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Documento BOE-A-2002-10260

Orden JUS/1196/2002, de 17 de mayo, por la que se convoca concurso para provisión de destinos en la Carrera Fiscal.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2002, páginas 19107 a 19110 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2002-10260

TEXTO ORIGINAL

Se convoca concurso para provisión de destinos en la Carrera

Fiscal que se relacionan a continuación:

I. Plazas de 2.a categoría para Fiscales o Abogados Fiscales

Comunidad Autónoma de Andalucía

Adscripción Permanente de Melilla de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Málaga: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción Permanente de Lora del Río de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una

plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de San Bartolomé de Tirajana de la

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza

de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Adscripción Permanente de Talavera del Reina de la Fiscalía

de la Audiencia Provincial de Toledo: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Adscripción Permanente de Granollers de la Fiscalía del

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Vilanova i la Geltrú de la Fiscalía

del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de La Seu d'Urgell de la Fiscalía de

la Audiencia Provincial de Lleida : Una plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Reus de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Tarragona: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Adscripción Permanente de Cieza de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Región de Murcia: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Valenciana: Una plaza de Teniente Fiscal.

Adscripción Permanente de Benidorm de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Una plaza de

Teniente Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una

plaza de Fiscal.

Adscripción Permanente de Barakaldo de la Fiscalía del

Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Dos plazas de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Álava: Una plaza de

Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza

de Fiscal.

Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza de Fiscal.

II. Plazas de 2.a categoría para Fiscales o Abogados Fiscales,

a cubrir según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley

Orgánica del Poder Judicial

Comunidad Autónoma de Andalucía

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Una plaza de

Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid: Una plaza

de Fiscal.

III. Plazas de 3.a categoría para Abogados Fiscales

exclusivamente

Comunidad Autónoma de Andalucía

Adscripción Permanente de Baza de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de El Ejido de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz : Seis plazas de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Ceuta de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Cádiz: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Jerez de la Frontera de la Fiscalía

de la Audiencia Provincial de Cádiz: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Peñarroya-Pueblonuevo de la

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Cuatro plazas

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Linares de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Jaén: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Osuna de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Sevilla: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Aragón

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Teruel: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Alcañiz de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Teruel: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de

Asturias: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears:

Cinco plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Eivissa de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de las Illes Balears: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Tres

plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife:

Cuatro plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Adscripción Permanente de Laredo de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cantabria: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Adscripción Permanente de Manzanares de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Ciudad Real: Dos plazas de Abogado

Fiscal.

Adscripción Permanente de Talavera de la Reina de la Fiscalía

de la Audiencia Provincial de Toledo: Una plaza de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Adscripción Permanente de Ponferrada de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de León: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Segovia: Tres plazas de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Soria: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Valladolid: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una

plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Arenys de Mar de la Fiscalía del

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Adscripción Permanente de Sabadell de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de La Seu d'Urgell de la Fiscalía de

la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Tres plazas

de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura: Una

plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Plasencia de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Extremadura: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Mérida de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Badajoz: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Villanueva de la Serena de la

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Adscripción Permanente de Zafra de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Badajoz: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Adscripción Permanente de Ferrol de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Galicia: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Santiago de Compostela de la

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lugo: Tres plazas de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Mondoñedo de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Monforte de Lemos de la Fiscalía

de la Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ourense: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de O Barco de Valdeorras de la Fiscalía

de la Audiencia Provincial de Ourense: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Cinco plazas

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Cambados de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Pontevedra: Una plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Vigo de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Pontevedra: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid: Cuatro

plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Adscripción Permanente de Lorca de la Fiscalía del Tribunal

Superior de Justicia de la Región de Murcia: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Comunidad Valenciana

Adscripción Permanente de Alcoy de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Alicante: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Benidorm de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Alicante: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Elx de la Fiscalía de la Audiencia

Provincial de Alicante: Tres plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón: Cinco plazas

de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Álava: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Dos plazas

de Abogado Fiscal.

Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la

Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Tres plazas de Abogado Fiscal.

IV. Plaza de 3.a categoría, exclusivamente para Abogados

Fiscales, a cubrir según lo dispuesto en el artículo 118 de

la Ley Orgánica del Poder Judicial

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de

Abogado Fiscal.

El concurso se sujetará a las siguientes bases:

Primera.-Las solicitudes de los aspirantes, dirigidas al Ministro

de Justicia, por conducto de su Jefe inmediato, se presentarán

ante este último dentro de los diez días naturales siguientes al

de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial del

Estado".

Segunda.-En las instancias, según modelo que se acompaña

en el anexo, los solicitantes consignarán:

a) Nombre, apellidos, categoría en la Carrera, antigüedad,

cargo que desempeñan, con expresión de las fechas en que fueron

nombrados y tomaron posesión de los mismos.

b) Destino al que aspiran y, cuando sean varios, orden de

prelación según sus preferencias.

c) Que, en caso de ser nombrados para el destino o destinos

a que aspiren, no incurrirán en alguna de las incompatibilidades

que establecen los artículos 57 y 58 de la Ley 50/1981.

Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no

aparezcan redactadas con claridad suficiente, carecerán de validez.

Tercera.-No podrán tomar parte en el concurso:

a) Los miembros del Ministerio Fiscal en quienes no concurran

los requisitos establecidos para cada caso.

b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en los

artículos 39.3 y 40 de la Ley 50/1981, respecto de las Fiscalías donde

estaban destinados mientras subsistan las causas que

determinaron el traslado.

c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado

por ellos.

d) Los que llevasen menos de un año contado desde la fecha

de posesión en plaza a la que hubieran accedido voluntariamente.

e) Los suspensos, mientras la suspensión no se levante.

Cuarta.-Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de

Justicia y de las Audiencias, una vez consignada en las solicitudes

la fecha de la presentación, las remitirán sin dilación al Fiscal

general del Estado, y al día siguiente de terminado el plazo de

presentación de instancias, comunicarán al Fiscal general del

Estado, urgentemente, el número de instancias presentadas o el hecho

de no haberse presentado ninguna.

Quinta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento

del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal general del

Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe

correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una

vez evacuado elevará a este Ministerio la propuesta de los

nombramientos que procedan, a la que acompañarán tanto las

instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.

Sexta.-Recibidas las propuestas de nombramiento, este

Departamento las elevará al Consejo de Ministros o resolverá

direc

tamente, según procediere, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 38 de la Ley 50/1981.

Séptima.-En aplicación de lo establecido en la regla 4.a de

la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/1989,

de 21 de abril, las plazas incluidas en el apartado I ("Plazas de 2.a

categoría para Fiscales o Abogados Fiscales") que hubieran de

quedar desiertas por falta de solicitantes, serán adjudicadas, en

la Orden de resolución del concurso, al Abogado Fiscal o a los

Abogados Fiscales más antiguos en el escalafón que estuvieran

destinados en la Fiscalía o, en su caso, en la adscripción

permanente a las que dichas plazas pertenezcan.

Madrid, 17 de mayo de 2002.-P. D. (Orden de 29 de octubre

de 1996), el Director general de Relaciones con la Administración

de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.

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