A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, y en aplicación de los artículos 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 29), del Patrimonio Histórico Español, y 41 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero (Boletín Oficial del Estado del 28) de desarrollo parcial de dicha Ley,
Este Ministerio, ha resuelto:
Ejercer el derecho de tanteo para el Estado, sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada por la sala «Fernando Durán», en Madrid, el día 12 de febrero de 2002, que figura con el número y referencia siguientes:
Lote número 556: Conjunto de 21 fragmentos de piedras y mármoles hispanomusulmanes. Época califal, Al-Andalus. Siglos IX-X.
Que se abone a la sala subastadora el precio de remate de mil setecientos euros (1.700 euros), más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.
Que dichas piezas se depositen en el museo Arqueológico Nacional, que debe proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia, una vez consumada la venta.
Lo digo a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 14 de marzo de 2002.‒P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001), el Secretario de Estado de Cultura, Luis Alberto de Cuenca.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales.
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