económicos.

12. La Seguridad Social: Evolución. Caracteres generales del

sistema español. El régimen general y los regímenes especiales.

La acción protectora de la Seguridad Social. Tipos y características

de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción

y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.

13. Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de

trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social. Sujetos

obligados y responsables de la cotización. Nacimiento y duración de

la obligación de cotizar.

9. Relación de Cuerpos o Escalas:

Código Cuerpo/Escala

0010 Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

0122 Veedores Serv. Defensa contra el Fraude, a extinguir.

0207 C. Administrativo, a extinguir.

0314 C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.

0319 C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.

0320 Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.

0414 C. Traductores del Ejercito del Aire.

0415 C. Delineantes del Ejercito del Aire.

0416 C. Maestros de Arsenales de la Armada.

0417 C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.

0626 C. Contadores del Estado, a extinguir.

0627 C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.

0628 C. Delineantes.

0629 C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería

Nacional.

0630 Estadísticos Técnicos a extinguir.

0918 Capellanes de Instituciones Penitenciarias.

0919 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala

masculina.

0920 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala

femenina.

Código Cuerpo/Escala

1018 C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a

extinguir.

1020 Delineantes, a extinguir -Ley 33-1974-.

1021 C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.

1128 E. Administrativa OO. AA. Suprimidos, a extinguir.

1129 Personal de la Casa de su Majestad el Rey Grupo C.

1130 C. Técnicos de Interpret. Lengua Proc. Zona N.

Marruecos.

1132 C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-Ley 23).

1133 C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.

1134 C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.

1135 C. General Administrativo de la Administración del

Estado.

1136 C. Delineantes.

1188 C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del

Estado.

1230 Ag. Insp. Proced. Serv. Ins. Dis. Mercado, Exterior.

1427 Administrativos-Calculadores de Meteorología del

Estado.

1428 C. Intérpretes Informadores.

1429 Observadores de Meteorología del Estado.

1430 Técnico de Telecomunicaciones Aeronáuticas.

1431 C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación.

1432 Técnico Especialistas Aeronáuticos.

1433 Técnicos Especializados.

1516 C. Capellanes de la Beneficencia General.

1616 C. Administrativo de Administración de la Seguridad

Social.

1633 E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S.

Social.

1640 E. Administrativa, a Exting. de la Administración de la

S. Social.

1641 E. Operadores Ordenador Informat., a extinguir Admon.

de la S. Social.

1642 E. Delineantes Administración de la S. Social, a

extinguir.

1654 Plazas Operadores Ordenador, a extinguir ISM.

1703 Subgrupo Admtvo. Del Grupo de Administración

General.

5023 E. Secret. Cofradías 2.a Categoría, a extinguir.

5027 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.

5028 Contables, a extinguir del SENPA.

5029 E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.

5032 Trad. Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.

5033 E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de

Oceanografía.

5034 E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.

5036 E. Administrativos de Cofradías, a extinguir.

5037 E. Agentes Economía Domestica del Serv. de Extensión

Agraria.

5038 E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión

Agraria.

5039 E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias

del Ira.

5040 E. Analista de Laboratorio del IRA.

5041 Auxiliar de Campo del ICONA.

5043 E. Operador de Restitución del IRYDA.

5044 E. Auxiliar Técnico del IRYDA.

5045 E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas Plantas

Vivero.

5046 E. Periodista Inst. Estudios Agrarios Pesqueros y

Alimentarios.

5047 E. Técnica Comisaria Gral. de Abastec. y Transportes

del SENPA.

5053 Maquinista del SENPA.

5213 E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.

5214 Delin. Patr. Alhambra y Generalife.

5317 E. Delineantes de Organismos Autónomos del M.

Defensa.

5319 E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas.

5320 E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas.

5321 E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban

Terradas.

Código Cuerpo/Escala

5322 Personal de Taller del INTA Esteban Terradas.

5430 Escala de Expertos de Servicios Generales de

Enseñanzas Integradas.

5431 E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org.

Auton. MEC.

5432 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MEC.

5433 Ayudantes de Investigación del CSIC.

5435 Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P. P. F. P. a extinguir.

