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Documento BOE-A-2001-898

Resolución de 30 de diciembre de 2000, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden ayudas para la prolongación de contratos de incorporación de Doctores y Tecnólogos a grupos de investigación en España, en el marco del Programa Nacional de Formación del Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 2001, páginas 1494 a 1494 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-898

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución 247, de 20 de diciembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de enero de 2000), de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, se convocan ayudas para la prolongación de contratos de incorporación de Doctores a grupos de investigación en España.

La Resolución de 26 de junio de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de julio), por la que se conceden ayudas para la prolongación de contratos de incorporación de Doctores a grupos de investigación en España, incluía, en su anexo II, relación de candidatos cuya solicitud quedaba pendiente hasta una próxima Resolución. Solventadas las circunstancias por las que no fue posible resolver en su momento, se ha considerado conveniente resolver acerca de los mismos.

En consecuencia, examinada la propuesta de la Comisión de Selección basada en la evaluación científica de las solicitudes de los candidatos, así como en los informes de interés de los organismos avalantes, he acordado:

Primero.

Conceder subvención al organismo que se cita, destinada a financiar el contrato de la Doctora que se relaciona, en el proyecto que se indica, por el número de meses y dentro del período señalado:

Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Candidata a contratar: José Estanyol, Matilde.

Referencia proyecto: ICA4-CT00-30017/CSIC.

Investigador principal: Puigdomenech Rosell, Pedro.

Número de meses a contratar: Veinticuatro.

Intervalo de contratación: De 1 de enero de 2001 al 31 de diciembre de 2002.

Segundo.

La cuantía total de las subvenciones se calcula en función del número de mensualidades concedidas, hasta un máximo de doce por año, sobre la base de un coste total anual financiado para cada contrato de 4.634.320 pesetas, incluyendo la cuota patronal de las prestaciones sociales.

La contratación deberá formalizarse en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de inicio señalada para cada subvención concedida.

Tercero.

Las entidades receptoras de estas subvenciones están obligadas a establecer con la Dirección General de Universidades el Convenio previsto en el punto 7.1 de la Resolución de convocatoria. Si este Convenio ya existiera previamente, las entidades deberán actualizarlo en el anexo pertinente.

Cuarto.

Las entidades colaboradoras deberán notificar a la Dirección General de Universidades la formalización de los contratos que se suscriban al amparo de la presente Resolución, en las setenta y dos horas siguientes a que ésta se produzca, enviando, posteriormente, fotocopia compulsada acreditativa.

Quinto.

El gasto del programa será imputado al crédito 18.07.781 del programa 541A, Investigación Científica.

Sexto.

Los organismos perceptores de subvenciones presentarán certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su contabilidad en el plazo de tres meses a contar desde su percibo.

Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de sus acciones, de la siguiente forma:

Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a fiscalización por el Tribunal de Cuentas.

Con justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y del artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Lo que comunico a V. I. para conocimiento de los interesados y demás efectos.

Madrid, 30 de diciembre de 2000.–El Secretario de Estado, Julio Iglesias de Ussel.

Ilmo. Sr. Director general de Universidades.

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