Visto el expediente de indulto de don Luis Ángel Blánquez Campo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Palencia, en sentencia de fecha 7 de abril de 1999, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, a la pena de nueve meses de prisión y un delito de lesiones, a la pena de dieciocho meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 20 de abril de 2001,
Vengo en indultar a don Luis Ángel Blánquez Campo, tres meses del total de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 20 de abril de 2001.
JUAN CARLOS R
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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