5527 E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera a

extinguir.

5528 E. Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera a

extinguir.

5530 E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia

Aduanera a extinguir.

5616 E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y

Energía.

5617 Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del

CIEMAT.

5619 E. Administrativos, a extinguir del INI.

5620 E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir del INI.

5621 E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir del INI.

5820 E. Delegados Tribunales de la Obra de Protección de

Menores.

5821 Directores Instituc. Obra Protección de Menores.

5822 Educadores Instituciones de la Obra de Protección de

Menores.

5933 Pat. Cab. y Fogon. Hab. (M. Naval.) N. Sent.

5934 E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrograf.

del MOPU.

5935 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.

5936 E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.

5940 E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales

del Taibilla.

5941 E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5943 E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica

Guadalquivir.

5944 E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5945 E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.

5946 C. Traductores Taquígrafos -Grupos 1, 2 y 3- del CEDEX.

5947 E. Programadores del CEDEX.

5948 E. Programadores Técnicos del INCE.

6025 E. Administrativa de Organismos Autónomos.

6026 E. Administrativos de AISS, a extinguir.

6115 E. Delineantes de AISNA .

6116 Terapeutas ocupacionales de AISNA.

6322 Técnicos-Admtvos., a Ext. del INAS.

6323 E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.

6417 E. Unica Cuerpo Admtivo. O.M. 4-7-81, a extinguir.

6466 E. de Oficiales Administrativos del ICO.

ANEXO VIII

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para ingreso libre, en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e

Informática

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión

de Sistemas e Informática de la Administración del Estado por

el sistema general de acceso libre será de 12 plazas.

Del total de estas plazas se reservará 1 para ser cubierta por

personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para

la Reforma de la Función Pública.

En el caso de que esta plaza no sea cubierta se acumulará

a las restantes de la convocatoria.

2. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

estar en posesión o en condiciones de obtener el título de

Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o

equivalente.

3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la

Administración del Estado", código "1177".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave

"L".

En el recuadro 24 "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2". Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Los derechos de examen serán de 18,39 euros.

4. Proceso de selección y valoración: El proceso selectivo

consistirá en una fase de oposición y en un curso selectivo con las

pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación.

4.1 Fase de oposición:

4.1.1 La fase de oposición constará de los siguientes

ejercicios obligatorios y eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario que no excederá de 100 preguntas sobre las materias

contenidas en el programa a que hace referencia el programa de

estas normas específicas.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 90

minutos.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

múltiples, siendo sólo una de ellas correcta. Las contestaciones

erróneas se valorarán negativamente.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema

de entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección

de entre los correspondientes del programa contenido en los

bloques I, II, III y IV que figura en estas normas específicas.

El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión

Permanente de Selección en sesión pública. En él se valorarán la

formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de

ideas y la capacidad de expresión.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito y

durante un tiempo máximo de tres horas, de un supuesto práctico. Para

la resolución del supuesto, el órgano de selección podrá proponer

a los aspirantes la posibilidad de elegir una entre varias opciones,

relacionadas con las materias que figuran en el programa de estas

normas específicas.

El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante en

sesión pública ante la Comisión Permanente de Selección.

Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá

realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un

período máximo de veinte minutos, para lo cual se podrá disponer

de una pizarra o elemento similar.

Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura,

el órgano de selección podrá decidir que el opositor abandone

el mismo si estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.

La Comisión valorará la calidad técnica de la solución

propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad

de expresión escrita y oral del aspirante.

4.1.2 Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de

0 a 50 puntos.

En cada uno de los ejercicios, la Comisión Permanente de

Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar el

ejercicio. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán

de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos

que fije la Comisión Permanente de Selección.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el

tercer ejercicio, y si esto no fuera suficiente, en el primero o

segundo, por este orden.

4.2 Curso selectivo: El curso selectivo, bajo la supervisión

de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, será

organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública

y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos

en orden a la preparación específica de los aspirantes para el

ejercicio de sus funciones.

El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres

meses desde que finalice el plazo de presentación de documentos.

Su duración será como máximo de tres meses.

