En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley
29/1983, de 12 de diciembre, y visto el expediente personal del
Notario de Fuenlabrada don Gabriel Solé Villalonga, del cual
resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su
jubilación,
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por
el artículo cuarto.e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto,
ha tenido a bien acordar la jubilación forzosa del mencionado
Notario, por haber cumplido la edad legalmente establecida, y
remitir a la Mutualidad de Previsión Social del Cuerpo de
Corredores de Comercio Colegiados un certificado de servicios al objeto
de que por la misma se fije la pensión y demás beneficios
mutualistas que sean procedentes.
Lo que comunico para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 5 de mayo de 2001.-La Directora general, Ana
López-Monís Gallego.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Madrid.
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