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Documento BOE-A-2002-11296

Resolución de 16 de mayo de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental de los proyectos de «Ampliación del bloque técnico y cocheras» a realizar en el aeropuerto de San Javier en Murcia (AENA).

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2002, páginas 20806 a 20806 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-11296

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

Los proyectos de «Ampliación del bloque técnico y cocheras de AENA», se encuentran comprendidos en el apartado k del grupo 9 del anexo II de la Ley 6/2001, antes referida.

Con fecha 25 de octubre de 2001, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación relativa a los proyectos incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

La ampliación del bloque técnico se realiza como extensión del actual sobre su fachada norte, requiriendo una necesidad de suelo de 134,62 metros cuadrados, ocupando parte de la actual acera y zona ajardinada.

Las obras previstas en las cocheras consisten en la ampliación del actual edificio de talleres que se desarrolla en planta baja. La superficie a ocupar es de 150 metros cuadrados, en un espacio aproximado de 42,00 × 12,50 metros.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha solicitado informe a los siguientes organismos e instituciones: Dirección General de Conservación de la Naturaleza; Confederación Hidrográfica del Segura; Dirección General de Costas; Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia; Dirección General del Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de la Región de Murcia; Ayuntamiento de Murcia y Ayuntamiento de San Javier (Murcia).

Considerando las respuestas recibidas, y los criterios del anexo III de la Ley 6/2001, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, y teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, la Secretaría General de Medio Ambiente considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental los proyectos «Ampliación del bloque técnico y cocheras de AENA».

Asimismo, se considera que otras actuaciones previstas en el futuro encaminadas a modificar las condiciones de explotación del aeropuerto deberían someterse, en conjunto, al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Madrid, 16 de mayo de 2002.‒La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás. 

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