Su calendario y programa, así como las normas internas que

lo regulen, serán establecidos por el Instituto Nacional de

Administración Pública.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los

aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en

relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

El curso se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario

para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta

del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

El Instituto Nacional de Administración Pública elevará al

Secretario de Estado para la Administración Pública las

evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas

a la calificación final de las pruebas selectivas.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

5. Calificación final: La calificación final de los aspirantes

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en

la fase de oposición y en el curso selectivo.

6. Programa:

Bloque I. Análisis de Aplicaciones (grupo I):

1. El análisis de requisitos de los sistemas de información

y comunicaciones. Fases del análisis.

2. Análisis de datos: Modelo entidad/relación

3. Análisis de procesos: Descomposición funcional. Diagrama

de flujo de datos.

4. Diseño de datos: Modelo lógico relacional y normalización.

5. Lenguajes de manipulación de datos. Elementos básicos

de SQL.

6. Diseño físico de bases de datos. Conceptos de SGBD.

7. Bases de datos: Actualizaciones y transacciones.

8. Arquitectura Cliente-Servidor: Conceptos y elementos

básicos.

Análisis de Aplicaciones (grupo II):

1. Concepto del ciclo de vida y fases. Modelo en cascada

y modelo en espiral del ciclo de vida.

2. Diseño de funciones: Diseño de la estructura modular y

de la interfaz de usuario. Especificación de módulos y cuadernos

de carga.

3. Diccionarios de datos. Funcionalidad.

4. Uso de generadores de código y herramientas de 4.a

generación en las fases de diseño e implementación.

5. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas.

Características y finalidad.

6. Diseño de un plan de pruebas del sistema.

7. Introducción a la metodología Métrica de planificación y

desarrollo de Sistemas de Información.

8. Conceptos básicos de orientación a objetos. Objetos,

clases, herencia, métodos.

9. Planificación del control de calidad: plan general de

garantía de calidad.

Bloque II. Gestión de Sistemas (grupo I):

1. Tipos de sistemas informáticos: Grandes Ordenadores,

Miniordenadores, Estaciones de Trabajo y Ordenadores

Personales.

2. Concepto de sistema operativo. Componentes: programas

de control y programas de proceso.

3. Monitorización del uso del sistema operativo.

4. Administración y gestión del sistema operativo y del

soporte lógico de base: aplicación de modificaciones.

5. Dispositivos de almacenamiento de la información. Gestión

de almacenamiento en disco.

6. Conceptos de bases de datos. Evolución histórica de los

sistemas de gestión de base de datos.

7. Conceptos fundamentales del "hardware" de

comunicaciones: Medios de Transmisión.

Gestión de Sistemas (grupo II):

1. Política de mantenimiento de equipos "hardware".

Requerimientos específicos de un CPD.

2. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de

la Información en la Administración del Estado.

3. Mantenimiento y perfeccionamiento de aplicaciones.

4. Gestión de la migración de aplicaciones. Formas de

acometerla. Gestión de la documentación.

5. Estadísticas de ocupación. Costes.

6. Conceptos de proceso distribuido y cliente servidor.

7. Actualización de software en un entorno distribuido.

8. Seguridad física y lógica de un CPD. Seguridad perimetral.

Control de acceso físico al CPD o a periféricos. Niveles de

seguridad y acceso.

9. La legislación de protección de datos de carácter personal.

La Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de carácter

Personal. La Directiva 95/46/CE. La Agencia de Protección de

Datos.

10. Auditoría informática. Metodologías, técnicas y

herramientas. Normas y estándares.

11. Política de salvaguarda/recuperación de la información.

Plan de contingencias de una instalación.

Bloque III. Producción Informática (grupo I):

1. Organización del centro de proceso de datos: Áreas de

Desarrollo y de Sistemas.

2. Responsabilidades y tareas asignadas al personal de

Producción Informática.

3. Reutilización de "software" y generación de código.

4. Componentes fundamentales del "hardware" de una

instalación. Tipos de ordenadores y periféricos.

5. Control de la ejecución de trabajos y rendimientos.

Técnicas aplicables.

