Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de
las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción
interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la
Seguridad Social, convocadas por Orden del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales de 7 de diciembre de 2000 ("Boletín Oficial del
Estado" del día 14), y verificada la concurrencia de los requisitos
exigidos en las bases de la convocatoria.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, y el artículo 6.3 del Real
Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de
competencias en materia de personal, a propuesta de la Subsecretaría
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera, por el sistema de
promoción interna, del Cuerpo de Gestión de la Administración
de la Seguridad Social, a los aspirantes aprobados que se
relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo
con la puntuación final obtenida, con expresión de los destinos
que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
"Boletín Oficial del Estado".
Tercero.-El aspirante transferido a la Comunidad Autónoma
de Madrid deberá tomar posesión de su nombramiento dentro del
plazo que la citada Administración Autonómica determine, previa
adjudicación del puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad
con lo previsto en el Acuerdo de la Comisión de Coordinación
de la Función Pública de 28 de mayo de 1998.
Cuarto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de
julio de 1998.
Lo que comunico a VV.II.
Madrid, 14 de mayo de 2002.-El Secretario de Estado, Ignacio
González González.
Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Ministerios de Trabajo y Asuntos
Sociales, Sanidad y Consumo ; Subdelegado del Gobierno en
Málaga, y Directora general de la Función Pública.
ANEXO: (Ver imágenes páginas 18901 a 18906)
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