El Pleno del Consell d’Eivissa i Formentera, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 2002, adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo:
6. Propuesta de la Comisión Insular del Patrimonio Histórico-Artístico de declaración como bien de interés cultural de las casetas-varadero de Formentera.
«La Comisión Insular del Patrimonio Histórico-Artístico de Eivissa y Formentera, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de abril de 2002, adoptó el acuerdo que en su parte dispositiva dice lo siguiente:
Propuesta de la Comisión Insular del Patrimonio Histórico-Artístico al Pleno del Consell d’Eivissa i Formentera para la declaración como bien de interés cultural con la categoría de lugar de interés etnológico de las casetas-varadero de Formentera.
La Comisión, visto el informe jurídico de fecha 18 de abril de este año, por unanimidad, acuerda:
1. Proponer al Pleno del Consell d’Eivissa i Formentera adoptar el siguiente acuerdo:
a) Declarar bien de interés cultural con la categoría de lugar de interés etnológico las casetas-varadero de Formentera que a continuación se relacionan:
Cala Savina (Es Mollet d’en Guasch), grupo formado por dos casetas-varadero.
Estany des Peix (Sa Boca), grupo formado por varadores números 1 y 7 y casetas-varador números 2, 3, 4, 5 y 6.
Estany des Peix (vorera sud), grupo formado por una caseta-varadero y un varadero.
Estany des Peix (Campament), un varadero.
Ses Bassetes, grupo formado por 10 casetas-varadero.
Punta de Sa Pedrera, grupo formado por seis almacenes, ocho casetas-varadero, cinco varaderos y una caseta (quedan excluidas de la declaración la caseta-varadero número 2, el varadero número 25, los almacenes números 9, 12 y 14 y los almacenes-varaderos números 15, 16 y 18).
Es Banc, grupo formado por cuatro casetas-varadero.
Es Caló d’en Trull, grupo formado por cuatro casetas-varadero.
Cala Saona, grupo formado por seis almacenes, 29 casetas-varadero y un varadero.
Es Torrent Fondo, grupo formado por cinco casetas-varadero y dos varaderos.
Es Torrente de S’Alga, grupo formado por 14 almacenes y 27 casetas-varadero.
Es Mal Pas, grupo formado por dos casetas.
Es Pi des Corb, grupo formado por tres varaderos.
Es Ca Marí (Migjorn), grupo formado por cuatro casetas y 14 varaderos.
Es Racó Fondo (Migjorn), grupo formado por tres casetas-varadero.
Es Racó de S’Abeurada (Migjorn), grupo formado por cuatro casetas-varadero y un varadero.
Es Còdol Foradat (Migjorn), grupo formado por tres casetas-varadero.
Es Valencians (Migjorn), grupo formado por siete casetas-varadero.
Es Caló des Mort, grupo formado por cuatro casetas-varadero.
Es Ram, grupo formado por seis casetas-varadero.
S’Estufador, grupo formado por un almacén, 11 casetas-varadero y seis cuevas.
Cala Codolar, grupo formado por dos casetas-varadero.
Sa Cala, grupo formado por cinco casetas-varadero.
S’Anfossol, grupo formado por seis casetas-varadero.
Es Racó de Sa Grava Gorda, grupo formado por una caseta-varadero y dos varaderos.
Es Pou des Verro, grupo formado por 18 casetas-varadero y cuatro varaderos.
Es Caló, grupo formado por 26 casetas-varadero y un varadero.
Es Pou d’En Miquel Pere, grupo formado por seis casetas-varadero y una caseta.
Es Corrals Tancats, grupo formado por una caseta-varadero y una cueva-varadero.
Es Penyal d’En Jaume, una caseta-varadero.
Es Racó d’En Pep Miquel, grupo formado por dos casetas-varadero y un varadero.
Cala en Baster, grupo formado por una caseta-varadero, una cueva y cuatro cuevas-varadero.
Es Pujols (Roca Plana), grupo formado por 10 almacenes, 22 casetas-varadero y siete varaderos.
Es Pujols (Roca Bella), grupo formado por un almacén, 23 casetas-varadero y dos varaderos.
Illa d’En Forn, grupo formado por tres almacenes, tres casetas-varadero y un varadero.
Ses Xalanes-Illetes, grupo formado por 10 casetas-varadero y un varadero.
b) La delimitación del entorno de protección será de 25 metros alrededor poligonal de cada una de las casetas-varadero.
c) Comunicar este acuerdo a las personas interesadas, al Ayuntamiento de Formentera, a la Demarcación de Costas en las Illes Balears y al Gobierno de las Illes Balears.
d) Publicar este acuerdo en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y en el «Boletín Oficial del Estado».
e) Ordenar su inscripción en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural.
Visto el anterior acuerdo de la Comisión Insular del Patrimonio Histórico-Artístico, la Consellera que suscribe, Presidenta de la Comisión Insular del Patrimonio Histórico-Artístico de Eivissa y Formentera, eleva al Pleno del Consell de Eivissa y Formentera para su resolución, si cabe, el expediente de declaración como bienes de interés cultural con la categoría de lugar de interés etnológico de las casetas-varadero de Formentera con la propuesta de acuerdo de la Comisión Insular del Patrimonio Histórico-Artístico antes mencionada.»
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Eivissa, 3 de mayo de 2002.‒La Presidenta del Consell d’Eivissa i Formentera, Pilar Costa Serra.
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