6. Control de incidencias en el sistema. Plan de

Contingencias: Objetivos básicos.

7. Conceptos de redes de comunicación: Topologías y

"hardware" de redes.

8. Conceptos de sistemas de teleproceso. Control de las

aplicaciones y rendimientos en entornos de teleproceso.

Producción Informática (grupo II):

1. Planificación física de un centro de proceso de datos.

2. Criterios de presupuestación y control del coste de un

proyecto.

3. Aplicaciones a medida frente a aplicaciones estándar.

Criterios de decisión.

4. Conceptos de los lenguajes de control de trabajos (JCL).

5. Planificación de trabajos y los recursos necesarios.

6. Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar.

7. Herramientas de ayuda a la producción informática:

Gestores de consola, de "spool", de cadenas.

8. Gestión de datos corporativos. Almacén de datos ("data

warehouse"). Arquitecturas OLAP. Minería de datos.

9. Sistemas de preexplotación y control de calidad.

Bloque IV. Gestión y Control de Redes de Comunicación

(grupo I):

1. Estandarización de redes. Modelo OSI.

2. Redes de área local: Sistemas operativos de red. Servicios

que proveen.

3. Administración de redes de área local. Gestión de datos

y usuarios. Monitorización y control de tráfico.

4. Protección y seguridad en redes de área local. Antivirus.

5. Introducción a los protocolos de las redes públicas de

datos: X25, RDSI, Frame Relay.

6. Protocolos de comunicación a través de Módems.

Configuración y control de Módems.

7. La red Internet: evolución, estado actual y tendencias.

Servicios en Internet: telnet, ftp, gopher, wais. La world wide web.

Gestión y Control de Redes de Comunicación (grupo II):

1. Nivel de enlace de datos: Protocolos de acceso y tipologías.

2. Nivel de red: Principios de interconexión.

3. Transporte de paquetes de información. Protocolos de

transporte.

4. Gestión de sesiones de comunicación.

5. Nivel de presentación: Representación de datos y

criptografía.

6. Nivel de aplicación. Introducción a los servicios.

7. Introducción a la administración lógica de redes.

8. Redes TCP/IP. Conceptos y utilidades.

9. Conceptos fundamentales de la arquitectura de redes SNA.

10. Redes Intranet y Extranet. Aspectos prácticos de su

implantación. Problemas de seguridad. Medidas a adoptar.

11. La seguridad en redes: Control de acceso y técnicas

criptográficas.

Bloque V. Organización del Estado y Derecho Administrativo

(grupo I):

1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes

fundamentales. Su garantía y suspensión. La Jefatura del Estado.

La Corona. Funciones constitucionales del Rey.

2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los

Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición

y atribuciones. El Defensor del Pueblo.

3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las

funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes

Generales.

4. La Administración Pública: principios constitucionales

informadores. La Administración General del Estado: los órganos

superiores de la Administración General del Estado. Órganos

territoriales. Los Delegados y Subdelegados del Gobierno.

5. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.

La Administración Local: regulación constitucional. Provincias,

municipios y otras entidades de la Administración Local.

6. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de

las fuentes. La Ley. Las Disposiciones del Ejecutivo con fuerza

de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento:

concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

7. Los contratos administrativos: concepto, procedimiento de

adjudicación, tipos de contratos: obras, gestión de servicios

públicos, suministro, consultoría y asistencia y de servicios.

8. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Régimen Jurídico. Derechos y deberes de los funcionarios.

9. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

10. Situaciones administrativas de los funcionarios públicos.

Retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios. La

sindicación de los funcionarios públicos.

ANEXO IX

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas

selectivas para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión

de Sistemas e Informática

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión

de Sistemas e Informática de la Administración del Estado por

el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del

Grupo C será de 19 plazas.

Una de las plazas convocadas se reservará para ser cubierta

por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública.

En caso de que la plaza del cupo de reserva de discapacitados

quedara sin cubrir se acumulará a las restantes de la convocatoria.

2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición: En la Resolución a que se refiere la

base común 9.1 se determinarán los lugares y fecha de realización

del mismo.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto

Técnico o equivalente.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito

de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los

Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto que aparecen relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas.

También podrán participar los funcionarios de Cuerpos y

Escalas Postales y de Telecomunicación relacionados en el apartado

9 de estas normas específicas que estén destinados en la

Administración General del Estado en puestos de trabajo que no

pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo C incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas, o en Cuerpos o

Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo C y

estar destinados en la Administración General del Estado en

puestos de trabajo que no pertenezcan a la Sociedad Estatal Correos

y Telégrafos S.A.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

de los Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos en el ámbito de

aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, serán computables

a efectos de la antigüedad referida en el párrafo anterior.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.4 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la

Administración del Estado", código "1177".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará de acuerdo

con las siguientes claves:

"T", si los aspirantes pertenecen a los siguiente Cuerpos o

Escalas indicados en el apartado 9 de estas normas específicas con

los códigos: 1188; 1633; 1640; 1654; y 5947.

"U", el resto de aspirantes.

En el recuadro 24, se indicará, de las siguientes opciones, el

dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica

que posea el aspirante:

Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2". Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el

apartado 9 de estas normas específicas.

Los derechos de examen serán de 9,20 euros.

5. Proceso de selección y valoración: El proceso de selección

será el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo

de formación.

5.1 Fase de oposición: La fase de oposición constará de los

dos siguientes ejercicios, obligatorios y eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas sobre las materias contenidas en el programa

a de estas normas específicas.

Los aspirantes que pertenezcan a los Cuerpos y Escalas

relacionados en el apartado 4 (forma de acceso "T"), estarán exentos

del Grupo I de temas de cada bloque de materias del programa.

Para los aspirantes que pertenezcan al resto de los Cuerpos

o Escalas no mencionados en el párrafo anterior (forma de acceso

"U"), el cuestionario de preguntas de este ejercicio estará basado

en el contenido total del programa.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, y teniendo todas ellas

el mismo valor. Las contestaciones erróneas se valorarán

negativamente.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 90

minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima para acceder

al segundo ejercicio.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema

de entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección

entre los correspondientes al Grupo II de cada bloque de materias

del programa contenido en estas normas específicas.

El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión

Permanente de Selección en sesión pública. En él se valorarán la

formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de

ideas y la capacidad de expresión.

Este ejercicio se calificará de cero a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria

para que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la

fase de concurso.

En ambos ejercicios las puntuaciones mínimas que se

establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se

deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes

méritos:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas del Grupo C incluidos en el ámbito de aplicación de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta

los servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,

de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta

convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios una

puntuación de 1 punto hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", y formalizado a través del acuerdo

de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta

la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado

a que se refiere la base común 12.1, se otorgará la siguiente

puntuación:

Grados 11,12, 13 y 14: 12 puntos.

Grados 15 y 16: 13 puntos.

Grados 17 y 18: 14 puntos.

Grados 19 y 20: 15 puntos.

Grados 21, 22 o superior: 16 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado, Administración de la

Seguridad Social y en los Órganos Constitucionales el día de

publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 11,12,13 y 14: 14 puntos.

Nivel 15: 15 puntos.

Nivel 16: 16 puntos.

Nivel 17: 17 puntos.

Nivel 18: 18 puntos.

Nivel 19: 19 puntos.

Nivel 20: 20 puntos.

Niveles 21, 22 o superior: 21 puntos.

La valoración del nivel de complemento de destino corresponde

al puesto desempeñado como funcionario del Grupo C.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia

de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

Organos Constitucionales y a los funcionarios en la situación de

servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la

Administración General del Estado y Organos Constitucionales, el nivel

del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el

reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en Organos

Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

d) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de

2001: Se otorgará 7 puntos a aquellos candidatos que en la fase

de oposición de la convocatoria inmediatamente anterior hubiesen

alcanzado la puntuación mínima fijada por la Comisión

Permanente de Selección, de acuerdo con lo establecido en el Anexo

I, apartado 1 de la Orden de 28 de septiembre de 2001 (Boletín

Oficial del Estado" de 23 de octubre). Este mérito se valorará

de oficio.

6. Calificación del concurso-oposición: La calificación del

concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición, sin

que en ningún caso se pueda exceder el número de plazas

convocadas. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo

a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase

de oposición. De continuar el empate, se atenderá a la puntuación

obtenida en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, se

atenderá a la puntuación otorgada al mérito de antigüedad, al grado

personal consolidado y al trabajo desarrollado, por este orden.

Finalmente, se dirimirá por el criterio de antigüedad total en la

Administración, computándose los años, meses y días de servicio

que consten en el Registro Central de Personal al día de

publicación de la convocatoria.

7. Curso selectivo: Los aspirantes que superen el

concurso-oposición deberán seguir un curso selectivo de formación

organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública.

El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres

meses desde que finalice el plazo previsto para la presentación

de documentos y su duración será, al menos, de ochenta horas

lectivas.

El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el

calendario, programa y normas internas que regulen el curso

selectivo.

El curso selectivo se calificará como apto o no apto.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán

el derecho de su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición

y en la fase de concurso.

8. Programa:

Bloque I. Análisis de Aplicaciones (grupo I):

1. El análisis de requisitos de los sistemas de información

y comunicaciones. Fases del análisis.

2. Análisis de datos: Modelo entidad/relación.

3. Análisis de procesos: Descomposición funcional. Diagrama

de flujo de datos.

4. Diseño de datos: Modelo lógico relacional y normalización.

5. Lenguajes de manipulación de datos. Elementos básicos

de SQL.

6. Diseño físico de bases de datos. Conceptos de SGBD.

7. Bases de datos: Actualizaciones y transacciones.

8. Arquitectura Cliente-Servidor: Conceptos y elementos

básicos.

Análisis de Aplicaciones (grupo II):

1. Concepto del ciclo de vida y fases. Modelo en cascada

y modelo en espiral del ciclo de vida.

2. Diseño de funciones: Diseño de la estructura modular y

de la interfaz de usuario. Especificación de módulos y cuadernos

de carga.

3. Diccionarios de datos. Funcionalidad.

4. Uso de generadores de código y herramientas de 4.a

generación en las fases de diseño e implementación.

5. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas.

Características y finalidad.

6. Diseño de un plan de pruebas del sistema.

7. Introducción a la metodología Métrica de planificación y

desarrollo de Sistemas de Información

8. Conceptos básicos de orientación a objetos. Objetos,

clases, herencia, métodos.

9. Planificación del control de calidad: plan general de

garantía de calidad.

Bloque II. Gestión de Sistemas (grupo I):

1. Tipos de sistemas informáticos: Grandes Ordenadores,

Miniordenadores, Estaciones de Trabajo y Ordenadores

Personales.

2. Concepto de sistema operativo. Componentes: programas

de control y programas de proceso.

3. Monitorización del uso del sistema operativo.

4. Administración y gestión del sistema operativo y del

soporte lógico de base: aplicación de modificaciones.

5. Dispositivos de almacenamiento de la información. Gestión

de almacenamiento en disco.

6. Conceptos de bases de datos. Evolución histórica de los

sistemas de gestión de base de datos.

7. Conceptos fundamentales del "hardware" de

comunicaciones: Medios de Transmisión.

Gestión de Sistemas (grupo II):

1. Política de mantenimiento de equipos "hardware".

Requerimientos específicos de un CPD.

2. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de

la Información en la Administración del Estado.

3. Mantenimiento y perfeccionamiento de aplicaciones.

4. Gestión de la migración de aplicaciones. Formas de

acometerla. Gestión de la documentación.

5. Estadísticas de ocupación. Costes.

6. Conceptos de proceso distribuido y cliente servidor.

7. Actualización de software en un entorno distribuido.

8. Seguridad física y lógica de un CPD. Seguridad perimetral.

Control de acceso físico al CPD o a periféricos. Niveles de

seguridad y acceso.

9. La legislación de protección de datos de carácter personal.

La Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de carácter

Personal. La Directiva 95/46/CE La Agencia de Protección de

Datos.

10. Auditoría informática. Metodologías, técnicas y

herramientas. Normas y estándares.

11. Política de salvaguarda/recuperación de la información.

Plan de contingencias de una instalación.

Bloque III. Producción Informática (grupo I):

1. Organización del centro de proceso de datos: Áreas de

Desarrollo y de Sistemas.

2. Responsabilidades y tareas asignadas al personal de

Producción Informática.

3. Reutilización de "software" y generación de código.

4. Componentes fundamentales del "hardware" de una

instalación. Tipos de ordenadores y periféricos.

5. Control de la ejecución de trabajos y rendimientos.

Técnicas aplicables.

6. Control de incidencias en el sistema. Plan de

Contingencias: Objetivos básicos.

7. Conceptos de redes de comunicación: Topologías y

"hardware" de redes.

8. Conceptos de sistemas de teleproceso. Control de las

aplicaciones y rendimientos en entornos de teleproceso.

Producción Informática (grupo II):

1. Planificación física de un centro de proceso de datos.

2. Criterios de presupuestación y control del coste de un

proyecto.

3. Aplicaciones a medida frente a aplicaciones estándar.

Criterios de decisión.

4. Conceptos de los lenguajes de control de trabajos (JCL).

5. Planificación de trabajos y los recursos necesarios.

6. Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar.

7. Herramientas de ayuda a la producción informática:

Gestores de consola, de "spool", de cadenas.

8. Gestión de datos corporativos. Almacén de datos ("data

warehouse"). Arquitecturas OLAP. Minería de datos.

9. Sistemas de preexplotación y control de calidad.

Bloque IV. Gestión y Control de Redes de Comunicación

(grupo I):

1. Estandarización de redes. Modelo OSI.

2. Redes de área local: Sistemas operativos de red. Servicios

que proveen.

3. Administración de redes de área local. Gestión de datos

y usuarios. Monitorización y control de tráfico.

4. Protección y seguridad en redes de área local. Antivirus.

5. Introducción a los protocolos de las redes públicas de

datos: X25, RDSI, Frame Relay.

6. Protocolos de comunicación a través de Módems.

Configuración y control de Módems.

7. La red Internet: evolución, estado actual y tendencias.

Servicios en Internet: telnet, ftp, gopher, wais. La world wide web.

Gestión y Control de Redes de Comunicación (grupo II):

1. Nivel de enlace de datos: Protocolos de acceso y tipologías.

2. Nivel de red: Principios de interconexión.

3. Transporte de paquetes de información. Protocolos de

transporte.

4. Gestión de sesiones de comunicación.

5. Nivel de presentación: Representación de datos y

criptografía.

6. Nivel de aplicación. Introducción a los servicios.

7. Introducción a la administración lógica de redes.

8. Redes TCP/IP. Conceptos y utilidades.

9. Conceptos fundamentales de la arquitectura de redes SNA.

10. Redes Intranet y Extranet. Aspectos prácticos de su

implantación. Problemas de seguridad. Medidas a adoptar.

11. La seguridad en redes: Control de acceso y técnicas

criptográficas.

9. Relación de Cuerpos o Escalas:

Código Cuerpo/Escala

0010 Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

0122 Veedores Serv. Defensa contra el Fraude, a extinguir.

0207 C. Administrativo, a extinguir.

0314 C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.

0319 C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.

0320 Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.

0414 C. Traductores del Ejercito del Aire.

0415 C. Delineantes del Ejercito del Aire.

0416 C. Maestros de Arsenales de la Armada.

0417 C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.

0626 C. Contadores del Estado, a extinguir.

0627 C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.

0628 C. Delineantes.

0629 C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería

Nacional.

0630 Estadísticos Técnicos a extinguir.

0918 Capellanes de Instituciones Penitenciarias.

0919 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala

masculina.

0920 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala

femenina.

1018 C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a

extinguir.

1020 Delineantes, a extinguir -Ley 33-1974-.

1021 C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.

1128 E. Administrativa OO. AA. Suprimidos, a extinguir.

1129 Personal de la Casa de su Majestad el Rey Grupo C.

Código Cuerpo/Escala

1130 C. Técnicos de Interpret. Lengua Proc. Zona N.

Marruecos.

1132 C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-Ley 23).

1133 C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.

1134 C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.

1135 C. General Administrativo de la Administración del

Estado.

1136 C. Delineantes.

1188 C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del

Estado.

1230 Ag. Insp. Proced. Serv. Ins. Dis. Mercado, Exterior.

1427 Administrativos-Calculadores de Meteorología del

Estado.

1428 C. Intérpretes Informadores.

1429 Observadores de Meteorología del Estado.

1430 Técnico de Telecomunicaciones Aeronáuticas.

1431 C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación.

1432 Técnico Especialistas Aeronáuticos.

1433 Técnicos Especializados.

1516 C. Capellanes de la Beneficencia General.

1616 C. Administrativo de Administración de la Seguridad

Social.

1633 E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S.

Social.

1640 E. Administrativa, a Exting. de la Administración de la

S. Social.

1641 E. Operadores Ordenador Informat., a extinguir Admon.

de la S. Social.

1642 E. Delineantes Administración de la S. Social, a

extinguir.

1654 Plazas Operadores Ordenador, a extinguir ISM.

1703 Subgrupo Admtvo. Del Grupo de Administración

General.

5023 E. Secret. Cofradías 2.a Categoría, a extinguir.

5027 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.

5028 Contables, a extinguir del SENPA.

5029 E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.

5032 Trad. Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.

5033 E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de

Oceanografía.

5034 E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.

5036 E. Administrativos de Cofradías, a extinguir.

5037 E. Agentes Economía Domestica del Serv. de Extensión

Agraria.

5038 E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión

Agraria.

5039 E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias

del IRA.

5040 E. Analista de Laboratorio del IRA.

5041 Auxiliar de Campo del ICONA.

5043 E. Operador de Restitución del IRYDA.

5044 E. Auxiliar Técnico del IRYDA.

5045 E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas Plantas

Vivero.

5046 E. Periodista Inst. Estudios Agrarios Pesqueros y

Alimentarios.

5047 E. Técnica Comisaria Gral. de Abastec. y Transportes

del SENPA.

5053 Maquinista del SENPA.

5213 E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.

5214 Delin. Patr. Alhambra y Generalife.

5317 E. Delineantes de Organismos Autónomos del M.

Defensa.

5319 E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas.

5320 E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas.

5321 E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban

Terradas.

5322 Personal de Taller del INTA Esteban Terradas.

5430 Escala de Expertos de Servicios Generales de

Enseñanzas Integradas.

5431 E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org.

Auton. MEC.

5432 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MEC.

Código Cuerpo/Escala

5433 Ayudantes de Investigación del CSIC.

5435 Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P. P. F. P. a extinguir.

5527 E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera a

extinguir.

5528 E. Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera a

extinguir.

5530 E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia

Aduanera a extinguir.

5616 E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y

Energía.

5617 Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del

CIEMAT.

5619 E. Administrativos, a extinguir del INI.

5620 E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir del INI.

5621 E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir del INI.

5820 E. Delegados Tribunales de la Obra de Protección de

Menores.

5821 Directores Instituc. Obra Protección de Menores.

5822 Educadores Instituciones de la Obra de Protección de

Menores.

5933 Pat. Cab. y Fogon. Hab. (M. Naval.) N. Sent.

5934 E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrograf.

del MOPU.

Código Cuerpo/Escala

5935 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.

5936 E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.

5940 E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales

del Taibilla.

5941 E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5943 E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica

Guadalquivir.

5944 E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5945 E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.

5946 C. Traductores Taquígrafos -Grupos 1, 2 y 3- del CEDEX.

5947 E. Programadores del CEDEX.

5948 E. Programadores Técnicos del INCE.

6025 E. Administrativa de Organismos Autónomos.

6026 E. Administrativos de AISS, a extinguir.

6115 E. Delineantes de AISNA .

6116 Terapeutas ocupacionales de AISNA.

6322 Técnicos-Admtvos., a Ext. del INAS.

6323 E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.

6417 E. Unica Cuerpo Admtivo. O.M. 4-7-81, a extinguir.

6466 E. de Oficiales Administrativos del ICO.

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